Tratado practico DE MEDICINA LEGAL Y-*- EN RELACIÓN CON LA LEGISLACIÓN PENAL V PROCEDiMENTAL DEL PAÍS POR CARLOS E. PUTNAM DOCTOR EN .MEDICINA DE LA UNI VlilIS I DAD NACIONAL DE COLOMBIA Y DE LA t r FACULTAD DE MEDICINA DE PARIS.—MIEMBRO DE NUMERO DELA ACADEMIA NACIONAL DE MEDICINA.—MIEMBRO CORRESPONDIENTE DE LA ACADESIIA MEDICO—qUIBURGICA ESPAÑOLA.—MEDICO LEGISTA DEL DEPARTAMENTO I)E CUNDINAMARCA • bogo^á: IMPRENTA DE ANTONIO M. iáíLYES'I'RE DIRECTOR, TOSÍAS GA BAUZA . TRATADO DE MEDICINA LEGAL NOTA—Es propiedad de! autor. Se hizo la inscripción que ordena la ley. PROLOGO Varios años de estudio y de servicio en la Ofi- cina Médico-legal del Departamento de Cundina- marca ; doce mil trescientas diligencias que hemos practicado cuidadosamente ; las numerosas expo- siciones que liemos rendido á las consultas que nos lian hecho los Jueces, los Magistrados y demás fun- cionarios ; la necesidad que existe de un Tratado ó Manual práctico de Medicina Legal, en relación con nuestras leyes y con las creencias de los co- lombianos, y, por último, el deseo de servir al país, son los motivos que nos animan á publicar este modesto trabajo. En él nos proponemos indicar los medios más eficaces para la investigación de ciertos hechos de carácter civil, criminal y aun social, de conformi- dad con la ciencia moderna ; dar al perito los ele- mentos necesarios para que corresponda con digni- dad y acierto á la confianza que en él depositan el Magistrado y la sociedad ; hacer conocer á los fun- cionarios de instrucción, particularmente en las poblaciones distantes de las capitales de los De- partamentos, los procedimientos más seguros para obtener un buen éxito en sus penosas labores, y, en fin, hacer algunas consideraciones sobre nues- tra actual legislación penal y procedimental. Este programa es muy superior á nuestras es- casas tuerzas ; él encierra cuestiones sociales de la mayor trascendencia, y asuntos de actualidad del más vivo interés, que agitan hoy á todos los pue- blos cultos. Dar atención á esas cuestiones es un deber que ningún hombre de estudio debe eludir, llevan- do el contingente que le corresponda en la labor. Trabajar en bien de sus semejantes es el más alto y el más noble privilegio dado al hombre por el Creador. La ciencia y la verdad son los lazos de frater- nidad entre los hombres, v la civilización no es otra cosa que el fruto de la armonía ó del acuerdo de las inteligencias en el trabajo, para el progreso continuo en las conquistas de la verdad y del bien. A los médicos nos corresponde una gran par- te en este trabajo ; nos corresponde estudiar cuáles son las condiciones materiales y morales de todo progreso efectivo ; nos obliga establecer las medi- das que alejan la miseria física y moral del indivi- duo ; nos corresponde buscar los medios de un sano desarrollo en las diversas clases sociales, y, por último, nos corresponde dar luces y consejos á la Administración de Justicia. Esta parte final constituye un ramo importante de las ciencias mé- VI VII dicas, ó sea la Medicina legal de los tiempos ac- tuales. Ella requiere un estudio especial del médi- co y del legista, y del común acuerdo de ellos se deriva la verdad y se aplica la ley. Desde los primeros tiempos en que concurri- mos á los Jurados, en nuestra condición de médi- cos legistas, observámos que el sistema de acusa- ción y de defensa que establece nuestro Código Pe- nal, es susceptible de reformas, y que debemos principiar á separarnos de la rutina establecida desde los tiempos primitivos. Hoy día se estable- cen los hechos, las más de las veces, con todas las irregularidades posibles, con declaraciones muy oscuras, con exposiciones periciales que producen espanto por el conjunto de absurdos que encierran; exposiciones rendidas por peritos que no saben fir- mar, que no tienen ni la idea del número ni del tiempo, ni mucho menos de lo que es un estado patológico ; que no reúnen, en fin, ninguna de las condiciones que la misma ley exige del perito. Con estos elementos, el Magistrado está en la obliga- ción de establecer su diagnóstico sobre la naturale- za del crimen, su grado de perversidad, la responsa- bilidad del actor y demás circunstancias, sin que algunas veces no venga á presentarse un nuevo ele- mento, y es el temor que inspira el acusado. En estas condiciones, ¿ qué fin tienen la acu- sación y la defensa ? ¿ No es verdad que hay mu- ellísimas probabilidades de dar un fallo que está muy distante de la verdad y de la justicia ? Mucho más práctico, más científico y más VIII breve sería hacer un examen profundo del crimi- nal, de sus antecedentes, de sus hábitos, de sus creencias, de su género de vida, de su moralidad, de su herencia etc., etc. Esto, por supuesto, cuando se trata de esos crímenes que encierran cierta oscu- ridad, y nó de aquéllos que ocurren todos los días: un robo, una venganza etc., etc., no envuelven nin- gún enigma psicológico. De esta manera podría reconstituirse el Código Penal con bases científicas y satisfacer á la sociedad. ¿ Cuál es, en efecto, el fin á que tiende la ley penal, y cuál es el interés mayor de las sociedades ? Reprimir el crimen. Proteger la seguridad de los asociados. Prevenir que se cometan nuevos crímenes. Los nuevos estudios de medicina legal, de an- tropología y de psiquiatría, que tánto vienen tras- formando la ciencia, no tienen otro objeto que el de crear un nuevo sistema criminalógico en bien de todos los asociados. La idea que generalmente se ha tenido de que todo hombre es responsable de sus actos, y que merece un castigo cuando quebranta la ley, pro- porcional á su acto, sin tenerse en cuenta las mil circunstancias que pueden determinarlo, no tiene yá razón de ser. Un Código Penal fundado en hi- pótesis no satisface las exigencias de la justicia. En muchos casos lo que llamamos libertad en nos- otros, no es otra cosa que la ignorancia ó la incon- ciencia de los múltiples motivos que nos hacen obrar. Y apoyar en esta libertad la ley penal, es á todas luces absurdo. IX El Código Penal debe fundarse en los adelan- tos de la ciencia para determinar su verdadera necesidad social; para establecer que en muchos delitos el criterio déla proporcionalidad en la pena debe reemplazarse por el criterio de la idoneidad del culpable á la vida social ; que cada cual no su- fra, á causa de su pena, ni más ni menos de lo que su individualidad merece. En todos estos casos el método racional es ir á buscar la fuente que produce la criminalidad ; luchar enérgicamente, con severos castigos, contra el alcoholismo, contra la prostitución y contra to- dos los vicios y enfermedades que producen la de- gradación física y moral del individuo ; establecer todas las medidas posibles para una buena higiene pública; desinfectar esas cloacas de infección mo- ral, en donde el alcohol desempeña el papel más importante. No exagerámos al asegurar que en casi todas—por no decir en todas—las diligencias en que hemos intervenido como peritos, y particular- mente en los grandes crímenes, hemos encontrado el alcohol como causa determinante. Este da brío, estimula al actor, le hace perder el miedo. El es el principio de todas esas escenas de inmoralidad y de libertinaje que terminan siempre por un drama, por un asesinato, como tendremos ocasión de de- mostrarlo al ocuparnos de cada caso concreto. Los asun tos de Medicina legal, relativamente nuevos en este país, tienen la mayor importancia en la sana administración de justicia, y ésta es la base del progreso de los pueblos. X Entre nosotros se había considerado la prueba pericial como asunto secundario durante largo tiempo, pero al fin llegó el día en que el Gobierno comprendiera la necesidad de este auxilio para el Poder Judicial. Y los numerosos trabajos prac- ticados en la capital y fuera de ella, revelan toda su importancia. Trabajos siempre difíciles, no pocos de inmensa responsabilidad y muchos de pe- ligro para la vida. Es con ellos que hemos formado una estadística de doce mil trescientas diligencias, que sometemos al estudio, permitiéndonos hacer algunas indicaciones sobre la materia. La Medicina legal es ciencia de hechos como toda ciencia de observación, y ellos pueden contarse, medirse y someterse á la apreciación, como otros tantos hechos de la vida humana que se miden y se aprecian. Esos hechos, por su naturaleza y carac- teres de bien determinada individualidad, después de aquilatados y justipreciados para fijar su valor, se prestan á que se les reúna en grupos ó series, para dar lugar con su comparación y detenido exa- men á inducciones y á leyes de carácter general. El hecho médico-legal ha de ser, yes, forzosamente en estadística, una entidad de trama, composición y naturaleza más ó menos complexas, pero repre- sentable por una sencilla unidad. Esta entidad ha de estar y está constituida, en cada caso, como he- cho concreto, realizado y positivo, como número preciso, hablando el lenguaje de los estadistas. Corresponde al hombre de ciencia la adquisición y valoración prácticas de estos hechos á medida que se presentan. XI La buena dirección que siguen en los tiempos modernos las investigaciones y estudios referentes á la historia natural del hombre, ha dado á la Me- dicina legal un rico caudal de nociones y datos O v positivos relativos á la organización humana ; con •ellos puede hoy el perito distinguir lo que es fisio- lógico y normal de lo que es patológico ó producido por mano ó agente criminal. Todas las ciencias de ■observación vienen en su ayuda para aclarar los hechos, y por más que el criminal quiera esconder su víctima en las entrañas de la tierra y disfrazar sus actos, el perito tiene yá los medios de descu- brirlo. En la apreciación del hecho médico-legal se presentan grandes dificultades que nacen, ya de la imposibilidad de su perfecto estudio, ya de su ca- rácter complexo, ya de su apariencia engañadora, ya de la preocupación del observador y hasta de sus ideas sistemáticas, y contra estas causas de •error debe estar prevenido el médico perito para no dar patente de admisión en su campo sino á hechos de significación bien comprobada. Además, el hecho en Medicina legal lleva consigo un ca- rácter especial, y es muy diverso del hecho médico en general; en el primero se presenta la justicia eon toda su majestad y exige una relación jura- mentada, un sí preciso y claro, ó un nó neto, cate- górico, sin lugar á duda ; no admite opiniones ni da, algunas veces, el tiempo necesario para resolver la cuestión; en el segundo caso no hay tal exigencia ni tánta responsabilidad ; se pueden dar opiniones XII más o menos justificadas sin la obligación, graví- sima por cierto, para el módico, de prestar el jura- mento como hombre de honor y de conciencia. Es por esto que el módico legista en la apreciación de losjiechos debe conducirse con aquella plausible buena fe y aquella sinceridad perfecta que consti- tuyen honrada garantía de respeto y amor á la verdad. Podrá ser disculpable, y nada más que dis- culpable, la equivocación que nace de la inteligen- cia escasa ó de involuntaria insuficiencia de cono- cimientos; pero se eleva á la categoría de una falta punible, de un delito de lesa ciencia, la sanción ilegítima de un hecho que, con intención, ha sido truncado ó adulterado en su significación verdade- ra y genuina por miras y cálculos contra los cuales debe el médico hallarse siempre discreta y vigilan- temente prevenido. Esta prevención de duda pru- dentísima no nace en nosotros de que en los tiem- pos actuales, y personalmente, nos haya sido dado conocer tan odiosas falsificaciones ; es tan sólo fru- to de lo que la historia nos enseña. Una reflexión y un recuerdo, en extremo sencillos, llevarán á nuestro ánimo el convencimiento de su incontesta- ble verdad, liegistremos la historia de la propa- ganda profesional de todas las doctrinas sistemá- ticas, cerciorémonos bien de la exageración y del apasionamiento de esas propagandas, y veremos cómo palpita en sus entrañas la falsificación inte- resada de los hechos ; cómo se suelen imponer cier- tas preocupaciones sistemáticas ! Y del propio modo que estas preocupaciones, sin ser dificultades inherentes al hecho médico, lo -desvirtúan y alteran en la vida práctica, falsificando su verdadero significado y privándolo de su nece- saria autenticidad, otras y otras condiciones que tampoco estriban en la naturaleza del hecho, lo desvirtúan y alteran también, pudiendo ocasionar y ocasionando errores de alguna trascendencia. Yá no es deficiencia irremediable de capacidad intelectual ó insuficiencia involuntaria de conoci- mientos lo que induce á error en la valoración del hecho médico-legal ; yá no es tampoco mala fe sis- temática ó calculadora de codiciados intereses ó de cierta especial nombradla y resonancia ; es la negli- gencia y el abandono de los que, aun pudiendo co- nocer bien el hecho, descuidan dicho conocimiento dominados por la pereza ó por falta de voluntad en prestar servicios que no siempre se remuneran. Esto último ocurre frecuentemente en las poblaciones fuera de Bogotá, en donde los médicos se excusan de hacer un reconocimiento, y éste se practica por peritos que firman á ruego. De aquí toda esa serie de errores en que incurren y las dificultades que necesariamente se presentan al funcionario de ins- trucción para apreciar la gravedad de un acto cri- minoso. Esta situación debe cesar, y corresponde á los Gobiernos departamentales, si es que desean buena administración de justicia, la organización de Oficinas médico-legales. No es posible exigir del médico que vive de su tiempo, el consagrar días enteros á practicar reconocimientos y exhumaciones forzosa y gratuitamente. XIII Hemos formado con las doce mil trescientas diligencias varios grupos, y al examinar cada uno de éstos : las heridas, los homicidios, los envenena- mientos, los atentados contra el pudor etc., llama- remos especialmente la atención del funcionario que interviene en la investigación del delito á cier- tos detalles indispensables, sin los cuales puede quedar perdido todo el esfuerzo que haga en la formación del sumario. Le indicaremos minuciosa- mente cuál debe ser su conducta desde el primer momento en que tenga conocimiento de un hecho hasta dejar perfeccionado el expediente, y cuáles son los artículos del Código Penal aplicables hoy á cada caso. Al ocuparnos de algunas cuestiones médico- legales referentes al estado mental, tropezaremos, sin duda, con las nuevas doctrinas criminalistas que alegan la irresponsabilidad absoluta de todos los actos humanos; que establecen que la virtud, el vicio y el delito son simples cambios moleculares de las células nerviosas cerebrales ; que consideran? el crimen como lina forma de debilidad orgánica cerebro-mental ; que enseñan que la virtud es una grande anomalía en el mundo y que la santidady si existiera, sería una forma de histeria ó de locura moral ; que atribuyen al atavismo la causa do todos actos punibles, y otras semejantes. Doc- trinas que han llegado yá hasta nosotros y han producido cierta novedad enlos asuntos criminales, aun en los más claros y sencillos. Doctrinas que hemos oído sostener en el curso de algunos debates, y que tendrán las más terribles consecuencias. XIV XV Trataremos entonces de combatirlas en la me- dida de nuestras escasas fuerzas, y haciendo uso de las mismas ciencias experimentales con que se ha pretendido establecer tan infundadas conclu- siones. No pretendemos decir nada nuevo á lo mucho que se ha escrito sobre Medicina legal por un centenar de hombres ilustres, ni tampoco nos guía la ambición de gloria ó de nombre. Nuestra labor es más humilde ; no es otra que la de reunir en un Manual práctico los diversos conocimientos espar- cidos en obras magistrales de Medicina legal y de Derecho. En él puede encontrar el Juez, el Magis- trado y los mismos Jurados, datos precisos para fallar en conciencia. Al benévolo lector le pedimos perdón por las faltas que encuentre, y estamos seguros de que nos lo concederá, en atención á la buena voluntad con que nos hemos consagrado algunos años al bien general. C. E. PUTNAM. 1896. TRATADO DE MEDICINA LEGAL INTRODUCCION Definición.—Importancia.—Historia.—Clasificación de los estudios Médico- legales. I El objeto y la forma práctica que liemos querido dar á este trabajo, según el plan expuesto en el prólogo, debían hacernos entrar de lleno en materia y dejar las consideraciones de todo género para el fin de la obra ; mas, por no apartarnos de la tra- dición que pudiéramos llamar clásica, y que exige al autor de un libro la explicación de ciertas cuestiones fundamentales y la exposición, en cierto modo, de su profesión de fe científica, nos permitimos entrar en algunas consideraciones de doctrina para completar así las bases que deben dominar en toda obra: plan y doctrina. La ciencia sin doctrina no es posible; elia se reduciría á uua serie de hechos sin orden y sin síntesis alguna. Yo se pue- de comprender que exista un hombre culto sin doctrina. Buena ó mala debe tener alguna, porque la indiferencia por la verdad es algo peor que el error, y esa indiferencia es la herida mortal de nuestra época. El error es susceptible de desaparecer con los hechos ; la indiferencia desalienta y conduce al escepticis- mo. * Y el escepticismo es la nada. La doctrina de la unidad de las fuerzas físicas vitales é in- telectuales, tan en boga hoy, no es otra cosa que la expresión del materialismo contemporáneo, y ella encierra la negación de toda creencia. Según esta doctrina, todo es reductible á la materia y al movimiento; nada se pierde, nada se crea ; todo es transfor- inación de esa materia y de ese movimiento. Ahora, si agre- gamos á esa materia la eternidad para suprimir todo Sér Crea- dor, tendremos en un solo principio, en una sola ciencia, la Fí- sica, sintetizadas todas las ciencias, la Fisiología, la Psicología y la Metafísica. De conformidad con esta doctrina seductora, los fenóme- nos vitales lian venido á hacer una modalidad de ese mismo movimiento exterior; toda la vida ha sido identificada á reac- ciones físico-químicas, el crecimiento y la generación asimila- dos á la cristalización, las facultades intelectuales y morales, el pensamiento y la libertad, el placer y el dolor no serían sino transformaciones de la fuerza física, modalidad del movimiento, fenómenos de fuerza almacenada, análogos al calor latente ó á la electricidad de tensión. Mas todo esto es una mera hipótesis, aun para aquéllos que propagan la doctrina. ¿ Quién puede creer honradamente que el pensamiento y la sensación sean modalidades del movi miento como el calor ó la luz ? En el estado actual de la cien- cia esto es inadmisible. Si el pensamiento no fuese sino el movimiento exterior transformado, todas nuestras ideas vendrían del exterior. Y es claro que todos tenemos ideas que es imposible referir á movi- mientos exteriores. Todos conocemos ese gran principio, admi- tido por todas las inteligencias, que no hay efecto sin cau- sa, que todo tiene su razón de ser. Este es un principio abso- luto, universal, que la experiencia no puede dar; que no po- demos atribuir á movimientos exteriores. Confesémoslo. Las leyes experimentales, álas cuales se ha llegado por la inducción, son generales sin duda alguna, pero reflexionemos bien cómo se ha llegado á ellas. Cuando vemos caer un cuerpo, una bala, por ejemplo, una serie de veces, concluimos que todos los cuer- pos pesados, en las mismas condiciones, caerán también. Pero, ¿ con qué derecho hemos pasado de la caída de una bala á la caída de todos los cuerpos pesados ? Hemos concluido de lo particular á lo general, con toda lógica, porque hemos partido de este principio, que en todos los casos las mismas causas tie- nen los mismos efectos, que todo cambio tiene una causa, que todo tiene su razón de ser. 2 Este principio no nos viene del exterior ; esto no es una mera transformación de movimiento. El pensamiento, como la sensación, no puede considerarse como movimiento vibratorio, como fenómeno físico-químico. Pascal, el sabio, el filósofo y el más grande de los físicos lo decía: “ De todos los cuerpos reunidos no se puede hacer brotar la más pequeña idea ; eso es imposible y de otro orden.” ¿ En dónde se puede encontrar en el mundo físico el análo- go de la voluntad humana con sus espléndidos atributos de li- bertad y de responsabilidad moral ? Todo es fatal, todo es matemático é inconsciente en las transformaciones del movimiento, y esta fatalidad es la condi- ción misma que hace de la física una ciencia tál como es, una ciencia exacta y matemática. El hombre, al contrario, obra con su voluntad ; tiene no- ción del bien y del mal, se determina á hacer lo uno ó lo otro y tiene la responsabilidad de su determinación. De cualquier modo que sea, con todo lo que se diga, con todos los progresos que haga la ciencia, jamás podrá demostrar- se que los hombres no son más libres que el suelo que pisan ; que no tienen más mérito para ejecutar sus actos que los ele- mentos materiales de que se sirven. La correlación de las fuerzas físicas es absolutamente ina- plicable á los fenómenos intelectuales y morales. Todo no es reductible á materia y á movimiento, y de la misma manera que detrás de los fenómenos físicos se admite una fuerza, que es la fuerza física, ó sea el movimiento ; así, detrás de los fenó- menos psíquicos, es preciso admitir otra fuerza absolutamente distinta de la primera, por naturaleza y por esencia; es esta fuerza psíquica, fuerza personal, libre y espiritual, lo que lla- mamos alma, y ella es, como lo ha dicho admirablemente Bos- suet, “ la que nos hace sentir, razonar y querer.” Es preciso separar en el hombre el principio de la vida y el principio del pensamiento. La vida es común á todo el reino animal y vegetal, y es susceptible de grados en número casi infinito. El principio del pensamiento estará siempre separado por un abismo infranqueable del resto de la creación. Para tener una idea completa de la constitución del hom- 3 bre, es preciso admitir en él tres órdenes de fenómenos irreduc- tibles los unos á los otros: los fenómenos físicos, los fenómenos vitales y los fenómenos psíquicos. Y si es evidente que á cada fenómeno distinto le es preciso una causa distinta, tenemos que admitir tres órdenes de fuerzas distintas: la fuerza física, la fuerza vital y la fuerza psíquica. Esta es nuestra manera de pensar, y ésta la doctrina que domina este trabajo. 4 II La Medicina legal, como su nombre lo indica, no es otra cosa que la aplicación de los conocimientos médicos á las diver- sas cuestiones del Derecho. Son muchas las definiciones que han dado los autores que se han ocupado de la materia. Orfila, da la siguiente definición : “ La Medicina legal ls el conjunto de conocimientos físicos y médicos apropiados para dar luces á los Magistrados en la solución de varias cuestiones relativas á la administración de justicia, y para dirigirá los legisladores en el arreglo y confección de algunas leyes.” Agrega que de todos los problemas que pueden presentar- se al médico en el curso de su vida, no hay ningunos que exi- jan conocimientos más variados y más profundos que aquéllos que pertenecen á la Medicina legal; ningunos que aparejen mayor responsabilidad ; ningunos que requieran mayor probi- dad. El médico-legista, colocado, por las circunstancias entre la acusación y la defensa, tiene el sagrado deber de dar á la Justicia todos los elementos que ésta le pide, sin pensar en las consecuencias, cualesquiera que ellas sean. Mahon y Eoderé han definido la Medicina legal: “El arte de aplicar los conocimientos y los preceptos de los diversos ra- mos de la Medicina á la composición de las leyes y á las diver- sas cuestiones de Derecho para aclararlas ó interpretarlas con- venientemente.” Prunelle la define así: “ El conjunto sistemático de todos los conocimientos físicos y médicos de que pueden necesitar los hombres de leyes para la composición y aplicación de ellas.” “ La Medicina legal, dice Marc, es la aplicación de los conocimientos médicos á los casos de procedimiento civil y 5 criminal que pueden aclararse con ella,” y Biichuer dice que “ es la aplicación de la Biología á los fines de la ciencia del Derecho.” Estas difiuiciones nos hacen ver toda la importancia y la dificultad que encierra esta parte de las ciencias médicas ; toda la responsabilidad que apareja cada concepto, por simple que sea, y todo el cúmulo de conocimientos que el médico-legista debe poseer. Es grande el error de los que creen que la Medicina legal se reduce á una sencilla diligencia de policía; á determinar el sitio y extensión de una herida, su longitud en milímetros, y la imposibilidad para el trabajo que la misma produce. Tal la- bor no exige mayores conocimientos. Pero, cuando se trata de establecer la naturaleza, origen, consecuencias y demás compli- caciones de esa herida, entonces sí se requieren vastísimos conocimientos anatómicos y fisiológicos. Y más aún, cuando es preciso establecer la naturaleza misma del hecho; averiguar si el acto ha sido consciente ó inconsciente, si apareja ó nó res- ponsabilidad penal, entonces, no sólo se necesitan conocimien- tos médicos, sino también jurídicos y filosóficos. Esta parte de la Medicina legal es, sin duda, la que encierra mayores dificul- tades, y el perito debe rodearse de la mayor prudencia y dis- creción ; no debe olvidar que su dictamen será la base de una sentencia condenatoria ó absolutoria de un hecho, cualquiera que baya sido. De aquí el deber que tiene de encerrar sus apreciaciones en los límites que le imponen los hechos; de no llevar en sus juicios ninguna idea sistemática y preconcebida; de reconocer que por encima del interés del individuo existe un interés más elevado, que la justicia tiene el deber y el derecho de vigilar; y de nó, imponer doctrinas más ó menos científicas ó hipótesis en aquellos asuntos en que sólo se le pide la comprobación de un hecho concreto. Las relaciones constantes que la práctica de la Medicina legal establece entre los peritos y los Tribunales, la manera particular como se resuelven las cuestiones que se plantean, el criterio que debe constantemente presidir la resolución de estas mismas cuestiones periciales, hacen yá indispensable la ense- 6 fianza de la Medicina legal en las Escuelas de Derecho; hacen que esta parte de las ciencias médicas haga parte de la instruc- ción del legista. Sin duda, el legista no tiene los conocimientos necesarios para profundizar las cuestiones puramente médicas; pero los estudios de las Ciencias Naturales, que hacen hoy parte de toda educación ordenada, pueden ponerlo en aptitud de apreciar ciertos hechos y de adquirir en Medicina legal algunos cono- cimientos generales. La Medicina resuelve las cuestiones; la justicia las plantea ; y es claro que un Juez que tenga algunos conocimientos en Medicina, se encuentra en condiciones favo- rables para hacer sus investigaciones, y evitarse el hacer al mé- dico interrogatorios inútiles y muchas veces prolongar indefini- damente una resolución. En los casos de adulterio, de envenenamiento, de divorcio y demás de la misma especie, está hoy de moda el invocar la Histeria, y los defensores se apoderan de esta neurosis para ha- cerla responsable de actos criminosos; se extienden por cami- nos fantásticos y desconocidos, y el magistrado se encuentra en la imposibilidad de apreciar debidamente los hechos. Oreemos que estas dificultades pueden desaparecer, ó por lo menos ate- nuarse, cuando nuestros hombres de leyes hagan estudios jui- ciosos de Medicina legal. III Sorprende, en verdad, que estos estudios hayan permane- cido descuidados por táuto tiempo entre nosotros, y aun en paí- ses avanzados, pues no filé sino á principios del siglo cuando se regularizó esta euseñanza en Francia, con Mahou, Foderé y Prunelle. En Italia apareció, eu 1621, el primer tratado de Medici- na legal, del profesor Zacchias. En Alemania, un poco des- pués, eu 1722, se publicó la obra de Teichmeyer. En Inglate- rra, Tayllor, Christison, E. Lee, Watson, á mediados del siglo pasado, hicieron trabajos minuciosos ymuy importantes de Me- dicina legal. En los Estados Unidos apareció la obra de Beck, en 1823. En España publicó D. Pedro Mata un tratado sobre la locura. 7 Esto, por lo (iiie hace de un modo abreviado á la Medici- na legal, con hechos bien observados, de los cuales se han de- rivado nuestros conocimientos actuales. En épocas muy remotas, encontramos á Moisés que, como legislador, se apoyaba en los conocimientos médicos de la épo- ca para la formación de las leyes. Según Plutarco, las leyes de Egipto no permitían los castigos corporales á las mujeres en estado de embarazo. Los historiadores romanos refieren algu- nos casos de Medicina legal, y citan, como novedad, al médico Antistius, quien después de examinar el cuerpo de César de- claró que de las veintitrés heridas que tenía, una sola le había causado la muerte. Mas no debemos echar de menos esta falta de conocimientos médico-jurídicos que envuelven, en cierto modo, sentimientos y deseo de justicia en un pueblo que, como el romano, en tiempo de Augusto, entregaba al cuchillo al pri- sionero y al esclavo, y cubría con el palio de su protección al tigre africano y á los lobos de Bretaña; en un pueblo en donde la esclavitud era institución legal, y eran esclavos el vencido, el deudor insolvente y el hijo del esclavo ; en donde los hom- bres eran vendidos como cerdos y á los enfermos y á los ancia- nos se les dejaba morir de hambre en la isla de Esculapio; en un pueblo en donde la poligamia era ley, y en donde el derecho se vinculaba en la fuerza, y la justicia en la utilidad; en donde la nobleza se fundaba en los privilegios de la fortuna, y en don- de no existía para el enfermo un solo hospital en todo el Im- perio. Allí, donde un Emperador incendia á Roma y asesina á su madre, se comprende bien que no existiera la Medicina le- gal, ni tenía objeto. En la Edad Media encontramos, en Las Capitulares de Oarlo Magno, detalles sobre las heridas y sobre la reparación, que era debida á su gravedad. La Ley Sálica contiene leyes especiales para las violencias ejecutadas contra la mujer, y la pena aumentaba en gravedad si la mujer estaba en camino de ser madre, y más aún si su- cumbía el feto. El Derecho Canónico, que modificó profundamente la Le- gislación al fin del período de la Edad Media, nos señala las decisiones religiosas conocidas con el nombre de Decretales, y 8 en ellas se ocupa de la impotencia, del matrimonio y del parto, y solicita la intervención médica para la solución de estas cues- tiones. Pasan los tiempos hasta fines del siglo pasado y principios del presente, en que yá aparece la Medicina legal, enseñada por Chausier, Marc, Orfila, Adelón, Bayard, Esquirol, Briére de Boismont, Tardieu y Devergie, y en la época contemporánea Legrand du Saulle, Brouardel, Lacasagne, Briand y Chaudé. Pero para llegar á lo que es hoy esta ciencia, ella ha visto producirse, como toda la Medicina en general, una revolución profunda, radical. Si comparamos la Medicina antigua con la Medicina moderna, veremos que existe una gran diferencia. La primera no ha tenido los elementos para edificar teorías positivas; la segunda, al contrario, posee materiales abundantes para esta construcción. Pudiéramos llamar á la primera la Medicina empírica, ó mejor, el camino obligado de la ciencia moderna, pues la labor de los tiempos pasados no se ha perdido; conservamos esta preciosa herencia de los siglos, que nos sirve para abrir los auchos horizontes de la época actual. Imposible nos será entrar á los estudios médico-legales, objeto de este tratado, sin hacer antes algunas breves conside- raciones sobre el carácter de esta revolución; sin detenernos á observar la intervención directa inmediata y legítima de la Anatomía y de la Fisiología en el dominio patológico. Antes de esta época, la Medicina se había concretado al estudio de los síntomas. Hoy la Medicina moderna busca el sitio del mal y no ve en los síntomas sino el grito de los tejidos que sufren. Antes se consideraba la enfermedad como un sér inde- pendiente del organismo, como un parásito que se apoderaba de la economía. Hoy la enfermedad no es otra cosa que una pertur- bación inherente á nuestros órganos; no es la aparición de leyes nuevas en el organismo sino la perversión ó desarreglo de las preexistentes. Y para este conocimiento viene como auxilio poderoso la experimentación fisiológica. Esta, en sus principios, fué mal dirigida y fué, sin duda, la causa de esos famosos sistemas que, en diversas épocas, han ejercido funesta influencia en el desarrollo de las ciencias, como son todas las formas de vitalismo antiguo y moderno, sin excep- 9 ttiar el de Bicliat. Con esos sistemas se ha querido, y se quiere explicar hoy el principio de la vida, dando á ello una interpre- tación física ó química, apoyándose los actuales sistemas en los conocimientos de las ciencias biológicas y en sus relaciones con las físicas. La Fisiología experimental principiada por Galeno y mane- jada en la Escuela de Alejandría, empezó por establecer la fisio- logía del sistema nervioso, y esto hizo cambiar por completo la faz de la Medicina, conduciéndonos este resultado á los bellos días de Grecia, al siglo de Pericles. A esta época, la Anatomía estaba al estado rudimentario; el cerebro se consideraba como una glándula, y se creía que las artereas estaban llenas de aire. La Fisiología era una mera fantasía que descuidaba los hechos,y á quien la Filosofía especulativa de la época dominaba, cayendo así en el error en que por tanto tiempo permaneció la Filosofía griega, por suponer que el método, que en matemá- ticas había dado tan bellos resultados, podía aplicarse á la rea- lidad objetiva, y que partiendo de nociones elementales, todo entraba en el terreno de la discusión. Se presenta entonces la Escuela de Oos afirmando que la Medicina debe apoyarse en hechos y no en hipótesis, y fué en- tonces cuando Hipócrates, por primera vez, consideró el con- junto del organismo en sus relaciones con el mundo exterior, con el fin de estudiar las modificaciones que de él recibe. Fué él quien dió nacimiento á la extensa etiología de las enferme- dades por los climas, por las estaciones, y entre las causas indi- viduales, por las edades. He aquí la doctrina de las constitu- ciones médicas; de aquí la influencia de los climas sobre el or- ganismo, doctrinas que encierran un fondo de verdad y han subsistido hasta hoy. Hipócrates, con la observación, dejó esta- blecidas las bases de la Patología, descuidando las teorías que siempre sucumben, y estableciendo los hechos que nunca pasan. Nos hizo saber que la enfermedad tiene una evolución propia, un modo especial de desarrollo, un encadenamiento particular de síntomas que corresponden á un tipo común, en medio de la variabilidad de las causas accesorias. De esta observación nació la idea de las unidades ó especies morbosas, noción exacta que corresponde á un hecho de experiencia, confirmado por la fisio- logía: las unidades fisiológicas. 10 Es en esos elementos que residen las condiciones de la vida parcial, el órgano no es sino un agregado, un conjunto, una resultante. La Histología, á medida que progresa, tiende á loca- lizar la vida en los últimos elementos orgánicos del ser : en las células. Todo individuo, á cualquiera especie que pertenezca, es un conjunto de elementos autónomos, que poseen propieda- des fisiológicas particulares, que se muestran correlativas de su constitución química, de las condiciones físicas que los rodean y del medio en el cual viven. Estos elementos obran los unos sobre los otros, de tal manera, que cuando uno entra en función, resulta una serie de acciones simultáneas y sucesivas. Pero ocurre preguntar ahora, si por localizar así la vida en una unidad celular hemos avanzado algo en este problema de nuestra existencia. JSTó, sin duda alguna. El problema subsiste, y, si bien es cierto que la Histología ha facilitado la solución, quedan aún por resolver infinidad de dificultades. Sucede todos los días que en presencia de una turbación funcional clara y cuyo sitio está indicado por la Fisiología, el análisis histológico permanece impotente para demostrar un vicio material cual- quiera, que responda de la turbación funcional. ¿ Por qué tal propiedad fisiológica resulta de tal ó cual textura celular, de tal ó cual constitución de medio, de tal ó cual condición física ? Estas relaciones de causa establecen una dificultad invencible hasta el día. La esencia ó el por qué de las cosas no la conoce- mos, porque la misma experiencia nos ha probado que el espí- ritu humano no puede ir más allá de las causas cercanas ó de las condiciones de existencia de los fenómenos. IV CLASIFICACIÓN. La clasificación en los estudios de Medicina legal es difícil en atención á la variedad y al número de cuestiones que debe resolver el perito y á las circunstancias especiales de cada una de ellas. Los hechos son tan distintos en esta ciencia, que no es posible formar grupos, secciones ó clases. Los autores de fines del siglo pasado y de principios def actual, hicieron clasificaciones de poca importancia. Foderé di- vidía la Medicina legal en dos partes: la primera, que llamaba mixta, comprendía la Medicina legal aplicable á torios los asun- tos civiles, criminales y aun de higiene pública; la segunda te- nía por objeto la Medicina lega! criminal de una manera es- pecial. Mahon, después de algunas generalidades, se ocupa de la castración, de la impotencia, de la desfloración, del violo, de la sodomía, del embarazo, del aborto, de la demencia, de la muerte, de las heridas y del infanticidio. Prunelle dividía esta ciencia en cuatro secciones: la primera, con el título de examen de los cuerpos vivos, encerraba la historia de las edades, la de- terminación de los sexos, la virginidad y la desfloración, el violo, la impotencia, el embarazo, el parto, el nacimiento prematuro y tardío, la viabilidad, la superlétación, las enfermedades dudo- sas, las simuladas y las imputadas, el estado de las facultades morales, y, por último, las heridas. La segunda sección, tenía por objeto el examen de los cadáveres; contenía, la muerte por heridas, por sofocación, por suicidio, por euvenamiento ; el abor- to, el infanticidio. La tercera sección comprendía el examen de ios cuerpos que no lian tenido vida, tales como las sustancias alteradas y administradas con fin criminal. La cuarta sección comprendía todo aquello que se refiere al ejercicio de la Me- dicina. Posteriormente algunos autores han propuesto una división medica que corresponda á las diversas ramas de la Medicina, y una división legal, apoyada en los principios del Derecho; otros han propuesto una división fisiológica que corresponde á las edades y á los sexos. No hemos creído conveniente ni práctico el someter este Manual á ninguna de las clasificaciones anteriores, y, siguiendo el uso establecido por los autores modernos, y en vista de las diligencias que hemos practicado, haremos una división sencilla tratando de reunir, en cuanto sea posible, hechos análogos. En la primera parte nos ocuparemos de las diversas cues- tiones que se presentan diariamente al médico en sus relaciones con la justicia; la manera de establecer esas relaciones ó requi- sitoria del médico; los certificados, las exposiciones, las con- sultas médico-legales ; las Ordenanzas y Decretos para la or- 11 12 ganización del Instituto médico-legal del Departamento. Cada uno de estos puntos va acompañado de su respectivo modelo, con el fin de que los médicos y peritos que residen fuera de las capitales, conozcan el método científico que deben seguir al practicar una de estas diligencias, ó todas. La segunda parte tratará de los atentados contra la vida y contra el pudor, del matrimonio, del embarazo y del parto. La tercera parte estudiará las diversas formas de locura y la irresponsabilidad de los actos en estos estados. La cuarta parte se ocupará de los envenenamientos, de la toxieología y de algunas otras investigaciones químicas y mi* crográficas que se relacionan con la Medicina legal. Por último, en la quinta parte, con el nombre de Jurispru- dencia médico-legal, nos ocuparemos de una serie de cuestiones importantes sobre el ejercicio de la Medicina, la responsabilidad del médico y demás personas que prescriben medicinas, el ejer- cicio ilegal de la Medicina, las donaciones testamentarias hechas á los médicos, la venta de medicinas y venenos, la responsabi- lidad de los farmaceutas. PRIMERA PARTE. Medicina legal. CAPITULO I Consideraciones generales sobre las diversas diligencias que corresponde prac- ticar al médico en sus relaciones con la justicia.—Manera de establecer esta relación, ó requisitoria.—Certificados.—Exposiciones.—Consultas mé- dico-legales. ] REQUISITORIA OKI* MEDICO. La requisitoria es sencillamente una invitación que dirige cualquiera autoridad competente á uno ó más médicos puraque procedan á practicar una diligencia referente á su profesión. Ella es judicial ó administrativa : en el primer caso tiene por objeto investigar los hechos que se relacionan con un asunto criminal, y dar á Ja justicia el mayor número de elementos para que ésta proceda con toda claridad; en el segundo caso, ella tiene por mira las cuestiones que se refieren á la salubridad pública, á la higiene, y, en general, á todo aquello que asegure ■el bienestar de las poblaciones, en cuanto esto dependa de las ciencias médicas. Códig-0 Judicial.—Enjuiciamiento en negocios criminales.— Art. L539. El llamamiento de los testigos ó peritos, para que com- parezcan ante el funcionario de instrucción, se hará por medio de una boleta firmada por dicho funcionario, que exprese el día, hora y lugar en que deben presentarse. Esta boleta será remitida por un alguacil ó comisario de Policía ú otro individuo destinado al efecto, el cual podrá exigir de la persona citada, que firme en la misma papeleta, y que anote el impedimento que tuviere para no concurrir. Si no quisiere ó no pudiere firmar, podrá el alguacil, comisario ó comisionado llevar un testigo que, llegado el caso, dé testimonio de haber sido citado el testigo 6 perito. Art. 1540. Todo el que fuere llamado por el funcionario de ins- trucción como testigo ó perito, deberá comparecer á rendir su declara- ción ó á practicar la diligencia que se le exige: si no lo hiciere, será apremiado con multas hasta que comparezca. Estas multas podrán ser hasta de cincuenta pesos. Se exceptúan de esta disposición el Presidente de la República, los Senadores y Representantes al Congreso federal, los legisladores do- los Estados, los Magistrados de la Corte Suprema federal, el Procura- dar general de la dación, los Gobernadores ó Presidentes de los Esta- dos, los Ministros y Agentes diplomáticos de las naciones extranjeras y los empleados de sus Legaciones, cuando éstos se presten voluntaria- mente á declarar; todos los cuales darán su testimonio por medio de- certificación jurada, á cuyo efecto el funcionario de instrucción les pa- sará oficio directamente, acompañándoles, si fuere necesario, copia dé- lo conducente. De igual modo declararán los Jueces, cuando se nece- site su testimonio ante un Juez que les esté subordinado ; los Secreta- rios de los Gobernadores ó l3residentes de los Estados, y los Magistra- dos de los Tribunales de dichos Estados. 14 Véanse ¡os artículos 7(1 y 334 de la Ley 105 de 1890. Ley 100 de 1892.—Avt. 65. En los lugares en que haya médi- cos oficiales, el Juez ó funcionario instructor, en vez de nombrar peritos, dará aviso á los empleados aludidos para que practiquen las diligencia» necesarias y den su dictamen por escrito, que deberán pasar después ante el Jefe de la instrucción criminal. Código JUDICIAL.—Art. 1514. El examen de las huellas, ras- tros ó señales se practicará á presencia del funcionario de instrucción, asociado de su respectivo Secretario. - Art. 1515. Los peritos ó reconocedores jurarán que harán los reco- nocimientos con toda exactitud y escrupulosidad, exponiendo todo lo- que observaren conducente á determinar la naturaleza del hecho y todas sus circunstancias. Art. 651. En toda causa cuyo esclarecimiento dependa de los prin- cipios de alguna ciencia ó arte, ó en que haya que hacer apreciación ó avalúo, se nombrarán peritos; también se nombrarán cuando haya que traducir documentos á la lengua castellana, y cuando se deba practicar un cotejo de letras. Art. 652. Entiéndese por perito la persona conocidamente hábil é instruida en la ciencia y arte á que pertenezca el punto sobre que ha de oírse su concepto. Siempre que los hubiere, serán preferidos los Pro- fesores con título ó despacho de tales. 15 Código Penal.—Arfe. 407. Los que en clase de testigos ó peri- tos, declaren falsamente bajo de juramento, en negocio civil, serán condenados á presidio por dos á seis años. La misma pena sufrirá el que, no pudiendo ser obligado conforme á su religión á prestar jura- mento, declare sin él, y falte á la verdad en negocio civil. Art. 408. Los que, bajo de juramento, en clase de testigos ó peritos depongan falsamente en negocio criminal, que se siga sobre delito por el cual debiera imponerse pena corporal, serán condenados á presidio por cuatro á ocho años. Si el delito merece pena de muerte, la pena será de ocho á doce años de presidio. Art. 409. Si el negocio criminal versare sobre delito á que debiera imponerse una pena no corporal, los testigos ó peritos que depongan fal- samente bajo de juramento, serán condenados á presidio por uno ó cua- tro años. liespecto de los deberes del médico en sus relaciones con la justicia, particularmente cuando tiene el carácter de Médico oficial, puede consultarse el Libro 2?, Título X del Código Penal. El artículo 652 citado establece cuáles son las condiciones del perito, y dice, además, que los Profesores con título deben ser preferidos á las persouas que no lo tengan. En nuestro país, por desgracia, es difícil encontraren to- das las poblaciones peritos hábiles que correspondan á lo dis- puesto por el mencionado artículo, y muchas de las diligencias se verifican por individuos ignorantes, quienes aseguran, bajo la gravedad del juramento, los hechos más contrarios á la verdad y á la ciencia. Con esos dictámenes se procede á juzgar al in- culpado, y no es raro que sobre éste recaiga la más inicua sen- tencia. Hemos tenido ocasión de revisar numerosos expedientes que han llegado en consulta á nuestra Oficina, con reconoci- mientos periciales tan extravagantes é incomprensibles, que nos ha sido difícil emitir un concepto. Véase uno de ellos : En la población de... . un individuo recibe una herida con instrumento punzante y cortante en las paredes del abdomen; el Alcalde del lugar ordena el reconoci- miento del herido, y éste se verifica por personas ajenas por completo á todo conocimiento médico (algunas veces son dos mujeres). Esos reconocedores, para determinar la profundidad de la herida, emplean un procedimiento original: toman un pe- 16 (lazo de madera ó bejuco; á una de sus extremidades le hacen punta para que penetre fácilmente por la herida, y así arre- glado este estilete, lo introducen entre los tejidos heridos hasta que encuentran alguna resistencia; señalan entonces con los dedos, en la tienta, la parte introducida, y luégo Aseguran, bajo JURAMENTO, que la herida tiene una profundidad de cuatro, de ocho, de diez dedos! Fácilmente se comprende que después de una herida del abdomen y de un traumatismo como el que produce el examen pericial indicado, el paciente muere. El funcionario pasa el expediente al Juez respectivo, y éste encuentra los elementos suficientes para proceder contra el inculpado por el delito de homicidio ! ¡ A cuántos errores y á cuántas injusticias da lugar tal pro- cedimiento ! En el Departamento de Cundinamarca, es posible, en al- gunas ocasiones, enmendar los errores ; los sumarios que pasan al estudio de los Jueces Superiores, se remiten por éstos á la Oficina Médico-legal; allí se estudia el valor de los reconoci- mientos periciales y se conceptúa en cuanto es posible. Pero aquí, á su vez, se presenta una dificultad muy seria, dificultad que sino puede resolverse de conformidad con la ciencia, da lugar á una sentencia absolutoria en favor, á veces, de un gran criminal. En efecto, en el caso que venimos considerando, en- contramos en el expediente las declaraciones de varios testigos y la confesión misma del agresor respecto á la herida en cues- tión ; luégo encontramos la diligencia de los peritos, algunas otras, y, por último, un auto del señor Juez Superior, en que pide nuestro concepto respecto á la causa inmediata y deter- minante de la muerte del herido X. X. El concepto juramentado que tenemos que dar no puede fundarse sino en las diligencias del sumario, pero fácilmente se comprende que no es posible establecer la realidad de los he- chos. Por una parte, es evidente que X. X. recibió una herida en la cavidad abdominal, y que murió al siguiente día. Sin la diligencia de reconocimiento, nosotros podríamos conceptuar sobre la gravedad de esa heridad y sus consecuencias, y esta- blecer, probablemente, que X. X. había muerto por causa de 17 ella. Pero viene luégo la diligencia del reconocimiento de la herida en las condiciones citadas, y ella hace imposible el dar un concepto claro, preciso y siu lugar á duda, como lo solicita el señor Juez. ¿Cómo es posible hacer la diferencia entre las lesiones que produjo el arma del agresor y la sonda ó tienta de los reconocedores ? ¿ Cuál hizo más daño I Imposible resolver estas cuestiones cuando los hechos lian tenido lugar hace algún tiempo, y no queda ni el recurso de una autopsia cuidadosa. Para evitar hechos de esta naturaleza, es indispensable que el reconocimiento de un herido se haga por peritos compe- tentes, y esto no puede conseguirse sino por medio de la orga- nización de Oficinas Módico-legales en todas las capitales de los Departamentos, como se ha hecho en Cundinamarca, en donde merced a esa medida de progreso, el Poder Judicial pro- cede con seguridad y exactitud. Uno de los objetos de la publicación de este trabajo es facilitar dicha organización. La forma y el momento de la requisitoria del perito puede variar. La autoridad debe llamar al médico, en los casos ur- gentes, al momento mismo que tenga conocimiento de un he- cho cualquiera de violencia, de heridas ó de muerte, y el agen- te de la autoridad ó funcionario de instrucción hará que se practiquen las primeras diligencias de acuerdo con las indica- ciones que señalaremos más adelante. Si el hecho no reviste gravedad, el momento de la requisitoria puede aplazarse en concepto del funcionario. Otras veces el médico no es llamado sino en el curso de la instrucción sumaria con el fin de aclarar ciertos hechos que pueden aparecer oscuros ó contradictorios. Y, por último, durante el curso de los debates, cuando el Ju- rado está reunido, puede el Presidente ó cualquiera de sus miembros, solicitar por conducto del señor Juez la presencia de uno ó más médicos. Igual cosa pueden solicitar la acusación y la defensa. Este llamamiento puede ser verbal en los momentos mis- mos que siguen al accidente, pero ordinariamente se hace por escrito. Una vez que el perito se encuentre en presencia del funcionario de instrucción, éste le tomará el juramento en la forma legal, de que cumplirá con las funciones de su cargo 18 como hombre de honor y de conciencia. El hecho de prestar el juramento es una formalidad esencial, y sin él toda la dili- gencia pierde su valor. El juramento da un carácter legal á todas las verificaciones de la misma naturaleza que puedan tener relación con la misma causa. II CERTIFICADOS. Un certificado es una atestación puramente oficiosa, que no exige ni la presencia de un Magistrado ni la formalidad del juramento y que las más de las veces no es solicitado por la justicia. El certificado, no obstante, tiene una grande importancia médico-legal, y los médicos deben ser muy prudentes en darlo al primero que lo solicita, ya por motivos de amistad, de familia, ó de cualquiera otra consideración social. Esa complacencia puede ser más tarde causa de serias dificultades. Entre nosotros es muy común el dar certificados á los ami- gos que los piden, en especial en tiempo de elecciones y de guerra para evadirse de prestar servicios; cuando por causa de algún asunto criminal los individuos son llamados como miem- bros de un Jurado ; cuando se trata de colocar en algún esta- blecimiento «le educación alumnos internos, y que el Director solicita un comprobante de la salud, y, por último, en la prác- tica profesional, cuando se trata de entregar un niño al cuidado de una nodriza. Todas estas circunstancias, en apariencia de poco valor, deben pesarse, con toda prudencia, pues fácilmente se compren- de el mal que un certificado dado á ia ligera puede ocasionar. Mal algunas veces irreparable en los últimos casos. Un niño que se contagia en un colegio, ó aquél que tiene una nodriza sifilítica, está, casi perdido. Un poco de atención en el médico puede evitarlo. El certificado debe redactarse de una manera clara y sen- cilla ; debe contener el nombre de la persona que lo solicita, su domicilio, su profesión, su edad, la enfermedad que sufre, su gravedad y el tiempo de incapacidad que ésta determina, y, por último, el día y el lugar en que se verifica. 19 Algunas veces debe extenderse en papel sellado, y debe ir legalizado por el Prefecto del lugar de residencia del médico. FÓRMULA DS UN CERTIFICADO. Yo, abajo firmado, Carlos E. Putoam, doctor en medicina y domi- ciliado en esta ciudad, certifico que el señor Pedro Itojas, natu- ral de Bucaramanga y domiciliado en Bogotá, de cincuenta años de edad y comerciante de profesión, sufre actualmente un reumatismo- agudo que lo imposibilita para desempeñar el cargo de Jurado en los días 16, 17 y 18 del presente mes. En fe de lo expuesto, doy el presente certificado en Bogotá, ei día 16 de Octubre de 1896. Carlos E. Putnam. III EXPOSICIONES. La exposición ó relación médico-legal es un acto oficial escrito por orden de la autoridad judicial o administrativa bajo la gravedad del juramento. Esta definición nos hace ver la diferencia que existe entre el certificado y la exposición. En ésta es preciso que el médico sea requerido por la autoridad, en aquél no interviene la auto- ridad. El certificado puede tener una importancia secundaria á los ojos del Magistrado, mientras que la exposición se considera como un concepto ó juicio formado sobre hechos observados. Las exposiciones pueden ser judiciales, administrativas y de estimación. Estas últimas tienen por objeto determinar el valor de los honorarios profesionales en algunos casos. Hemos encontrado en varias obras de Medicina legal los preceptos á que deben conformarse los médicos encargados de rendir uua exposición y que deben seguirse religiosamente, pero ninguno de los autores trata mejor la cuestión, que el Profesor Orfila. De él tomamos lo siguiente, y estamos seguros de que el perito que se guíe por esta autoridad, llenará debidamente su misión: “1? El primer deber del médico es proceder con un espí- ritu de equidad é integridad á toda prueba, de tal manera que 20 sus conceptos nunca vacilen por codiciados intereses, ni por sú- plicas de sus parientes y allegados, ni por influencias de personas poderosas, por más que á éstas deba las mayores consideracio- nes y gratitud. “2? Inmediatamente que el médico sea requerido por la autoridad, debe proceder á la diligencia; en efecto, si se trata de una herida, de un envenenamiento, de una asfixia por su- mersión etc., se corre el peligro de perder algunos elementos indispensables para comprobar el delito, si la visita se demora algunas horas. u 39 La visita y el reconocimiento del lugar del suceso y de los objetos que se encuentren allí, debe hacerse en presencia de la autoridad. “ 4? El perito debe recoger las armas que encuentre, las ro- pas manchadas por sangre ú otros líquidos orgánicos, las sus- tancias venenosas, ¡as materias vomitadas. “ 59 La exposición pericial debe escribirse en su totalidad en el lugar mismo de la visita cuando sea posible. Es peligroso confiar á la memoria los hechos observados para escribirlos más tarde. Sin duda, hay circunstancias que exigen meditación, pero la exposición de los hechos no exige sino atención; la me- ditación no puede agregarles ni quitarles nada. Respecto á las conclusiones, el perito puede pedir algún tiempo para darlas. u 69 El médico no puede, para evadirse del cargo, alegar el estado de putrefacción del cadáver, el peligro á que expone su salud, puesto que existen medios de desinfectar los cadá- veres. “79 La misma cuestión médico-legal exige algunas veces varias exposiciones. En el primer examen el perito puede limi- tarse á observar el estado de los órganos y dejar para otra ocasión el juicio que debe dar sobre el hecho; esto sucede en los casos de heridas. “ 89 El médico requerido por la autoridad no debe proce- der á su diligencia sino después de haberse informado del objeto de su misión.” Forma de la exposición.—Una exposición se compone de cuatro partes: 19 el preámbulo, protocolo ó fórmula de uso; 29 la descripción ó relación de los hechos; 39 la discusión ; 49 las conclusiones. 21 V} El protocolo contiene el nombre y títulos del médico que hace la exposición, el día, la hora y el lugar en que se veri- fica, la autoridad que la ordena, el nombre del funcionario y demás personas que se hallen presentes, médicos ó ayudantes. Contiene también las circuntancias que han precedido á la dili- gencia y que se juzguen importantes; la profesión, el tempera- mento y los hábitos del herido ó muerto; la actitud en que se encuentra el cuerpo, el estado de los vestidos y demás objetos que puedan tener alguna relación con el hecho que se investiga. Cuando entre éstos se hallare alguna arma, se indicará la espe- cie y la forma de ella; ‘2‘? La descripción ó relación de los hechos comprende todo cuanto el perito pueda observar. Ella encierra todos los hechos que, cuidadosamente estudiados, van á servir de base á las con- clusiones, y se comprende, desde luégo, toda su importancia y todo el cuidado que debe tener el perito en esta parte, en donde la más ligera inexactitud puede conducir á las más funestas consecuencias. Debe contener todos los detalles, por insignifi- cantes que parezcan. Cuando se trate de una herida se debe indicar ¡a especie, su situación, su dirección, su profundidad, su extensión, si contiene ó nó sangre coagulada ó líquida y en qué cantidad aproximadamente; se indicarán los medios que se han empleado para esta apreciación. En fin, es preciso que esta parte de la diligencia sea tan clara y convincente, que no deje la menor duda en el ánimo de aquéllos que la lean; 3* La discusión comprende aquellos hechos más importan- tes que los peritos toman en consideración para establecerla incapacidad que produce una lesión ó la causa inmediata de la muerte cuando existen lesioues múltiples que hayan podido producirla; 4? Las conclusiones no son otra cosa que un resumen de todos los hechos observados; deben ser tan claras y tan preci- sas como sea posible, sin que quede duda alguna sobre los he- chos ocurridos. Esta parte es la que interesa más al Magistrado, y sobre ella se apoya para ulteriores disposiciones. “ La redacción de una exposición, dice Devergie, debe ser clara, concisa; las frases serán cortas y deberán contener, en general, un solo hecho. Es preciso, en cuanto sea posible, el 22 evitar los términos técnicos, cou el fin de que todo el mundo pueda comprender lo escrito fácilmeute. Cuando las palabras que sirven para denominar las partes del cuerpo ú otras sean vulgares y que al emplearlas el médico puede recibir el título de ignorante, debe emplear la expresión técnica, y poner, entre paréntesis, su significación. Todos los hechos que sirvan para sacar conclusiones deben anotarse con un número de orden, de manera que el perito puede apoyarse en cada uno de ellos. No es de rigor seguir este método, pero cuando se emplea, él indica que el médico ha visto claramente los hechos, y que su diligen- cia tendrá éxito. No debe adoptarse cuando no hay seguridad de interpretar rigurosamente todos los hechos en particular. No se debe olvidar que toda exposición, por sencilla que sea, puede ser motivo de comentarios por otros peritos, de estudio en pre- sencia de los Tribunales, ó servir de base á alguna consulta médico-legal. “ Respecto á la conclusión, ella no puede ser otra cosa que la consecuencia rigurosa de cada uno de los hechos, según la opinión de algunos; ó la expresión de la convicción moral del médico, según otros. La primera opinión nos parece muy ex- clusiva. Segúu ella, sería preciso tomar los hechos aislada- mente, pesarlos en su justo valor y averiguarlo que puedan probar. Pero suele suceder que entre veinte hechos aislados no se encuentre una sola prueba del crimen, y al contrario, si se agrupan esos hechos se llega á adquirir un conjunto de presun- ciones tan graves, que equivalen á una prueba, ó al menos ellas bastan para establecer una convicción.” Exposiciones administrativas.—Las exposiciones ad- ministrativas tienen por objeto las cuestiones de salubridad pública y de higiene. En lo general estas exposiciones requie- ren un estudio especial, y el médico debe, en algunos casos, aso- ciarse con uu químico versado en el análisis de las sustancias alimenticias ó con otras personas conocedoras de la materia que se estudia. Entre nosotros ha ocurrido que la autoridad, en repetidas ocasiones, nos lia remitido harinas y otras sustancias para saber si ellas estaban ó nó falsificadas, ó si reunían las condiciones de un alimento suficientemente nutritivo. 23 Otras veces se consulta al médico sobre las medidas higié- nicas que se deben tomar en tiempo de epidemias, sobre la in- conveniencia de los desagües de las fábricas é casas, y otros puntos que no son del dominio del médico legista y que corres- ponden á las Juntas de Higiene. Exposiciones de avalúo 6 apreciación.—Con este nombre designamos el concepto que uno ó más médicos dan á la autoridad sobre el valor de los servicios profesionales de otros médicos, cuando éstos ó las personas que han recibido los servicios apelan á ella en busca de justicia. Unas veces los pa- cientes, teniendo posibilidad, rechazan las cuentas de honora- rios, y el médico se ve obligado á entrar en las vías de una demanda. Otras veces, el médico exige una remuneración exce- siva, á juicio del paciente, y éste solicita de la autoridad el nom- bramiento de peritos que avalúen los servicios profesionales y juzguen si el precio de ellos es justo y equitativo. También se presentan casos en que los peritos deben con- ceptuar sobre un tratamiento médico ó quirúrgico y determinar si ha sido ó no científico, ó si él ha podido influir en la prolon- gación de la enfermedad, ó en la muerte del paciente. En estas circunstancias es preciso tener en cuenta algunos preceptos importantes. Cuando sólo se trata de avaluar los ser- vicios profesionales, la cuestión es fácil y clara. Si se trata de un médico, se procede á examinar la cuenta de honorarios, mo- tivo del peritazgo; se estudiará la enfermedad, su naturaleza, su gravedad, la consagración que ella ha exigido al médico y el tiempo necesario del tratamiento. Con estos datos es evidente que se puede dar una solución clara y justa, tomando por base la tarifa establecida por los médicos que practican en la ciudad. Por ejemplo, si el doctor X atiende durante veinte días al pa- ciente X., haciendo dos visitas diarias (pocas enfermedades exi- gen más), tiene perfecto derecho á exigir el pago de cuarenta visitas. Aquí en Bogotá donde la tarifa es de $ 2 por visita, exigiría $ 80. Ahora, si por cualquier circunstancia, el médico se excediere, y en vez de $ 80 pidiere más, el paciente está en pleno derecho para no pagar ese exceso y acudir á la justicia para arreglar su cuenta. Cuando el médico tiene que trasladarse fuera del lugar de 24 su residencia, es claro que el valor de sus servicios aumenta considerablemente, pero en condiciones de equidad. Este mé- dico tiene que dejar sus enfermos, y, por lo tanto, deja de ganar el valor de esas visitas, y es justo que el paciente del campo recompense la pérdida. Pero que un médico que va fuera de Bogotá á una distan- cia de cuatro ó cinco leguas, á ver un enfermo y regresa al día siguiente, exija dos ó tres mil pesos, como conocemos muchos casos, esto es un horror, que no se puede admitir, ni es equi- tativo ni honrado ni digno en una profesión tan noble. Los que ejercemos una profesión lo hacemos por la necesi- dad de vivir de ella, mas esto no es motivo para abusar de las circunstancias, cualesquiera que ellas sean, fortuna, posición social, falta de herederos ó rica mortuoria. Hemos tenido ocasiones repetidas de conceptuar en asun- tos de este género, y hemos tenido la satisfacción de saber que las autoridades han fallado de conformidad con nosotros. Para proceder acertadamente en estos casos de peritazgo basta tener en cuenta el número de días que el médico ha per- manecido fuera de su domicilio y avaluar el precio de esos días. En nuestro país son pocos, muy poéos, los médicos que ganan por sus visitas y consultas más de cincuenta pesos diarios. Pue- de, en algunos días, ganar más, pero quiero tomar un término medio anual. Con esta base de $ 50 diarios, se puede resolver el punto. Así, el doctor X ha tratado al paciente X. fuera del lugar en que reside y ha regresado á éste al cabo de diez días. Pasa su cuenta de honorarios por $ 500, y el paciente la recha- za. Es claro que debe proceder judicialmente y hacerse pagar. Al contrario, en vez de $ 500, el médico exige $ 3,000, como ocurrió en ocasión no lejana. En este caso el paciente ó la fa- milia ó la mortuoria debe rechazar la cuenta, por no ser equita- tiva y llevar el asunto delante del Juez. Cuando se trata de operaciones quirúrgicas, la cuestión va- ría mucho, por no estar éstas sometidas á tarifa alguna. Xo obstante, también es posible conceptuar con justicia y equidad. Es preciso tener en cuenta el mérito de la operación, su oportunidad, su magnitud, las dificultades operatorias, la habili- dad del cirujano y los resultados de la operación. La costumbre establecida en casos análogos puede servir de norma. 25 Puede ocurrir también que se trate de apreciar el valor de las medicinas suministradas por una farmacia, en donde, por regla general, el precio es muy variable y caprichoso. El perito, en este caso, exigirá una relación detallada de esas medicinas y consultando el precio de los mismos artículos en la plaza ó mer- cado, resolverá el punto. Estas indicaciones, por fortuna, no tienen aplicación entre los hombres científicos de nuestro país, en donde, al contrario, la mayor parte ejercen la profesión por caridad, y ninguno llega á hacer una mediana fortuna; pero la ignorancia y la perversidad se amparan algunas veces al lado de la noble profesión del mé- dico para explotar á la gente cándida y convertir la medicina en vergonzoso comercio. Destruir el charlatanismo y la impe- ricia es una necesidad social, y el hombre científico está en el deber de aniquilar á estos dos enemigos mortales de la vida y de la fortuna. IV CONSULTAS MEDICO-LEGALES. La consulta médico-legal es un documento, una memoria ó una relación en que uno ó más médicos, y á petición de la autoridad ó de las partes interesadas, aprecian, discuten ó des- truyen el valor de un certificado, de una exposición ó de cual- quiera otra diligencia oficial verificada por otros peritos. Esta consulta puede ser pedida en el curso de una causa por el Ministerio Publico ó por la defensa. En el primer caso, el Magistrado convoca varios médicos para saber si aceptan el cargo, y una vez aceptado, les toma el juramento. Hecho esto,, se pone en sus manos la exposición ó exposiciones de los otros médicos y demás piezas de la instrucción sumaria que puedan solicitar para aclarar la cuestión. En el segundo caso, el defen- sor puede hacer uso de la consulta en el momento que juzgue conveniente en relación con la ley. En ambas circunstancias la consulta debe contestarse ó redactarse con toda claridad y guardando el mismo orden que en una exposición ordinaria: protocolo, discusión y conclusión. Los médicos no deben olvidar ningún detalle; pueden discutir 26 los hechos con toda la extensión que crean necesaria; deben probar con hechos bien establecidos y admitidos en la ciencia las proposiciones que emitan, teniendo cuidado de no alterar inteucionalmente ninguno de los hechos consignados en la ex- posición de sus colegas con el propósito de anular ésta. Al con- trario, analizarán los conceptos emitidos y no atacarán la expo- sición en tanto que ella no sea viciosa, errónea ó contraria á la ciencia; á esto nos obliga la consideración y dignidad pro- fesional. La misión del médico consultado es, en lo general, sencilla ; como hombre de honor y de conciencia debe decir la verdad, afirmando ó negando los hechos con toda imparcialidad. En los casos dudosos, Devergie dice que la balanza debe inclinarse en favor del acusado. V ORDENANZA, DECRETOS E INSTITUTO MEDICO-LEGAL DEL, DEPARTAMENTO. Hemos creído útil el agregar á esta parte del Tratado la Ordenanza número 45 de la Asamblea del Departamento de Cundinamarca y los Decretos de desarrollo de la misma, con el fin de que los otros Gobiernos departamentales en su vía de progreso, se sirvan de estos documentos al organizar sus respec- tivos Institutos médico-legales. El espíritu de la Ley 100 de 1892, que hemos señalado antes, nos hace comprender la necesidad de estas nuevas Ofi- cinas judiciales. También señalaremos el modo de organizar esos Institu- tos en su régimen interno, tal como existe en Bogotá. ORDENANZA NÚMERO 45, por la cual se .dictan algunas disposiciones sobre Medicina Legal del Departamento. La Asamblea departamental de Cundinamarca ordena: Art. 1? Divídese el Instituto Médico-legal en dos servicios: uno para las autopsias periciales, y otro para los trabajos de Química-legal toxicológica. 27 Art. 2o El Gobernador del Departamento nombrará dos médicos y un químico titulados, para que se encarguen de practicar, los dos primeros, los reconocimientos periciales y los trabajos que sean del do- minio de la medicina-lega), y todos tres los de química-legal y toxi- cológica. Art. 3o Cuando la secuela de los asuntos judiciales en que inter- vienen los expresados facultativos, no sea reservada conforme á la ley y en los casos en que lo permitan los interesados, podrán intervenir, para las autopsias y análisis químicos, dos ayudantes que tendrá la Oficina médico-legal, los cuales serán nombrados por el Gobernador y elegidos de entre los estudiantes de la Escuela de Medicina de quinto aflo, que Layan ganado sus cursos en la más alta calificación. Art. 4o Los empleados de la Oficina médico-legal gozarán de las siguientes asignaciones mensuales: Cada uno do los Médicos $ 250 El Químico 50 Cada uno de los Ayudantes 35 Habrá, además, un Portero-sirviente, nombrado por los Mé- dicos, que tendrá un sueldo mensual de 25 Destínase, además, la suma basta de treinta pesos ($ 30) men- míales para los gastos de alcohol, carbón etc., etc. Estas partidas se considerarán incluidas en el Presupuesto. Art. o° Destínase, además, en el Presupuesto de Gastos la suma de tres mil pesos ($ 3,000) para la compra de reactivos, útiles y apara- tos, de los cuales, quinientos pesos ($ 500) se invertirán en la adapta- ción conveniente del local de la Oficina, de acuerdo con las indicacio- nes de los Profesores encargados de la Oficina médico-legal. Art. G? Los Directores de los servicios de medicina-legal y de química toxicológica, liarán, alternándose, dos veces á la semana con- ferencias sobre los casos prácticos de interés para la ciencia, siempre que se lo permita el ejercicio de sus funciones. En el laboratorio de Toxicología practicará el Director estudios experimentales sobre laa sustancias venenosas indígenas desconocidas en la ciencia, también sobre las alteraciones de los alimentos y bebidas, y pondrá en práctica observaciones de micrografía y bacteriología, si las permitieren los re cursos votados para el Laboratorio. Art. 7o En cada reunión de la Asamblea del Departamento pedi- rá el Gobernador la partida de rail pesos ($ 1,000) en oro para reponer los reactivos gastados y para adquirir los aparatos y útiles que falten, de manera que con el trascurso del tiempo se complemente el Labora- torio destinado para estudios prácticos en servicio de la autoridad. Art. 8o Cuando por algún motivo fuere nombrado por la autoridad 28 un profesor particular para que rectifique los trabajos ejecutados en el ínstituto médico-legal, le será permitido verificar sus estudios en el instituto mismo. Art. 9o Cuando alguno de los Profesores-médicos de la Oficina de Medicina-legal estuviere fuera de la ciudad practicando algún reco- nocimiento, lo reemplazará el médico de la Cárcel de Detenidos. Art. 10. Destínase del Tesoro departamental la suma de seis mil pesos ($ 6,000) en cada bienio, para ei pago de honorarios de los mé- dicos que por citación de la autoridad tengan que practicar algún reco- nocimiento en las Provincias fuera de Bogotá. Cuando el reconocimiento haya de practicarse en el lugar de la residencia del médico reconocedor, tendrá por honorarios á razón de un peso ($ 1) por la primera hora, y cincuenta centavos ($ 0-50) por cada una de las siguientes. Cuando el reconocimiento haya de practicarse fuera del lugar de la residencia del médico, tendrá por honorarios á razón de cinco pesos ($ 5) por miriámetro. La ordenación de pago de honorarios se hará por el respectivo Pre- fecto de la Provincia, previo aviso oficial del Jefe de Policía que haya intervenido en el reconocimiento. Con este fin, en la diligencia de reconocimiento se hará constar el tiempo invertido ó la distancia recorrida por el reconocedor. En caso de exhumación de cadáveres ó autopsias, se pagará á ra- zón de tres pesos ($ 3) por hora. Dada en Bogotá, á doce de Julio de mil ochocientos noventa y cuatro. El Presidente, Garlos Tavera Navas. El Secretario, Miguel A. Peñaredonda. Gobernación del Departamento.—Bogotá, Julio 16 de 1894. Publíquese y ejecútese. GARLOS UR1BE. el Secretario de Gobierno, el Oficial Mayor, Arturo de Brigard. 29 DECRETO NÚMERO 94, por ei cual se reglamenta el servicio del Instituto Médico-legal, de conformidad con lo prescrito en la Ordenanza número 45 de 1894. El Gobernador del Departamento de Cundinamarca, En uso de sus atribuciones legales, DECRETA: Alt. 1? Divídese el Instituto Médico-legal eu dos servicios: uno para las autopsias periciales, y otro para los trabajos de química-legal toxicológica. Art. 2? Los médicos oficiales y los ayudantes permanecerán en la Oficina del Instituto todos los días no feriados, de las 8 a. m. á las 10 a. m., y de la 1 á las 3 p. m., para desempeñar sus funciones y dar cumplimiento á las órdenes que se les comuniquen, salvo los casos ur- gentes en que tengan que trasladarse á otros lugares. En los días fe- riados los empleados del Instituto acudirán á él en el acto que sean llamados por el señor Prefecto general de la Policía ó por cualquiera otro funcionario de instrucción. Art. 8o Cuando los médicos oficiales deban concurrir al Panóp- tico, á los Establecimientos de Beneficencia ó á otros lugares, en obe- decimiento á órdenes superiores, lo liarán en horas distintas á las fijadas en el artículo anterior. Art. 4o Son deberes de los médicos: a) Presenciar las exhumaciones de cadáveres ordenadas por los Jueces ó funcionarios de instrucción j b) Practicar personalmente las autopsias y reconocimientos médi- co-legales que ordenen las autoridades ; c) Dar contestación por escrito á las consultas que, sobre asuntos de su cargo, les hagan los Jueces ó funcionarios de instrucción : d) Asistir á las audiencias públicas, cuando lo requieran los Jue- ces respectivos; cj Ayudar al químico del Instituto en los análisis toxicológicos que practique: f) Cumplir las órdenes que reciban de la Gobernación, del Pre- fecto general de la Policía, del Tribunal Superior y de los otros em- pleados del ramo judicial; g) Pasar mensualmente á la Prefectura general y á la Secretaría de Gobierno, un resumen de los trabajos que se practiquen en la Ofi- cina. 30 Art. 5? No podrán los médicos practicar reconocimientos fuera de la Oficina del Instituto sino en los casos en que no sea posible trasladar á ella á los pacientes, por la gravedad de las lesiones ó por otra causa grave. Cuando esto ocurra, los médicos, antes de practicar el reconoci- miento, darán aviso á la Prefectura general de la Policía. Art. G? Todas las diligencias serán practicadas por ambos médi- cos á fin de que haya el común acuerdo que previene la ley. Cuando por ausencia, por enfermedad ó por cualquiera otra causa, uno de ellos no pudiere concurrir á la Oficina á practicar alguna diligencia, al Pre- fecto de Policía hará llamar al médico de la cárcel de detenidos para que reemplace al ausente, de lo cual dará cuenta á la Secretaría de Gobierno, con expresión del motivo de la ausencia del médico. Art. 7? Las autopsias serán practicadas por los dos médicos per- sonalmente, y los ayudantes llevarán la relación de las lesiones que se encuentren en el cadáver, en la forma que adelante se indicará. Cuan- do la autopsia se practique sobre un cadáver en que haya sospecha de envenenamiento, el químico del Instituto asistirá á ella, á fin de que examine los órganos lesionados y recoja personalmente las materias que deba analizar. Las vasijas en que éstas se recojan serán selladas por el Prefecto general ó por el funcionario de instrucción. Aj’t. 8o En el anfiteatro del Instituto no se recibirán sino los ca- dáveres que se encuentren en las siguientes condiciones: a) Los que se encuentren en algún sitio público, ignorándose la causa que produjo la muerte; bj Los de los individuos que hayan muerto violentamente ó aqué- llos en que haya signos suficientes para sospechar la comisión de un delito ; cj Los de personas cuyos deudos lo soliciten, por ignorar la causa que ha producido la muerte, ó por sospechar con algún fundamento que lia sido producida de una manera violenta. Art. 9? Los cadáveres que no estén en las condiciones expresadas en el artículo anterior, se pondrán en el anfiteatro de San Juan de Dios para que el médico municipal practique la autopsia y expida el certificado de la causa que produjo la muerte. Si en la autopsia encon- trare alguna sospecha fundada de que se ha cometido un delito, dará inmediatamente parte á la autoridad correspondiente, para que el cadá- ver sea trasladado al anfiteatro del Instituto, á fin de que los médicos practiquen el reconocimiento. Art. 10. Los cadáveres no permanecerán en el anfiteatro del Ins- tituto más de diez y ocho horas, salvo que las autoridades ordenen que sean expuestos al público, pero en este caso los médicos y sus ayudan- tes harán previamente el embalsamamiento del cadáver. 31 Terminada toda autopsia, los médicos pasarán la diligencia de ésta á la Prefectura para que allí se disponga la inmediata inhumación. Art. 11. Cuando haya necesidad de practicar diligencias fuera de la ciudad, éstas lo serán por ambos médicos ó por solo uno de ellos, á juicio del señor Prefecto general. En el último caso se alternarán en el servicio. Art. 12. Cuando los médicos tengan que practicar alguna diligen- cia fuera de la ciudad y necesiten hacer uso de instrumentos ó útiles del Instituto, podrán tomarlos, pero darán antes al Prefecto general un recibo de ellos, de acuerdo con el cual volverán á entregarlos una vez que hayan practicado las diligencias del caso. En ninguna otra circuns- tancia podrán los empleados del Instituto sacar fuera de la Oficina los instrumentos, útiles y demás objetos que á ella pertenecen. Los reactivos é instrumentos del laboratorio químico del Instituto, no podrán ser sacados de él por ningún motivo. Art. 13. Son deberes del químico : aj Concurrir todos los días de la 1 á las 2 p. m. á la Oficina del Instituto á informarse si hay ó nó análisis que practicar; b) Concurrir con los señores médicos á las exhumaciones y á las autopsias de cadáveres en que se sospeche un envenenamiento ; c) Practicar todos los análisis toxicológicos que ordene la Gober- nación á los funcionarios de instrucción ; d) Hacer los exámenes de espectroscopio, de manchas en el mi- croscopio y los demás que fueren necesarios ; e) Practicar los demás análisis que ordene la Gobernación, aun cuando no sean toxicológicos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6o de la Ordenanza número 45 de 1894; f) Dar por escrito á la autoridad que ordene el examen ó el aná- lisis el resultado que en ellos haya obtenido ; g) Concurrir á las audiencias públicas cuando se lo exijan los Jueces; h) Conservar en perfecto estado y con el orden y aseo debidos los instrumentos, útiles y reactivos del laboratorio del Instituto. Art. 14. Desde el próximo mes de Octubre los médicos y el quí- mico del Instituto tienen el deber de dictar conferencias públicas sobre los casos de interés científico que encuentren en el desempeño de sus funciones. Las conferencias tendrán lugar en la Oficina médico-legal ó en el laboratorio del Instituto, según el caso. Se dictarán una vez por semana, alternándose en ellas los Directores de los servicios del Instituto. El día y la hora en que deban tener lugar serán fijados de acuerdo con el Héctor de la Facultad de Medicina, con el objeto de que á ellas puedan concurrir el mayor número posible de los alumnos de 32 dicha Facultad. Con la anticipación debida se anunciarán en los perió- dicos de la capital el tema de la conferencia, con expresión del nombre del Profesor que la dicta y la hora y el sitio en que deban tener lugar. Art. 15. Son deberes de los ayudantes : a) Concurrir á la Oficina en las horas señaladas en el artículo 2o del presente Decreto; b) Llevar la historia de los casos que se presenten en el Instituto y los libros de la Oficina ; c) Escribir los reconocimientos ordenados por los funcionarios de instrucción y la relación de las consultas que hagan los Magistrados del Tribunal, los Jueces y demás empleados del ramo criminal; el) Concurrir con los médicos á los lugares fuera de la Oficina á donde haya uecesided de practicar alguna diligencia; e) Cuidar de que la Oficina se encuentre permanentemente en el mayor orden y aseo ; f) Ayudar á los Jefes de los servicios en todos los trabajos que se les ordenen ; Art. 10. En el Instituto médico-legal se llevarán los siguientes li- bros : uno para los reconocimientos y demás operaciones de la Oficina médico-legal; otro para los trabajos de química, y otro para anotar el resumen general de los trabajos que se practiquen. Art. 17. Cuando los Jefes del servicio tengan que practicar dili- gencias fuera de la capital, las cuentas de viáticos, que serán lo más detalladas posible, las harán visar por el Prefecto general para la res- pectiva ordenación. Art. 18 Art. 19. El Instituto médico-legal quedará, desde la fecha de este Decreto, bajo la inmediata inspección de la Prefectura general, quien cuidará del estricto cumplimiento de las presentes disposiciones. Art. 20. Los pedidos que haya necesidad de hacerse al extranjero tauto de útiles como de instrumentos y reactivos para el servicio del Instituto, se harán directamente por la Secretaría de Gobierno, de acuerdo con las indicaciones que hagan los Directores de los servicios. Los demás objetos que se necesiten, como combustibles, mobiliario etc. serán suministrados por la Prefectura general. Art. 21. El Prefecto general hará con los Profesores, Jefes de los servicios del Instituto, un inventario riguroso de los instrumentos, úti- les, reactivos etc., tanto del servicio médico como del de química, y para verificar la existencia de ellos pasará una escrupulosa visita. Co- pia del inventario primitivo y de la diligencia de cada visita serán pa- sados á la Secretaría de Gobierno. Art. 22 Art. 23. Cuando alguno de los señores médicos oficiales se separe de la Oficina eu uso de licencia por motivo de asuntos particulares, el señor Prefecto general de la Policía queda autorizado para llamar otro médico que lo reemplace, quien disfrutará de la asignación que le co- rresponda al médico oficial, durante el tiempo de su ausencia. Comuniqúese y publíquese. Dado en Bogotá, á 12 de Septiembre de 1894. 33 CARLOS UR1BE. El Secretario de Gobierno, Carlos Cuervo Márquez. DECRETO NÚMERO 188 DE 1897 (•21 DK JUNIO), el cual se organiza el instituto Médico-legal. El Gobernador del Departamento de Cundinamarca, En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO : 1'.’ Que por la Ordenanza número 45 de 1894 se dividió el Insti- tuto Médico-legal en dos servicios : uno para las autopsias periciales y otro para los trabajos de química legal toxicológica; que para el pri- mero de estos servicios dispuso que se nombraran dos médicos, y para el segundo un químico, todos titulados; y que todos tres practicaran los trabajos de química legal toxicológica; 2o Que la obligación de los dos médicos de practicar con el quí- mico los trabajos de toxicología, se liace casi imposible por la separa- ción de las respectivas Oficinas en dos locales distintos; por la multipli- cidad y frecuencia de los asuntos que los dos médicos tienen á su cargo y por las diligencias que frecuentemente tienen que practicar en los Municipios del Departamento en donde no bay médicos, ó, aunque los ' baya, carecen de los instrumentos necesarios para llenar bien su come- tido, aparte de que en algunas ocasiones se excusan de cumplir aquellas diligencias por ser graves, difíciles y sobre todo peligrosas; 3? Que también sucede muchas veces que á un mismo tiempo se solicita de dos ó más Municipios el envío de los médicos oficiales para que practiquen autopsias, exhumaciones etc,, á lo cual no puede acce- 34 derse por carencia de personal suficiente, á menos de que se interrum- pan los trabajos diarios del Instituto Médico-legal; 4o Que la misma Ordenanza prohíbe á los ayudantes del Instituto intervenir en las diligencias que se practiquen por los médicos, cuando éstas se refieren á asuntos de carácter criminal que, por su naturaleza, son reservadas conforme á la ley ; y tan sólo les permite su interven- ción cuando á ello asienten las partes y no existe aquella reserva; todo lo cual exige una reglamentación terminante que evite irregulari- dades, y o° Que la división del Instituto en dos servicios no produce nin- guna ventaja y sí da lugar á desorden y demoras perjudiciales en sus trabajos, de lo cual tiene la Gobernación repetidas quejas; en tanto que reunidos los do j expresados servicios en un solo local, pueden los res- pectivos jetes prestarse mutuo apoyo y se evita que los ayudantes inter- vengan como peritos en asuntos delicados, DECRETA: Art. Io Mientras se adopta un local adecuado para el efecto, retí- nense en el lugar que actualmente sirve para la Oficina de Medicina legal, propiamente dicha, los dos servicios en que está dividido el Ins- tituto. En él practicarán los tres profesores los trabajos de aquélla y los de química legal toxicológica, como se indica en el presente Decreto. Art. 2o Los tres profesores y los tres ayudantes permanecerán en el local del Instituto todos los días no feriados, de las 8 á las 10 a. m. y de la una á las 3 p. m., para desempeñar sus funciones y dar cumpli- miento á las órdenes que se les comuniquen, salvo los casos en que ten- gan que trasladarse á otros lugares. En las demás horas de los días útiles y en los feriados los profesores y los ayudantes acudirán, en el acto en que sean llamados por la Gobernación, por el señor Prefecto de la Provincia de Bogotá o por cualquier otro funcionario de instrucción al lugar á donde se Ies indique. Art. 3o Cuando en obedecimiento de órdenes superiores, tengan que concurrir al Panóptico, á las cárceles, á los establecimientos de be- neficencia, ó á casas particulares, irán dos de los tres profesores, con un ayudante á practicar la diligencia ordenada, y el otro y los demás ayu- dantes permanecerán en la Oficina practicando las diligencias que ocu- rran, si ellas no fueren de gravedad. Art. 4? Están igualmente obligados á practicar en los Municipios del Departamento las diligencias médico-legales que la Secretaría de Gobierno ó la Prefectura de Bogotá les ordenen. Art. 5o Los tres profesores de la Oficina están obligados á prac- 35 ticar personalmente todo acto ó diligencia médico-legal y químico-to- xicológica con el celo, esmero y prontitud que la naturaleza del caso exija y la administración de justicia requiera, de conformidad con las prescripciones señaladas en este Decreto. Art. C? No podrán los médicos practicar autopsias ó reconoci- mientos de heridas, en casas particulares, sino en los casos en queá los heridos no les sea posible trasladarse á la Oficina por la gravedad de las lesiones, ó en que por la traslación pueda ponerse en peligro su vida. Cuando esto ocurra, los médicos, antes de ir á practicar el reconoci- miento, darán aviso á la Prefectura respectiva ó á la Secretaría de Gobierno. Art. 7o Son deberes de los ayudantes: Io Concurrir á la Oficina todos los días no feriados á las horas que se han señalado en el artículo 2? del presente Decreto; pero si ocurrie- re alguna diligencia urgente á otras horas, ó en día feriado, están obli- gados á prestar sus servicios ; 2? Trasladarse con los médicos á los lugares de fuera de la Oficina en donde haya necesidad de practicar alguna diligencia, la cual senta- rán en borrador para trasladarla al libro correspondiente y á la nota del funcionario que lo ordena ó al expediente, si lo hubiere; 3? Escribir las actas de cada autopsia, reconocimiento, relación médico-legal etc., del modo siguiente: un ayudante escribirá el acta en el libro que con este fin se lleve en la Oficina; el otro hará igual cosa á continuación de la nota ó auto en que el funcionario instructor ordena la diligencia que debe practicarse, y el tercero sentará en el libro co- rrespondiente: la fecha, el número de orden, el nombre de la persona que va á reconocerse, ó el número del expediente etc., el objeto de la diligencia, la Oficina que la ordena y el folio del libro de actas; 4o Formar los cuadros de que habla el artículo 34, escribir las no- tas y practicar las demás diligencias que les ordenen los profesores, de acuerdo con este Decreto. En todos estos trabajos se alternarán los tres ayudantes ; 5o Intervenir como peritos en las diligenciasen que, á juicio de la Secretaría de Gobierno, puedan hacerlo en los Municipios del De- partamento ; 0° Ayudar á los jefes de la Oficina en todos los trabajos que les ordenen, ya sean de medicina legal, ya de química toxicológica; 7o Cuidar de que la Oficina, los útiles, los instrumentos etc., se conserven permanentemente en el mayor orden y aseo. La falta de cumplimiento de esta disposición será castigada con un descuento de dos pesos ($ 2) por cada vez que ocurra. Este descuento será igual para los tres ayudantes y se hará de la nómina del fin del mes en que se note la falta ó faltas; 8o Llevar un inventario de los libros, instrumentos, útiles y de- más enseres de la Oficina, siendo responsables mancomunadamente do la pérdida ó extravío de cualquiera de ellos. Art. 8? De toda diligencia ó análisis químico que se practique en la Oficina ó fuera de ella por los médicos oficiales, se extenderá una acta que debe redactarse únicamente por éstos, y de una manera tan terminante y circunstanciada que dé una idea clara, completa y fiel de los hechos, objetos y lesiones examinadas. La observancia de esta dis- posición no se encarece lo bastante á los profesores, quienes deberán tener presente en cada reconocimiento que el acta de los resultados no se hace solamente para su uso propio, sino que se trata de suministrar con ella un documento que, aun más tarde, pueda dar luz sobre todas las circunstancias que á la sazón presentaba el objeto descrito, de modo que otros peritos que hayan de dar su dictamen, puedan conocer clara- mente el estado de las cosas que hayan encontrado los médicos que verificaron el reconocimiento. Art. 9o El acta debe ser lo más inteligible que se pueda, de modo que el Juez, el Fiscal, los Jurados y demás personas que la lean, pue- dan darse cuenta perfecta de los hechos descritos en ella; está desti- nada exclusivamente para el Juzgado, y sirve para establecer el cuerpo del delito. Deben, por tanto, y en cuanto sea posible, evitarse los tér- minos técnicos extraños al lenguaje común. Deben dibujarse, aunque sea toscamente los objetos que se describan, lo cual ilustrará las redac- ciones y dará más luz á las descripciones; esto mientras el Gobierno puede auxiliar á la Oficina de Medicina legal con aparatos fotográficos y con “ esquemas,” para dibujar las observaciones, que tánto servicio prestan en la práctica de aquella ciencia y que tánto uso tienen hoy en este ramo. Art. 10. Los profesores á quienes corresponda en turno practicar un análisis, consignarán diariamente el detal circunstanciado de las operaciones ejecutadas. Esta relación les servirá más tarde de base para la redacción de las actas. Art. 11. Las actas de análisis químicos deben contener: la des cripeión del estado en que fueron entregadas las materias sospechosas; la serie de operaciones físicas y químicas á que las hayan sometido y las conclusiones que puedan sacar de ellas. Las actas deben contener de- talles circunstanciales, para que todo químico pueda, por su simple lectura, adoptar las conclusiones de los peritos, y según estas últimas, afirmar que tal veneno fué aislado, que tal otro no existía ó que no ha- bía en las materias sospechosas ninguna muestra de cuerpo tóxico. Art. 12. Estas actas se escribirán por duplicado: una en el libro de actas que se llevará en la Oficina y ia otra á continuación de la nota 36 37 en que el Juez ó el funcionariario de instrucción haya ordenado la prác- tica de la diligencia médico-legal. Terminada esta última la firmarán los médicos, y en ningún caso los ayudantes. Parágrafo. El acta escrita á continuación de la nota del Juez ó funcionario de instrucción, la incluirán estos empleados en el expe- diente ó causa que la motiva, sin copiarla, sin agregarle nada, enmen- darla ó corregirla. De igual manera procederán con las demás actas que fueren necesarias hasta la curación del herido, por ejemplo en el caso de lesiones corporales que imposibiliten al agredido por varios días. Después de la última acta, si fueren varias, el funcionario sentará en el expediente un auto en que haga constar, bajo la gravedad del jura- mento, que los médicos que intervinieron en las actas, se afirman y ratifican en su exposición (artículo G5, Ley 100 de 1892). Art. 13. Los trabajos médico-legales en asunto criminal, como autopsias, reconocimientos de heridas, atentados contra las costumbres, abortos etc., exámenes microscópicos, espectracópicos, análisis de ori- nas etc., los practicarán los tres profesores del modo siguiente : a) Cada diez días se alternarán los tres, por turno riguroso, en la práctica de estas diligencias ; b) El médico que esté de turno tiene la obligación, durante su pe- ríodo, de practicar personalmente los trabajos indicados en la primera parte de este artículo, de dictar y firmar las actas correspondientes, anteponiendo á su nombre las palabras “ El Jefe de trabajo,” y de dar cuenta diaria á la Gobernación ó á la Prefectura de la falta de asisten- cia de los demás empleados de la Oficina, si ocurriere, especificando el modo de ella; cJ Los otros dos médicos presenciarán las operaciones; practicarán igualmente el examen médico-legal; harán al Jefe las observaciones que estimen convenientes; le ayudarán en las autopsias y en las demás operaciones manuales; firmarán las actas, y el que le siga en el turno, lo reemplazará en sus funciones, cuando, por orden superior, por enfer- medad ó por otras causas, tenga aquél que ausentarse de la Oficina; pero cuando vuelva á ella terminará su turno. Parágrafo. Al principiar y terminar cada turno se dejará constan- cia en una diligencia firmada por los dos primeros profesores que lo ha- yan servido. Art. 14. Los análisis químico-toxicológicos de que los Jueces, los funcionarios de instrucción ó la Gobernación encarguen á la Oficina, los harán igualmente por turno los tres médicos, distribuyéndoselos en el orden en que se reciban en la Oficina, así: el médico á quien corres- ponda ejecutar el trabajo, tendrá por compañero en las operaciones al que inmediatamente le siga en el turno, el cual firmará con aquél el 38 acta del análisis que deben mandar ala autoridad ordenadora. Siguien- do este orden de alternabilidad harán los demás análisis. Art. 15. Los tres profesores de la Oficina cumplirán por turno riguroso, en el orden en que vayan recibiéndose en ella, las diligencias médico-legales que la Gobernación ó la Prefectura les ordenen practi- car en los Municipios del Departamento. Cuando la diligencia que haya de practicarse fuere grave y la Secretaría de Gobierno estimare conve- niente que dos de los médicos deben hacerla, irá aquél á quien corres- ponda el turno con el que inmediatamente le sigue en esta obligación ; si éste último no pudiese concurrir, irá solo el de turno, en cuyo caso lo acompañará uno de los ayudantes. Art. 1G. Los expedientes que los Magistrados, los Jueces y de- más funcionarios les pasen en consulten, los estudiarán los médicos, se los distribuirán por turno entre los tres y cada uno hará la redacción del acta ó la relación médico-legal del expediente que le corresponda; y después de discutirla los médicos en sus puntos principales y en sus conclusiones, la firmarán dos de ellos; el que haga la redacción y el que le siga en turno en la ejecución de estos trabajos. Parágrafo. En las actas correspondientes á las diligencias médico- legales de los dos artículos anteriores, el médico que hace el trabajo, antepondrá á su firma las palabras “ el Médico de turno,” para que el señor Juez de la causa dé cuenta á la Gobernación de las faltas en que, contra este Reglamento, incurra el médico y para imponer á éste la pena á que se haga acreedor. Art. 17. Los reconocimientos de lesiones personales, las autopsias, análisis químico-toxicológicos etc., serán practicados única y exclusi- vamente por los médicos oficiales; á los ayudantes les es absolutamente prohibido hacerlas sin autorización de la Gobernación. Solamente po- drán intervenir directamente en estas diligencias cuando, en obedeci- miento de órdenes superiores, tengan que trasladarse con uno de los médie@»«é—nn Municipio á practicar alguna diligencia médico-legal. En el caso contrario incurrirá el médico de turno en la multa de cinco pesos ($ o) por cada vez que infrinja esta disposición; y los ayudantes, en la de dos pesos ($ 2) por la misma infracción. En la misma pena incurrirán también los últimos por cada vez que firmen una acta sin la autorización indicada. Art. 18. En los reconocimientos de heridas en general que impo- sibiliten á los agredidos para el trabajo, por varios días, los médicos oficiales señalarán con precisión en cada reconocimiento : la marcha de las lesiones, el estado que presenten, las complicaciones que sobreven- gan etc., del mismo modo que se llevan en la clínica las observaciones de los enfermos y el efecto de los medicamentos; sin limitarse en nin- 39 gún caso á decir, por ejemplo, que el herido no puede trabajar aún ó que sigue imposibilitado, sino que es necesario dar la razón de esto. Al t. 19. Los médicos oficiales están obligados á practicar autop. si as: 1° De los cadáveres de individuos que se encuentren en algún sitio público, cuando se ignora, la causa de la muerte; 2o Las de los individuos que hayan muerto violentamente ó de aquéllos en que haya signos suficientes para sospechar la comisión de un delito, y 3o Las de las personas cuyos deudos ó la autoridad lo soliciten, por sospechar con criterio fundado que la muerte ha sido producida de una manera extraña ó sin causa natural. Parágrafo. En ningún caso están obligados á practicar autopsias de cadáveres que no estén en las condiciones antes indicadas; y menos aún cuando se desee saber si la causa de la muerte fué una enfermedad contagiosa. En este caso y en el de aquellos cadáveres para los que, por falta de certificado médico, no pueda la Alcaldía dar la licencia para inhumarlos, el reconocimiento ó autopsia será practicado por el médico municipal de la ciudad. Art. 20. Los cadáveres no permanecerán en el anfiteatro de la Oficina más de 24 horas, salvo que las autoridades ordenen que sean expuestos al público, por ser desconocido el individuo; pero en este caso el médico de turno y los ayudantes harán previamente el embalsa- mamiento del cadáver. En los otros casos, el funcionario que descuide hacer inhumar el cadáver que ha mandado al anfiteatro, incurrirá en una multa de diez pesos ($ 10). Terminada toda antopsia, los médicos pasarán el acta de ella á la Prefectura, para que de allí sea remitida inmediatamente al funciona rio instructor, á fin de que éste ordene la inhumación del cadáver. Art. 21. Por la Prefectura de Bogotá se contratarán, siempre que fuere preciso, los individuos necesarios para que presten el servicio de llevar los cadáveres, una vez cumplidas las autopsias, á los lugares donde deban ser inhumados. Para atender á este gasto se destinarán hasta tres pesos ($ 3) en cada caso, de los fondos señalados, para ma- terial de la Oficina médico-legal. Art. 22. En el Instituto médico-legal se llevarán los siguientes libros: uno para escribir las actas de todos los trabajos químico-toxico- lógicos y las relaciones médico-legales de las consultas que los señores Magistrados del Tribunal y los Jueces hagan á los médicos; otro para anotar el resumen de los trabajos diarios, y otro para copiar las notas. Art. 23. En todo análisis toxicológico debe prohibirse la entrada al laboratorio á toda persona extraña; y las materias en examen las 40 guardarán en un lugar seguro, á fin de que en ausencia de los médicos de turno no puedan ser alteradas. Art. 24. El médico de las cárceles tiene obligación, además del servicio que debe prestar en aquellos establecimientos : Io De concurrir todos los días no feriados á la Oficina de Medi- cina legal, de la 1 á las 2 p. m., á dar cuenta del estado de los heridos y de los presos de quienes se sospeche un estado de locura; 2o Cuando por ausencia de los médicos oficiales, lo ordene la Se- cretaría de Gobierno ó la Profectura, practicar, con el otro médico oficial, los trabajos de la Oficina; pero no estará obligado á desempe- ñar los indicados en los artículos 14, 15 y 16, ni á hacer el turno de que habla el artículo 3? de este Decreto ; 3? Pasar mensualmente un cuadro del movimiento de enfermos en dichos establecimientos, el cual hará en la forma siguiente : primera columna, fechas; segunda, número de orden ; tercera, nombre del en- fermo; cuarta, diagnóstico de la enfermedad, y quinta, fecha de ella; 4? Cuando tenga que prestar sus servicios en la Oficina de Medi- cina legal, se le eximirá de hacerlo en las horas de la mañana, para que pase la visita á los enfermos de las cárceles; pero en las horas de la tarde tiene obligación de concurrir á aquélla á practicar los reconoci- mientos que ocurran; y si no lo hiciere así, incurrirá en la multa que tienen aquellos empleados en idénticas circunstancias. Art. 25. Los funcionarios de instrucción y los Jueces deben exa- minar las actas de reconocimiento, compararlas con las prescripciones establecidas en este Decreto, y, si no las hallan conformes con ellas, ó son defectuosas de cualquiera otra manera, deben dar cuenta á la Se- cretaría de Gobierno de estos defectos, para que se ordene que los mé- dicos corrijan tales descuidos ó faltas. Art. 26. Salvo el caso previsto por el artículo 3? de la Ordenanza número 45 de 1894, en ningún otro, ni aun por mandato de los mismos médicos del Instituto, podrán los ayudantes de éste practicar autopsias ni análisis químicos. La contravención á esta disposición será castiga- da con una multa de diez pesos (f> 10) por cada vez. Parágrafo. Dichas diligencias, así como las exhumaciones, serán practicadas personalmente, en cada caso, por los respectivos médicos. Art. 27. Los tres médicos de la Oficina tendrán de sueldo men- sual la suma de doscientos cincuenta pesos ($ 250) cada uno, y los ayudantes, la de ochenta pesos (•$ 80) cada uno. § 1? En las diligencias que practiquen fuera de Bogotá, tendrán de viáticos los médicos, cinco pesos ($ 5) por miriámetro, y los ayu- dantes cuatro pesos ($ 4) por igual distancia, según lo dispone la Orde- nanza número 45 de 1894. Para este efecto se computará la distancia que hay de esta ciudad al Municipio en donde tengan que practicar la diligencia, y la correspondiente por el regreso ; pero como los médicos y sus ayudantes, por razón de ser empleados públicos, tieneu pase libre en los trenes de los respectivos ferrocarriles, no se les abonará la dis- rancia que recorran en los vehículos de éstos, sino únicamente una suma equivalente al valor doble del pasaje de ida y regreso que en Ia clase se paga en aquéllos por cada individuo, como compensación por los demás gastos que tengan necesidad de hacer, en el trayecto en don- de haya ferrocarril. § 2° En las exhumaciones y otras operaciones que implican gas- tos, como desinfectantes, peones para abrir la fosa, aseo del cadáver etc., el Gobierno suministrará los primeros de estos elementos y ordenará al Alcalde del Municipio respectivo que haga los otros gastos, cuyas cuen- tas serán visadas por los médicos ó por el médico que ejecute la opera- ción, para cubrirlas en la Administración de Hacienda del Departa- mento, pudiéndose invertir en cada operación hasta $ 10, á juicio de los médicos. Art. 28. Cuando alguno de los médicos se separe de la Oficina, en uso de licencia, por motivos de asuntos particulares, la Secretaría de Gobierno ó la Prefectura llamará á otro médico, quien disfrutará de la asignación mensual que corresponde al empleado durante el tiempo de su ausencia. De igual manera se procederá con los ayudantes de la Oficina en idénticos casos ; pero los que los reemplacen deben estar estudiando medicina y haber ganado, con buenas calificaciones, por lo menos los cursos de los tres primeros años de dicha ciencia. Parágrafo. En caso de enfermedad de alguno de los médicos ó de alguno de los dos ayudantes, el enfermo disfrutará de la mitad de su sueldo. Art. 29. Para comprobar que la diligencia ordenada que motiva el viaje se ha cumplido, los médicos ó médico á quien corresponda ha- cerla, al presentar la cuenta de viáticos, la acompañará de un certifi- cado ó nota del Prefecto, del Alcalde ó del Juez del respectivo Muni- cipio, con que se compruebe su cumplimiento ; sin este requisito no se expedirá la orden de pago. Art. 30. Cuando se compruebe que la diligencia dejó de practi- carse sin culpa del profesor, éste siempre tendrá derecho á los mismos viáticos yá fijados. Art. 31. La falta de asistencia de los médicos á la Oficina en bis horas señaladas en el presente Decreto, será castigada con las multas siguientes: cuatro pesos (•$ 4) al que falte en las horas de la mañana, y seis pesos ($ G) por las horas de la tarde; pero si fuere médico de tur- 41 42 no, estas sumas se le duplicarán. Cuando se ordene la práctica de una diligencia médico-legal en alguno de los Municipios del Departamento, el médico á quien le corresponda ésta, se pondrá en marcha 24 horas á más tardar después de recibir la orden ; pero si demorase su ejecución por mayor tiempo, incurrirá en la multa de veinticinco pesos ($ 25), y si rehusare ir á cumplir la orden ó no la cumple, sin motivo justificable, perderá el destino, y se nombrará al que le siga en turno para que efec- túe la operación. El ayudante á quien corresponda ir incurrirá en el primer caso en la multa de diez y seis pesos ($ 1G), y en el segundo perderá el destino. El médico de turno que no practique ‘personalmente los trabajos indicados en el artículo 26 ó los haga incompletos ó mal hechos, incu- rrirá en la multa de diez pesos ($ 10) diarios. Los ayudantes á quienes corresponda escribir las actas, pagarán dos pesos ($ 2) por cada omisión. Las infracciones de los demás artículos de este Decreto serán cas- tigadas con penas ajuicio de la Secretaría de Gobierno. Las multas indicadas se descontarán del sueldo mensual del em- pleado que incurra en ellas. Art. 32. Las cuentas por útiles de escritorio, por elementos para el laboratorio, por el aseo de la Oficina y del anfiteatro etc., las pasará el médico de turno á la Secretaría de Gobierno para la expedición de la orden de pago. Art 33. La Secretaría de Gobierno y la Prefectura nombrarán á uno de los empleados de sus Oficinas, para que,- cada vez que lo esti- men aquéllas conveniente, inspeccionen la Oficina de Medicina legal y den cuenta de las faltas de asistencia de los empleados, de la falta de aseo y demás irregularidades que noten. Art. 34. El Instituto médico-legal pasará mensualmente á la Gobernación un cuadro resumen de los trabajos ejecutados en el mes, en el cual se indicarán: la naturaleza de las diligencias practicadas dentro ó fuera de la capital, las autoridades que las hayan ordenado, los Municipios en que se practiquen y el nombre del médico oficial que baya desempeñado la respectiva comisión. En dicho cuadro se harán constar, también, las diligencias practicadas en el Gabinete de lexi- cología en el mes correspondiente. Art. 35. Un mes, por lo menos, antes de la reunión de la Asam- blea, pasará el Instituto médico-legal á la Gobernación un informe detallado de todas las operaciones médico-legales y químico-toxicoló- gicas, con las observaciones importantes que sobre la materia hayan podido hacerse, para que aquella Corporación las tome en cuenta y dicte, si es posible, disposiciones convenientes para el adelanto y pro- greso del Departamento en este ramo, ó solicite del Congreso, por me- 43 dio de la misma Gobernación, las modificaciones de las leyes en rela- ción con las observaciones prácticas que de aquéllos trabajos se des- prendan. Art. 30. Por la Secretaría de Gobierno se dictará un Reglamento •detallado en lo posible para que á él se ajuste la práctica de ciertos reconocimientos y diligencias etc. Comuniqúese y publíquese. Dado en Bogotá, á 21 de Junio de 1897. J. N. VALDERRAMA. El Secretario (le Gobierno, Rafael Pinto Y. VI INSTITUTO MEDICO-LEGAL. Este debe construirse en un lugar adecuado y bien venti- lado, con luz y agua abundantes y con desagües bien estable- cidos. En Bogotá se encuentra en el costado Norte de la planta baja del edificio de San Francisco. A la entrada se baila un gran salón destinado al despacho de los médicos, con sus escri- torios, muebles y demás accesorios. A la derecha del salón se encuentra el anfiteatro, aseado, con dos mesas de tablero de mármol, con suelo cubierto de losas bien pulimentadas, una caja mortuoria, sustancias desinfectantes, baldes para el aseo, •esponjas, vestidos de género y de caucho para los médicos y los .ayudantes, cajas de autopsias y de embalsamamientos con todos sus útiles. Por último, al lado del anfiteatro, se encuentra un patio •destinado á la exhibición de los cadáveres, cuando el caso lo requiera. La entrada á estos últimos lugares se hace por una puerta •que está á cargo de la Policía. Los médicos organizadores de este Instituto llevan los si- guientes libros: 1? Libro de anotaciones: en éste se escribe, día por día, el nombre del individuo reconocido, la naturaleza de la diligencia y el nombre del funcionario que la ordena, así: Enero 20 de 1897.—Juan Rincón. Herida del cráneo. Inspec- 44 tor 1? municipal; 2? Libro de diligencias médico-legales; en» éste se escriben todas las exposiciones con las formalidades* legales, á medida que ocurren ; de esta manera se deja copia? exacta de la diligencia, y en los casos de pérdida del expediente ó de una consulta médico-legal, es fácil rehacer, en parte, el pri- mero, y servirse el médico eficazmente en el segundo. Los dos ayudantes de la Oficina escriben la diligencia al mismo tiempo;, el uno, en el expediente, y el otro, en el libro; 3? Libro copia- dor de la correspondencia oficial. Al fin de cada mes, los médicos pasan una relación de sus trabajos á las autoridades de que trata el Decreto anterior. Y cada dos años, al reunirse la Asamblea departamental, remi- ten á ésta un informe general, por conducto de la Gobernación. Constituido el Instituto, como queda indicado, las diligen- cias se practican diariamente con el mayor orden. De las ocho- á las diez de la mañana se hace el estudio de los expedientes, que envían, en consulta, las diversas autoridades; de la una á las tres, se practican los reconocimientos que ordenan los dis- tintos funcionarios, y á las tres de la tarde, se verifican las au- topsias, cuando ocurre el caso. Estas diligencias en Bogotá son. en número de diez diarias, término medio. Los agentes ó funcionarios se dirigen al Instituto, de con- formidad con el artículo 05 de la Ley 100, en esta forma: “ Señores Médicos-legistas. “ Sírvanse ustedes reconocer á la persona de Pablo Barón,, y emitir á continuación sil concepto sobre las lesiones que ten- ga, su naturaleza, gravedad y tiempo de imposibilidad que ellas- ocasionen. “ El funcionario, “ (Aquí firma)” En la Oficina ó fuera de ella se practica la diligencia con- todas las formalidades legales, como veremos más adelante en algunos modelos, y se devuelve el oficio al respectivo funcio- nario. Cuando la herida ó heridas tienen gravedad, se practicarán nuevos reconocimientos cada 24 horas, como lo dispone el ar- tículo 1520 del Código Judicial, y una vez que la imposibilidad 45 ha terminado, se extenderá una última diligencia, en la cual se hace constar con toda claridad el tiempo preciso de incapacidad liara trabajar, que baya tenido el individuo lesionado. Todas esas diligencias deben ir firmadas por dos peritos y •debidamente juraraentadas. Cuando se trata de un cadáver que se encuentra en un Sugar público con huellas de violencia, ó en las condiciones que índica la Ordenanza antes indicada, el agente de la autoridad, fior conducto del respectivo funcionario, hará comparecer á ese lugar á los médicos, tan pronto como sea posible. Y al mismo tiempo establecerá la mayor vigilancia para evitar que persona alguna mueva el mencionado cadáver ni los objetos que se en- cuentren cerca de él y que puedan dar luces en la investigación. En todos los casos, el médico, después de aceptar la misión •que le confía la Justicia y de prestar el juramento, se trasla- dará al lugar de los sucesos y procederá al examen del herido, á la autopsia, ó, en fin, al examen del agresor. Legrand du Saulle, grande autoridad en Medicina legal, da algunos consejos á los médicos que aceptan tan delicada mi- sión, y nos permitimos trascribirlos aquí y recomendarlos muy especialmente á nuestros colegas: “ Cuando el perito no reúna las aptitudes indispensables para cumplir su deber, debe confesarlo y rehusar el cargo, aun con sacrificio de sus intereses. “ La diligencia debe practicarse sin permitir la presencia de personas extrañas, las cuales pueden tener interés en alte- rar ó destruir el cuerpo del delito, ó en hacer desaparecer piezas importantes. Si tiene necesidad de ayudantes los llamará, esco- giendo los más honrados é inteligentes, pero á pesar de ellos, él debe buscarlo todo, hacerlo todo y verlo todo con sus propios ojos. “ Los médicos no deben comunicarse sus impresiones sino cuando estén solos, una vez que el examen del cuerpo del de- lito puede demostrar que las primeras impresiones no tienen fundamento y que es preciso, por interés á la justicia y á la verdad, admitir otras conclusiones distintas de las primeras. Triste opinión se formaría de un perito, el Magistrado que al estar presenciando una autopsia, oyera que aquél, desde el prin- 46 eipio, explicaba en alta voz los hechos y luégo pasaba á dar dos ó más conceptos distintos. Triste idea se formaría el mis- mo funcionario de una ciencia que se presta á interpretaciones tan variadas. “El Juez de instrucción que puede asistir á la diligencia,, ejerce una especie de vigilancia sóbrela forma exterior de ella, y precisa las cuestiones que el médico debe estudiar en interés- de la causa. Pero el médico no debe olvidar que su misión independiente; que hasta cierto punto él es Juez, y que por consiguiente, lo primero que debe hacer es preguntar al funcio- nario de instrucción cuál es la naturaleza y los límites de su misión, y no hacer intervenir en la solución de ella, otros ele- mentos que sus conocimientos y su conciencia. El médico dice la verdad á la justicia, pero esta verdad debe hacerla conocer,, tal como ella se presenta á su criterio, con las dudas que tenga,, si acaso los resultados obtenidos le parecen inciertos y poco concluyentes. Su intervención no es útil sino en tanto que ten- ga el valor de expresar francamente lo que la ciencia le enseña.57 El médico debe encerrarse dentro de los límites de su mi- sión, sin que sea preciso advertir que en los casos de heridas con hemorragia, su primer deber es atender al paciente y darle toda clase de auxilios científicos, antes que todo. Luégo practi- cará su reconocimiento con todo el cuidado que hemos indicado.. Si se trata de un cadáver, establecerá cuál es el estado en que se encuentra, el sitio, la actitud y el estado de sus vestidos luégo lo hará colocar ó conducir á un lugar adecuado para prac- ticar la autopsia, hecho que no verificará sin recibir la orden de ¡a autoridad. Esta primera diligencia ó examen exterior del cuerpo y de(los demás objetos presentes, forman una parte importante de la misión del perito y algunas veces puede, por sí sola, hacer descubrir el crimen. Una vez establecida la realidad déla muerte, el tiempo apro- ximado de ella y demás circunstancias que estime el perito de im- portancia, procederá metódicamente al examen del cadáver: 1? buscará los signos de la muerte y las huellas de la putrefac- ción, la rigidez, el meteorismo, la coloración y las manchas azu- losas cadavéricas, teniendo cuidado de señalar el sitio y la dis- posición de éstas; 2? buscará los signos de la identidad, los 47 cuales harán conocer si el cadáver ó esqueleto sometido al exa- men es el de determinado individuo, que se presume fue asesi- nado ó envenenado; se indicará el color de la piel y de las manchas naturales ó artificiales de ella, las cicatrices, el color del cabello, los estigmates profesionales, como son el espesa- miento de la epidermis, la alteración de estructura de la piel, las modificaciones de su coloración y la deformación de algunas partes. La putrefacción hace, casi siempre difícil este examen; cuando es muy avanzada ó que el cuerpo está reducido á los huesos, es preciso recurrir á otros caracteres para establecer la identidad. Si es posible, debe notarse la edad, el sexo, la talla, la robustez y la conformación; en las mujeres, el estado de los se- nos, la existencia de leche en ellos, ó su falta, el estado de la piel del abdomen, lugar que permanece marcado después del embarazo; 3? buscará las huellas de cualquier violencia: las hernias, las contusiones, las equimosis, la señales de alguna maniobra en las regiones sospechosas ú ocultas, la boca, el ano, la vagina, las fosas nasales; indicará el estado de los orificios, de las cavidades, y si por ellas sale ó no sangre ú otro líquido; 4? buscará las huellas de algunas enfermedades: erupciones, hemorragias, hernias, fistolas etc. En este examen minucioso el perito debe seguir un orden anatómico, empezando por la cabeza y por la legión anterior del cuerpo, luégo pasará á las regiones posterior y laterales, y á medida que practica este examen, debe percutir y palpar las diversas regiones, mover los miembros para saber si existe ó nó alguna fractura, pasar la mano sobre la columna vertebral y sobre las costillas con el mismo fin. Terminado este examen exterior, el perito procede á abrir el cuerpo, ó sea á la autopsia médico-legal, sin olvidar algunas reglas : l1} debe recibir orden de alguna autoridad ; 2;.1 la autop- sia debe verificarse en presencia de un funcionario de instruc- ción, ó de algún otro agente de la autoridad; debe cumplir su misión con toda honradez y conciencia, para corresponder al juramento que ha prestado ; 4? cuando el perito no se crea ca- paz de practicar la diligencia y conceptuar sobre algunos pun- tos oscuros ó complicados, no debe vacilar en reconocer su in- competencia ; debe dejar á un lado su amor propio y tener el 48 valor suficiente para llamar á otros médicos, que le ayuden á desempeñar dignamente su misión. Proceder de otra manera es indigno de un hombre de honor. Para abrir un cadáver apenas se necesitan unos pocos ins- trumentos: un bisturí, unas pinzas, un martillo, una sierra, un costótomo y unas tijeras. Es conveniente proveerse de una sus- tancia antiséptica, ácido íéuico, permanganato de potasa, clo- ruro de cal etc., de un poco de agua, de esponjas y de unas vasijas para recoger porciones de órganos ó líquidos, ó alimen- tos que deban someterse al examen. Ordinariamente la autopsia se practica después de tras- currir 24 horas del momento de la muerte, salvo los casos en que sea preciso proceder antes para comprobar inmediatamente ciertos fenómenos, ó para evitar que la descomposición rápida del cadáver oscurezca algunos rastros ó huellas importantes. El perito puede proceder á abrir el cadáver siguiendo el método que crea más conveniente, más sencillo y más en con- formidad con sus hábitos y con las circunstancias materiales que no pueda cambiar. En algunos países está obligado á se- guir las instrucciones oficiales que lo dirigen en todos los deta- lles de la operación. Nosotros creemos que esta exigencia no tiene objeto caaudo el perito conoce su misión, y lo único que debemos recomendar es el seguir algún orden, y sobre toda con- sideración, examinar siempre y sin excepción todos los órganos. Esta prescripción imperativa y absoluta no tiene excepciones, y no debe olvidarse. El perito que, por pereza, por fetidez del cadáver ó por cualquiera otra circunstancia, no cumpliere esta orden, se expondrá á omisiones, cuya gravedad puede revelarse más tarde y de una manera irreparable. M. Tourdes recomienda el orden siguiente, y es el que segui- mos eu la Oficina médico-legal de Bogotá. Cráneo, cara, boca y faringe, cuello, tórax, abdomen, partes genitales, parte poste- rior del tronco y ano, columna vertebral, miembros superiores y miembros inferiores. Los órganos deben examinarse en su lugar en cuanto sea posible; después se sacan de las cavidades para pesarlos y continuar el examen. Cráneo.—Después de cortar los cabellos, si fueren abun- dantes, se puede descubrir la bóveda ósea, por dos procedimien- 49 tos: ó bien se hacen dos incisiones en cruz, la una de adelante hacia atrás, principiando en la frente y terminando en la protu- berancia occipital externa, y la otra, transversal, de una región temporal á la otra, y disecando luégo los cuatro colgajos, ó bien se hace una incisión circular que pase por la frente y por la protube- rancia occipital, y se levanta así el cuero cabelludo en forma de un gorro fácil de examinar; este último procedimiento se em- plea en las autopsias de los recién nacidos. Descubierta así la bóveda, se estudia ésta con cuidado, y se pasa á abrir la cavidad con una sierra, ó con un martillo, pero es preferible el primer instrumento; el martillo puede ocasionar algunas lesiones. Después de levantar la bóveda ósea, se ve con facilidad la masa cerebral envuelta en sus membranas protectoras. Se ano- ta lo que se encuentre en la superficie y se hace un doble corte en la dura-madre de cada lado del seno longitudinal superior; luégo se practica un corte perpendicular al primero en cada una de las dos porciones externas de la dura-madre, lo que deja á descubierto los dos hemisferios cerebrales. Se observa con aten- ción el estado de la aracnoides, de la pía madre y de las cir- cunvoluciones cerebrales; se saca después el órgano de la cavi- dad craneana y se estudia mediante algunos cortes anatómicos. Hecho esto se explora la base del cráneo. O ara, cuello, laringe y faringe.—Se practica una incisión vertical y mediana desde el borde libre del labio infe- rior hasta la horquilla del esternón; luégo se hace de cada lado una incisión que principie en la horquilla del esternón y se di- rija sobre el borde de la clavícula hacia afuera hasta llegar á la extremidad externa de este hueso, y, por último, se practican dos incisiones que, partiendo de las comisuras de la boca, lle- guen hasta los orificios del conducto auditivo externo. De esta manera se obtienen dos colgajos cuadriláteros, y basta cortar el maxilar inferior en la parte media para descubrir con una corta disección la laringe, la faringe, la tráquea y los vasos del cuello. Tórax.—Se hacen dos incisiones que principien en la par- te media de cada clavícula, y se dirijan hacia abajo hasta los hipocondrios, pasando por encima del tercio anterior de las cos- tillas ; se cortan los músculos y con un costótomo se cortan las 50 costillas hasta llegar á la clavícula; ésta se desarticula del es- ternón, y el escudo que se forma con estos cortes, se levanta y se invierte sobre el abdomen. De este modo quedan descubier- tos el corazón y los pulmones. Se principia por el examen del corazón, sin moverlo de su lugar. El pericardio se abre por medio de una incisión, y se observa si contiene ó nó líquido, su cantidad y naturaleza; luégo se abre el ventrículo derecho, luégo la aurícula por una incisión curva y crucial entre las venas cavas y en la dirección de estos vasos, de modo de salvar el tabique interauricular. El ventrículo izquierdo se divide con una doble incisión que forma un colgajo triangular, y la aurícula se abre entre las venas pul- monares. Después de anotar la cantidad, la consistencia, el co- lor y la disposición de la sangre y demás particularidades, se le desprende de los gruesos vasos que parten de su base y se es- tudia su consistencia, su estado de rigidez, su peso, su volumen y las alteraciones de la capa muscular. Se examinarán luégo los vasos, la laringe, la tráquea, los bronquios y los pulmones en su lugar, y después se someten á un examen detallado. Abdomen.—El abdomen se puede abrir, continuando las incisiones de que hablamos antes, hasta la arcada del pubis, pero es más conveniente evitar la mezcla de los líquidos de la cavi- dad toráxica con los de la abdominal. Con este fin se debe abrir la cavidad de abajo para arriba, por medio de una incisión que principie en la espina ilíaca anterior y superior de un lado y termine en la espina opuesta, pasando por encima de la arcada crural y del pubis. Este procedimiento permite conservar el dia- fragma y los músculos abdominales. Se observa el estado del peritoneo y se explora en conjunto el estado de las visceras. Se secciona trasversalmente el epiplón gastro cólico para ver el páncreas y la cara posterior del estómago; luégo se invierte de abajo hacia arriba para examinar el canal intestinal y el ine- sentereo. Se practican dobles ligaduras encima del cardias, de- bajo del píloro y en la parte inferior del duodeno. Se exami- na esta porción del tubo digestivo y se abre el estómago para sacar su contenido, si hubiere objeto en examinarlo. Luégo se estudian los demás órganos, hígado, páncreas, riñones etc. Órganos genito-urinarios.—Para estudiar estos ór- 51 ganos pueden emplearse dos procedimientos : 1?, se secciona el pubis sobre la línea media y se cortan las articulaciones sacro- ilíacas, lo que permite la separación de estas partes y el estudio de la cavidad pelviana ; 2?, se practica con una sierra un corte sobre las ramas horizontales y descendentes del pubis y se in- vierte la sínfisis pubiana hacia adelante. Este procedimiento es más expedito. Se procede al examen de los puntos siguientes : presencia de esperma, congestión de los cuerpos cavernosos; estado de los ovarios, menstruación, parto reciente, forma y dimensiones del útero, virginidad etc., etc. Columna vertebral y miembros. — Para hacer este estudio, se coloca el cadáver boca abajo y se practican dos inci- siones profundas cerca á las apófisis transversas, que principien cerca á la protuberancia occipital externa y se extiendan hasta la segunda vertebra lumbar. Con una sierra, ó mejor con el raquio- tomo, se seccionan las vértebras y con una pinza fuerte se van separando sus porciones. Se anota luégo la inyección de las me- níngeas, la cantidad de líquido cerebro-espinal etc. La autopsia se termina por el examen de los miembros, en los cuales se practican incisiones para ver si existen equimosis profundas ú otras lesiones. Se colocan luégo todas las visceras en su lugar y se cose el cadáver. El examen microscópico y las investigaciones química», que son el complemento necesario de toda autopsia, se practi- carán más tarde conforme á las indicaciones que haremos en otro lugar. Es útil y necesario, algunas veces, conservar ciertos órga- nos ó ciertas partes del cuerpo. MODELOS de las diversas exposiciones y consultas médico-legales tomados de nuestra práctica. Hemos tomado entre las diligencias practicadas en el cur- so de varios años, algunas que ponemos á continuación, como modelos á que deben conformarse en sus procedimientos los médicos que habitual ó accidentalmente tengan que ocuparse de medicina legal: 52 I EXPOSICIÓN. Contusiones.—Incapacidad para trabajar. Los abajo firmados, ‘Nemesio Sotomayor y Carlos E. Put- nam, doctores en medicina y médicos legistas del Departa- mento, habiendo recibido la orden del señor Inspector 1? muni- cipal que dice: “ Señores médicos legistas. “ Sírvanse ustedes reconocer las lesiones que tenga el señor N. N. y exponer á continuación su concepto sobre ellas y sobre la imposibilidad que ocasionen... Hemos procedido á practicar el reconocimiento ordenado, hoy 20 de Octubre de 1890. N. N. es un individuo de GO años, bien constituido, y dice haber gozado de buena salud; presenta signos claros de alco- holismo crónico. Actualmente tiene en los párpados inferiores una ancha equimosis, que se extiende sobre el dorso de la nariz. Esta lesión fué ocasionada con instrumento contundente y lo impo- sibilita para trabajar por tres días, salvo complicaciones. Se le ordena tratamiento. (Firmados). N. N.—N. N. II EXPOSICIÓN. Heridas.—Incapacidad. Los abajo firmados, Nemesio Sotomayor y Carlos E. Put- uam etc., etc., etc. Hemos practicado un reconocimiento en la persona de Quintín Gaitán, y hallámos: en la región dorsal de la mano derecha, una herida oblicua de arriba hacia abajo, que se ex- tiende de la articulación carpo-metacarpiana del quinto dedo hasta la articulación del segundo inetarcapiauo con la falanje; esta herida tiene ocho centímetros de longitud, ó interesa todo 53 el espesor de la piel; sus bordes están inflamados y separados; fué hecha con instrumento cortante, tiene tendencias á supurar, y ocasionará una imposibilidad de doce días, salvo complica- ciones. Se le ordena ir al Hospital. (Firmados). N. N.—N. N. ni EXPOSICIÓN. Heridas.—Muerte.—Autopsia. Los abajo ti miados, Xemesio Sotomayor y Carlos E. Putnam etc., etc., expusieron : Reconocido en esta fecha el cadáver del señor ÍC 1ST., le hallamos: 1?, en las ropas, en un saco de paño negro, una desga- rraduia deforma triangular, de un centímetro de diámetro; esta desgarradura interesa las dos telas; en el chaleco hallámos una de iguales dimensiones; en la camisa otra de dimensiones un poco mayores; en la franela ó camisa interior, otra un tanto más grande, todas las cuales corresponden al lado izquierdo del pe- cho ; 2?, en el cadáver hallámos: al nivel de la octava costilla iz- quierda, por debajo y hacia afuera del mamelón izquierdo, á doce y medio centímetros de éste, una herida de forma oval, cuyo mayor diámetro mide doce milímetros, y el menor diez; esta herida es penetrante; hacia adentro y hacia abajo del mamelón derecho, á nueve y medio centímetros de éste, una erosión de la piel de un centímetro de longitud; hacia afue- ra de ésta, se percibe por debajo de la piel un cuerpo ex- traño, duro y ovalado ; en el resto del cuerpo y del pecho, en su cara anterior, no hay ninguna lesión; en los miembros torá- xicos y abdominales no hay lesión alguna; en toda la región dorsal, lumbar, cervical y miembros abdominales no hay nada notable. Levantada la piel de la región toráxica anterior, ha- llámos un coágulo de sangre que corresponde á la tuberosi- dad que indicámos anteriormente, y entre ese coágulo encon- trámos un proyectil que entregámos al señor Inspector ; éste tiene la forma de un cono truncado y mide próximamente de longitud diez y seis milímetros, y de diámetro, en su base, ocho 54 milímetros. Inmediatamente por debajo del esternón encon- trámos un ancho coágulo de sangre; al nivel de la sexta cos- tilla, en su articulación con el esternón, encontrámos fracturado en parte el cartílago ; esta lesión corresponde al lugar que ocu- paban la erosión y la tuberosidad que antes hemos indicado; en el pericardio, y al mismo nivel de la lesión descrita anterior- mente, una herida de forma oval, cuyo mayor diámetro es obli- cuo de arriba abajo, de izquierda á derecha, y se encuentra cerca á su inserción diafragmática. La lengüeta del lóbulo su- perior del pulmón izquierdo presenta dos heridas que corres- ponden con la del pericardio y que tienen la misma forma de ésta y las mismas dimensiones. En el interior del pericardio encontrámos un coágulo de sangre y sangre líquida derramada en él, que pesa ciento cincuenta gramos próximamente: al nivel de la extremidad inferior del corazón, encontrámos dos heridas; la del ventrículo izquierdo mide próximamente un cen- tímetro de diámetro, y la del derecho un poco más; en la len- güeta del lóbulo inferior del pulmón izquierdo, hay dos heridas de las mismas dimensiones que hemos dejado descritas antes ; la cavidad pleural izquierda está completamente llena de san- gre, en parte coagulada, en parte líquida. Abierta la cavidad abdominal, hallámos sus órganos en estado de integridad fisio- lógica : el estómago lleno de alimentos aún sin digerir. Abierta la cavidad craneana, encontrámos las meníngeas en estado fisio- lógico: sacada la masa cerebral v examinada detenidamente o ~ después de varios cortes hechos en su masa, no encontrámos en ella lesión ninguna; abierta la masa cerebelosa, la protuberan- cia anular y el bulbo raquídeo, no hallámos lesión alguna, y estos órganos se encuentran en estado de integridad fisiológica. En resumen: en el cadáver que examinámos encontrámos una herida penetrante de atrás hacia adelante y de izquierda á dere- cha. En esta herida se han interesado: la piel, la capa muscular, el borde superior de la octava costilla, el lóbulo inferior del pulmón izquierdo, el pericardio en su parte posterior, la punta del corazón, el pericardio en su cara anterior, la hojilla peri- cardiaca del pulmón izquierdo y el sexto cartílago costo- esternal derecho. Todas estas lesiones han sido hechas por el proyectil que 55 hemos encontrado y extraído de la región anterior del pecho, y ellas son, sin duda alguna, la causa única y determinante de la muerte de N. N. Carlos E. Putnam.—Nemesio Sotomayor. IY EXPOSICIÓN. Consulta médico-legal en asunto criminal.—Herida.—Muerte. Los abajo firmados, Oarlos E. Putnam y Nemesio Soto- mayor etc., etc., después de leer el auto del señor Juez 1? Su- perior, que dice : Juzgado 1? Superior.—Bogotá, Noviembre de 1896. Pase el expediente á los señores médicos oficiales para que, en vista de las diligencias de reconocimiento, practicadas por los señores 1ST. y R. en el cadáver de JST. Z., se sirvan con- ceptuar sobre ellas, y establecer cuál fue la causa determinante de la muerte de H. Z.” Hemos estudiado cuidadosamente el reconocimiento peri- cial que cursa á folios 20 y 21 del sumario, y en él encontrámos que H. Z. recibió una herida penetrante del pecho ; que esta herida interesó el pulmón derecho; que íf. Z. tuvo una pneu- monía aguda; que diez días después de ser herido, sucumbió. El reconocimiento está practicado conforme á los precep- tos científicos, y tanto por su contenido como por las otras di- ligencias del sumario, podemos establecer, bajo la gravedad del juramento, que N. Z. murió por causa de la herida penetrante del pecho que recibió el día 4 de Septiembre de 1896. Carlos E. Putnam.—Nemesio Sotomayor. Y EXPOSICIÓN. Contusiones.—Aborto.—Muerte del feto. Los abajo firmados, Nemesio Sotomayor y Carlos E. Put- nam, doctores en medicina y médicos legistas del Departamento 56 de Cundinamarca, de conformidad con la orden del señor Ins- pector 3?, hemos practicado el examen de un feto bien formado, de seis meses de vida intrauterina, próximamente; no presenta al exterior huella alguna de violencia; el cordón umbilical está aún adherente á la placenta. Acto continuo hemos examiuado en el Hospital á la mujer 2L N., que dice ser madre del feto. Encontrámos que ésta tiene veinticuatro años de edad, primípara, buena constitución; tie- ne en la región frontal uua ancha equimosis que se extiende sobre el ojo derecho; los tejidos inflamados y dolorosos á la presión; en toda la región hipogástrica existe una equimosis que se extiende de la espiua ilíaca anterior y superior de un lado hasta la espina del lado opuesto; no soporta la simple presión con la mano al practicar nosotros el examen, sin dar un grito; la piel está ardiente; temperatura, 39°; por los órganos geni- tales, congestionados y edematosos, en algunos puntos, se hace uua pequeña hemorragia; el útero no está retraído ; en los senos, bien desarrollados, existen puntos dolorosos. Conclusión.—1ST. N. ha recibido tres contusiones violen- tas, que han sido la causa determinante del aborto. Además, esta mujer sufre hoy una metritis que la tendrá enferma por quince días, salvo complicaciones. (Firmados). N. S.— C. E. P. vi EXPOSICIÓN. Atentado contra el pudor.—Desfloración. Los abajo firmados, Nemesio Sotomayory Carlos E. Put- nam, médicos legistas del Departamento de Cundinamarca, de conformidad con lo dispuesto por el señor Prefecto de la Policía, liemos procedido á examinar á la niña N. K, de diez años de edad. Encontrámos en las ropas de la niña manchas de sangre bien extensas ; en algunos puntos, al lado de las manchas de san- 57 gre, encontrámos otras manchas amrail losas que han endure- cido el tejido y por su aspecto parecen de esperma, hecho que podremos establecer al practicar ahora el examen microscópico ; en los órganos genitales existe una vasta inflamación de los graudes y pequeños labios ; el hímen desgarrado, tiene sus col- gajos visibles y sanguinolentos; la horquilla desgarrada en una extensión de medio centímetro; el orificio vaginal dilatado. El examen que practicámos produce bastante dolor. El estudio de Jas manchas de la ropa nos permite asegurar que existen esper- matozoides. Conclusión.—La niña N. N. ha sido desflorada reciente- mente. (Firmados). N. S.—C. E. P. Vil EXPOSICIÓN. Atentado contra el pudor.—Pederastía. Los abajo firmados, Nemesio Sotomayor y Carlos E. Put- uam, médicos legistas etc., etc., hemos procedido al examen del niño N. N., de doce años de edad, y encontrámos toda la región del ano adolorida ; el esfínter dilatado, la mucosa desgarrada en dos puntos visibles con toda facilidad. Conclusión.—El niño N. N. ha sido víctima de un atentado contra el pudor, y el hecho ha tenido lugar en las últimas 24 horas. (Firmados). N. S.—C. E. P. yin EXPOSICIÓN. Infanticidio por sofocación. Los abajo firmados, Nemesio Sotomayor y Carlos E. Pat uam, médicos legistas del Departamento de Cundinamarca etc.- etc., hemos procedido á examinar el cadáver de un niño que ha remitido á la Oficina el señor Inspector 2? municipal. 58 Encontrámos al exterior: cuerpo bien conformado; la piel desprendida y alterada en algunos puntos ; el cordón adherido al ombligo ha sido desgarrado ; no está ligado; en el cuello dos erociones pequeñas ; la boca y la nariz deprimidas por la pre- sión de algún cuerpo. Al interior encontrámos : en la tráquea y en los bronquios un poco de espuma rosada; los pulmones, á su base, presentan varias manchas pequeñas hemorrágicas, carac- terísticas ; los pulmones dilatados y de un color rosado sobre- nadan en el agua, tanto cuando se les sumerge enteros, como cuando se hace la prueba cou porciones de ellos. En el abdo- men y en la cavidad craneana no encontrámos nada que llame la atención ; los órganos de esas cavidades están al estado fisio- lógico. Conclusiones.—1?■ El cadáver que hemos examinado pre- senta cou toda evidencia los signos ; 2? el niño nació vivo; 3?"es recién nacido; 4? es de término; 5ll murió sofocado. (Firmados). ■JSr. S.—C. E. F. IX EXPOSICIÓN. Pertu rbación men tal.—Delirio impulsivo. Los abajo firmados, Nemesio Sotomayor y Carlos E. Put- nam, médicos legistas del Departamento de Cundinamarca etc., etc., de conformidad con lo dispuesto por el señor Juez 2? Supe- rior, hemos practicado exámenes repetidos á la persona de N. N., por espacio de treinta días. N. N. es un hombre de buena salud aparente; tiene 32 años de edad, es agricultor, casado y tiene cinco hijos. Su con- ducta, según se nos informa, ha sido intachable, afectuoso con su mujer y sus hijos. El día 4 del mes de Octubre sale á su trabajo, como lo hacía siempre ; de repente sale corriendo, llega al punto en que se encontraba su mujer con sus hijos y des- carga el azadón sobre la cabeza de su mujer y la mata; se sien- ta un momento y vuelve á su trabajo sin dar á conocer que comprendía el hecho "espantoso que acababa de verificar, no obstante que veía el cuerpo de su mujer destrozado y que sus hijos lloraban. 59 Conducido á Bogotá, y examinado como hemos dicho, en- contrámos entre sus antecedentes, un padre loco y una madre •epiléptica. Conclusión.—N. N. es un impulsivo, irresponsable, que «lebe tenerse en el Asilo con las mayores precauciones. (Firmados). N. S.—C. E. P. x EXPOSICIÓN. Estado mental.—Epilepsia. Los abajo firmados, Nemesio Sotomayor y Carlos E. Put- tiam, médicos legistas del Departamento de Cundinamarca etc,, etc., de conformidad con lo que solicita el señor Juez 2? Superior en su auto de fecha 4 del presente, pasamos á contestar, en la forma siguiente: 1? La epilepsia es una enfermedad que reviste varias for- mas; 2?, todo epiléptico, sin ser un loco, es de ordinario un can- didato para la enajenación mental; 3?, el hecho verificado bajo el influjo evidente de una crisis epiléptica, trae consigo la irres- ponsabilidad absoluta; 4(.’, existe una forma de epilepsia larvada ó latente, que no tiene signos ni manifestaciones claras durante mucho tiempo, y que pasa desapercibida por los mismos que la sufren. Estos individuos no tienen conocimiento exacto de lo que pasa en su organismo, porque los accesos se presentan in- variablemente durante el sueño, dejando una serie de signos que, reunidos y estudiados por el médico, sirven para estable- cer un diagnóstico. Es común encontrar individuos que se que- jan de dolor de cabeza, de desvanecimientos; que tienen incon- tinencia de orina durante el sueño; que tienen la lengua marcada de cicatrices; que ejecutan actos extravagantes en ciertos momentos de ausencia cerebral, y es, entonces, que se revela en ellos esa epilepsia latente ; 5?, cuando un individuo ejecuta un hecho inexplicable y en completo desacuerdo con sus antecedentes y carácter; que no es un enajenado, pero que ha sufrido algunos de los accidentes cerebrales que hemos indi- cado, es posible que su acto obedezca á una crisis epiléptica. Dicho esto, pasamos al caso concreto motivo de esta con- salta, y la contestamos en la forma siguiente: 1?, el señor IST.r V. ha sufrido crisis de epilepsia hace yá muchos años ; crisis en que perdía la razón y se presentaba por las calles casi desnudo ; 2?, según informes minuciosos de un ilustrado médico de esta ciudad, el señor V. ha sufrido de insomnio, trastornos y ha tenido ideas extravagantes que revelan un estado anormal de su cerebro; 39, el acto ejecutado por el señor N. Y. es el de un individuo que ha perdido el dominio de sus facultades men- tales ; 49, el señor N". V. es un epiléptico, y el acto ejecutada no le apareja, en nuestro concepto, responsabilidad alguna. Señor Juez. 60 (Firmados). N. S.—C. E. P. XI EXPOSICIÓN. Perturbación mental.—Impulsión. Los abajo firmados, Nemesio Sotomayor y Oarlos E. Put- nam, médicos legistas etc., etc., pasamos á contestar los puntos señalados por el señor Juez en su auto de fecha 10 del presente, en la forma siguiente : 1?, Hemos practicado repetidos exáme- nes en la persona de R. D.; 2?, varias personas de la familia nos han suministrado antecedentes de gran valor: el padre de D. era bebedor; D. sufría con frecuencia fuertes dolores de cabeza, hasta por tres días seguidos; durante este tiempo no comía, y cambiaba su carácter por completo. A la edad de doce años, H. sufrió un fuerte golpe de á caballo, y por mucho tiempo después tuvo una supuración por la nariz; 3?, el examen del acto de D. reúne todos los caracteres de la inconciencia. Este individuo, estando en una posada que conocía desde su niñez, y donde era estimado por su honradez y conducta intachable, se acuesta una noche bueno y sano; á la madrugada se le- vanta, empieza á dar gritos, abre la puerta de la habitación en momentos que pasaba por el camino un individuo que no cono- cía ni había visto jamás; coge al instante I). una barra y se lanza encima del pacífico transeúnte y le da tal golpe en la ca- beza, que lo mata; luégo le abre el cráneo y le saca la masa cerebral para regarla en el camino; pasan unos momentos, vuel- ve á su habitación, arregla su carga y tranquilamente sigue camino hacia la población inmediata. Allí las autoridades lo sorprenden y lo remiten á esta ciudad para que sea juzgado. Aquí practicamos los exámenes de que hemos dado cuenta y en los cuales hemos indicado su estado de indiferencia la más completa por todo. Por lo expuesto, deducimos que R. D. es un loco en el seu- tido general de la palabra, y tal como lo entiende la ley; que su locura obedece á concepciones delirantes irresistibles, que producen actos impulsivos de la más completa irresponsabilidad, 35 por último, que debe colocarse en el Asilo de locos, por estar nosotros seguros de que pueden repetirse actos semejantes, si vuelve á encontrarse en iguales circunstancias. Señor Juez. 61 (Firmados). N. S.—C. E. P. XII EXPOSICIÓN Exhumación y autopsia. Los abajo firmados Nemesio Sotomayor y Carlos E. Put- nam, médicos legistas del Departamento de Cundinamarca, de conformidad con lo dispuesto por el señor Juez 1? Supe- rior, nos trasladámos al cementerio de la población de Una vez allí, estando presente el señor Alcalde de la po- blación con su respectivo Secretario, se dió cumplimiento á los artículos 1517 y 1518 del- Código Judicial para esta- blecer la identidad del cadáver de X. X. Los testigos X y K prestaron el juramento legal y señalaron el lugar en que fué sepultado el cadáver de X. X. en la fecfia de 4 de Agosto de 1894. Hecbo esto, se procedió á excavar la fosa, y de ella se sacó el cadáver de un hombre que puesto en presencia de los testigos, éstos juraron que era el de X. X. Procedimos á la autopsia y encontrámos todos los tejidos blandos en completa putrefacción ; no es posible encontrar en ellos huellas de violencia. Examinado el cráneo, encontrámos -cuatro fracturas que corresponden á los huesos frontal, parie- 62 tal y temporal del lado izquierdo; estas fracturas sou muy ex- tensas y tienen las siguientes dimensiones: la del frontal, en la parte que se articula con el parietal, cinco centímetros; la del parietal, ocho centímetros, y las del temporal seis ; los frag- mentos de los huesos están separados y hundidos dentro de la cavidad craneana. Examinadas las otras cavidades y los miem- bros superiores é inferiores no encontrámos en ellos huellas de violencia. Conclusión.—El señor ]ST. N. murió, de una manera evi- dente, por causa de las violencias que recibió. Estas violencias fracturaron los huesos que hemos mencionado, y estas fractu- ras determinaron una hemorragia cerebral mortal. También debió producirse una conmoción cerebral, y el paciente debió presentar todos los signos de una compresión de los centros nerviosos. Las lesiones que hemos encontrado fueron producidas con un cuerpo contundente lanzado con mucha fuerza. (Firmados). N. S.— C. E. P. xm EXPOSICIÓN. Atentado contra el pudor.—Pederastía.—Sífilis. Señor Inspector. Hemos reconocido en esta fecha al niño B. O., de 11 años de edad y eueontrámos : al rededor del ano varias placas mu- cosas ; en el orificio, dos gruesas vegetaciones sifilíticas; el ano inflamado é infundibuliforme ; al separar sus bordes sale por el orificio cierta cantidad de pus; los ganglios inguinales infarta- dos. Estas lesiones datan de algún tiempo y nos permiten ase- gurar: 1?, que este niño ha sido víctima de la pederastria; 2?, que su salud está destruida por completo, y 3?, que debe enviarse al Hospital. (Firmados). N. S.—a E. P. 63 XIV EXPOSICIÓN. Envenenamiento. Señor Juez 2? Superior. Por el auto de ese Juzgado de fecha .. de 1892, se somete á nuestro estudio uno de los asuntos más difíciles y de mayor responsabilidad en medicina legal. Se trata de saber si D. L. murió envenenada, y para resolver tan delicado punto, tenemos á la vista el sumario que hemos revisado con toda atención, con el fin de buscar en ól algunos elementos que nos permitan dar un dictamen conforme á la ciencia. Para establecer en un caso dado, si existe ó nó envenena- miento, el médico legista dispone de cuatro órdenes de signos : 1?, cuadro sintomatológico que presenta el paciente objeto de estudio ; 2?, examen anatómico del cadáver ó autopsia; 3?, aná- lisis químico; 4?, experimentación fisiológica. En el sumario no encontrámos sino unos pocos signos da- dos por algunos declarantes y el examen anatómico verificado por los peritos, doctores A. G. y O. B. Según los primeros, la mujer D. L. gozaba de buena salud hasta el día 11 del mes de Marzo á las seis de la mañana. A esta hora se ocupaba en or- deñar una vaca, y tomó un trago de aguardiente que le dió otra persona. Poco después tuvo sufrimientos atroces, convulsiones que los declarantes describen así: “horribles convulsiones que la hacían doblar para atrás ; apretaba las quijadas con tal fuer- za, que se chasqueaban los dientes, los ojos se le trataban de salir; estos ataques le repetían cada vez más fuertes, hasta que murió en una convulsión.” Tal es el cuadro sintomatológico que describen diez personas que de distintas partes llegaron al 'lu- gar en que estaba la mujer. Estos síntomas corresponden á un envenenamiento, y de- acuerdo con la descripción que señalan los autores, nos es per- mitido pensar que ellos corresponden á la estrignina. Mas, en asunto tan delicado, creemos necesario analizar la marcha de los síntomas indicados y compararlos con algunas enfermeda- 64 des que pudieran presentar alguna analogía, el tétano, y en grado menor la epilepsia. Sin duda alguna, la epilepsia en su forma ordinaria, no tiene semejanza con el envenenamiento por la estrignina, mas como puede suceder que algunas circunstan- cias, entre otras, la impericia de las personas que presencian el ataque, hagan establecer alguna confusión, es necesario saber que el ataque epiléptico, seguido de muerte, so compone, en general, de un solo acceso convulsivo, mucho más largo que el que produce la estrignina. Al contrario, con ésta, los ataques se separan por momentos de reposo, y no es sino después de tres ó cuatro accesos,* cada vez más fuertes, que la muerte se produce. La epilepsia tiene antecedentes ó fenómenos precur- sores ; en el envenenamiento todo es brusco y rápido. El tétano puede presentar alguna duda cuando se consi- dera el ataque convulsivo en sí mismo, es decir, en su período de estado, pero es preciso observar el desarrollo, la sucesión y la duración de los accesos. El tétano espontáneo es excesivamente raro; no es jamás tan brusco como el acceso que produce la es- triguina; está precedido de escalofríos, abatimiento, insomnio, vértigo, cefalalgia, tensión dolorosa en el diafragma. Todos estos síntomas faltan en el envenenamiento. Además, la rapidez con que se suceden los ataques del envenenamiento y las cor- tas remisiones, son distintas de la rigidez permanente del téta- no; la duración del tétano es de varios días, la del envenena- miento de pocas horas. 2? Signos que puede revelar la autopsia.—En los individuos que mueren por efecto de la estrignina, se encuentra siempre una congestión del cerebro y de las meníngeas; algunas veces una verdadera hemorragia superficial. En la medula se en- cuentran focos hemorrágicos y porciones reblandecidas. Los órganos digestivos suelen tener algunos signos; la mucosa gas- tro-intestinal presenta placas de un color rojo violeta intenso. La rigidez del cuerpo es permanente, y así se sostiene por va- rios días, dos, tres y cuatro. 3? Signos que ¡ruede revelar el análisis químico.—El aná- lisis químico aplicado á la investigación de venenos minerales no deja lugar á duda, es preciso y convincente, y el químico podrá en cualquier tiempo, después de muchos años, encontrar 65 en los restos de un cuerpo pequeñas porciones de mercurio, de arsénico, de cobre, de plomo, de antimonio etc. Estas sustan- cias resisten indefinidamente á toda causa de alteración, y por otra parte, se prestan á reacciones químicas seguras é invaria- bles. Con las sustancias orgánicas sucede todo lo contrario; se alteran rápidamente y su investigación entre los órganos podri- dos es difícil é incierta. La propiedad venenosa de estas sustan- cias no depende exclusivamente de la presencia de tal ó cual elemento en su composición. Si el acetato de cobre y el carbo- nato de plomo son venenos, esto es debido á que ambos 'encie- rran un elemento indestructible y venenoso, el cobre y el plomo. Los venenos orgánicos, al contrario, están todos compuestos de los mismos elementos que son : carbono, hidrógeno, oxígeno y ázoe; ninguno de ellos tiene propiedades venenosas, puesto que el hombre ingiere diariamente enormes cantidades bajo forma de pan, de carne, de ''gua y demás materiales de su alimenta- ción. Entre un pedazo de pan y un cristal de estrignina, no hay otra diferencia que en la proporción y manera de combinarse sus elementos, en el arreglo intrínseco de sus átomos. Uno y otro tienen oxígeno, hidrógeno, carbono y ázoe; lo mismo po- demos decir del alimento más inocente, de la leche, comparada con un veneno violento, la atropina. Uno y otro tienen los mis- mos elementos; sólo varían por sus efectos en el organismo, el uuo da vida, el otro la destruye ; del uno se pueden tomar va- rios litros, del otro, no se pueden resistir unos pocos miligramos. I De qué depende tánta diferencia ? Parece increíble, pero así es, toda esa diferencia depende únicamente de un arreglo mo- lecular, de una combinación de átomos, de algo aún desconocido en este mundo de lo infinitamente pequeño. Átomo más, áto- mo menos, dan la vida ó dan la muerte. Quizás el tiempo nos revele todo aquello que aún ignoramos. Las sustancias orgánicas no tienen, pues, un solo elemento venenoso, y resulta de aquí que todo cambio, toda alteración, toda modificación del veneno orgánico tendrá por resultado destruir su individualidad y su actividad, y como consecuencia, la dificultad que tiene el qfiímico para encontrarlas tales como fueron administradas, después de algún tiempo. En efecto, esas sustancias, desde que penetran en el organismo, se descomponen 66 poco á poco, y esta descomposición se acelera en los casos de muerte, cuando el cuerpo queda sometido á las leyes inevita- bles de la putrefacción. Con los venenos minerales el químico asegura los hechos, con los orgánicos siempre queda en la duda. Gon los unos el análisis es siempre claro, y puede verificarse en cualquier tiempo, con los otros es confuso y tan sólo puede dar luces cuando se hace pronto. Cuando pasa algún tiempo, cuan- do la putrefacción se ha apoderado del cadáver, es sobremanera difícil llegar á conclusiones seguras. Las reacciones que dan los venenos orgánicos son idénticas á las reacciones que dan los alcaloides cadavéricos, ptomaínas, también orgánicos, y la seme- janza es tal, que no sería posible resolver el punto con las solas reacciones químicas. En presencia de estas dificultades se comprende, señor Juez, que el análisis (pie se ha verificado en los restos de la señora D. L. haya dado un resultado dudoso ó negativo. Este análisis se ha verificado después de diez y ocho meses de inhu- mado el cadáver, y ha sido verificado de una manera incom- pleta. Pero el hecho de no encontrarse el veneno no destruye, en manera alguna, la verdad de un envenenamiento, cuando los signos anatomo-patológicos y el cuadro sintomático son tan claros y tan precisos, como lo son en el caso presente; el resul- tado negativo de un análisis no es suficiente para destruir la certidumbre que se tenga sobre la existencia de un envenena- miento revelado yá por otros signos. Jamás se podrá desvirtuar su existencia por el solo hecho de que no se pueda tocar con el dedo la sustancia venenosa en naturaleza. Jamás se podrá acep- tar la doctrina de algunos criminalistas que, en casos como éste, alegan la falta del veneno á los ojos del Jurado ; que piden al perito dicha sustancia, como si se tratase de un asesinato en el cual se presenta el puñal que produjera las heridas. De un modo general no hay entre los dos casos ninguna diferencia. En ambos, la muerte ha sido el resultado, pero es fácil comprender que en la muerte dada por las heridas de un puñal, la deter- minación de éste puede tener importancia, puede designar al- gunas veces al asesino, sus huellas, su actitud etc., etc.; en el envenenamiento no sucede lo mismo. Pretender erigir en cuer- po de delito, no el cadáver, bañado en sangre, no el cráneo des- 67 trozado por violencias, no el cuerpo tetanizado por un veneno, sino querer que se traiga al Jurado el arma precisa, el puñal ó el palo de que se sirviera el asesino, es un error, y, mayor toda- vía, cuando se pretende que el perito traiga en una copa al debate una sustancia orgánica, que se descompone con tánta facilidad, que no es permanente. En todos estos casos la falta de ese puñal, de ese palo ó de ese veneno, no destruye la ver- dad de los hechos que revele la autopsia y el cuadro sintoma- tológico. 4? Los signos que revela la experimentación fisiológica, son de muchísimo valor. Ellos pueden buscarse en todos los casos, empleando para ello animales pequeños, en que se pueda apreciar el efecto de la sustancia ingerida. En el caso presente no hubo lugar á esta prueba, porque la materia motivo de examen fue consumida en el análisis químico. Conclusión.—La señora D. L. murió envenenada por la estrignina. (Firmados). N. S.— C. E. P. XV EXPOSICIÓN. Examen microscópico. — Manchas de sangre.— Manchas de esperma. Losabajos firmados, Nemesio Sotoraayor y Garios E. Putnam, médicos legistas <lel Departamento de Cundinamarca, pasamos á dar contestación de interrogatorio del señor Juez 2? Superior, en esta forma : 1? Hemos recibido dos piezas de género blanco, dos sába- nas, manchadas, y marcadas con los números 1 y 2. 2? Hemos examinado las manchas que ambas sábanas contienen para responder á la pregunta h) del interrogatorio que dice son esas manchas desangre humana? ¿ son las otras de esperma ?” Para resolver estas cuestiones no tenemos un medio más seguro que el examen microscópico de dichas manchas por el 68 procedimiento sencillo que consiste en humedecerlas con una solución débil de sulfato de soda. Para los glóbulos sanguíneos sabemos que estos son circulares en los mamíferos y elípticos en las aves y en los reptiles. En las preparaciones hemos en- contrado algunos glóbulos esféricos, ligeramente deprimidos en su centro, mas, poder establecer que ellos pertenezcan á san- gre humana, nos es difícil asegurarlo. Respecto á las otras manchas, podemos decir al señor Juez que ellas contienen ele- mentos organizados que tienen la forma de filamentos alarga- dos con una de sus extremidades ensanchadas y la otra, al contrario, deprimida y puntiaguda; caractéres propios y ex- clusivos de los espermatozoides. Conclusión.—En los manchas que hemos examinado en- coutrámos elementos suficientes para asegurar que en ellas exis- te sangre y esperma. iSo podemos asegurar que la sangre per- tenezca á la especie humana, pero dadas las circunstancias en que se encuentra, y demás detalles del sumario, nos es permi- tido suponer que dichas manchas fueron producidas por san- gre humana. (Firmados). N. 8.—C. E. P. XYI CONSULTA MEDICO-LEGAL Y EXPOSICIÓN DELANTE DEL JURADO. Señor Juez: Hemos recibido el sumario número 1,500, iniciado en la Alcaldía de Y en averiguación del delito de envenena- miento. En el auto de ese Juzgado, de fecha 2 del mes de Octu- bre, se dispone que rindamos una exposición al tenor de lo pe- dido por el señor Fiscal en su vista de fecha 21 de Agosto úl- timo, que corre á folios 54 vuelto y 55, y que dice : “Los seño- res médicos oficiales se servirán exponer su dictamen, en vista y consideración de los datos que el sumario suministre acerca del envenenamiento de Y. Y.” Con el objeto de dar al señor Fiscal las mayores luces en 69 este asunto, nos permitimos entrar en algunas consideraciones generales sobre lo que es un envenenamiento y sobre los me- dios que tiene el perito para llegar al conocimiento de él. El envenenamiento es un estado morboso accidental que resulta de la acción especial que ejercen sobre el organismo ciertas sustancias minerales ú orgánicas deletéreas. Esta ac- ción es local sobre las partes que reciben el contacto de la sus- tancia venenosa, y general, después que el mismo veneno ab- sorbido entra al torrente circulatorio. La primera acción no es siempre evidente; la segunda, al contrario, es precisa, y el ve- neno, una vez en circulación, determina accidentes variables y escoge algunos órganos de preferencia para depositarse en ellos, como sucede con las glándulas, y en particular con el hígado y el riñón. Los efectos que produce un envenenamiento en el hom- bre constituyen una enfermedad accidental cuyos síntomas, marcha, formas diversas, signos diagnósticos, diferentes termi- naciones, lesiones anatómicas y tratamiento, forman un grupo de elementos indispensables para el médico legista. El envenenamiento es bajo el punto de vista médico-le- gal un caso de muerte violenta, y como tal, envuelve conside- raciones, semejantes á la muerte por heridas, por estrangula- ción, por asfixia etc., etc. El veneno es una arma en manos del criminal, y así lo establecen los tratadistas en estas ma- terias. El fin que debe alcanzar el perito en los casos de envene- namiento es, el determinar de una manera precisa la causa de la enfermedad ó de la muerte, y para llegar á, ese resultado tie- ne distintos elementos que debe estudiar con la mayor aten- ción : 1?, los síntomas provocados por el veneno ó signos clíni- cos; 2?, las lesiones producidas en los tejidos del organismo ó signos anatómicos ; 3?, los signos ó caractéres químicos de la sustancia que ha producido el envenenamiento ó que se sospe- cha ser la causa de ese estado; 4?, los efecto s fisiológicos pro- pios de esa misma sustancia extraída del cuerpo de la persona envenenada. No es siempre posible ocurrir á todos ellos por las rail cir- cunstancias en que se verifica el hecho criminoso, y esto ha pasado en el caso que estudiamos. V. Y. fué envenenado, según aparece en las distintas de- claraciones, á mediados del mes de Febrero de 1894; vivió tres ó cuatro días, y murió después de sufrimientos atroces; fué luégo sepultado en el cementerio de O.... el día 27 de Febre- ro. El día 10 de Julio del mismo año se practicó la exhuma- ción del cadáver de y. y. con todos las formalidades legales, y el señor Alcalde remitió al Laboratorio de Bogotá las por- ciones del cadáver que le entregaron los peritos que verifica- ron la exhumación. El señor químico practicó el auálisis soli- citado por el señor Fiscal y remitió su coucepto al señor Juez, manifestando que no había encontrado veneno en las porcio- nes del cadáver examinado. Este resultado negativo dió lugar á que el señor Juez ordenara un nuevo auálisis. Este no pudo verificarse en la forma debida, por varias circunstancias, entre otras, la falta de materia, ya destruida en anteriores exá- menes. Una duda ha sido el resultado de estas diligencias, y ha sido ella el motivo de lo pedido por el señor Fiscal en su vista de 21 de Agosto, en que dice: “ vuelva el sumario á los seño- res médicos legistas para que emitan su concepto respecto á la muerte de y. y.” Con el fin de corresponder á la solicitud, y de acuerdo con el señor Fiscal hemos tenido dos entrevistas con las mujeres y. y G., procesadas. Estas hacen una relación bastante clara de lo ocurrido respecto al envenenamiento; refieren la ma- nera como fué administrado el veneno, los síntomas que presentó V. V. dos horas después de la ingestión de un poco de sopa en que las sindicadas habían colocado el arsénico, la invasión repentina de ese estado angustioso de y. y. en me- dio de la salud más completa; refieren punto por punto lo que experimentó y. en los días de su enférmedad: las náuceas, los vómitos, el dolor intenso en el estómago, la diarrea sanguino- lenta, las convulsiones de las piernas, la agitación, la sed ar- diente, y, por último, la manera como espiró. Este cuadro sintomático, bien establecido en las declara- ciones, es lo único que tenemos para formar nuestro juicio. Pero antes del examen sintomático, es preciso establecer desde aho- ra que el resultado negativo del análisis no tiene la significa- ción que de ordinario se le da. 70 71 Es un error creer que en todo análisis se encuentra el agente venenoso, y que el perito está en la obligación de pre- sentarlo. Son innumerables las causas de un resultado negativo. En el caso presente no existe completa certidumbre res- pecto á las porciones del cadáver que se han examinado, por no haber sido posible establecer la identidad del cadáver de V. V. al verificarse la exhumación en V Pero á falta de este medio quedan otros, con los cuales puede aclararse la cuestión de un modo satisfactorio, y uno de ellos es el grupo de síntomas específicos que pertenecen á de- terminados venenos. El principio del envenenamiento arseuical interno es siem- pre violento, cualquiera que sea el resultado final. Sus efectos varían según una multitud de circunstancias, entre otras, el es- tado de vacuidad ó de plenitud del estómago, el administrar el veneno solo ó asociado á materias orgánicas (éstas disminuyen notablemente la solubilidad de arsénico), el darse en agua fría ó caliente, y también según la sal arsenical empleada. Varía igualmente el tiempo de aparición de los primeros fenómenos, según la tolerancia del estómago y según la canti- dad de materias que el paciente vomite y sustraiga así á la ab- sorción, según la edad y la constitución. El efecto venenoso respecto á la dosis, también varía en los diversos individuos ; pero de un modo general se admite hoy por los toxicologistas que la dosis de cinco á diez centigramos de arsénico absorbido determina la muerte. Hacen excepción á esto los toxicófagos ó individuos que tienen el hábito de tomar arsénico, los cuales pueden absorber mayores cantidades sin peligro. Hechas estas salvedades, se puede decir que una ó dos horas después de in- gerido el arsénico se determinan los primeros síntomas. Y se- gún la marcha de éstos se admiten cuatro formas distintas : envenenamiento agudo, latente, subagudo y lento. En la forma aguda el envenenado experimenta una sensa- ción de calor y de contracción en la garganta, náuceas, vómi- tos repetidos, no sólo de las materias que contenía el estóma- go, sino de las bebidas que se propinan para combatir ese sín- toma, sed ardiente, dolor epigástrico intenso, algunas veces fuerte dolor de cabeza. La cara se altera, las extremidades se 72 enfrían, la fuerza muscular se debilita y se produce un estado sincopa!, el pulso se hace pequeño. Pasados algunos momentos se presenta una diarrea más ó menos abundante, ya de mate- rias blaucuscas, ya sanguinolentas ; esta diarrea es á veces in- voluntaria. Se presentan convulsiones y calambres en las pier- nas. Estos fenómenos se acentúan más y más cada momento, y destruyen el organismo en tres ó cuatro días, y muchas veces antes. La persona envenenada muere así en una postración profunda y en estado de inanición. El caso que estudiamos corresponde á un envenenamiento agudo, y la rapidez de la muerte de Y. lo comprueba. El señor Fiscal desea que “ se establezca el diagnóstico médico-legal del estado morboso en que se encontró V. por motivo de la ingestión de algunas materias que le dieron algu- nas personas, según aparece en el sumario,” ó mejor dicho, que se determine si los síntomas que presentó Y. corresponden á un envenenamiento por el arsénico, ó pueden atribuirse á otra causa. Hemos dicho que para resolver esta cuestión apenas tene- mos algunas declaraciones respecto al estado morboso de Y. Y. Al folio 56 dice G. J.: “ Compré ocho papeles de arsénico; el mismo día fué que se le dió á Y. un poco de sopa con dos papeletas, de las que yo había comprado. Después de tomar la mazamorra, mi marido tuvo vómitos, dolor de estómago y eva- cuación sanguinolenta. Mi marido murió en mi canto, y lo úl- timo que dijo fué: i este vino me mató.1 Se quejaba de dolor de estómago, me decía que le sobara las piernas, y tenía con- vulsiones. Y. C. compró el vino que le dimos á mi maridó, con dinero que éste le dió, y fué lo último que tomó. Ella misma preparó el caldo de limón que le suministró á mi marido por cucharadas. Yo compré el veneno y la señora Y. C. me dió el peso para comprarlo, diciéndome que con eso se mejoraba.” Esta declaración es de grandísima importancia. Yearaos la relación que hace la otra mujer sindicada. Al folio 57 dice Y. C.: “ Y. V. tomó la mazamorra en que pusimos el arsénico á las nueve de la mañana, y dos horas des- pués tuvo el primer vómito, dolor de cabeza, de estómago y mucha angustia. Yi lo que vomitó Y., y eran alimentos mez- 73 ciados con sustancias verdes y amarillosas. Vi lo que vomitó, y que tres perros que tragaron las materias vomitadas murieron tres horas después. V., durante todo el día y toda la noche se quejaba de dolor de estómago, de dolor de cabeza, vomitaba mucho y no podía dormir. Vi á V. todo el día siguiente, y sen- tía los mismos síntomas; la evacuación era de sangre pura; tenía convulsiones en todo el cuerpo, y decía que yá no podía pasar los alimentos sólidos, porque tenía llagada la garganta y el pecho. Decía que no podía pasar los alimentos sólidos ; se levantaba quejándose de dolor de estómago, tenía fatiga y se acostaba en todas partes; decía que le dolía todo el cuerpo y vomitaba constantemente; la evacuación era pura sangre; se quejaba de mucha sed, y le daba yo, por agua ordinaria, zumo de cogollos de cacao, y vi que G. le echaba veneno al zumo de cogollos. No podía levantarse ni moverse y permanecía acosta- do. G. me presentó un chorote que tenía agua de pina y veneno. A las once el enfermo no podía hablar, se levantaba con difi- cultad, tenía mucha sed ese día (el segundo después de tomar la sopa), la evacuación continuaba, decía que la garganta y el pecho los tenía ulcerados, se quejaba de dolor de cabeza y tenía convulsiones; no dormía. Cuando llegué con el vino estaba ronco, y la evacuación de sangre tenía trozos de hígado deshe- cho y evacuaba cada rato : al día siguiente murió. Duró cuatro días enfermo, á contar desde el en que tomó el veneno hasta que murió.” En estas declaraciones encontrámos todo el cuadro sinto- mático que hemos señalado en los casos de envenenamiento por el arsénico, sin que falte uno solo. En efecto, Y., dos horas después de tomar la sopa en que las dos mujeres pusieron las papeletas de arsénico, manifestó los primeros síntomas de enve- nenamiento con la violencia y la intensidad que corresponde á esta sustancia tóxica. Luégo el paciente experimentó una sensación acre, de ardor en la garganta, síntoma característico, y esta sensación aumenta cada día hasta que el mismo enfermo decía que 11 tenía llagada la garganta y no podía pasar alimen- tos ; ” tuvo náuceas, vómitos, dolor intenso en el estómago, sed ardiente, convulsiones, angustia y calambres en las piernas. Pasa el primer día, y el enfermo siguió debilitándose hasta que murió en inanición. 74 No podemos dejar de anotar que las declaraciones de las dos mujeres encierran ambas con la misma claridad el cuadro de síntomas indicado; que la una no contradice á la otra en nada, no obstante su situación. Con el cuadro de síntomas que hemos revisado, podemos concluir que V. V. murió envenenado por el arsénico, y á ello nos conduce el grupo de declaraciones del sumario. Nos falta estudiar el último punto del interrogatorio del señor Fiscal, y es averiguar si los síntomas que presentó Y. pueden atribuirse á otra causa ó á una enfermedad. Una de las enfermedades que tiene mayor analogía con el envenenamiento arsenical es el cólera. En ambos casos exis- ten los síntomas que liemos indicado en el envenenamiento, y la confusión sería posible en los casos de epidemia, si el perito no tuviere en cuenta que el envenenamiento tiene algunos sig- nos característicos, como son la sensación dolorosa, acre y de contracción en la garganta, y su persistencia. La marcha de la enfermedad y su manera de principiar son diferentes ; los accidentes coléricos están siempre precedi- dos de una diarrea más ó menos intensa, y es raro que se pre- senten con la violencia y rapidez que se observa en el envene- namiento. En el caso de V no hay lugar á ninguna confusión por varios motivos: 1?, porque en la época en que murió V. no había en la población de Y. ni un solo caso de cólera, ni lo hubo después; 2?, porque Y. estaba bueno y sano en la mañana del día en que se manifestaron los primeros signos de envenena- miento ; 3?, porque uno de los primeros síntomas que manifestó Y. fué el dolor y la contracción de la garganta, y esto, como hemos dicho, es característico del envenenamiento, y no se observa en el cólera. En la fiebre perniciosa suelen encontrarse algunos de los síntomas que hemos indicado en el envenenamiento; pero el tipo intermitente, el infarto y el dolor del bazo, y, sobre todo, la marcha de la fiebre, son signos diagnósticos bastante claros para establecer la diferencia. Señor Juez, Carlos E. Putnam. 75 XVII CONSULTA MÉDICO—LEGrAL. El día 10 de Marzo de 1890, los infrascritos doctores en medicina y cirugía, residentes en Bogotá, nos hemos reunido en virtud de una consulta que nos ha sido presentada por orden -del señor Juez 1? Superior, á fin de proceder al examen de los hechos médicos que se deducen de los documentos relativos á la causa criminal que se sigue contra D. X. X., natural y veci- no de esta ciudad, acusado de haber estuprado á Julia X. ■docenlla de 12 años de edad. Los documentos que hemos examinado son : 1? Un oficio del señor Inspector municipal, con fecha 1? de Enero de 1896; 2? La declaración del doctor X. X., médico que ejerce en la población de B., sobre lo observado por el mismo en la per- sona de Julia, dos días después del estupro ; 3? La declaración de otro médico, el doctor G., sobre lo observado en D. X. X., ocho días después de cometido el de- lito ; 4? El análisis de las manchas que se encontraron en la ca- misa de la joven Julia, y 5? Un memorial de D. JST. X. en que se solicita que se for- me una junta de médicos para que examine las declaraciones de •los médicos que reconocieron á Julia y conceptué sobre esas diligencias. De estos documentos podemos sacar los siguientes he- >ebos: Julia X de doce años, robusta y bien desarrollada, fué objeto constante de ciertas insinuaciones de parte del señor X. X., jefe de la casa en que ella servía. El día 9 de Enero, apenas se había acostado Julia, entró á su pieza el señor X. ¡a cogió y la sujetó de tal manera, que ella no pudo librarse de su perseguidor. Una lucha se estableció, en que la víctima pudo triunfar en los primeros momentos. Pero cansada y casi des- mayada, se durmió, creyendo que el señor X. se había retirado á la habitación de su señora. Al amanecer se encontró en brazos de sil amo, que había expiado toda la noche un momento oportuno. Al sentirse cogi- da y adolorida en sus partes genitales, comprendió lo que pasa- ba, y su amo, insaciable, repitió en ella tres veces el acto. La primera vez estando Julia dormida y las dos últimas á viva fuerza. Julia sale áver á su madre, y le refiere lo ocurrido. Am- bas se dirigen al Inspector de Policía, y D. N. N. fué citado a la respectiva Oficina. Se ordena el examen de la doncella y del estuprador. El doctor 2L refiere que habiéndose trasladado al lugar del suceso, encontró la cama de la joven Julia como ésta la había dejado al marcharse, en cierto desorden, hundimiento del colchón en la parte céntrica más notable de lo que corresponde al peso- de una sola persona, manchas de color diferente en el punto de la sábana inferior, donde tendida una mujer de mediana esta- tura, se encontrarían sus nalgas; dos de estas manchas eran de color subido de saugre, tres de un color blanco (almidonadas), pelos rubios, ensortijados, largos, fuertes, esparcidos junto á es- tas manchas. La camisa que llevaba D. JS\ en la noche del 9 al 10 del presente tenía en la parte anterior, inferior y media una man- cha como jaspeada de sangre, mucosidad y esperma, probable- mente impresas en el acto de limpiarse el balano después del coito. El pene de D. iST. es de un volumen regular, y, lo mismo que los testículos, presenta todos los signos de vigor, sus regio- nes genitales están guarnecidas de pelo rubio ensortijado y fuerte. Examinada la joven Julia en presencia de su madre, se observa que su camisa, que es la misma que llevaba en la no- che del ultraje, está rota; tenía tres manchas de sangre, de veinte centímetros de extensión cada una, en las partes que corresponden á las nalgas, y adelante en la parte que cubre los órganos genitales se ven dos manchas sanguinolentas en su centro y blancuscas, de consistencia de almidón en el resto de ellas. La joven Julia tiene en los pechos, en el cuello, brazos y muslos varias contusiones; el monte de Venus tiene un pelo 76 77 fino, corto y negro. Al apartar los muslos, los grandes labios no se han hundido al abrirse; en su parte interna estaban ro- jos, hinchados y dolorosos; la horquilla y las ninfas en igual estado y algo sanguinolentas; el clítoris tumefacto con equi- mosis y el hímen roto, con erosiones, sus restos 6 carúnculas hinchadas, sanguinolentas. La vagina irritada y humedecida por una mucosidad más abundante de lo que lo es habitual mente. El estado general es satisfactorio. De todo esto el doctor G. concluye: 1? Que D. N. presenta síntomas de una blenorragia cró- nica, y en la camisa que llevaba en la noche del 9 al 10 de Ene- ro, manchas que pueden atribuirse á haberse limpiado el balano después de un coito cruento; 2? Que la joven Julia lleva en sus vestidos, en varias par- tes de su cuerpo y en los órganos genitales, señales de vio- lencia ; 3? Que las manchas de la cama en que Julia dormía eu la noche de su desfloración y las de su camisa son de sangre ó serosidad sanguinolenta, y probablemente de esperma, y 4? Que la defloración de Julia es positiva y reciente. Por otra parte, el análisis de las manchas de la camisa de Julia permite observar allí todos los elementos de la sangre. Eu las manchas blancuscas, de consitencia de almidón, el micros- copio revela espermotozoides en número considerable. Tales son los hechos expuestos, relativos á una cuestión de estupro violento ó de violación, que debemos discutir para resolver las siguientes cuestiones : 1? ¿ La joven Julia ha sido estuprada ? ¿ Cuáles son los vestigios que se encuentran en Julia como signo del estupro. ¿ Los vestigios que se encuentran en las partes genita- les de Julia son el resultado del estupro f 4 i1 ¿El estupro de Julia es reciente ó antiguo'? 5? ¿Lleva Julia en sus órganos genitales alguna afección venérea? ¿Y le ha sido ésta comunicada eu el acto del estupro? Eespecto al punto primero, resulta que Julia tenía roto el hímen ; el hímen en el estado actual de la ciencia se considera 78 como el signo físico de la virginidad; faltando este signo, es evidente que la joven Julia ha sido desflorada. Pero la desfloración no supone siempre estupro, ó sea có- pula carnal ejecutada contra la voluntad de la doncella, puesto que, como veremos luégo, puede deberse la destrucción del hímen á otras causas. De consiguiente hay necesidad de probar el estupro. Si por otra parte se prueba que la desfloración de Julia es debida á la cópula violenta y contra su voluntad, ha sido positivamente forzada. La desfloración que se efectúa en una mujer que se da voluntariamente á un hombre, puede presentar los mismos signos en los órganos genitales, que en aquélla que es forzada. 2? ¿ Cuáles son los vestigios que se encuentran en Julia como signos de estupro? La camisa rota y manchada, por de- lante, de esperma, por detrás, de sangre y serosidad sanguino- lenta; la cama en que dormía dicha joven estaba revuelta,, llevaba la impresión de más de una persona; la sábana inferior estaba manchada de sangre y había en ¡ella pelos rubios, ensor- tijados, largos y resistentes; en diferentes puntos de su cuerpo, llevaba equimosis bien marcadas. Las partes genitales estaban tumefactas, dolorosas, sanguinolentas; el hímen destruido. Estos signos son los que suelen hallarse en los casos de estupro. 3? i Los vestigios que se encuentran en las partes genitales de la joven Julia son el resultado del estupro ? En tesis gene- ral no puede afirmarse que los vestigios encontrados, tanto en los vestidos, cama, partes diferentes del cuerpo, como en los órganos genitales de una mujer, sean producto de estupro. Hay varios agentes mecánicos capaces de producir estos desórdenes, y hay la superchería, que muy á menudo los simula. En el caso presente, si no podemos afirmarlo de una manera terminante y absoluta, nos inclinamos á pensar que los desórdenes encontra- dos en la joven Julia, y demás indicios observados en la cama donde dormía y en su amo D. N., no son producto, ni de la su- perchería, ni de agentes mecánicos inocentes. D. ÍL es de tem- peramento sanguíneo y de constitución robusta. La joven Julia de doce años, es relativamente débil; el hecho se dice consu- mado en casa de aquél, y en la cama de la estuprada se encuen- tran, además de las manchas y otros indicios, pelo rubio, en- 79 sortijado, fuerte y largo, que no puede ser de la doncella en cuyo pubis sólo hay un pelo corto, fino y negro, mientras que el pelo de las partes genitales de D. jST. ofrece aquellos caracteres. La destrucción del filmen y demás desórdenes de la joven Julia están en la proporción del volumen del miembro de D. ÍT., el flujo bleuorrágico que éste padece, coincide con el flujo que fia aparecido á la joven á los días correspondientes. 4? ¿ El estupro de la joven Julia es antiguo ó reciente ? El estado tumefacto, doloroso al tacto, sanguinolento, de las partes genitales, coincidiendo con las contusiones de diferentes puntos del cuerpo ; el estado físico, sobre todo, de los restos del filmen ó carúnculas, sin causa suficiente para explicar de otro modo su producción, permiten asegurar que la desfloración es reciente, y que por lo mismo lo sería el estupro si resultare pro- bado por otros medios. 5Í1 ¿ Lleva la joven Julia en sus partes genitales alguna afección venérea, y ha sido comunicada ésta en el acto del estu- pro f El examen practicado por uno de los peritos conduce á creer que existe un flujo uretro-vaginal, puesto que de la ure- tra y de la vagina mana un moco purulento. La naturaleza de estos flujos es difícil de determinar, y sólo por medio de la ino- culación se puede llegar á un conocimiento cierto, si el pus ino- culado desarrolla uha úlcera venérea en el punto de la inocula- ción. De las declaraciones no resulta que se baya practicado esta diligencia, y por lo mismo nos hallamos en la imposibilidad de determinar si es ó nó venéreo el flujo bleuorrágico de la jo- ven Julia. En cuanto al extremo de si le fia sido comunicado durante el estupro, la experiencia permite afirmar que puede ser efecto de la acción física del miembro viril, cuyas impulsiones bruscas, al modo de las de un cuerpo duro, son capaces de irritar la membrana mucosa de las partes genitales de una virgen y pro- ducir un flujo. Mas, en general, eu tales casos el flujo suele ser tan sólo vaginal; es raro que la uretra participe de este efecto, al paso que es .muy común el flujo uretral y vaginal cuando es producto de un coito impuro. Añádese á esto la coincidencia del flujo bleuorrágico que está padeciendo D. K\, flujo sospe- choso por la existencia de vestigios de antiguos chancros y un 80 bubón ; lo cual, si resulta probado por otras vías que D. X. es el estuprador de la Julia, daría en la cuestión mucha luz para señalar el origen del flujo blenorrágico de la estuprada. Es de advertir, que la joven Julia no presenta en su economía ningún signo de enfermedad particular a que pueda atribuirse con fun- damento la causa de su flujo. Conclusiones.—De la exposición y discusión que precede resulta: 1? Que D. N. presentó en sus partes genitales síntomas de blenorragia crónica y vestigios de antiguos chancros y de uu bubón en la ingle izquierda; 2? Que Julia ha ofrecido en la camisa que llevaba en la noche del 9 al 10 de Enero, en su parte posterior, manchas de sangre y de serosidad sanguinolenta, y en su parte anterior, manchas de esperma ligeramente teñidas de sangre; 3? Que en diferentes partes de su cuerpo, la joven ha pre- sentado contusiones; 4? Que lleva en sus partes genitales las señales de la des- floración ; 5? Que esta desfloración no puede explicarse por la super- chería ni por la acción de agentes mecánicos ni enfermedades; 6? Que la desfloración era reciente cuando fué examinada por los primeros peritos; * 7? Que la joven Julia presenta en sus órganos genitales síntomas de un flujo uretro-vaginal, y 8? Que coincidiendo este flujo en su aparición con el tiem- po en que se efectuó el estupro y la existencia de una bleno- rragia sospechosa en D. N., habría lugar á presumir que éste ha producido aquél, si 'quedase probado que D. ií. ha sido el verdadero estuprador. Señor Juez. (Firmados). N. N.—N. N.—N. N. XVIII CONSULTA MÉDICO LEGAL. En diez y siete de Julio de 1897, los infrascritos doctores en medicina y cirugía y vecinos de esta ciudad, nos traslada- mos al cementerio de Ja población, con el objeto de practicar el reconocimiento clel cadáver de L. P., de conformidad con lo or- denado por el señor Secretario de Gobierno, en oficio número 2,353 de esta misma fecha. Allí se nos presentaron los siguientes documentos : 1? Un reconocimiento verificado en la persona de L. P. el día 28 de Junio del corriente año, que dice: “ El señor L. P. tiene en la región fronto-parietal izquierda una herida de cua- tro centímetros de longitud por el espesor de la piel; en la cara varias equimosis. Durará imposibilitado por siete días salvo complicación ; ” 2? Un oficio del señor Inspector 3?, en que nos dice que el señor L. P. ha muerto, y que es preciso practicar la autopsia del cadáver, á fin de establecer cuál ha sido la causa de la muerte de L. P.; 3? Dos certificados de los doctores R. y E., médicos de la Facultad de París, en que dicen : El doctor R.: “ certifico que el señor L. P. murió hoy, por consecuencia de una, fiebre tifoi- dea.—Bogotá, Julio 17 de 1897.” El doctor E.: “ certifico que el señor L. P. ha sufrido una fiebre tifoidea, y así lo diagnos- tiqué.—Bogotá, Julio 17 de 1898.” Los certificados anteriores que, para nosotros eran conclu- yentes, en atención á la competencia de los Profesores que los firmaron, llevaron alguna duda al ánimo del señor Inspector, y éste consultó el punto con el señor Secretario de Gobierno. Resultado de esa consulta fué el oficio del mismo empleado, ordenando la autopsia en el cementerio. Como se ve por los documentos indicados, la consulta del señor Inspector se concretaba á dos puntos: 1?, ¿ el señor L. P., reconocido en la Oficina médico-legal el día 28 de Junio, murió por causa de las lesiones que le bailaron ese día? 2?, ¿ el señor L. P. ha muerto por causa de una fiebre tifoidea, según lo cer- tifican los doctores R. y E. ? En efecto, por la autopsia, y sólo por ella, podíamos con- testar á dicha consulta. Una vez en el cementerio, procedimos á practicar el reco- nocimiento del cadáver con todas las formalidades científicas y legales, en la forma siguiente : 1? Examen exterior.—El cadáver de L. P. es el de un 81 82 adulto de 25 años próximamente; su aspecto demacrado nos hace pensar que ha sufrido en el curso de su vida alguua ó algunas enfermedades. Está vestido con un traje de paño negro que quitamos cuidadosamente. En la superficie cutánea de las regiones toráxica y abdominal se ven pequeñas manchas rosa- das, lenticulares, que tienen el aspecto de las manchas pete- quiales de la fiebre tifoidea; en la cara existen algunas huella s de equimosis; en la región fronto-parietal izquierda se encuen- tra una cicatriz longitudinal, de cuatro centímetros, dirigida de arriba hacia abajo y de atrás hacia adelante; esta cicatriz es el resultado de la herida que sufrió el día 25 del mes pasado, que fué reconocida el día 28 del mismo y que fué ocasionada con un cuerpo contundente. En el resto del cuerpo no encontrámos huella alguna de violencia. 2? 1Examen interior.—Principiámos por practicar una in- cisión circular del cuero cabelludo, de conformidad con las indi- caciones científicas; luégo practicámos otra incisión longitudi- nal para formar dos colgajos que disecámos cuidadosamente. En el colgajo del lado izquierdo, tuvimos especial atención, por encontrarse allí la cicatriz de que hemos hablado, y que era, lo repetimos, el resultado de la herida que recibió el día 25 de Junio el mencionado L. P. No encontrámos en la cara interna de este colgajo huella alguua de inflamación ó supuración. El periosto que cubre el hueso en la porción que corresponde á la cicatriz no se ve inflamado. Desprendido éste, en toda la región de la bóveda craneana, encontrámos todos los huesos intactos. Procedimos á abrir la cavidad del cráneo con una «ierra fina y de un modo cuidadoso, á fin de reconocer las lesiones del cere- bro y de sus capas. La superficie interna de todos los huesos estaba intacta, tanto en la bóveda, como en la base del cráneo. Las meníugeas no ofrecen alteración alguna. La masa cere- bral, tanto en su superficie externa, como en su interior, no pre- senta lesión congestiva ni de otro género. Otro tanto podemos decir del bulbo y del cerebelo. Abierta la cavidad toráxica, encontrámos toda la pleura del lado izquierdo llena de vastas y espesas adherencias, que nos permiten asegurar que L. P. ha sufrido una ó más pleure- sías ; el pulmón izquierdo profundamente congestionado en toda 83 su extensión ; la cavidad del pericardio tiene cuatro onzas de líquido amarilloso trasparente; el corazón, de un tamaño enor- me, presenta una hipertrofia considerable del ventrículo iz- quierdo y una estrechez avanzada del orificio aórtico. No en- contrámos en toda esta cavidad lesión alguna traumática. Pasámos luégo al examen de la cavidad abdominal, prac- ticando un corte de las partes blandas, y no encontráraos en éstas huellas de traumatismo. El peritoneo, pálido y exangüe, no está inflamado en ningún punto. El tubo intestinal despren- dido en algunos puntos y seccionadas sus túnicas, presenta en dos partes una congestión intensa en forma de placas; la mu- cosa, en lo general[iofiltrada y reblandecida. El hígado, de un volumen considerable. El bazo, grande y muy blando, como su- cede en todas las fiebres infecciosas. El resto de los órganos abdominales no ofrece alteración alguna. Del examen expuesto podemos sacar las siguientes con- clusiones, y con ellas damos contestación á la consulta que nos ha hecho el señor Inspector: 1? En nuestro concepto, la muerte de L. P. ha sido oca- sionada por una fiebre infecciosa, cuya naturaleza no podemos determinar. Pero la relación que nos hacen los doctores R. y E. nos permite admitir una fiebre tifoidea, de conformidad con el diagnóstico que estos facultativos hicieron en vida de L. P. La lesión cardíaca y la congestión pulmonar señaladas, pudieron ser la causa inmediata y determinante de la muerte de L. P.; 2? Las lesiones traumáticas que recibió L. P. el día 25 del mes pasado, y que fueron reconocidas el 28 del mismo, no fue- ron la causa inmediata de su muerte. Dichas lesiones, dadas las condiciones patológicas de L. P., pudieron obrar como una cau- sa ocasional. Y decimos esto, porque L. P. fué herido el día 25 de Junio, y su muerte ocurrió el 17 de Julio, es decir, veintidós días después de los golpes. En este intervalo no presentó alte- ración alguna en su sensibilidad ni en su aparato motor, y es claro que si el traumatismo de la cabeza hubiera sido muy in- tenso, se habrían presentado dichas perturbaciones. Tampoco hubo síntomas de compresión cerebral, según lo establecen los doctores R. y E., que vieron á L. P. en los días anteriores á su muerte; 84 3? Las numerosas lesiones patológicas que encontrámos en loa órganos del señor L. P. no pueden atribuirse, en manera alguna, á las lesiones que recibió el día 25 de Junio último. (Firmados). A. N.—K. N. XLX CONSULTA MÉDICO-LEGAL. Homicidio. Los abajo firmados, doctores eu medicina y cirugía, domi- ciliados en esta ciudad, nos hemos reunido hoy 4 de Julio de 1896, con el fin de dar contestación á la consulta que nos hace el señor Juez 1? Superior, en vista de un reconocimiento peri- cial que dice: “ Hemos practicado la autopsia del cadáver del señor N. A., y se ha encontrado lo siguiente: abierta la cavi- dad craneana, se ve en la región frontal izquierda, debajo de los huesos, un coágulo de sangre de media libra de peso, próxi- mamente, que comprime el lóbulo frontal del hemisferio cere- bral izquierdo. En el resto de la masa cerebral no se nota lesión alguna. El coágulo encontrado provino de la sangre derramada por ruptura del seno longitudinal superior; y esta perforación reconoce por causa un estado de embriaguez. En la frente existe una pequeña herida erosiva.” El señor Juez necesita saber si la embriaguez puede ser causa de la perforación señalada, tratándose de un hombre de 18 años de edad, de constitución sana y vigorosa. Es, pues, el reconocimiento de los peritos X. y Iv. la pieza que debemos estudiar para resolver esta cuestión. A primera vista observámos que los peritos aludidos die- ron toda su atención al estado general del individuo, y olvida- ron por completo el estudio de la lesión local. Y nosotros cree- mos que la apreciación que se haga en los casos de heridas, respecto de sus consecuencias, debe fundarse sobre una doble consideración : el estado local y el estado general. De uno y otro nos ocuparemos en esta consulta, mas es preciso antes entrar en algunas consideraciones anatómicas y patológicas. 85 Estructura del sistema venoso.—El sistema venoso es el conjunto de vasos que principian en los capilares y se dirigen al corazón. La capacidad de este sistema es superior á la capacidad del sistema arterial, y Haller dice que esta proporción, en el adulto, es como de 2 : 1. En la circulación cráneo-cerebral esta diferencia se acentúa más, por razón de los senos venosos que son muy anchos (P. Ricliet, página 46). Las venas están for- madas por tres túnicas: 1?, túnica interna ó de Bichat; 2?, tú- nica media, muscular y elástica; 3?, túnica externa, formada por tejido conjuntivo laminoso y por fibrillas musculares. La túnica de Bichat, á su vez, está formada por tres capas, que son una epitelial, una estriada y una elástica. En conjunto, tenemos, en toda vena cinco capas, más ó menos resistentes, de un modo general, pero hay algunas ex- cepciones. Las venas de la dura-madre, de la pía-madre, de la aracnoídes, de los huesos, de la retina, de la placenta mater- nal y de la vena esplénica no tienen pared muscular, y, por lo tanto, la congestión, puede romper fácilmente sus paredes. Los senos de la dura-madre, que se consideran como de- pendencias del sistema veuoso por alguna semejanza de estruc- tura, están formados, 1?, por una capa fibrosa resistente, adherida á los huesos vecinos; 2?, por una túnica interna ó tú- nica de Bichat con sus tres capas : epitelial, estriada y elástica. La capa externa resistente tiene la misma estructura que la dura-madre, y no es otra cosa que un repliegue de esta mem- brana (Profesores Iiichet, Tillaux, Cadiat). Fort dice (página 234), que los senos están ahuecados en la misma membrana dura-madre, y que sus paredes son más fuer- tes, más sólidas y más resistentes que las paredes de las otras venas, y muchísimo más que las venas de las meníngeas, que no tienen pared muscular (Anatomía general)', que estos senos están atravesados en su interior por bandas fibrosas destinadas á reforzar las paredes, y á disminuir la rapidez de la corriente sanguínea. Estas bandas ó trabéculas están tapizadas por la túnica de Bichat. En resumen, y para mayor claridad, en el punto concreto que nos ocupa, tenemos, en la masa cerebral y sus capas, vasos 86 fuertes, resistentes y fibrosos llamados senos, y vasos débiles, no fibrosos, poco resistentes, sin capa muscular, que son las venas de las membranas protectoras del encéfalo. Esto, prescindiendo, por ahora, del aparato arterial de la misma región, el cual no sufrió lesión alguna, según el reconocimiento. 2* Hemorragia cerebral.—Las hemorragias cerebrales son consecutivas á una alteración de la sangre, como sucede en las fiebres graves, viruela, escorbuto, leucocitemia etc., etc., ó bien son consecutivas á una alteración del corazón ó de los vasos sanguíneos. La hipertrofia del corazón coincide casi siempre con una induración ateromatosa de las paredes de la aorta, de las carótidas y de las ramas del hexágono arterial de la base del cerebro, y es considerada como una causa muy común de las hemorragias cerebrales. Es claro que las arterias, en estas con- diciones, pierden su elasticidad, y no pueden hacer continua la onda sanguínea lanzada por el corazón á cada sístole venticu- lar. La impulsión de la sangre trasmitida por golpes á los capi- lares produce su dilatación y su ruptura. Charcot y Bouchard dicen que este ateroma es la causa próxima de las dilataciones aneurismales de las pequeñas arterias y de los capilares, y que es por estos vasos que se hace, en la hipertrofia cardíaca, la he- morragia. La hemorragia cerebral puede presentarse bajo dos formas distintas: en foco, por la perforación de una arteria enferma, ó bien bajo forma de hemorragia capilar. ISTo puede admitir la ciencia la perforación espontánea de un vaso arterial ó venoso, ni muchísimo menos la per- foración del seno longitudinal superior. Pueden perforarse las venas por enfermedad de sus paredes, y una vez que conoce- mos su estructura, veamos rápidamente cuáles son estas enfer- medades, y si ellas pueden invocarse en el caso que estudiamos. La flebitis, ó sea la inflamación de las venas, no es espon- tánea sino en un solo caso, en las venas uterinas después del parto. Ordinariamente depende de la inflamación del tejido conjuntivo ambiente, ó se presenta después de una herida, ó por la coagulación primitiva de la sangre en su interior, trom- bosis. En todos estos casos es preciso que pase cierto tiempo entre la causa y su efecto. Las condiciones de las trombosis ve- 87 nosas son de dos órdenes, como yá lo hemos dicho, ó bien una detención de la circulación ó una alteración de la pared interna de la vena. En este último caso, sea que la flebitis suceda á una trombosis, ó que sea primitiva, se pasan en el vaso enfer- mo, alteraciones inflamatorias semejantes á aquéllas que se producen en la arteritis. Lo primero que se observa es la pro- liferación de células endoteliales redondas ó fusiformes, lo que hace que la túnica interna tome mayor espesor. Cinco ó seis días después de esta endo flebitis, se ven nuevos capilares en vía de formación. En la túnica externa se pasan fenómenos semejantes formando una periflebitis. La túnica media no se modifica. Esta flebitis se termina casi siempre por una tras- formación cavernosa de la vena. Kara vez la osificación invade sus paredes; Ballie, Morgagni, Macartucy han citado algunos ejemplos. Y, por último, se han encontrado en rarísimos casos, en las venas, concreciones desiguales con el uombre de fleboli- tos. M. Colombo, en sus estudios de anatomía patológica, li- bro XV, dice haberse encontrado muchos flebolitos en las venas del célebre San Ignacio de Loyola. En el caso que estudiámos no ocurrió nada de lo señalado aquí, según el reconocimiento, en el cual se leen estas palabras: “ abierta la cavidad craneana, encontrámos en la región fron- tal izquierda, por debajo de los huesos, un coágulo de sangre de media libra de peso, próximamente, que comprimía el lóbulo frontal del hemisferio cerebral izquierdo. En el resto de la masa no se nota lesión alguna. (Xo hubo, pues, congestión). El coágulo encontrado provino de la sangre derramada por rup- tura del seno longitudinal superior.” Tenemos, pues, como un hecho claro, preciso, observado y juramentado por dos peritos: 1?, que en el aparato circulatario, arterial y venoso del encéfalo de X. X., no había otra lesión que la ruptura del seno longitudinal superior, con exclusión de toda otra manifestación patológica; no había inflamación, ni congestión. Fué, pues, por esa perforación que se hizo la hemo- rragia, y no por ninguna de las otras causas señaladas ; 2?, fué esta hemorragia del seno longitudinal superior causa de la muer- te de X. X., y se produjo por la embriaguez; 3?, que en la re- gión frontal, á la izquierda de la línea media, al nivel del naci- 88 miento del pelo, había una herida de quince milímetros; al ni- vel de la herida frontal, en la piel y en la capa muscular, sangre infiltrada.” Esto fué, en lo tocante al examen del cráneo, lo que vie- ron los peritos, y esto tiene que servirnos de punto de partida en las observaciones que pasamos á hacer, con el objeto de dar al señor Fiscal el mayor número de luces en este cuestionario. Nos permitimos observar que la herida de la región frontal no fué erosiva, desde el momento que, “ había al nivel de ella, en la piel y en la capa muscular, sangre extravasada é infil- trada,” según el reconocimiento. Además esa herida fué ocasionada cou un cuerpo duro, una piedra, según varias de- claraciones, y el golpe fué oído á cierta distancia por dos de los declarantes. Con estas circunstancias, podemos juzgar que no hubo herida erosiva, sino herida contusa, ó mejor dicho, fuerte contusión en la región frontal, con infiltración de sangre en los tejidos que recibieron el golpe. Dicen los peritos que no hubo ninguna otra lesión en el cráneo, pero encontraron perforado el seno longitudinal, y por allí se hizo una hemorragia. No podemos comprender cómo se pasaron las cosas y si no estuviéramos convencidos de la competencia y pericia de los doctores X. y K., juraríamos que esa parte del reconocimiento no es cierta ni científica. ¿ Cómo admitir que un seno de la dura-madre, resistente, fibroso, sólido, en un muchacho de 18 años, robusto y vigoroso, pueda perforarse espontáneamente ? Nó, de ninguna manera puede aceptar esto la ciencia. Pero el hecho pasó, según el juramento de los doctores X. y K., y estamos obligados á investigar y á decir cuál pudo ser la causa de esa perforación del seno; si fué la contusión que reci- bió N. N. en la frente, en la porción que correspondía justa- mente al sitio en que se encontró un coágulo de media libra de peso, ó si fué por haber estado N. N. en una tienda de licores. En el expediente no consta que el herido estuviera en estado de embriaguez; al contrario, si son ciertas las declaraciones, nosotros aseguramos que no hubo tal embriaguez. Un indivi- duo en este estado, es incapaz de hacer lo que hizo N. N., con todos los detalles que aparecen en las declaraciones. 89 Causa de la perforación. — Esta cuestión implica un estudio de la bóveda del cráneo y de sus fracturas por contu- sión, estudio que haremos rápidamente, concretándonos al cuestionario del señor Fiscal. La bóveda del cráneo está formada por huesos anchos, constituidos por dos capas de tejido compacto, y entre ellas una capa de tejido esponjoso llamado diploé, más ó menos espesa, según las regiones, y que adquiere su mayor desarrollo al nivel de la parte inferior del frontal. La tabla interna es mucho más fina, más delgada, más seca, más quebradiza y menos extensa que la externa, siendo ambas concéntricas. (Jollín, página 459). En este estado se comprende que una contusión dada so- bre un punto de la bóveda craneana pueda producir una frac- tura incompleta, es decir, de la tabla interna solamente. Y esto es lo que sucede, por comparación, cuando se toma un círculo de madera y se le hace una presión en un punto dado ; si la presión es fuerte se rompen ambas caras de la faja de madera que forma el círculo, pero si la presión es menor, se verá con toda claridad, que solamente la porción interna se quiebra en astillas, y la externa permanece intacta. En el caso que estudiámos, el choque dado con una piedra y que fué oído á cierto distancia por algunos testigos, pudo producir idénticos resultados. La presión que hizo la piedra animada de alguna fuerza, sobre el hueso frontal tendió á en- derezar la curva normal de la bóveda; pero como la tabla ex- terna no pudo ceder á esta presión, sin que la interna sufriera una depresión proporcional, ésta también cedió. Y como ésta es más delgada, más quebradiza y menos elástica que la exter- na, pudo quebrarse sin que la externa sufriera. Por esta ra- zón se comprende que el doctor S no encontrara frac- tura externa, sin que esto excluyerarla posibilidad de una frac- tura interna, quizá muy pequeña, pero capaz, sí, de romper el hueso cerca al seno longitudinal superior y que con una pe- queña esquirla de este hueso se perforara el seno, tál como lo vió el doctor S Esta interpretación es más conforme con la ciencia, que cualquiera otra. La ciencia no puede admitir que la perforación 90 se hiciera por el hecho de haber tomado N. N. bebidas alcohó- licas, porque esta causa, aun admitida, debió necesariamente producir una congestión de todos los vasos cerebrales, y el re- conocimiento'dice que tal congestión no existía. La ciencia no puede admitir la dilatación congestiva de un vaso único en el cerebro por causa del alcohol, y mucho menos de aquel vaso que es el más grande, el más resistente y el más fibroso de los que tiene la región. Sería imposible que se rompiera este vaso por congestión, y que todo el aparato venoso cerebral, más dé- bil, sin pared muscular, de túnicas tenues, que se rompen con ¡a mayor facilidad, quedara intacto, 6 intacto estaba según el reconocimiento. La ciencia tampoco admite la perforación del seno, en este caso, 18 años de edad, por alteración de la saugre, ni por enfer- medad de las paredes del seno, fibrosas y iesistentes. Es cierto y evidente y sabido por toda persona que haya hecho estudios fisiológicos, que la embriaguez puede producir hemorragias cerebrales mortales, pero entiéndase bien que estas hemorragias se hacen por los pequeños vasos arteriales ó veno- sos de que hemos tratado, y cuya estructura nos es conocida, pero no se pueden hacer por ruptura del seno longitudinal su- perior, por más que se haya dicho esto en el reconocimiento, i Cómo es posible, que en igualdad de circunstancias de pre- sión se rompa un vaso fuerte y fibroso, y permanezcan intactos todos los otros vasos mucho más débiles ? Es claro que si se admite la embriaguez como causa perforante del seno, esta mis- ma causa no pudo dejar intactos los otros vasos. Y como apa- rece en el reconocimiento que dichos vasos no sufrieron lesión alguna, vemos imposible esa perforación del seno por embria- guez en un mozo de 18 años de edad. Tardieu, Yibert, Lutaud, Orfila y todos los autores de medicina legal, se ocupan exten- samente de la embriaguez, como causa productora de una he- morragia cerebral, pero además de esta causa deben concurrir otras muchas, la edad, el estado ateroraatoso de los vasos etc., etc., y repetimos que esa hemorragia yantas puede hacerse por el seno longitudinal superior. Pero al negar esta causa, por apartarse de toda posibilidad y de la ciencia misma, sí podemos, en nombre de ésta, juzgar 91 que la contusión de la frente, que produjo una herida, una ex- travasación é infiltración de sangre, sí puede explicarnos esa perforación y la hemorragia consecutiva. Borel, colección Bonnet, cita un caso semejante al que estudiámos: “un mozo de la ciudad de Castres murió algunas horas después de recibir una contusión en la frente. Exami- nado cuidadosamente, no se le encontró fractura ni lesión ma- yor en la tabla externa del hueso frontal,pero luégo se encontró una pequeña lámina vitrea sobre la dura-madre, rompiendo ésta? (Jollín, Patología externa, página 4G0). Las razones expuestas y esta última autoridad, nos permi- ten juzgar que la contusión que recibió N. N. en la región fron- tal es más probable como causa de la perforación del seno, que la embriaguez anotada en el reconocimiento. Si en éste se hu- biera dicho solamente que existía una hemorragia, el coágulo de media libra de peso, en la masa cerebral ó entre sus mem- branas, producido por la congestión y perforación de sus vasos, aquéllos que suelen romperse, podríamos aceptar la causa invo cada, pero desde el momento que se ha señalado el vaso que dió origen, nos alejamos por completo de aquel concepto. Las contusiones que interesan la región frontal pueden romper el seno longitudinal superior. (Richet, 328). En resumen: no aceptamos la perforación del seno longi- tudinal superior, si fue que la hubo, por causa de la embriaguez, aun admitiendo que ésta existiera en el caso de N. N. Señor Juez, N. N.—N. N. XX. CONSULTA MÉDICO-LEGAL EN ASUNTO CIVIL.—EXPOSI- CIÓN PEUICTAL. Loa abajo firmados, Nicolás Osorio, Pedro María Ibáñez y Carlos E. Putnam, médicos de profesión y vecinos de Bo- gotá, comisionados por el señor Magistrado del Tribunal Supe- rior del Departamento de Cundinamarca, doctor N. N., en virtud del auto de fecha 3 de Noviembre del corriente año, que dice: “ Digan los señores médicos si de acuerdo con la ciencia 92 que profesan, pueden asegurar si el señor Puyana pudo oír ó nó el día 31 de Agosto de 1887, lo que dispusiera la testadora en su testamento, al ser leído éste en presencia de Puyana, y si el individuo inspeccionado esr ó nó sordo, y si lo era ó nó en la fecha indicada y aun antes; y si el expresado Puyana pudo oír la voz de la señora Rojas, estando ésta moribunda, y tenien- do en cuenta la intensidad y fuerza de su voz.” Para resolver los puntos que contiene este interrogatorio, hemos practicado cuidadosamente varios exámenes en la per- sona de Puyana. En cada uno de ellos hemos buscado elemen- tos claros y precisos, en cuanto ha sido posible obtenerlos hoy, después de nueve años trascurridos entre la fecha indicada en el interrogatorio—31 de Agosto de 1887—y el día en que estamos. En primer término debemos decir que la sordera, ó sea la pérdida de la facultad de oír, es un síntoma de una multitud de afecciones que pueden tener su sitio en la oreja externa, ó en la oreja media, ó en la interna, ó en el origen real de los nervios auditivos. Ella es la consecuencia de alteraciones orgá- nicas, ya sean congenitales, ya sean adquiridas. Para mayor claridad en esta exposición, seguiremos la di- visión de la sordera según los tratados de Otología en sordera completa, incompleta, unilateral, bilateral, nerviosa y refleja. ¿ A cuál de estas categorías corresponde la sordera de que está atacado el señor Puyana ? Esto podemos contestarlo con el examen de cada uno de los aparatos que por su conjunto constituyen la facultad de oír: 1?, aparato de trasmisión del sonido; 2?, aparato de recepción. Al primero corresponde el pabellón de la oreja, el conducto auditivo externo, la membrana del tímpano y la caja del tím- pano ; en el aparato de recepción encontrámos: una parte pro- tectora formada por las porciones óseas y fibrosas resistentes, que constituyen el laberinto óseo—vestíbulo, canales semicircu- lares y caracol—y una porción sensitiva representada por las partes membranosas de la oreja interna, los nervios y las ter- minaciones nerviosas especiales, cuyo conjunto se denomina laberinto membranoso. En el señor Puyana encontrámos en estado de integridad 93 casi todo el aparato de trasmisión; el pabellón, el conducto au- ditivo y la membrana timpánica no presentan vicio alguno apa- rente. En esta última es posible que haya existido en algún tiempo atrás una inflamación catarral ó meringitis aguda, tanto por lo que dice el enfermo, como por el aspecto que presenta la membrana al examen especular. En cuanto á la sordera por causa de lesión del aparato re- ceptor, debemos saber que estas lesiones se localizan yá eu el aparato nervioso especial del oído, ó bien tienen su origen en los centros sensoriales que dan nacimiento á los filetes nerviosos que forman el tronco auditivo. Entre las primeras tenemos por causa: 1?, la conmoción producida por un golpe directo sobre el oído, ó la que produce una fuerte detonación de arma de fuego, ó la que produce el ruido del trueno; 2?, la acción del frío ; 3?, la acción de ciertos agentes infecciosos, como se observa en la sor- dera de origen tofoideo, escarlatinoso, reumático, catarral etc. Las segundas provienen de uu estado de debilidad física ó de una excitación mental intensa. La relación que repetidas veces nos ha hecho el señor Pu- yana sobre su enfermedad, puede servirnos para encontrar entre las causas señaladas de la sordera interna, aquélla que pueda adaptarse á su estado actual. Él dice: “ que oía perfectamente hasta hace quince ó diez y seis años ; que en este tiempo sufrió fuertes catarros, y que desde entonces empezó á notar que iba perdiendo el oído; que por muchos años fué músico y que to- caba el armonium eu las iglesias hasta el año de 1890 ; que cuando se le habla en alta voz puede oír distintamente.” Esto último es uu hecho evidente que hemos podido comprobar en distintas ocasiones. Para apreciar el grado de conservación ó de alteración de la sensibilidad auditiva en Puyana, hemos empleado indistinta- mente la voz humana, el reloj en movimiento y el diapasón or- dinario. Con la voz, oye bastante bien cuando_se le habla á distancia no superior á dos metros y levantando la intensidad de ella; con el reloj y el diapasón hemos observado que no per- cibe, ó dice que no percibe los sonidos, y esto es bien posible, puesto que yá nosotros dijimos anteriormente que el aparato conductor no presenta alteración apreciable, y sabemos que en 94 Otología está establecido que cuando la afección se limita ex- clusivamente al aparato conductor del sonido, la percepción craneana se conserva y es superior á la percepción por la vía normal. Al contrario, cuando la afección ba comprometido la oreja interna, los dos modos de percepción se encuentran igual- mente comprometidos. Es evidente que Puyana no sufre una sordera congenital y que ba oído durante muchos años. Aseguramos esto porque la sordera congenital va acompañada siempre de mutismo, ó cuan- do por excepción aparece el lenguaje, este es difícil, vacilante y reducido. Puyana babla perfectamente claro. Tampoco existe en él signo alguno de una lesión cerebral, la cual siempre deja huellas claras y el organismo queda quebrantado. Pero si no existe la causa de la sordera de este individuo, ni en el aparato conductor, ni en el aparato asimilador ó senso- rial propiamente dicho, forzosamente debemos buscarla en el aparato de recepción ó laberinto membranoso. Y la relación que hace el mismo paciente nos sirve para este fin. Ha sido después de fuertes catarros que Puyana„ha observado su sordera, y he- mos visto que entre las causas que pueden producirla existen las inflamaciones catarrales del aparato membranoso del oído. Nosotros admitimos esta causa, tanto por el examen repetido que hemos practicado, como porque ella está de acuerdo con los antecedentes del paciente, el cual es un tanto artrítico y escro- fuloso. Pero, ¿ hasta dónde ha podido esta causa producir la alteración de la facultad ? ¿ La sordera de Puyana es completa ó incompleta! ¿ Es unilateral ó bilateral ? La manera de contestar Puyana cuando se le habla, no corresponde en manera alguna á la sordera completa. En estos casos el individuo ejecuta tanto con la cabeza como con la mano ciertos movimientos automáticos que tienen por objeto recoger el mayor número de vibraciones, y á este fin correspon- de el llevar la mano abierta cerca al pabellón de la oreja y diri- gir éste hacia el punto de donde párte el sonido ; el sordo com- pleto cuando se le habla, abre siempre la boca con el mismo fin, y nada de esto observámos en el paciente, el cual oye distinta- mente cuando se levanta la voz. La alteración no es, pues, completa, y por el oído derecho Puyana puede oír y ha oído. 95 En efecto, en las diligencias de examen no liemos conseguido contestación alguna á nuestro interrogatorio cuando éste se lia verificado por la oreja izquierda, y al contrario, con la oreja derecha ha contestado perfectamente, de acuerdo con las pre- guntas muy diversas que se le han hecho, y estas contestacio- nes no se han reducido á simples monosílabos, sino que él entra en explicaciones más ó menos detalladas. En resumen, con la explicación que hemos dado, de una manera tan concreta como es posible, podemos resolver el cues- tionario sometido á nuestro estudio por el señor Magistrado, en la forma siguiente: 1? Pedro Puyana sufre en el día una sordera incompleta; 2? Esta alteración se encuentra más marcada en el oído izquierdo; 3? Por el oído derecho el examinado oye bastante bien cuando se le habla en voz alta y á corta distancia; 4? No es posible asegurar cuál fuera el estado del aparato auditivo de Puyana el día 31 de Agosto de 1887, ni tampoco asegurar si pudo ó no pudo oír lo que dispusiera la testadora en su testamento al ser leído éste en presencia de Puyana. Pero juzgamos con fundamentos científicos, que si dicho testa- mento fué leído en voz alta por el Notario, y Puyana estaba cerca de éste, sí pudo oír, pues hoy mismo, después de nueve años de enfermedad, oye cuando se le habla en las condiciones señaladas, y es probable que en aquella época la lesión fuera menos intensa; 5? Nada podemos asegurar respecto á la parte final del interrogatorio. Pero dadas las condiciones ordinarias de un mo- ribundo, el cual, por la misma razón, se encuentra en un estado de debilidad y agotamiento de todas sus fuerzas, es probable que la señora B. encontrándose en estas condiciones, no habla ra suficientemente alto para hacerse oír del mencionado Puyana. Señor Magistrado. Bogotá, Noviembre 10 de 1896. N. N.—N. N.—N. N 96 En los modelos que dejamos anotados, así como en todo documento médico-legal, es común el empleo de palabras esencialmente técnicas, que en varias ocasiones ha hecho que los funcionarios de instrucción soliciten ciertas explicaciones. De igual manera, en los escritos ó informes que los facul- tativos dirigen á los Tribunales, se observa una redacción vi- ciosa y poco clara que no satisface el objeto que se desea. Estas razones hacen que nos detengamos á llamar la aten- ción de los peritos, sin que sea nuestro ánimo en manera algu- na ofender la ilustración de nuestros dignos lectores; no pre- tendemos en modo alguno darles una lección de literatura, pero consideramos preciso é interesante para la práctica, hacer algu- nas observaciones acerca de la redacción, estilo, método y lógica que deben brillar en los documentos médico-legales, toda vez que el Profesor tendrá imprescindiblemente que relacionarse con magistrados y demás personas de alta instrucción, depen- diendo muchas veces el juicio que de él se formen, de la manera como redacta sus escritos, entendiendo aquí por redacción, no sólo el orden que han de llevar en el documento los datos, ele- mentos y juicios, que el Profesor ha de poner en conocimiento de los Jueces, sino todo lo referente á esos mismos documentos. El que publica un trabajo cualquiera, aunque posea cono- cimientos profundos en el punto científico de que trate, nunca será leído con gusto si su obra no lleva los adornos de la lite- ratura y de la lógica. La manera particular de expresar nuestros pensamientos, ó sea el estilo, debe ser sencillo, conciso y claro. Se oponen á la sencillez del estilo el empleo de frases afec- tadas, así como un modo de decir vulgar y tosco. Con aquéllas se ridiculiza el médico, con éste se desacredita. Deben decirse las cosas con toda naturalidad, sin rebuscar palabras ni citar nombres de autores á cada paso sin objeto ni oportunidad. Los escritos deben ser concisos, es decir, huir de la redundancia de palabras, no empleando jamás sino !as estrictamente necesarias para expresar los hechos. Todo lo que es innecesario sobra, y es, por lo mismo, un defecto. Pero no hay que caer en el error opuesto, y no vayamos á ser tan lacónicos que no se nos entienda, ni se puedan sacar consecuencias de nuestras ideas. 97 Donde más debe resaltar la concisión y precisión del estilo es en las conclusiones, porque siendo aquí donde se formula el dictamen, lia de llamar más la atención que ninguna otra parte á los Tribunales y á los Jueces. Por último, la claridad es la tercera de las condiciones que debe tener todo documento médico-legal, y ella depende de las cláusulas y de las palabras que se emplean en su redacción. Las primeras deben ser precisas y exactas, no comprendiendo cada una en general más que un hecho, huyendo de esos gran- des períodos que exigen una atención sostenida para compren- derlos. Debemos procurar que nos entienda cualquier persona sin necesidad de gran trabajo ni de vasta instrucción. El empleo de algunas palabras técnicas lastima la claridad de los documentos médico-legales, y si bien es cierto que mu- chas veces podemos evitarlas, sucede también que en la inmen- sa mayoría de los casos no podemos hacer lo mismo; en vez de hepatitis, bronquitis y gastritis, podemos decir inflamación del hígado, de los bronquios y del estómago, y así lo aconsejamos siempre que sea posible, y cuando, sin aparecer inexactos, po- damos expresar con una perífrasis, ó con el uso de palabras más ó menos ordinarias y vulgares, el objeto ú órgano que de- seamos. Pero la naturaleza del asunto y la falta de palabras en la lengua castellana y en el idioma ordinario, para designar los diversos órganos ó las regiones del cuerpo humano en que se encuentran, nos obliga á emplear ese tecnicismo. Las voces tronco braquio-cefdlico, apófisis trocanterino, repliegue epiglotico, piejos coroideos, y mil más, no tienen equi- valentes en el lenguaje ordinario, y es imposible, emplear para su designación perífrasis, que serían aún más ininteligibles y cansadas, pareciéndose un documento á una lección de glosolo- gía, más que á otra cosa. Esto, que sucede en medicina con el lenguaje, sucede en todas las demás ciencias. ¿ Quién entiende lo que es un polino- mio, un binómio, una ecuación de tercer grado, un m'imero pri- mo, una potencia de un número, un logaritmo, si no ha saludado las matemáticas? ¿Quién sabe loque significa evicción, falcidia abigeato, pacto de retrovendo sin haber estudiado la ciencia del Derecho ? ¿ Quién sabe lo que es babor, estribor, proa, y otras mil palabras de los marinos, sin haber hecho estudios especia- les ? Pues todas esas palabras son propias del tecnicismo de las ciencias que hemos indicado. Se comprende que el médico emplee palabras y expresio- nes ordinarias al examinar un enfermo ignorante y sin ningún roce social; pero cuando va á dar un dictamen facultativo, cuando se dirige á un Tribunal, es imposible prescindir del len- guaje científico, propio del asunto que trata, mayormente si el documento ha de ser examinado por otros peritos, como sucede frecuentemente. Con ‘esta explicación hacemos comprender la necesidad que hay en emplear voces técnicas. Es igualmente necesario consignar en los documentos mé- dico-legales los hechos observados, con método, es decir, en el orden en que los hemos conocido ó apreciado. En la inmensa mayoría de los casos, el perito debe dar su fallo sobre hechos desconocidos para él, ó que la ley supone que los desconoce, y tiene necesidad para juzgar, de examinarlos todos, en todos sus pormenores, enterarse de todas las circunstancias para poderlas relacionar y formar juicio; de donde se desprende que el méto- do analítico será el que debe emplear en la resolucióu de estos problemas. El método sintético, que se emplea rarísimas veces, en nuestros procedimientos, consistiría en sentar una idea ge- neral, y tomándola como punto de partida, ir descendiendo de conclusión en conclusión á encontrar las particulares, que á su vez servirían para robustecer y afirmar el juicio sentado an- teriormente. Guando se trata de averiguar la verdad de un hecho, es necesario proceder por el método analítico; cuando se trata de ensenar lo observado, podrá servir mejor el método sintético. Los hechos deben anotarse con atención esmerada, descar- nados, tal y como se presenten á nuestra observación, sin pre- guntarlos, ni examinarlos con prevención alguna, cuidando siempre de emplear para adquirirlos el procedimiento más ade- cuado en cada caso. Guando las partes interesadas refieran al- gunos hechos, debemos consignarlos tal y como los oímos, sin discutirlos ni interpretarlos. Una vez concluida la relación de los hechos, se procede á 98 99 su estudio en relación con el tema propuesto por el Tribunal ó impuesto por las circunstancias; se acumulan todas las razones que en pro ó en contra nos sugieran esos hechos, se discuten y aceptan ó refutan las opiniones de las partes que intervienen, ó bien de los peritos que hayan intervenido antes, expresando los puntos de divergencia con ellos y los motivos que á ello nos impulsa, sin emplear una sola palabra descompuesta ú ofensiva, y sin ostentar sabiduría. En medicina no hay sabios, pero sí hay afortunados. Del juicio que hayamos formado sacaremos una ó más conclusiones con claridad, y sin pasar los límites que correspon- den al médico legista, quien no debe olvidar su delicada misión para terciar como fiscal ó como defensor. Para concluir estas breves observaciones, vamos á decir dos palabras sobre la exigencia que se hace algunas veces al perito, de que afirme 6 niegue en absoluto la existencia del he- cho para el cual se le consulta. Basta Ajarse en la naturaleza de los hechos judiciales para conocer quéqíueden ser, como toda clase de hechos, de más ó menos valot y signffií)aéión, ;ya;éy;identes. ya susceptibles de ser demostrados, ya*probables,**ya*'verosímiles etc. Pues, según sean de una ú otra clase los hechos observados, así diremos que hay certeza, probabilidad, sospecha ó presunción. ¿ Cómo hemos de afirmar que tal ó cual hecho es indudable, cuando no haya sino datos que hagan verosímil el caso t Si del examen peri- cial resulta el hecho evidente, cierto y claro, haría el profesor mal en no afirmarlo así; pero si no hay evidencia ni certeza, y sí sólo más ó menos probabilidades, ¿ cómo ha de afirmar ó negar bajo juramento el perito f En el curso de la obra veremos que estas dificultades son frecuentes, y en particular en los casos de lesiones mentales. SEGUNDA PARTE. Medicina legal. CAPITULO PRIMERO. ATENTADOS CONTRA LA VIDA. En este capítulo nos ocuparemos de la muerte y de los siguos de ella; de la muerte natural, accidental y repentina ; de la putrefacción cadavérica en los distintos medios; de las inhumaciones y exhumaciones. Luégo nos ocuparemos de las cuestiones relativas al homicidio, á las heridas, á la muerte por asfixia, por sofocación, extrangulación, suspensión y sub- mersión. I ARTICULO PRIMERO. LA MUERTE. § I.—Legislación. Parte SUSTANTIVA.— Código Civil.—Art. 35G. En los territo- rios el padre de familia en cuya casa muera alguna persona, lo parti- cipará al Notario dentro de treinta días. Art. 358. Cualquiera persona que encuentre un cadáver fuera de habitación, ó en una casa que no tenga habitantes ni vecinos, tiene la obligación de dar el aviso de que trata el artículo 356, ya sea al Nota- rio, Juez-Notario, ó á cualquier agente de Policía, para que éste lo haga al Notarjp respectivo. Art. 362. Los Notarios y Prefectos ó Corregidores-Notarios, darán á los interesados una boleta en que conste que se ha hecho la inscrip- ción de la partida de defunción de que se trata, para que aquéllos la presenten al Director ó Portero del cementerio donde deba hacerse la inhumación del cadáver. Art. 363. En ningún cementerio, sea público ó privado, se dará sepultura á ningún cadáver sin que se haya presentado al Portero ó 102 sepulturero la boleta de que habla el artículo anterior. Los que contravengan á esta disposición serán penados por el Co- rregidor ó Prefecto, con multas de uno á diez pesos, ó arresto de uno á tres días. El artículo 22 de la Ley 57 de 1887 reforma estas disposiciones en el sentido de que á las autoridades eclesiásticas se las puede dar el avi- so de las defunciones. El Código de Policía reglamenta la manera como deben proceder los agentes de este ramo del Gobierno sobre el particular. La Orde- nanza número 11 de 1890 reglamenta esta cuestión. Código Penal.—Art. 583. Es homicidio la muerte que un hombre da á otro, sin mandato de autoridad legítima expedido en cumplimiento de las leyes. Art. 619. En los casos de que tratan los artículos anteriores, es necesario para que se imponga la pena que en ellos se señala, que la persona contra quien se cometa el delito muera por consecuencia y efecto natural de las heridas, golpes ó violencias que se le hayan causa- do, dentro de los sesenta días siguientes á la perpetración del delito ó culpa. Art. 620. Si después de dicho término se verificare la muerte de resultas de las heridas y violencias, se reputará el delito como heridas que produjeron incapacidad de por vida, y se aplicarán las penas seña- ladas en el capítulo 6?, en sus respectivos casos, aumentadas en una cuarta parte (1). Art. 621. En el caso de que dentro de los sesenta días, ó después de ellos, muera el herido ó maltratado, constando que no fueron morta- les los golpes ó las heridas, y que la muerte no filé efecto de ellos sino de la impericia de los cirujanos, de algún exceso del herido, ó de otro accidente casual ó inconexo con el delito, no será castigado el reo como homicida, sino como autor de heridas ó golpes, según la incapaci- dad que debieran producir las que infirió, con arreglo al capí- tulo 6o (2). Art. 623. El que sin orden de autoridad legítima, ó sin darle antes noticia, entierre, encubra ó de cualquiera otra manera oculte el cadáver * (1) Parécenos este artículo algo irregular. ¿ Cómo deja de ser homicidio la muerte violenta de un hombre, sólo por el hecho de morir “ de resultas de las heridas y violencias,” después de los sesenta días ? Si se establece que la muerte se verificó “de resultas de las heridas y violencias,” pues es un homicidio; si no se establece esto, es claro que los descuidos del enfermo ó de su médico, no tiene por qué pagarlos el reo, aunque la muerte se verificara antes de sesenta días. (2) Este artículo parece rectificación del anterior, el cual debiera redactar- se de otro modo. de una persona muerta de heridas ó de otra violencia, y con señales exteriores de ella, sufrirá una reclusión de cuatro meses á dos años, sin perjuicio de ser castigado como cómplice, auxiliador ó encubridor del delito principal, si resultare que lo lia sido. Art. 598. El asesino en el caso más grave, definido en el artículo anterior, sufrirá la pena de muerte. Parte adjetiva.—Código Judicial.—Art. 1516. En el caso de un homicidio, se examinarán detenidamente el cadáver, las heridas, con- tusiones y demás señales de violencia que tenga, debiendo los peritos manifestar si éstas han sido por su naturaleza mortales, y con qué armas é instrumentos se han ejecutado. También se hará la disección anatómica, si fuere posible, principalmente si la muerte ha sido, ó so presume que fué, causada por alguna sustancia venenosa. Art. 1517. En el mismo caso de homicidio, no se inhumará el ca- dáver sin haberse practicado el correspondiente reconocimiento; y si la inhumación hubiera ya tenido lugar sin aquel requisito previo, se exhu- mará el cadáver, dando aviso anticipado á la persona encargada del lugar donde se hizo la inhumación. Art. 1518. Antes de procederá la exhumación, se tomará declara- ción al sepulturero ó al que cuide el cementerio, y á dos, por lo menos, de las personas que asistieron al entierro, sobre cuál es el sepulcro del cadáver que se quiere exhumar, y hecha la exhumación, se les pregun- tará si aquél es el mismo cadáver que se buscaba. Art. 1576. Los peritos harán cuantos reconocimientos, ensayos y eotejos estimen convenientes, y si para mejor fundar su dictamen nece- sitaren hacer la disección anatómica de algún cadáver, ó prolijos reco- nocimientos ó análisis de algunos líquidos ó sustancias, el funcionario de instrucción dispondrá lo conveniente para que así se verifique á la mayor brevedad, y con las precauciones necesarias. Art. 1578. Si se procediere por delito de muerte violenta, ó que se presuma haberlo sido, y ninguno de los testigos conociere al difunto, se pondrán en la diligencia de reconocimiento, con toda explicación, sus señales y la ropa y efectos que se le encontraren, y se expondrá el cadáver en un lugar público por veinticuatro horas, si su estado lo per- mitiere, á fin de ver si se presenta alguno ó algunos que lo conozcan. Con el mismo objeto se expedirán también exhortos y despachos, con expresión de todas las señales relativas al difunto, á los Jueces comar- canos y á todos aquéllos en cuyo territorio se supongan haber morado aquél. En fin, el lector puede ver en el Código Judicial todo el título V, capítulo IV del libro tercero. 103 104 II PARTE MEDICA. LA MUERTE. Ha sido y es difícil definir satisfactoriamente la muerte. Para hacerlo con alguna exactitud sería necesario que supiéra- mos en qué consiste, en su esencia íntima, la vida misma, y esto lo desconocemos aún, no obstante todo cuanto se ha dicho en todos los tiempos por sabios y filósofos. En la iucertidumbre en que nos tiene todavía la ciencia respecto á la naturaleza de eso desconocido que da á la materia las propiedades que la ani- man, ignorando la causa de la vida, preciso será conformarnos con concebir la muerte en su realidad objetiva como la desapa- rición efectiva de esas propiedades. Para algunos hombres científicos la vida no es otra cosa que el resultado de la organización, ó mejor dicho, es una pro- piedad particular que no pertenece sino á la materia organiza- da, y que desaparece fatalmente cuando ésta pierde su consti- tución química ó sus disposiciones morfológicas. Como consecuencia de esta concepción científica, se puede decir que la muerte aparece únicamente en los cuerpos dotados de alguna organización y que los cuerpos brutos jamás la expe- rimentan. La muerte puede ser natural, violenta ó por enfermedad, y no hay modo de sustraerse á ella por el carácter necesario y fatal que le es propio. Cada año mueren por término medio treinta millones de hombres. En cada segundo una vida se con- sume, y al terminar el día ochenta mil seres humanos bajan á la tumba. Poco, muy poco, es lo que puede hacer la ciencia, no obstante sus constantes esfuerzos, y si bien es cierto que las doctrinas y las teorías se multiplican por momentos, no sucede lo mismo en la práctica, y la humanidad continúa desapare- ciendo bajo el peso de la tuberculosis, del cáncer, de las enfer- medades miasmáticas y de las orgánicas. La muerte natural, es decir, por aniquilamiento pro- gresivo de las diversas funciones, es un fenómeno raro. La vida 105 de todo organismo celular tiene un término fatal, y la existen- cia individual, en los animales superiores, que no es otra cosa que la resultante de esas vidas celulares, está sometida á la misma ley. El hombre, á semejanza de otros animales, puede morir de vejez, y la necesidad de este fin, se deriva de las leyes que go- biernan cada una de sus individualidades vitales. El individuo que muere al fin de una larga vejez, muere por partes. Cada una de las grandes funciones se aniquila aisladamente por el gasto sucesivo de las vidas primordiales ó elementales. Todos los tejidos se secan y se acortan en el viejo, por la atrofia de sus elementos y la reducción del plasma intersticial; los cartí- lagos intervertebrales se encogen y se llenan de fosfatos en su centro, lo que determina una diminución de la talla; los huesos, más voluminosos en apariencia, merced al ensanchamiento de sus cavidades, se hacen más quebradizos por la pérdida de la sustancia orgánica; los músculos se endurecen y pierden parte de su contractilidad ; los nervios se adelgazan y se hacen más densos; la medula espinal y el cerebro disminuyen de volumen y adquieren una dureza desfavorable á la circulación de la co- rriente nerviosa; los órganos de los sentidos van perdiendo más y más su delicadeza primitiva y no pueden recibir sino im- presiones débiles y poco exactas ; los canales arteriales pierden su elasticidad y se incrustan de sales calcáreas; los capilares arteriales se estrechan y disminuye en ellos la corriente san- guínea, mientras que los venosos se dilatan; la nutrición ele- mental se debilita, las combustiones orgánicas no producen la reserva de calórico necesario, la temperatura baja progresiva- mente, y es apenas de 35° en los octogenarios. Con todos estos daños se comprende que las grandes fun- ciones entren en plena decadencia. Así, la inteligencia disminu- ye, la imaginación es más oscura, el juicio menos sólido y la memoria casi nula ; las trasmisiones que se hacen por los di- versos órganos de los sentidos son lentas, y los actos voluntarios que corresponden á ellas pierden su energía, los movimientos son vacilantes. La asimilación languidece y un quilo menos abundante y menos bien elaborado pasa á la sangre por las vías digestivas. Los pulmones menos expansibles, ejifisemato- sos, incrustados de depósitos carbonosos é infiltrados de materia rnelanica, introducen con mayor dificultad el oxígeno á la san- gre. La actividad circulatoria disminuye por el gasto de su aparato y por razón de las menores necesidades de los órganos. Tál es el cuadro de la edad senil, que representa los pró- dromos de la muerte ó los preparativos del organismo delante de ese instante supremo, que nos hace temblar á los que, con profunda fe, creemos en otra existencia, en uu más allá incom- prensible y misterioso. Un paso más en el descenso, y todas esas funciones se aca- barán para siempre. El sentimiento, el movimiento y la nutri- ción se van agotando; el curso de la sangre cesa á su turno en los vasos; se suspende el movimiento del tórax, y, en fin, se suprimen las contracciones del corazón. ¡ Este es el momento solemne! Esta es la muerte natural, teóricamente hablando; el individuo pasa insensiblemente de la vida á la muerte. Morir así no tiene nada de penoso. Muerte violenta.—El género de muerte que precede es, como hemos dicho, un fenómeno extraordinario en la economía humana. Morir de vejez es una excepción. De ordinario el ser humano muere por alguna perturbación de las funciones comu- nes, bastante intensa para romper las leyes de la armonía y bastante profunda para que el desorden sea incorregible ; mue- re cuando se destruyen las relaciones íntimas que existen entre los fenómenos internos y los agentes exteriores. Este suceso puede ocurrir en plena salud del individuo, en la perfecta inte- gridad de sus órganos, y matarlo bruscamente en un instante, sin ninguna perturbación fisiológica previa que constituya la enfermedad. Así ocurre con todo agente exterior susceptible de destruir, ó bien, las vidas locales en la totalidad del orga- nismo, ó bien, la vida común, por una influencia rápida y di- recta que destruya alguna de las condiciones fisiológicas de ella. Tales son los grandes traumatismos que suprimen el con- curso de un órgano indispensable como el corazón, los pulmo- nes ó el cerebro ; tál es cualquier obstáculo inesperado que sus- penda el funcionamiento de un grande aparato. Se puede colocar en esta misma categoría la muerte re- pentina, d.ebida á vivas emociones del alma. Éstas pueden pro- 106 107 (lucir uua conmoción nerviosa, ó un síncope mortal, sin que esto contraríe las leyes fisiológicas. De la misma manera que un dolor físico intenso puede destruir la fuerza nerviosa y matar por neurolisia, ó bien desorganizar los conductores nerviosos hasta hacerlos incapaces de dar paso á la corriente, del mismo modo, una emoción intensa puede producir efectos análogos, y matar por un quebrantamiento nervioso. Pueden también las emociones suspender las contracciones cardíacas por excitación de los nervios pneumogástricos. Corresponden á la categoría de muertes violentas : 1?, la que produce el rayo, ya sea que se admita con Devergie, que la muerte es debida á la acción perturbadora y directa sobre el sistema nervioso, ó que aceptemos la teoría de la asfixia pro- ducida por la descarga eléctrica según Tardieu; 2!.1, la muerte que la justicia impone como castigo á los condenados en juicio, como la decapitación, la horca ó el fusilamiento; 3?, la muerte que algunos locos ó criminales se dan para poner fin á su exis- tencia como es la desorganización del cerebro por una bala, la perforación del corazón y de los gruesos vasos arteriales y ve- nosos, la caída de un lugar elevado, que produce al contacto del suelo una conmoción general, ó cuando la velocidad es muy grande, una especie de asfixia por la dificultad que se produce en los movimientos respiratorios; 4:.1, la muerte por las diver- sas especies de asfixia de origen externo : por oclusión de las vías respiratorias, por gases irrespirables, por lasubmersión en un líquido ó en un medio pulverulento, asfixias todas que, en resumen, suspenden la hematosis. Muerte por enfermedad.—La muerte natural es una excepción, la muerte violenta es un accidente y la muerte por enfermedad es la que representa en el curso ordinario de las cosas humanas, el infatigable y siniestro enemigo encargado de volver al mundo inerte nuestros despojos materiales. En la muerte por enfermedad, la suspensión de la vida tiene lugar por la extinción previa de una de las grandes fun- ciones que, á su vez, arrastra á las otras á su fin, siendo la pri- mera el resultado de una perturbación morbosa anterior. Los problemas que se imponen por esta proposición gene- ral, son dos: 1?, ¿de qué manera llega la enfermedad á reducir 108 íil silencio ¿i uno de los factores de la armonía vital? 2?, ¿ de qué manera este factor arrastra el conjunto de actividades que constituyen la vida en su totalidad? Estos problemas son del dominio de la patología, y los de- jamos á un lado por no corresponder al objeto de esta obra. Las disposiciones legales que hemos consignado al princi- pio de este capítulo, obedecen á un interés social, religioso y médico; tienen por objeto comprobar el hecho de la muerte, prevenir el peligro de las inhumaciones precipitadas, establecer la identidad del muerto, descubrir los crímenes, reconocer las causas de la muerte repentina é violenta, reunir los elementos de una estadística médico-legal, determinar el modo de verifi- car las inhumaciones y la manera de preservar al público de los efectos de la descomposición cadavérica. Kespecto á la época en que se hace la inhumación del ca- dáver, existen disposiciones muy diversas en los distintos paí- ses. Entre nosotros nunca se verifica antes de doce ó veinti- cuatro horas, y este tiempo nos parece insuficiente, no obstante los progresos que hace la ciencia y los datos precisos que nos proporciona para establecer la realidad de la muerte. En algunas ciudades de Grecia no se verificaba la inhuma- ción antes de cinco días. Herodoto dice que en Egipto estaba prohibido enterrar á los muertos antes del cuarto día. Los an- tiguos Persas esperaban que el cadáver tuviera olor pútrido para hacerlo inhumar. Entre los romanos la exposición del cuerpo duraba siete días. En otros lugares se procedía de dis- tinto modo; los habitantes de Bengala apenas esperaban los primeros signos de muerte para arrojar los cadáveres al Lago Sagrado. Ambos extremos eran viciosos; por esta razón se fueron abreviando esos plazos largos, y en el Concilio de Milán se dispuso que la inhumación se hiciera después de doce horas de ocurrida la muerte en los casos ordinarios y de veinticuatro en las muertes repentinas. Todas las legislaciones del día establecen la época en que debe verificarse la inhumación. Varía mucho según los países, y sobre todo, según los climas. En Alemania la demora es de cuarenta y ocho á sesenta y dos horas; en Austria es de cua- renta y ocho horas, y existe una disposición penal de seis me- 109 ses de prisión, para quien diere una falsa declaración sobre una muerte ocurrida, con el fin de conseguir que la inhumación se verifique antes. En Inglaterra el uso establecido es esperar los primeros signos de descomposición. En Holanda no se da el permiso de sepultar antes de treinta y seis horas. En Francia la demora legal es de veinticuatro. En Estrasburgo y otros lugares el médico del Cantón indica el día y la hora de la inhu- mación. Entre nosotros existen las disposiciones anotadas al prin- cipio de este capítulo, y ordinariamente los cadáveres no se se- pultan antes de doce horas, contadas de aquélla en que tiene lugar la muerte. Pero la garantía más segura contra el peligro de las inhu- maciones precipitadas es la verificación de la muerte. La visita de los muertos fué organizada, por primera vez en Genova en 1543. El Emperador José II la estableció en Austria en 176G. El Gran Duque de Toscana la ordenó en sus Estados en 1775. En Francia se estableció á principio del siglo con toda regulari- dad, y en estos momentos, la inspección de los muertos por facultativos competentes está ordenada en todos los países cultos. Muerte aparente—Si bien es cierto que la ciencia tiene medios claros de comprobar la muerte, también lo es que el error es posible y ha tenido lugar repetidas veces. En el recién nacido, en la mujer agotada por una fuerte hemorragia, en los heridos, ahogados, ahorcados ó asfixiados por cualquiera causa se puede cometer el error. Muchas son las relaciones«que, desde la antigüedad, existen sobre esto. Plutarco, Plinio y otros au- tores están llenos de citas. Se refiere que el Emperador Zenón en el año 491 murió de hambre en su tumba ; su mujer lo hizo trasportar á la sepultura imperial al darle un ataque de epilep- sia y allí murió, como se colige por el cambio de lugar en que se hallaron más tarde sus restos. El doctor Scott se comió las manos y se rompió el cráneo en su ataúd. Espinóla, Ministro de Felipe II y Mazarino mismo, según algunos historiadores, despertaron de un letargo al practicarles la primera incisión, con motivo de la autopsia que se intentaba hacerles. Peu re- fiere toda la pena que le causó una incisión que practicó en el 110 vientre de una mujer embarazada que creyó muerta y que se reanimó con el dolor que le produjo. Francisco Oivilis, gentil- hombre normando, bajo Oarlos IX, se firmaba así: “ Francisco Oivilis, tres veces muerto, tres veces enterrado y tres veces resucitado por la gracia de Dios.” El doctor Watkins refiere el caso de milady Rousset, mu- jer de un Coronel de tropas inglesas: “Habiendo muerto en apariencia esa señora, su esposo, que la idolatraba, no quiso persuadirse de que estuviera muerta, y se opuso resueltamente, no sólo á su entierro, sino á que se le sacase de la cama. Ame- nazó con un balazo al que tocase el cuerpo de su mujer, y aña- dió que hasta ver la putrefacción no enterraría á su esposa. Ocho días después, al repicar las campanas de una iglesia veci- na, la milady se incorporó v sobrevivió á este lance, de doce á quince años.” Existen hechos auténticos que no se deben olvidar. Re- fiere el doctor Rigaud que fué llamado para atender á la mujer de Dumont cerca á Douay. Al llegar le dijeron en la casa que la mujer había muerto hacía dos horas. El doctor solicitó ver la muerta que estaba amortajada en su ataúd; buscó el pulso, auscultó y no encontró movimiento ó ruido respiratorio ni mo- vimiento cardíaco ; colocó un espejo en la boca de la mujer, y éste permaneció brillante; los labios cubiertos de espuma y el vientre muy dilatado. El módico exploró la matriz, encontró el cuello dilatado y sacó con facilidad un niño á término. Éste parecía muerto, y después de dos horas de cuidados se le aban- donó, en el momento en que una mujer lo cogió, y redobló los cuidados, hasta que el niño gritó con fuerza. El doctor Rigaud vuelve al cabo de este tiempo y encontró que la familia había vuelto á amortajará la mencionada mujer; la examina y la de- clara muerta, pero aconseja que no la sepulten hasta el día si- guiente. Se aleja de la casa, y por la noche los vecinos fueron á avisarle que la mujer había resucitado á las nueve horas de muerte aparente. La madre y el hijo vivieron muchos años más. En la obra de Bouchut hemos encontrado setenta observa- ciones de muerte aparente, certificada como real, las más ex- traordinarias y las más acreditadas por el nombre de sus au- tores. 111 Se comprende fácilmente que un error semejante puede tener las más funestas consecuencias, ya sea por el abaudono en que se deja á la persona una vez que se la juzga muerta, ya sea por el hecho de inhumarla viva 6 de practicar una autopsia. Hecquet reíiere el caso de haber encontrado, al hacer una exhu- mación, un cadáver acostado sobre el lado derecho, con la cabeza y los miembros inferiores en flexión, como empujando la plancha lateral del ataúd. Ese individuo fue enterrado, sin duda, en un estado de letargo, el cual pasó y le pemitió hacer algunos esfuerzos hasta que la muerte lo cogió en la actitud señalada. Trinchineti cita el caso de una operación cesariana en una mujer que se creyó muerta y que no lo estaba; la san- gre arterial saltó á la cara del cirujano al momento de cortar la pared dei útero; la mujer siempre murió en la operación. Algunas autopsias se han verificado en casos de muerte aparente. Goupil refiere un hecho que causa indignación. Dice que al practicar él una autopsia en un individuo, algunas horas después de creer que había muerto, al abrir el pericardio, vió que el corazón se movía regularmente ! Recuérdese que la muerte aparente es el resultado de in- fluencias internas ó externas, de lesiones traumáticas ó de in- toxicaciones. Se pueden admitir varias categorías: forma as- fixien, sincopal, histérica, apoplética, anémica y asténica, tóxica y mixta. Aquí mismo en Bogotá tenemos conocimiento de dos casos de muerte aparente, que nos ha referido el señor D. José María Oordovez ; el uno, es el de una señora Trujillo, y el otro es el de un negro del Cauca que estaba en el Hospital. La señora fué con- ducida de su casa al templo de Sau Agustín ; allí se verificaron las exequias; mas se presentó alguna circunstancia, tiempo lluvioso, que hizo posponer para el siguiente día la inhumación. El cadáver fué depositado en la Sala de profanáis. Al día si- guiente, cuando se preparaban los parientes y amigos de la se- ñora para conducirla al cementerio, la encontraron sentada en su ataúd. Con el negro cancano ocurrió, que al trasladarlo de su cama al anfiteatro, le dieron un golpe en la cabeza al su- puesto cadáver, y esto fué suficiente para que diera un grito y manifestara así, que aún vivía (1858). El negro vivió muchos años después de este incidente. Hoy es rnuy raro que tales equivocaciones tengan lugar. El examen detenido del corazón evitará todo error. 112 IÍI SIGNOS DE LA. MUERTE REAL. Pocas cuestiones han suscitado más trabajo que el buscar los signos de la muerte real. En el día, el examen metódico de un cadáver á cualquiera época de la muerte presenta un con- junto de signos bastante claros para hacer un diagnóstico se- guro y rápido. Este estudio de la muerte comprende dos partes: 1?, la historia particular de los signos, y 2?, las reglas del diagnóstico. Historia de los signos.—Se entiende por signo de la muerte todo aquello que indique que la vida se ha extinguido de una manera irrevocable. Estos signos se dividen, bajo el punto de vista de su naturaleza, en funcionales y en orgánicos ; los primeros, ó subjetivos, corresponden á la abolición sucesiva de las funciones que caracterizan la vida; los segundos, obje- tivos y positivos, resultan de las modificaciones físicas y quími- cas, que se producen en los órganos después de la muerte. Al- gunos autores dividen los signos en ciertos é inciertos, inme- diatos ó tardíos. Esta división, útil para el diagnóstico, no se presta á una exposición metódica, y nosotros seguiremos la di- visión fisiológica que permite seguir los signos en todos sus de- talles y apreciar sus relaciones. Examinaremos sucesivamente: el aspecto general, la cara, la actitud, la piel, el aparato cere- bro-espinal, la pérdida de conocimiento, de sensibilidad y de motilidad; los órganos de los sentidos, la circulación, las res- piración, la temperatura, las secreciones y la putrefacción. 1? Aspecto general.—La vista en conjunto de un cadáver, deja pocas dudas á la persona que tenga el hábito de este tris- te espectáculo; el aspecto del cadáver produce una impresión involuntaria de repugnancia y de terror; la inmovilidad, el color, la expresión, la actitud, el olor, el frío característico cuan- do se toca el cadáver, todo esto impresiona profundamente. La apariencia de ese cuerpo se modifica por momentos, debido á 113 los cambios continuos que tienden á destruir los órganos y á conducir los elementos á las modificaciones de la naturaleza inorgánica. 2? La cara.—Hipócrates lia descrito bien la cara cadavé- rica: “ frente árida, ojos profundos, nariz puntiaguda, labios morados, sienes hundidas, orejas salientes, pómulos pálidos, piel seca y lívida ó aplomada, las cejas, las pestañas y la barba salpicadas de un polvo blanquecino; el conjunto alterado.” Tál es el cambio de la fisonomía humana en los momentos del de- sastre. Estos signos se acentúan por instantes; la piel toma un color de cera, los párpados se entreabren, la pupila se dilata, la mandíbula inferior se cae, la inmovilidad de todos sus rasgos revela la calma de la muerte. La cara, contraída durante la agonía, puede volver á su ex- presión natural; volver á su serenidad ; otras veces, esta expre- sión guarda cierta relación con la causa de la muerte y con los sentimientos que han dominado durante los últimos momentos de la vida. La impresión del dolor queda marcada en la fisono- mía de aquéllos que mueren con intensos sufrimientos; en otros, se ve la expresión del valor, las angustias de la desesperación, la calma de la resignación etc. Foderé daba mucha importancia á este último signo para distinguir el suicidio del homicidio, y tenía alguna razón, pues no hay duda de que la expresión, uni- nida ó la actitud, puede dar muchas luces sobre las circunstan- cias de la muerte. 3? Los ojos abiertos, lo mismo que la boca, son signos de gran valor ; nadie muere con los ojos y la boca cerrados, dice Camper. Y es tan cierto, que tan luego como muere una per- sona, los concurrentes se apresuran á cerrarle los ojos y la boca, antes de la rigidez, para evitar la dolorosa impresión que pro- duce esa boca abierta y esos ojos apagados. La caída de la mandíbula inferior puede considerarse como uno de los signos más seguros de la muerte. Cuando ésta es aparente, dice Bruhier, si se baja la mandíbula, ésta no perma- nece en la misma posición, y se aproxima lentamente de la superior ; cuando es real la muerte, la mandíbula permanece baja y no se aproxima. Este signo falta en aquellas muertes por lesión del sistema nervioso motor, en el tétano, en el deli- 114 rio etc., en que los músculos se contraen y dejan las mandíbulas cerradas fuertemente, y es difícil separarlas. 4? La actitud del cadáver la determina la acción de la gra- vedad y la situación del cuerpo en el último momento de la vida; lo más ordinario es encontrar el cadáver en decúbito dor- sal, con semiflexión de los miembros, la cabeza inclinada, la punta del pie vuelta hacia afuera, el pulgar vuelto hacia la pal- ma de la mano y resolución general de todos los músculos. El género de muerte puede determinar cierta actitud y revelar lo que ha pasado en los últimos momentos. La flexión del pulgar hacia la palma de la mano es un signo de mucho valor. Viller- mé dice: “ Cuando la muerte es rea!, los cuatro últimos dedos de la mano se encuentran en flexión sobre el pulgar dirigido hacia la palma de la mano.” 5? La palidez de la piel es otro signo de muerte real. La piel es uno de los primeros órganos que muere; la última onda sanguínea pasa de los capilares arteriales á las venas y deja así lapalidez de la muerte. Al propio tiempo, la piel pierde su sensibilidad, su consis- tencia se altera, se hace más dura más compacta y más opaca. En algunas regiones, particularmente en la palma de las manos y de los pies toma un color amarillo cera. En los puntos en que se establece contacto del cuerpo con el plano que lo soporta, la piel toma un color blanco. En otras partes suelen verse trazas de cianosis. Si la asfixia ha sido lenta, se ven algunas manchas rosadas, diseminadas en las regiones no declives del cuerpo, y es en estos puntos en donde aparece más tarde la coloración rosada, tau pronunciada en los casos de asfixia por el carbón. Una cianosis muy extendida hace nacer dudas sobre la causa de la muerte. La decoloración de las mucosas, de las heridas, de las úlceras, de los exantemas, forma el complemento de los signos que anuncian la vacuidad completa del sistema capilar. G? Las manchas azulosas ó acardenaladas, son signos po- sitivos de la muerte; casi siempre preceden á la rigidez cada- vérica, principian á la quinta hora después de la muerte y van aumentándose hasta llegar á su máximo, á las quince horas. Cuando se practica en ellas una incisión, no se encuentra extra- vasación de sangre. Es imposible confundir una mancha de 115 éstas con una lesión traumática ni con una afección petequial ó exantemática. El valor de este signo nace de su constancia; se encuentran las manchas en los individuos que mueren de he- morragia, en los viejos, en los niños agotados por cualquiera enfermedad. Casper asegura que nunca falta, y según Dever- gie, se han observado, en los 15146 cadáveres que Mollart, Inspector de inhumaciones en París, ha examinado. 7? Las ligaduras que se pueden hacer en los dedos ó en los brazos, son también medios de reconocer la muerte real. Si se hace una ligadura en el brazo, semejante á la que se prac- tica cuando se sangra, se observa que la venas se congestionan y los dedos aumentan de volumen, si hay vida, y al contrario, nada de esto pasa cuando no la hay. Magnus propone en los casos de duda una sencilla experiencia: con una cuerda se liga un dedo; si el individuo tiene vida, el dedo se congestiona y toma un color azuloso que desaparece al quitar la ligadura. En el muerto no sucede esto. 8? Las placas apergaminadas de la piel son el resultado de la sequedad de la capa cutánea privada de epidermis. Cuan- do se frota la piel de un cadáver con un cuerpo duro se desarro- lla en las partes frotadas una placa amarilla, seca y espesa. Con un cepillo ó con una cuerda puede hacerse la experiencia. En el vivo la superficie excoriada no se seca, permanece húmeda, se cubre de sangre ó de una exsudación serosa y se forma una costra. El dermis no se apergamina. Este signo, observado por Weber y Kluge, es de grandísimo valor, hasta el punto que lo consideran como equivalente de la putrefacción. La piel principia á secarse en los bordes de la escoriación; al cabo de seis horas ó algo más la placa se encuentra formada. Reúne este signo á su valor, la facilidad para emplearlo y re- conocerlo por cualquiera persona, hasta por los labriegos más ignorantes. 9? La quemadura.—Nuevo signo experimentado por Dun- can, Christison, Leuret y Bouchut. Para esto se usa, ó bien un pedazo de lacre derretido, de agua hirviendo, de la llama de una bujía, ó de un carbón encendido. Esta prueba tiene por objeto demostrar la ausencia de la sensibilidad, de la circula- ción y de ciertas lesiones características, como son la fligtena serosa y la aureola inflamatoria al rededor de la parte quema- da. El calor se aplica inmediatamente ó á distancia; en la apli- cación inmediata sobre el cadáver, la epidermis se seca, se le- vanta, y deja descubierto el dermis de un color blanco, que prontamente se seca tomando un color amarillo para formar la placa apergaminada. Con el agua hirviendo la epidermis se re- blandece y se disuelve, y el dermis sufre el mismo cambio. No aparece ninguna coloración en los tejidos ni llega á formarse quemadura propiamente dicha. El calórico á distaucia da una reacción muy clara, y debe preferirse á la aplicación inmediata. La llama de una bujía á un centímetro de la piel, la seca, la levanta y determina una fligtena gaseosa, que se rompe. Mar- tenot de Oordoue ha indicado una prueba característica llama- da la fligtena explosible; á medio centímetro de la punta de un dedo de la mano ó del pie se coloca una bujía enceqdida; poco á poco la epidermis toma un color amarillo, se levanta, llega á cierta altura y estalla dando un ruido seco. La explosión es á veces tan fuerte, que apaga la luz de la bujía. Esta experiencia es de un éxito infalible, y la explosión oída á alguna distancia anuncia la muerte. Devergie dice : “ La fligtena seca, con gas, pertenece al cadáver.” 10. La aplicación de ventosas escarificadas, es uno de los mejores medios de reconocer la persistencia ó la ausencia de la circulación capilar. Foderé llamó la atención sobre este signo: “ Si las escarificaciones dan sangre, esto prueba que hay vida.” La vida se manifiesta en el orden orgánico por la circulación de la sangre en los capilares. La posibilidad de sacar este lí- quido fuera de los vasos establece la prueba evidente de la vida; la disposición contraria revela, con no menos seguridad, la pre- sencia de la muerte. 11. El sudor frío, el olor particular, olor cadavérico, la emigración de los parásitos, pediculorum capites et pubis, son también signos de algún valor. 12. La pérdida del conocimiento es el primero de los efec- tos de la muerte, pero ella principia antes de la agonía. Deján- dose de percibir las sensaciones y de formarse las ideas, la me- moria se acaba. Pero lo que importa saber es el orden en el cual desaparecen las facultades. La observación permite esta- 116 117 blecer el siguiente: primero, la inteligencia; segundo, la sensi- bilidad, y tercero, la motilidad. Excepcionalraente, puede la inteligencia sobrevivir algunos momentos á las otras. 13. La insensibilidad táctil ha sido uno de los medios más seguros para prevenir la inhumación de cadáveres de indivi- duos vivos. La sección de un dedo entre los romanos antes de la incineración ó la extracción de un diente, no tenían otro fin que demostrar que toda sensibilidad había desaparecido. ¡ Cuán- tas veces algunos testadores han recomendado la incisión de la planta del pie para evitar el peligro! Se ha dicho que el pezón ó tetilla es el sitio de mayor sen- sibilidad, y que cuando no se despierta en otras regiones del cuerpo, en aquélla aparece con una ligera excitación. Degran- ges recomendaba la aplicación de ventosas escarificadas sobre los senos, y después la aplicación de agua hirviendo. Josat in- siste mucho sobre la sensibilidad que tiene este órgano, cual- quiera que sea la edad ó el sexo. El estímulo del mamelón, dice, produce rápidamente movimientos reflejos. Con una pin- za, ó simplemente con los dedos, se puede comprobar este signo. No obstante todo cuanto se ha dicho sobre esta exquisita sen- sibilidad, existen estados patológicos con pérdida absoluta de todo sentimiento, que son compatibles con la vida. 14. Los órganos de los sentidos.—La pérdida de estas sen- sibilidades es signo cierto de muerte cuando concurren todas en el mismo individuo. Para comprobarla se emplean distintos medios; para el olfato se emplea el amoniaco, la veratriua ó cualquiera otra sustancia olorosa; para el gusto, la esencia de menta, el agua salada ó un estilete, para tocar la campanilla. La cavidad bucal suministra también otro signo que se ha dado por seguro y que se da como prueba concluyente de muerte ; es la espuma en la boca. “Los individuos que están muertos aparentemente no vuelven á la vida cuando tienen espuma en la boca ” (aforismo de Hipócrates, sec. II., página 201). El ojo estudiado cuidadosamente, lo que constituye la Tanatoftaimólogía, presenta numerosos signos de muerte; los párpados entreabiertos, con la mirada fija, la insensibilidad de la conjuntiva y de la córnea, la dilatación de la pupila, la insensi- bilidad del iris y su deformación, la palidez de la retina, al exa- 118 men oftalmoscópico, la pérdida de trasparencia de la córnea, el color de la esclerótica ó mancha negra indicada por Sommer: “Livor scleroticoe nigrescens,” son signos de la mayor impor- tancia. 15. Ausencia de la respiración.—Este signo puede demos- trarse de distintos modos, por la falta de movimiento de la caja toráxica, y por la falta de espiración por insignificante que sea. Hay una experiencia muy conocida, y es la de aplicar un espejo delante de la boca y las narices de la persona; si el es- pejo se hace opaco, ó nó, se dice que hay ó nó respiración. Pero esta prueba es muy incierta; el espejo puede hacerse opaco por el frío ó la humedad de la habitación. La inmovilidad del pecho requiere mucha atención. La experiencia de Winslow y Thierry, que consiste en colocar un vaso de agua sobre la extremidad del esternón, es bastante clara. Pero la auscultación da la prue- ba más eficaz. 1G. La circulación.—En esta función encontramos ios sig- nos más importantes y más seguros de la muerte; ellos forman la base del diagnóstico inmediato. Los da el corazón, la circula- ción arterial, la venosa, la capilar y las modificaciones de la sangre. Haller dijo: “mientras el corazón se mueve, hay vida.” “ La primera investigación que debe hacerse en presencia de un individuo que se dice muerto, es auscultar el corazón ” (Bou- chut). Esto da algún resultado cuando los otros medios de ex- ploración son insuficientes. Las observaciones recogidas en el hombre y el resultado de numerosas experiencias en los anima- les prueban, de una manera incontestable, que la vida existe siempre que se perciban los movimientos y ruidos del corazón, mieutras que, al contrario, la muerte coincide siempre con su suspensión. La comisión de la Academia de Medicina de París ha dicho que la ausencia de los movimientos del corazón, de- mostrado por medio de la auscultación prudente y sabiamente ejecutada por un médico, durante cinco minutos, no puede dejar duda sobre la realidad de la muerte. Sin embargo, existen algunas observaciones de suspensión de esos ruidos por una ó más horas, en que, al decir de algunos observadores, los indi- viduos han vuelto á dar señales de vida. Josat, Duchene, An- dral, Brachet, han señalado casos curiosos. Sin negar la posibi- 119 lidad de la interrupción absoluta de la circulación, creemos que, en la mayor parte de estos últimos casos, el corazón siempre se movía, pero tan débilmente, que no fué posible percibirlo. La auscultación debe verificarse sobre diversos puntos, para evitar el error que puede nacer del cambio de sitio de este órgano. Hemos visto dos casos de cambio al lado derecho del tórax. Se tendrá en cuenta todo el grupo de estados fisiológicos y patoló- gicos que pueden disminuir la intensidad de los ruidos ; de la presencia posible de una lámima de pulmón delante del pericar- dio, de algún derrame pericárdico, de la atrofia del corazón ó de su estado grasoso; todo esto disminuye la fuerza de impul- sión cardiaca. Se repetirá este examen varias veces y con gran cuidado, y hecho con las precauciones indicadas, constituye el mejor medio de diagnóstico inmediato. 17. La ausencia de pulso ha sido considerada como un buen signo de diagnóstico, pero es uu signo incierto. En caso de duda se ha aconsejado la sección de la arteria redial. La au- sencia de hemorragia demuestra que la vida se ha extinguido. Legallois recomienda esta prueba, y Yergue, en una Memoria á la xlcademia de Medicina de París, insiste sobre la arterioto- mia, y propone que esta prueba sea obligatoria para toda verifi- cación de muerte, antes de proceder á la inhumación. Las modificaciones de la sangre presentan signos impor- tantes. Eespecto á la coagulación, Donné ha propuesto la si- guiente prueba : se corta una de las venas del brazo y se recoge la sangre en una cápsula; si la sangre se coagula, la muerte es dudosa ó reciente; si no se coagula, esto es debido á alguna modificación operada en ella, y la muerte es cierta y data de algunos momentos. Esta prueba no es tan segura como lo juzga su autor. Debe darse mayor importancia al examen histológico de la sangre, cuyos glóbulos se van alterando á medida que pa- san las horas, después de la muerte. 18. El descenso de la temperatura, el estado de las secre- ciones, la inmovilidad, la relajación de los esfinteres, la abolición de la contractilidad muscular, la rigidez cadavérica, la reac- ción acida de los músculos y la putrefacción, son otros tantos signos de la muerte real. 10. Eespecto á la rigidez cadavérica debe saberse que es 120 un fenómeno constante cualquiera que sea la edad y el género de muerte. Zaccbias dijo: “Merribra in mortuo rígida evadunt, non flexibilia.” Esta rigidez es un signo de mucha importancia y se produce por una modificación molecular y química del te- jido. El músculo tiene una reacción ácida después de la muer- te ; este estado determina la coagulación de la miosina, mate- ria albuminosa que llena la fibra. La época en que aparece la rigidez y la duración de este fenómeno, le dan un gran valor. Ella se establece al mismo tiempo que disminuye el caló- rico. Ordinariamente es de las seis á las doce horas después de la muerte que aparece; á las veinticuatro horas es general. Disminuye en seguida para cesar después de las treinta y seis ó cuarenta y ocho horas. Diversas influencias hacen variar la marcha de este fenómeno ; la edad, el sexo, la constitución, la fatiga muscular, el género de muerte, modifican el resultado. En general, todas las causas que obran contra la contractili- dad muscular, apresuran el desarrollo de la rigidez. Las influen- cias externas tienen menos efectos que las condiciones internas. Las temperaturas muy altas apresuran la marcha, y las bajas la retardan. 20. Putrefacción.—Este siguo de la muerte no puede dejar duda alguna, y se considera como el más característico de todos. Los órganos se modifican en sus propiedades físicas, en su for- ma, en su color, en su estructura; se producen descomposicio- nes químicas variadas, y los organismos accesorios aceleran la descomposición ; todos los tejidos, con excepción de los córneos, uñas, cabellos y dientes, ofrecen estos estigmates de la muerte. “Mortis probatio esi difíciles, imo impossibilis próbationis, antequam signa putrefactionis cadaveris se prodantf decía Zaccbias. Winslow, Mercatus, Lancisi y otros aconsejan espe- rar que se presente la putrefacción para afirmar la muerte. Portal y Hufeland consideran la putrefacción como el único signo infalible. La putrefacción, decía Fontenelle, es el sello de la muerte; el tiempo es el único juez competente sobre la vida y la muerte, decía Luga, y el medio más seguro, es conservar el cadáver hasta que los caracteres de la putrefacción aparez- can. “No renunciemos á dar cuidados al cuerpo hasta que 121 principie la putrefacción:” (Davis). En Inglaterra se sigue esta práctica, y por este motivo el peligro de la muerte aparente, es allí desconocido. Para apreciar esta prueba, es preciso examinar los siguien- tes puntos: 1?, circunstancias en que se verifica la putrefacción y caracteres de ella; 2?, g puede establecerse esta descomposi- ción durante la vida ? 3?, g cuáles son los estados morbosos que tienen semejanza con ella ? 4?, para que la putrefacción cons- tituya un signo cierto, ¿basta qué punto debe llegar? 5? ¿cuáles son los signos más seguros del principio de la putrefacción? De todos estos hechos se deduce la aplicación práctica del signo. Los signos de la putrefacción son : el cambio de la colora- ción de la piel, el reblandecimiento de los tejidos, el desarrollo de gases, el olor cadavérico, la desorganización de la sangre y de la fibra muscular, la aparición de organismos accesorios. La coloración verde de los tejidos es carecterística; la epi- dermis se desprende; en las cavidades serosas y en el tejido celular se desarrollan gases fétidos; por la boca y las narices se desprende una espuma blancuzca; la sangre se encuentra espu- mosa; sus glóbulos se alteran; la fibra muscular toma una con- sistencia granulosa; el olor cadavérico, considerado como ca- racterístico, aparece pronto; es general y sus caracteres varían según las faces de la putrefacción. Este olor es debido á los hi- drógenos sulfurados y fosforados, al amoniaco y á los ácidos grasos descompuestos. En esta época aparecen las larvas de diversos dípteros; musca carnario,, cadaverina, sardiofaga mor- tuorum, y los demás agentes de la descomposición, infusorios, micodermos, bacteridias, vibriones etc. III CIRCUNSTANCIAS EN QUE SE VERIFICA UA PUTREFACCIÓN. Estas circunstancias pueden dividirse para su estudio, en tres grupos: 1?, condiciones ó agentes atmosféricos; 2?, cuerpos ó ambientes que rodean al cadáver; 3?, circunstancias relativas al mismo cadáver en sí. Entre los agentes atmosféricos tenemos los siguientes: Aire.—Es el principal agente de la putrefacción, y tánto, que sin él la descomposición no puede tener lugar. Muchos han sostenido lo contrario, fundándose en el experimento de Guntz, que filé el siguiente: practicó una pequeña incisión en uno de sus dedos, y lo introdujo en un tubo lleno de mercurio é inver- tido en la cuba hidrargiro-neumática; una gota de sangre subió á la parte superior, donde creía el experimentador que existía el vacío perfecto, y á los ciuco días se notaron en ella señales de putrefacción. Este experimento, sin embargo, no es conclu- yente ; pues aunque en la parte superior del tubo existiera el vacío, la sangre llevaba consigo el agente de la putrefacción ; sabido es que ésta tiene en disolución el gas oxígeno, entre otros gases. De los componentes del aire, el oxígeno es el único agente activo; pues ni el nitrógeno ni el ácido carbónico influ- yen en la putrefacción, como más adelante veremos. Calórico.—Según sea su intensidad, así favorece ó se opo- ne á la putrefacción. En efecto, á la temperatura de 0o la descomposición no puede tener lugar, y se retarda notablemen- te á medida que aquélla pasa de 40° ó 50° para aproximarse á la de la ebullición. En cambio la temperatura de 18° á 25° ó 30°, favorece y acelera la putrefacción. Luz.—La luz favorece también la descomposición pútrida, y de aquí el precepto de colocar las carnes que se quieren con- servar, en sitios oscuros. Electricidad.—Es uno de los principales agentes de la pu- trefacción. Así, vemos que la descomposición es más rápida en las regiones intertropicales que en otras, por la mayor cantidad de fluido eléctrico atmosférico que en aquéllas existe. Se obser- va que durante las tempestades, las carnes se pudren y la leche se agria; este último fenómeno depende, sin duda, de la putre- facción de la caseína, la cual, obrando como fermento sobre el azúcar de leche, produce en ella la fermentación láctea, de la cual resulta, como su nombre lo dice, el ácido láctico, que co- munica á la leche el sabor agrio. Este fenómeno es bien cono- cido por las gentes de los campos que se ocupan de la venta de leche. Vapor de agua.—Influye también de una manera notabi- lísima en los fenómenos de putrefacción, los cuales acelera, fa- 122 123 voreciendo la disolución de las partes sólidas del cadáver. Por eso es más á propósito para la putrefacción el aire húmedo, que el seco. Entre los cuerpos que puedan rodear al cadáver, estudia- remos los que siguen: Hidrógeno.—Este cuerpo retarda los fenómenos de putre- facción; por lo cual, sin duda, es lenta en las letrinas. Sin em- bargo, mezclado con el oxígeno para formar el aire, favorece la acción del gas cumburente, y por esto las sustancias orgánicas se pudren antes en el aire que en una atmósfera de oxígeno puro. Acido carbónico. Oxido de carbono.—Retardan la putre- facción, y por esto en los asfixiados por el tufo del carbón, tar- da mucho en presentarse la rigidez. Hidrógeno.—No ejerce acción ninguna sobre las sustancias putrescibles. De aquí se sigue que, al estar mezclado con el aire este gas, ha de retardar la descomposición, porque enton- ces en un volumen dado de aire habrá menor proporción de oxígeno. El ácido nítrico. El sulfuroso.—El ácido nítrico se opone á la putrefacción, porque se apodera del oxígeno para trasfor- marse en ácido hiponítric-o. El ácido sulfuroso también es anti- pútrido. Alcohol.—Se opone á la descomposición de las sustancias putrescibles, por apoderarse de su humedad y precipitar y en- durecer los principios proteicos. Sal común.—El cloruro de sodio es también antipútrido, por absol ver la humedad de las sustancias con que se pone en contacto. Cloro.—Está probado que el cloro detiene la fermentación, sea de la clase que quiera, por lo que ocupa un lugar preferen- te entre los antisépticos. Ahora bien, como los terrenos arenosos son, por lo común, de elevada temperatura y secos, se reúnen en ellos todas las circunstancias apropiadas para la conservación de los cadáveres. Esta es principalmente la causa de que en los arenales de Egipto, se descubran todos los días esas momias, conservadas después de tántos siglos, que causan la admiración de todos y que deben su buen estado, más que al arte, á la naturaleza. 124 Si el cadáver está sepultado profundamente, su descompo- sición es lenta, porque está más lejos de la influencia del aire, y sujeto á una gran presión ; lo cual, también se opone á la putrefacción. Por el contrario, si está enterrado superficialmen- te, su descomposición es más rápida por la mayor humedad y por la presencia de materias putrefactas en las capas superfi- ciales del terreno. JEstiércol.—Cuando no fermenta, favorece la putrefacción por la misma razón que la tierra vegetal; mas cuando éntra en fermentación, desarrollando una temperatura de 50.° ó más, dificulta la putridez, porque el calor elevado condensa los teji- dos superficiales que resisten por esto más á la descomposición é impide que el aire obre sobre los más profundos. Cal.—Se opone á la putrefacción. Vestidos, cajas mortuorias.—Siempre retardan los fenó- menos pútridos por dificultar algún tanto la acción de los agen- tes exteriores; pero se comprende que, según su naturaleza, se opondrán más ó menos á la putrefacción. En efecto, cuanto más tupidas é impermeables sean las ropas, más se opondrán á la acción del aire y de la humedad, y viceversa. En cuanto á las cajas, las de plomo ó lata conservan más tiempo el cadáver que las de madera. Embalsamamiento.—Siempre retarda la putrefacción, y cuando principia ésta, varía según el procedimiento empleado y otras circunstancias, como son las sustancias usadas. Entre las circunstancias personales que pueden modificar los fenómenos de la putrefacción, estudiaremos las siguientes: Edad, sexo.—Los niños y las mujeres se descomponen ge- neralmente antes que los viejos y varones, por el predominio que en su organización guardan proporcionalmente los líquidos sobre los sólidos. Constitución, temperamento.—Los sujetos robustos y de temperamento nervioso tardan, por lo común, más en podrirse que los endebles ydinfáticos. Naturaleza y duración de la enfermedad.—Cuando el ca- dáver lo es por una enfermedad pútrida, se descompone rápida- mente ; y lo mismo sucede, aunque en menor escala, si la en- fermedad ha sido larga y ha debilitado mucho al individuo. 125 Integridad del cadáver.—Todo cadáver mutilado ó herido se pudre antes que el que no lo está, por faltarle en algunos puntos la epidermis, que es una capa protectora. Deveigie divide los fenómenos de la putrefacción en la tierra en cinco períodos ; y Briand y Ohaudé, para hacer más metódico este estudio, hau formado de cada uno de estos perío- dos un cuadro sinóptico, donde los fenómenos son expuestos por el orden siguiente : 1? Los que se presentan en el sistema dermoideo (uñas, epidermis, piel); 2?, en las partes blandas de la cara; 3?, del tórax y sus paredes; 4?, del abdomen en su exterior; 5?, en los miembros; 6?, en los músculos; 7?, en el tejido celular; 8?, en los órganos del interior del cráneo ; 9?, en los órganos del pecho, comprendiendo aquí la lengua, Fá laringe y el exófago ; 10, en los órganos abdominales; 11, en los órganos de la generación. Hé aquí esos períodos : Primer período.—Las uñas se reblandecen. La epidermis se reblandece y se desprende. En algunos puntos se pliega, engruesa; se pone más blanca en los pies. Comúnmente se forman vesículas llenas de una serosidad ver- dosa. La piel toma un tinte rosáceo, después verdoso, azulado ó amarillo sucio, conservando la resistencia de su tejido. Todas las partes blandas de la cara se deprimen; los hu- mores del ojo se vuelven de color de hollín desleído. El tórax conserva su aspecto. El abdomen se pone verde ó amarillo jaspeado de verde. Los miembros toman los mismos colores que el abdomen; las partes de los miembros superiores, apoyadas sobre el tórax ó sobre el abdomen, conservan por más tiempo su color. Los músculos se reblandecen, pierden la intensidad de su color, ó toman un tinte verde como las paredes abdominales. El tejido celular, que parece desecarse por delante, se hace más y más húmedo por los lados del tronco, y en las partes más declives se llena de un líquido rosáceo, en el cual se observan algunas burbujas oleosas. El cerebro comienza á reblandecerse y toma un tinte gri- sáceo. Los pulmones so ponen enfisematosos y llenan la cavidad del tórax. El corazón se reblandece. Su superficie interna toma un color negruzco, tanto más oscuro, cuanto mayor sea la cantidad de sangre contenida en sus cavidades. Las paredes de los vasos están más ó menos rojas ó more- nas, sobre todo interiormente. La lengua, la faringe y el exófago se reblandecen y toman interiormente un tinte verdoso. Según el género de muerte, el estómago conserva su color natural ó se colora en rosa ó en rojo, ya uniformemente, ya en placas; otras veces presenta manchas morenas, verdes, apiza- rradas, y su tejido reblandecido. Su volumen puede disminuir ó aumentar considerablemente porque contenga gases pútridos. Lo mismo sucede á los intestinos, y sobretodo al ileón; el duodeno y el yeyuno conservan su estado natural por mucho tiempo. Los epiplones toman un tinte grisáceo ó rosado. El hígado y el bazo se reblandecen y ponen azules, ó bien toman un tinte verdoso. La vejiga tiene el mismo aspecto que los intestinos. Los órganos de la generación se reblandecen, pero conser- van todavía sus formas. Segundo peeíodo.—El cadáver se cubre de una mate- ria de aspecto graso, amarillo rojiza ó morena, ó de una muco- sidad pegajosa, bastante seca, parecida á la de la corteza del queso desecado. Comúnmente se cubre de una capa de moho. Las uñas se caen ó están muy reblandecidas. La piel, amarilla, sé cubre de granulaciones como areno- sas, formadas de fosfato calcáreo; se desprende por algunos puntos, en los que se abolsa. Conserva su espesor, pero se des- garra fácilmente. Las partes blandas de la frente, nariz, párpados y labios se adelgazan y casi están desprendidas. Las costillas comienzan á separarse de sus cartílagos; el esternón está deprimido y se aproxima á la columna vertebral. Las paredes abdominales se deprimen también y se aproxi- man á la columna vertebral, y parece empezar á desecarse y adelgazarse. 126 Los miembros están más ó menos deformes. Los músculos de las órbitas están saponificados y se ponen verdosos. Humedecidos por un líquido sero-sanguinolento, pa- recen en algunos puntos una gelatina. El tejido celular subcutáneo está soponificado en los suje- tos gruesos; presenta un aspecto poroso al corte del escalpelo, dependiente de un principio de desecación y de que sus peque- ñas celdillas, que estaban distendidas por los gases, están yá vacías. Las aponeurosis y los tendones toman un tinte azulado. Los cartílagos y los ligamentos se reblandecen y ponen amarillos. El cerebro disminuye de volumen, se reblandece exterior- mente y toma un tinte gris verdoso. Los pulmones deprimidos y de menos volumen tienen un color apizarrado y se desgarran fácilmente. El corazón está más aplastado y más delgado. El diafragma se conserva más tiempo. El estómago, considerablemente reblandecido, tiene un co- lor gris blanquecino, salpicado de manchas azuladas. Los intestinos se reducen de volumen y están pegados los unos á los otros. Su superficie libre comienza á desecarse. El hígado presenta en su superficie granulaciones arenosas de fosfato calcáreo. El bazo se ha reducido á una papilla negruzca. Los cuerpos cavernosos se ablandan ; el escroto, distendido primero por los gases, se deseca. Tercer período.—Ha desaparecido toda la epidermis. La piel está seca, adelgazada, amarillo-leonada ó amaril lo- anaranjada ó morena, cubierta de moho. Presenta alguna ana- logía con el cartón. Las partes blandas de la cara están destruidas. Las costillas descarnadas. El esternón y los cartílagos des- prendidos de las costillas. Los espacios intercostales son ma- yores. Las paredes abdominales, aplicadas á la columna vertebral, dejan una excavación profunda entre el apéndice xifoides y los pubis. 127 Los miembros están, en gran parte, desprovistos de partes blandas, y las pocas que quedan presentan el aspecto de ma- dera podrida. Los músculos toman un color más ó menos moreno y ne- gruzco, y quedan reducidos á muy poco volumen. Algunas ve- ces están en parte saponificados. El cerebro ha disminuido de volumen y presenta un aspec- to arcilloso. Los pulmones tienen el aspecto de dos membranas pegadas á lo largo de la columna vertebral. Se reconocen únicamente por su situación. El diafragma está desecado, de color aceitunado, y destrui- das en gran parte sus porciones musculares. El estómago, más que una cavidad, parece un pequeño ci- lindro hueco. Los intestinos presentan sucesivamente las mismas alte- raciones que el estómago, y se destruyen como él. El hígado está reducido á una masa aplastada, de dos cen- tímetros de espesor, moreno-negruzca, ligeramente desecada, que se separa en hojuelas, entre las cuales se observa una ma- teria bituminosa. El escroto está desecado. El pene, aplastado, parece una piel de anguila. Los testículos disminuidos de volumen tienen un color vinoso. Cuarto período.—Las partes blandas no son más que restos filamentosos que solamente mantienen unidos en sus re- laciones á los huesos. La piel amarillenta, adelgazada, desecada en los puntos en que la hay todavía, excepto por detrás, donde conserva más humedad y donde se halla perforada en muchas partes por los gusanos. Los huesos de la cabeza están al descubierto; el menor mo- vimiento que se imprima á la cabeza basta para desprenderla del tronco. El esternón, separado de las costillas, está en el pecho ó en el abdomen, dejando una ancha abertura en la parte anterior. Los restos de paredes abdominales tienen un color de ho- llín, aceitunado ó negruzco; se atan todavía á las últimas costillas, á los pubis y á la parte posterior de las crestas ilíacas. 128 129 Los músculos se trasforman en masas areolares moreno- negruzcas, ó en hojuelas membranosas grisáceas, ó moreno- amarillentas, en las cuales no pueden distinguirse las fibras. El tejido celular está saponificado en los sitios donde hay grasa; en los demás está destruido ó desecado. Los ligamentos han desaparecido casi enteramente. El cerebro, reducido á la décima ó duodécima parte de su volumen, no es más que una masa de aspecto arcilloso. Los pulmones no se reconocen más que por el sitio que ocupan. El estómago no es más que una masa hojosa, desecada. En el sitio de los órganos genitales no se encuentra por escroto y testículos más que una materia blanda, amarillenta, húmeda y algunos colgajos membranosos, viscosos y negruzcos Quinto período.—La piel lia desaparecido progresiva- mente. Los h uesos de la cabeza están desarticulados y cubiertos por un magma de tierra y cabellos, separado el cual, permite ver el color de hollín de los huesos, manchado en varios puntos por placas más ó menos morenas. La caja del tórax ha desaparecido: las costillas están des- prendidas y caídas unas sobre otras. El abdomen no es más que una materia negra y húmeda, parecida al aceite de carruajes, adherida á los huesos del raquis, como de una pulgada de espesor: es el resto de todas las par- tes blandas. Los músculos, los ligamentos y los tendones han despare- cido progresivamente. Los huesos de los miembros están desunidos, separados y desprendidos entre sí. El cerebro es uno de los órganos de leual quedan señales por más tiempo. Los restos de los pulmones, hígado y baso han despare- cido. El estómago no es más que una materia húmeda, como el aceite de carro, confundida con la de las demás visceras. Los órganos genitales se han reducido á una masa hojosa y negruzca, sobre la cual se observan los pelos, pero sin ningún indicio de sexo. El doctor Mata cree que se podría añadir un sexto período, en el que sólo quedan los huesos cada vez más blancos, más porosos, más desprovistos de su sustancia orgánica, acabando por reducirse á polvo, á sales calcáreas, las cuales, sufriendo la acción disolvente de las aguas y agentes de la tierra, desapa- recen por completo. El mismo autor, reduciendo estos cuadros á su expresión más sencilla, dice que cada uno de ellos se caracteriza: El primero por el reblandecimiento de los tejidos, la for- mación de gases, la coloración verde y la humedad de todos los órganos. El segundo por la materia pringosa ó costra que cubre el cuerpo, la desaparición de los gases y el color negruzco. El tercero por la disminución de volumen, destrucción de muchas partes blandas y saponificación de algunas. El cuarto por la desecación de las partes blandas no des- truidas. El quinto por la desaparición de todos los tejidos y órganos, no quedando más que el estiércol animal y los huesos. El sexto, en fin, por la reducción de los huesos á una masa porosa, puramente calcárea, y por último, á polvo. Ahora llegamos al verdadero punto difícil de esta cuestión: asignar la época en que cada fenómeno de los expresados se presenta. Orfila ha dicho que esto es imposible por la multitud de agentes que influyen sobre ellos, haciendo que aceleren ó retarden su presentación. Devergie también conviene en que el asignar fecha á los fenómenos pútridos es tarea superior á las fuerzas de un hombre solo; pero cree que podría conse- guirse reuniendo los trabajos de muchos que se fueran suce- diendo y extendiendo los conocimientos adquiridos por sus pre- decesores. El doctor Mata, fundándose en las observaciones de Orfila y Devergie, ha intentado este trabajo, y por más que á cada período le ha podido señalar pocos signos, ha recogido bastantes datos para poder, en muchos casos, conocer la fecha de la muer- te, no olvidando nunca lo que pueden acelerar y retardar la pu- trefacción ciertos agentes. lié aquí los resultados de su trabajo: Un mes.—Epidermis levantada y pegada á los vestidos, 130 131 uñas opacas y fáciles de arrancar; yá no se conoce la estructura normal del hígado; la mortaja está hecha girones si el cadáver no tiene ataúd. Grande hinchazón ; color negruzco. Dos meses.—En general existen todavía los ojos; hay san- gre coagulada en las arterias y venas ; piel sangrienta; granu- laciones arenosas; moho. Tres meses.—Sólo existe el cristalino y las membranas de los ojos; cara morena y tumefacta; epidermis y uñas despren- didas ; piel con granulaciones y bolsas reblandecidas. Cuatro meses.—Los ojos han desaparecido, igualmente que las partes blandas de la cara; paredes abdominales pegadas al espinazo; piel en algunas partes seca y apergaminada. Cinco meses.—Gran parte de la piel y muchos órganos re- ducidos á putrílago; salida por las aberturas de materias pú- tridas. Seis meses.— Se conserva el centro aponeurótico del dia- fragma; lengua reducida á un apéndice seco y delgado; tejido celular globuloso y saponificado, ó infiltrado y fácil de rasgar, vecino á la putridez. Ocho meses.—Sangre coagulada en tos vasos; todavía pue- den separarse las túnicas del estómago. Nueve meses.—Aún se encuentra sangre coagulada. Dies meses.—Las túnicas de los vasos son separables to- davía. Catorce meses.—Se conocen todavía algunos troncos arte- riales, jcomo la aorta. Si la madera del ataúd es verde, está yá podrida y se deshace á pedazos. La mortaja está en gran parte podrida; es de un color negruzco y está cubierta de moho. Dos años.—Los huesos están limpios y cubiertos de restos de mortaja sumamente alterados; gran parte de los órganos han desaparecido ; algunas partes hay saponificadas ó deseca- das, entre ellas los músculos y los órganos de la digestión. No es posible conocer el sexo por las partes genitales. Tres años.—La saponificación de las partes que no han sido reducidas á putrílago es completa. Seis años.—Huesos limpios; estiércol animal á los lados de la columna vertebral. Dies años.—Huesos reducidos á polvo ó sumamente alte- rados. 132 En cuanto á los vestidos, también sufren varias alteracio- nes, según su naturaleza. Así los de lana se pudren antes y de una manera más completa que los de seda, y éstos que los de hilo. En los enterrados con hábito de fraile, al cabo de algunos años el paño lia desaparecido, al paso que el cordón se conser- va. Los que lo han sido con levita, chaqueta etc., presentan los forros de estas prendas con los puntos de hilo ó seda conserva- dos, cuando ya no quedan vestigios del paño. Los zapatos se abarquillan, se enmohecen y duran así mucho tiempo. Hemos dicho que ciertas circunstancias que rodean al ca- dáver, y sobre todo la naturaleza del terreno, impiden que se reduzca á putrílago, y entonces tiene lugar el fenómeno de la momificación. Esta puede ser por saponificación, como sucede en los terrenos arcillosos y en los ataúdes de plomo, ó por dese- cación de la piel y demás órgauos del cadáver, como se ve en los terrenos arenosos y secos. En uno y otro caso, la momia se reconoce por los caracté- res siguientes: el semblante y la fisonomía conservadas; la piel seca, apergaminada, de color rojizo ó térreo y muy consistente; las uñas conservadas á veces; los tendones y ligamentos endu- recidos ; arterias y nervios consistentes; huesos porosos y lige- ros ; las visceras reducidas á polvo ó á una sustancia de aspecto de yesca; este polvo arde con explosión á veces, sobre todo el que corresponde al cerebro. Estas momias se conservan por mu- cho tiempo cuaudo están en cajas cerradas que no permitan la renovación del aire; pero si están expuestas al aire libre, y éste es húmedo, se reducen luégo á polvo. IV PUTREFACCIÓN EN EU AGUA. Siguiendo la misma marcha que antes hemos establecido, estudiaremos primero las particularidades que los fenómenos pútridos presentan en el agua, y estableceremos después su sucesión. En el agua, la putrefacción puede tomar dos formas: la disolución pútrida y la saponificación. La primera se presenta 133 más frecuentemente en el agua estancada, y la segunda en la corriente. La mayoría de los cadáveres presentan al mismo tiempo estas dos formas, pero en diferentes órganos. Nueve fenómenos notables tienen lugar en la putrefacción en el agua, y son los siguientes : coloración verde ; desarrollo de gases ; coloración morena y reducción á putríiago, que co- rresponden á la forma llamada disolución pútrida; la saponifi- cación ; desecación; corrosiones ó incrustaciones calcáreas, que se refieren á la forma denominada saponificación, y la destruc- ción final, que es común á las dos formas. Coloración verde.—Empieza por la región esternal y por la cara, y luégo va invadiendo el cuello, el abdomen, los hom- bros, las ingles, los miembros superiores y después los inferio- res. Vemos, pues, que no sigue la misma marcha que en el aire y en la tierra. Esta coloración, que poco á poco se va haciendo más oscura, afecta rámeamente la piel y los músculos anchos superficiales. Algunas veces, sobre el fondo verde de estas man- chas, aparecen líneas azuladas ú oscuras que señalan el trayec- to de las venas. Desarrollo de (jases.—Empieza este fenómeno con la apa- rición de las manchas verdosas y produce los mismos efectos que hemos estudiado al tratar de la putrefacción al aire libre. En tiempo húmedo es poco considerable y tardío este desarrollo. En tiempo ardiente, por el contrario, aparece en seguida y en gran cantidad; entonces el cadáver tiene los miembros separa- dos, como si le hubieran insuflado, y sobrenada por disminuir su peso específico. Coloración morena.—Sustituye á la verde por el mismo orden con que ésta se fué presentando; á veces no puede ha- cerse general ni profundizar más allá de la piel, por ser deteni- da en su desarrollo por la saponificación; en este caso se des- tacan del fondo moreno varias manchas azules, violadas y amarillas que dan á la piel un aspecto jaspeado. Los tejidos, así coloreados, están reblandecidos y se dejan rasgar con fa- cilidad. Deducción d putríiago.—Los partes coloreadas y reblande- cidas acaban por reducirse á putríiago, el cual es disuelto y arrastrado por el agua. De aquí resulta el desgaste de ciertas 134 partes superficiales y delgadas, como la nariz, párpados, piel del tórax, centro del abdomen, ingles etc., que dan lugar á aberturas anormales. Tanto por éstas como por las naturales, salen los gases y el putrílago, deshinchándose el cadáver y pro- duciendo un olor infecto. Saponificación.—Cuando se presenta este fenómeno, se detiene la disolución pútrida; las partes que estaban húmedas, fétidas, con bordes caídos y fondo negruzco, como las úlceras gangrenosas, se quedan duras, consistentes, sin olor, con bordes gruesos y amarillentos y fondo seco; la piel de las partes no destruidas tiene una coloración jaspeada ú opalina, es densa; jabonosa, amarillenta y apergaminada; el tejido celular está saponificado; los órganos interiores disminuyen de volumen, y algunos presentan una coloración blanca. Desecación.—Las partes sólidas pierden sus fluidos, se po- uen consistentes y no se dejan penetrar por los materiales pú- tridos ; los músculos, sin secarse, se rasgan fácilmente; el tejido celular está saponificado. Corrosiones.—Sólo aparecen en los tejidos saponificados y por lo tanto son fenómenos posteriores; la piel presenta una superficie granulosa y como corroída, y si la corrosión alcanza todo su espesor, los bordes están cortados en bisel. Si la piel se saponificó sin disolución pútrida previa, las corrosiones son re- dondeadas y pequeñas (pulgada y media, poco más ó menos); pero si hubo disolución pútrida antes de la saponificación, las corrosiones son más anchas y sus bordes irregulares. Incrustaciones calcáreas.—Consiste este fenómeno en la trasformación del jabón amoniacal en calizo; la piel y el pelo aumentan de grosor y se hacen más sólidos; la piel suena como el cartón ó la piedra; los músculos y el cerebro están saponifi- cados, y los huesos se hacen más quebradizos. Destrucción final.—Las partes saponificadas se alteran gradualmente y desaparecen por este orden: cabeza, centro del' pecho, abdomen, extremidades. Los huesos, desnudos y desar- ticulados, se llenan á veces de incrustaciones. Esto es lo que sucede en la mayoría de los casos; pero como hay tantas circunstancias que modifican el desarrollo de los fenómenos pútridos, el doctor Mata establece varias propo- 135 sieiones generales que comprenden las modificaciones que más frecuentemente sufren dichos fenómenos en el agua. lié aquí estas proposiciones: “l? Todos los cadáveres no presentan en todas sus partes los nueve fenómenos de la putrefacción, ni estos fenómenos son consecuencias forzosas los unos de los otros. “2* Todo tejido se pudre, tanto más pronto, cuanto menos garantido está al contacto del agua. “3? El agua estancada y la temperatura elevada favorecen la coloración verde y morena, la formación de gases y la reduc- ción á putrílago. “ 4? Igual forma de putrefacción toma el cadáver cuando está desprovisto de piel. “ 5!.1 El agua corriente, el frío, la edad tierna y la gordura favorecen la saponificación. “ 6?- La saponificación reemplaza al putrílago en muchos puntos donde éste se presenta y se suspende. “ 7? Para saponificarse las partes no hay necesidad de que antes hayan sido reducidas á putrílago. “ 8?- Es raro que en verano se saponifiquen los cadáveres sumergidos en el agua, á menos que una cuerda, un peso ó una capa de arena los detenga en el fondo. “OI1 A causa del rápido desarrollo de los gases, en verano los cadáveres no suelen estar en el fondo del agua más que unos cuantos días; vueltos específicamente más ligeros se van á la superficie, á menos que alguna causa los detenga en el fondo. “ 10. No está probado que el desarrollo de gases sea cons- tante en el invierno; por lo menos es más raro. “ 11. Entre la aparición de los fenómenos de la putrefac- ción en el agua durante el invierno, y los durante el verano, hay la diferencia de un ines en general. “ 12. Siempre que un cadáver permanece en el fondo del agua, está de espalda ó boca abajo. La gordura influye en estas posiciones. Los obesos suelen estar de espalda; por esto las mujeres eu general guardan esta posición.” Ahora vamos á hacer aplicación de todos estos datos á la averiguación de la fecha de la muerte, esto es, vamos á estable- 136 cer la sucesión, el tiempo en que cada fenómeno se presenta. Divergie ha sido el que, á fuerza de trabajos y de paciencia, ba podido establecer los períodos que sirven para asignar la data de la muerte; pero sólo basta los cuatro meses y medio. Desde esta ápoca en adelante, confiesa que le es imposible asegurar- nada sobre este punto. Para establecer dichos períodos tomó como tipo la putrefacción en el agua durante el invierno, y en- contró que sus fenómenos se suceden con el siguiente orden, por lo regular: De tres á cinco (lías.—Eigidez cadavérica; enfriamiento del cuerpo; no hay contracciones musculares; la epidermis de las manos empieza á ponerse blanca. De cuatro d ocho días.—Flexibilidad de todas las partes; no hay contracciones; color natural de la piel; epidermis de la palma de las manos muy blanca. De ocho á doce días.—Mayor fluidez de todas las partes; empieza á blanquear la epidermis del dorso de la mano; cara reblandecida y de un color más pálido ó diferente del resto del cuerpo. De unos quince días.—Oara ligeramente hinchada y roja; matiz verde de la parte media del esternón; epidermis de ma- nos y pies enteramente blanca y empieza á arrugarse. De cerca de un mes.—Oara rojo-morena; párpados y labios verdes; mancha rojo-morena, rodeada de una tinta verduzca en la parte anterior del pecho ; epidermis de manos y de pies blan- ca, desenvuelta y arrugada como la que ha sufrido la acción de las cataplasmas emolientes. De dos meses.—Oara generalmente morenuzca y tumefac- ta : pelo poco adherente; epidermis de manos y pies desprendi- da en gran parte; uñas adherentes todavía. De dos meses y medio.—Epidermis y uñas de las manos, epidermis de los pies desprendidas; uñas de los pies adherentes todavía. En la mujer, coloración roja del tejido celular subcu- táneo del cuello, del que rodea la tráquea y los órganos conte- nidos en la cavidad del pecho. Saponificación parcial de las mejillas y barba, superficial de las manos, ingles y parte ante- rior de los muslos. De unos tres meses y medio.—Destrucción de una parte 137 del cuero cabelludo, de los párpados y de la nariz. Saponifica- ción parcial de la cara, parte superior del cuello y de las ingles. Corrosiones y destrucciones de la piel en diversas partes del cuerpo. Epidermis de las manos y pies completamente fuera. Uñas caídas. De unos cuatro meses y medio.—Saponificación casi total de la gordura de la cara, cuello, ingles, parte anterior de los muslos. Principios de incrustación calcárea en los muslos, y sa- ponificación en la parte anterior del cerebro. Estado opalino en la mayor parte de la piel, despegamiento y destrucción de la mayor parte del tegumento cabelludo. Cráneo desnudo, princi- pio de fragilidad. ¿ Durante la viva puede establecerse la putrefacción ? Sí; de una manera local, y así lo vemos, en los casos de gangrena de un miembro, en las pústulas confluentes de la vi- ruela, en las escaras de la fiebre tifoidea, en los abscesos que rodean el ano, en los despojos de la placenta, en la pleura y su contenido, en el pneumo-tórax; en todos estos casos se observa una descomposición pútrida con fermentación amoniacal. Pero esta putrefacción local que obedece á un estado determinado y conocido, no puede compararse con la putrefacción ordinaria que invade todo el cuerpo; Ciertos estados patológicos pueden hacer pensar en que existe la putrefacción, pero la confusión no reposa sino sobre algunas apariencias. El olor fétido de la gangrena del pulmón, de la secresión brónquica en algunos tísicos, del sudor en algu- nos enfermos, de la ozena, han podido inspirar dudas en ciertas ocasiones. La gangrena es el estado que presenta más analogía con la putrefacción, pero el olor no tiene el mismo carácter; ¿ A qué estado debe llegar la putrefacción para que cons- tituya signo cierto de muerte ? Davis entiende por putrefac- ción uua descomposición universal con manchas azulosas sobre toda la extensión de la piel y un olor fétido que exhala todo el cuerpo. Bruhier exige que sea constante y absoluta. Orfila y Marc piden una putrefacción perfectamente establecida; un principio de descomposición no basta para asegurar que la vida ha cesa- do, una vez que se ha visto volver á la vida á persouas que te- 138 nían sobre su cuerpo manchas violetas y exhalaban un olor fétido. La coloración verde del abdomen, signo inicial de la putre- facción, es, en nuestro concepto, un signo suficiente, y siempre que se presente es inútil esperar más tiempo para resolver el punto. El médico puede asegurar, bajo la gravedad del jura- mento, que el individuo está muerto. Esta coloración no podrá confundirse jamás con una equimosis; el sitio, la extensión, la coloración misma, la harán distinguir ; mas, si quedare alguna, ésta desaparecerá con una simple insición de la piel. Para terminar esta materia y concretar lo que dejamos dicho, daremos tres signos ciertos de la muerte, con los cuales es fácil establecer el diagnóstico: la ausencia de la coutractiti- vidad muscular por la influencia galvánica, la rigidez cadavé- rica y la putrefacción. Guando existen estos tres signos la muer- te es evidente y real. MUERTE REPENTINA. El estudio de las causas de la muerte repentina correspon- de á la fisiología y á la patología ; la medicina legal se ocupa de los problemas particulares que pueden suscitarse por motivo de alguna sospecha ó de un denuncio fundado. Corresponde al médico en estas circunstancias, el hacer una relación clara sobre el estado del cadáver; las causas de la muerte y las circunstancias relativas á ella; demostrará la au- sencia de toda causa mecánica ó tóxica y caracterizará el esta- do morboso que ha determinado la brusca suspensión de la vida. La parte negativa de esta diligencia es la más importante para la justicia, que necesita saber que no existen huellas de heridas ni de envenenamiento. No deben olvidarse las circunstancias mismas del hecho y las influencias que han podido motivar la muerte. Esta investigación presenta á menudo grandes dificultades. Distintas causas pueden detener en un instante el funciona- miento de los órganos sin dejar trazas apreciables. Puede ocu- rrir en una riña portel sólo efecto de la cólera, puede ocurrir por miedo, por un síncope, por uua emoción moral. Puede te- 139 ner lugar en condiciones especiales que den lugar á alguna duda; durante el coito se señalan muchos casos. Morgagni refiere el caso de una mujer muy bella y virgen que murió al momento de ser desflorada en brazos de su amante. La autopsia hizo re- conocer un aneurisma de la aorta que se abrió por motivo de la emoción y del esfuerzo en el acto carnal. La muerte repentina en tales circunstancias es más común en los hombres que en la mujer. Shaving ha reunido algunas observaciones de muerte repentina durante el acto, y es claro que cuando esto ocurre en lugares sospechosos, la autoridad hace intervenir al médico le- gista, y éste puede no encontrar trazas apreciables de la causa que determinara la muerte. La muerte repentina ha sido en todos tiempos motivo de consideraciones importantes. Los pro- gresos de la anatomía patológica han aclarado este punto y han facilitado el diagnóstico. El diagnóstico médico-legal se establece por el examen de las causas, de los síntomas y de los caracteres anatómicos. La muerte repentina está caracterizada por la suspensión simultánea ó sucesiva en corto tiempo de las funciones del cere- bro, del corazón y de los pulmones, ó sea del trípode vital, se- gún la célebre expresión de Bichat: “ Tria majoris usus solida et fluida” La lesión local tiene por sitio alguno de estos órganos. Su naturaleza es variable con ó sin alteración de tejidos ; ya es una congestión ó una anemia, una compresión, una desgarradura, un obstáculo mecánico etc. Los caractéres del conjunto dan mucha luz sobre el mecanismo de la muerte, y, para apreciarlos es preciso en las autopsias de muerte repentina, examinar los órganos en su lugar, conservar sus relaciones, tener el mayor cuidado con los gruesos vasos, cuya perforación con algún ins- trumento no permitiría apreciar la distribución de la sangre. La muerte repentina por el cerebro tiene por causas prin- cipales: L?, la congestión cerebral; 2?, la anemia cerebral; 3?, la apoplegía de las meníngeas; 4?, la apoplegía serosa; Cr.L, la apo- plegía parenquimatosa; 6?, la meningitis; 71, un absceso del cere- bro y algunas afecciones del sistema nervioso, como son la epi- lepsia, el reblandecimiento cerebral, la tuberculosis. La muerte repentina por los pulmones es más rápida y 140 más frecuente que por el cerebro; entre sus causas, tenemos : 1?, la introducción de cuerpos extraños en las vías respiratorias; 29, los abscesos que se abren en los bronquios; 3?, la hemopti- sis ; 4?, la congestión pulmonar ; 5?, la embolia capilar ; 6?, la apoplegía pulmonar con focos hemorrágicos ; 79, la asfixia brón- quica, común en las personas de edad, ocasionada por mucosi- dades ; 8?, el edema pulmonar después de las fiebres eruptivas ; 9?, el enfisema pulmonar por causa de violentos esfuerzos; 10, la ruptura del diafragma ; 11, las enfermedades de los órganos de la respiración, que obran como causa predisponente: la bron- quitis, la traquitis granulosa, la pneumonía crónica, la tuber- culosis, el hidrotórax doble. La muerte repeutiua por el corazón es la más pronta: en 113 casos el profesor Aran ha encontrado : 19, la hipertrofia; 29, las lesiones de la aorta y de la arteria pulmonar ; 39, el es- tado grasoso del órgano ; 49, los aneurismas de la aorta ; 59, las osificaciones valvares; G9, las adherencias del pericardio; 79, los vicios de conformación del corazón ; 89, la ruptura del corazón; 99, la dilatación de las cavidades del corazón, que predisponen al síncope. En la sangre existen también alguuas modificaciones, que pueden ser causa de la muerte repentina: la diátesis liemorrá- gica, el desarrollo espontáneo de gases en el sistema circulato- rio, la trombosis y la embolia. Otras muchas causas pueden producir una muerte en po- cos momentos : la ruptura del estómago ó de los intestinos, la hematemesis, el síncope en las operaciones quirúrgicas, la he- morragia, la penetración de cuerpos extraños en las vías respi- ratorias después de la anestesia. DEE UNCIONES. El Gobierno debe cuidar de que se vigilen y hagan constar las defunciones, antes de dar sepultura á los cadáveres, con lo cual se evitan tres males gravísimos. En primer lugar, tenien- do la administración, en su registro, todas las particularidades relativas á las inhumaciones, se evitan las dudas y las cuestio- nes que después pueden presentarse sobre herencias, casamien- 141 tos etc.; en segundo lugar, no quedarían ocultos é impunes ciertos crímenes, como envenenamientos, estrangulaciones, as- fixias etc., que al no reconocer los cadáveres antes de enterrar- los, pueden pasar como muertes repentinas ó accidentales, y, por último, no podría verificarse el hecho horrible de enterrar vivo á un sujeto creyéndolo muerto. Esto último, por más que repugne el creerlo, ha ocurrido, y tal vez ocurre con más frecuencia de lo que á primera vista parece. Fuera de las capitales departamentales, las inhumacio- nes se hacen con mil irregularidades. En nuestra legislación se ha cuidado poco de estas impor- tantes cuestiones relativas á las inhumaciones; pues aunque existe el registro civil, donde se hacen constar los nacimientos, casamientos y defunciones, para probar la muerte de un indivi- duo, sólo se exige una certificación del médico que le ha asistido, lo que equivale á no exigir nada. En efecto, los médicos hacen casi siempre estas certificaciones, fundándose en lo que les dice el que viene á darles el parte; pero sin atreverse á ir á recono- cer el cadáver, por temor á la fría acogida que les espera en casa del fiuado, por la distancia, porque este servicio no se re- munera, en fin, por mil razones. Y, tan cierto es esto, que no habrá médico que no haya tenido alguna contrariedad por esta clase de certificaciones. Hace pocos días el doctor N. 1ST., médi- co de la Facultad de París, y que ejerce en esta ciudad, medici- naba, por caridad, á una mujer que habitaba una pobre choza del barrio de Las Cruces. En su última visita encontró tan grave á la enferma, que advirtió que no volvería. Al día si- guiente se presentó en casa del médico un hijo de la enferma, llorando amargamente y solicitando la certificación del caso, para sacar de la Alcaldía la licencia de inhumar el cadáver. De regreso á su casa, y con el certificado del doctor jY N., en que constaba que la mujer H. H. había muerto, observó el hijo que su madre aun vivía, y en efecto, siguió viviendo y aun vive hoy. Como se ve, no se evita con esta simple formalidad, el que un individuo pueda ser enterrado vivo, ni el que pasen como muertes naturales ciertos homicidios. Para tener seguridad de que un individuo ha dejado de existir y de que su muerte ha sido natural ó violenta, se nece- 142 sita establecer el servicio de médicos municipales, aparte del servicio médico-legal. Es preciso hacer lo que ha hecho el Go- bierno de Cundinamarca, y para esto se deben consultar las Ordenanzas y decretos aquí copiados. La certificación de un facultativo no es un asunto tan sen- cillo como se cree. Ella envuelve tres cuestiones distintas: 1?, declarar si un sujeto está realmente muerto; 21?-, dado un su- jeto muerto de un modo repentino, declarar de qué ó cómo ha muerto; 3?, declarar desde cuándo data la muerte de un sujeto. La primera cuestión es fácil de resolver, si se tienen en cuenta los medios de que dispone la ciencia y que hemos auo- tado antes. Dijimos que los signos positivos, los que dan certe- za de la muerte, son cuatro: la cesación definitiva de los latidos cardiacos; la rigidez cadavérica; la falta de contracciones mus- culares, bajo el influjo de la electricidad, y la putrefacción. La segunda cuestión : Dado un sujeto muerto de un modo repentino, declarar de qué ó cómo ha muerto, exige mayores conocimientos que la cuestión anterior. Hemos establecido que la muerte puede ser natural ó ac- cidental ; que la primera es el término normal y fisiológico de la vida del hombre, mientras que la segunda es la producida por las enfermedades ó por la acción de agentes que obran de una manera violenta. Suele llamarse también natural la muer- te cuando se ha verifidado á consecuencia de una enfermedad cualquiera. Indicámos antes los caractéres de estas distintas especies de muertes, y dijimos que en las repentinas es preciso consultar los órganos cuya alteración puedadar la explicación del hecho: el cerebro, el corazón y los pulmones. En efecto, sea cualquiera la enfermedad ó el accidente, y sea cualquiera también el órgano primitivamente afectado, siempre la causa próxima de la muer- te tiene su asiento en uno de estos órganos. Hay, además, otras causas que pueden obrar sobre dos ó sobre los tres órganos á la vez, como sucede con la embriaguez, el coito, el frío, los esfuerzos del parto, el aborto etc., etc., cau- sas todas que pueden producir muertes repentinas. De lo que llevamos dicho se deduce que, cuando hagamos una autopsia con el fin de investigar el género de muerte áque 143 sucumbió un sujeto, debemos examinar los órganos en su con- junto, y no de una manera separada. También debemos advertir que después de la muerte so- brevienen ciertas modificaciones en los órganos, que pudieran borrar algún tanto los signos propios de cada uno de los citados géneros de muerte. Desde el momento en que la vida cesa, la organización queda sólo regida por las leyes generales de la materia inerte. La muerte por inanición, esto es, por hambre, puede también considerarse como repentina ; un sujeto sometido á la privación de alimentos puede vivir algunos días, y pa- recer que está sano hasta pocos momentos antes de la muer- te, como parece que está sano el que padece un aneurisma in- terno, hasta que éste se rompe, por más que sabemos que su curso es comúnmente lento. Más que la privación absoluta de alimentos, es la alimen- tación escasa la que produce la muerte, originando enfermeda- des de toda especie, y, por último, el empobrecimiento total del organismo. Según Casper, el tiempo que un individuo puede vivir sin comer, en la abstinencia completa, es de quince días. Este pla- zo puede variar según la edad, el sexo, la constitución etc., del sujeto. La tercera cuestión.—Declarar desde cuándo data la muerte de un individuo. Esta cuestión no es siempre posible resolverla y después de algunos días, tan sólo puede darse una resolución probable, mas nunca precisa. Desde el momento en que cesa la vida de un individuo, empieza á manifestarse una serie de fenómenos variados, de- pendientes de la acción de las leyes físicas y químicas sobre la organización, que son los que debemos conocer y en los que tenemos que fijarnos para poder designar con algunas probabi- lidades de acierto, los datos de la muerte del sujeto, cuyo ca- dáver examinamos. Estos datos los dejamos yá anotados en la parte que se ocupa de la putrefacción y ellos deben servirnos para resol- ver esta última cuestión. 144 SUPERVIVENCIA. Las cuestiones de supervivencia se reducen á declarar quién ha muerto antes y quién ha sobrevivido, en el caso de que varios individuos hayan perecido víctimas de una catástro- fe común, de un naufragio, de un incendio ó de un terremoto, como ocurrió en la ciudad de Cúcuta hace algunos años, y como puede ocurrir en cualquier tiempo. Toda causa de muerte que obre al mismo tiempo sobre dos ó más individuos, puede dar lugar á una cuestión de supervi- vencia; pues si éstos sujetos estaban ligados por los lazos del parentesco, habrá muchas veces que determinar quién murió primero, para saber, entre otras cosas, cuáles han de ser sus herederos. Supongamos que en una catástrofe mueren el padre y el hijo único que tenía; si tenían bienes de fortuna, habrá cuestión sobre quién los ha de heredar, porque si el padre mu- rió primero, se supone que le heredó el hijo, y por lo tanto los bienes van á su madre, si la tiene; si fué el hijo el que murió primero, la herencia irá á los parientes colaterales ó ascendien- tes del padre. En asuntos criminales también puede ser de alta impor- tancia para la justicia, la cuestión de supervivencia. Ella puede aclarar la investigación y dar á conocer muchos hechos. Recor- damos un caso reciente en que esta cuestión fué motivo de es- tudio. En una casa de esta ciudad aparecieron tres cadáveres despedazados, si podemos decir así, tál era el número de heridas que tenían. Se practicó la diligencia de reconocimiento del lugar y demás pormenores del suceso, y luégo los cadáveres fueron trasladados á la Oficina Médico-legal, en donde se veri- ficó el examen pericial de cada uno de ellos. Pasados algunos meses, el señor Juez encargado de la causa creyó de toda im- portancia el saber en qué orden habían ocurrido esas muertes en la noche del suceso. Habiendo trascurrido algún tiempo, no fué posible asegurar bajo juramento aquel orden, por'medio de la nueva inspección de los cadáveres, y hubo de conformarse el señor Juez con meras conjeturas. Quizá esta misma cuestión planteada el día en que se practicaron los reconocimientos ha- bría dado una resolución más satisfactoria. 145 En dos órdenes de datos podemos lijarnos únicamente para aproximarnos algunas veces á la resolución de la espinosa cuestión que nos ocupa: los fenómenos cadavéricos que sirven para determinarla data de la muerte de un sujeto y el género de muerte, esto es, si ha muerto por el cerebro, por el pulmón ó por el corazón. Pero tauto los fenómenos cadavéricos como el género de muerte no pueden darnos la verdad sino en determinadas cir- cunstancias. Cuando han trascurrido apenas pocos momentos entre dos ó más muertes ocasionadas por idéntica causa, es muy difícil establecer cuál de ellas se verificó primero. Si han mediado algunas horas, es posible que los fenómenos de des- composición, de que nos hemos ocupado en otro lugar, den al- gunas huellas. Debemos tener en cuenta algunas circunstancias, como son la edad, la fuerza, la profesión y otras muchas que pueden hacer que la muerte sea más rápida en unos que en otros indi- viduos, aunque el género de muerte sea el mismo. Así, un niño se asfixiará antes que un adulto, en igualdad de circunstancias; de dos personas que naufragan, una que no sabe nadar se aho- gará antes que la otra que sabe; de varias personas que mue- ren asfixiadas por el carbón, sucumbirán en el orden en que se encuentre la distancia entre el foco y el sitio que cada cual ocupa. En el barrio de Las Cruces de esta ciudad reconocimos cuatro cadáveres que la Policía encontró en una pequeña choza, y nos fué fácil determinar el orden en que se había verificado la muerte, con sólo inspeccionar el lugar del acontecimiento. Cerca al fogón encoutrámos el cadáver de una mujer que des- empeñaba el cargo de cocinera; á dos metros de ella el cadáver de una niña de ocho años, su hija, acostada en el suelo; en una pieza contigua, dos cadáveres, un hombre y una mujer acosta- dos en una cama de una vara de altura. Estos últimos aún no estaban fríos cuando practicámos el examen ; los otros dos, sí lo estaban, porque había trascurrido mayor tiempo, entre el momento en que se verificó la asfixia y el de nuestro exameu. Existe también una circunstancia, y no es rara, en que se puede ocurrir al médico legista para que resuelva la cuestión de supervivencia. Me refiero á la muerte de una mujer y de su hijo pocos instantes después del parto. 146 Uno de los casos más importantes de supervivencia que liemos tenido ocasión de encontrar en los autores, es el citado en los Anales de Higiene pública y medicina legal. París, 1874. “El día 10 de Octubre de 1870, en la punta de la roca de Penmarch, en el Departamento de Finisterre, estaban sentadas cinco personas formando dos grupos: el primero, más inmedia- to al mar, se componía de tres, que le constituían Madame Le- ballinvillen, la joven Dresche y el joven del mismo apellido ; en el otro, á cuatro metros de distancia del primero, más aden- tro, estaban sentadas Madame Jlounemain y la hija de Leba- llinvillen. Una ola procedente de la roca Talifern, descargó, al romperse, con toda su fuerza sobre el primer grupo, el cual desapareció,envuelto por aquélla, esparciéndose por encima de la roca el agua, después de su primer choque, y arrastrando al segundo grupo sin cubrirle enteramente. Los dos grupos fueron arrastrados al fondo del mar. Al día siguiente empezó áarrojar el mar uno de los cadáveres, y sucesivamente fué haciendo lo mismo con todos los demás. “Los parientes de Madame Leballinvillen demandaron al marido de ésta, reclamándole los inmensos bienes que había recibido en matrimonio, fundándose en que había muerto pri- mero la hija que la madre, y que por lo mismo no había dejado sucesión. El Tribunal de Quimper falló el pleito á favor de los parientes de la señora, suponiéndose que no pudiendo decidir la ciencia cuál de las dos había perecido primero, y siendo la hija menor de 9 años, debía resolverse el caso conforme álos artículos 721 y 722 de la ley francesa, en virtud de los cuales se debía presumir que la madre murió la última. “í7o satisfecho el marido con esa resolución del Tribunal, y habiendo consultado al doctor Tardieu sobre si por medio de la ciencia podría decidirse este caso de supervivencia, á lo cual contestó dicho doctor de una manera afirmativa, el viudo apeló de dicho fallo ante la Audiencia de Reúnes. M. Tardieu, en una larga exposición, dió todas las razones de su opinión y ter- minó con la siguiente conclusión : “ Todas las circunstancias del hecho tienden á demostrar que en la catástrofe del 10 de Octubre de 1870, la niña Gabriela Leballinvillen ha sobrevivido á su madre.” 147 Este caso y otros semejantes en que se ventilan derechos hereditarios, nos hacen ver toda la importancia que tiene el dictamen pericial y toda la responsabilidad que encierra. EXHUMACIONES. Código Penal.—Art. 314. El (pie exhumare ó mandare exhumar- on cadáver, sin motivo razonable ó plausible, ó sin observar las pre- cauciones necesarias para poner plenamente á cubierto la salubridad pública, pagará una multa de diez á cien pesos. Si de la exhumación resultare algún daño á la salubridad pública, la pena será de seis meses á dos años de prisión, sin perjuicio de ma- yor pena si incurriere en caso que la tenga señalada. PAUTE MÉDICA. Se entiende por exhumación la diligencia que tiene por objeto sacar un cadáver de la sepultura en que se encuentra. Las exhumaciones pueden ser civiles y judiciales. Las pri- meras son las que se practican con el solo objeto'de trasladar uno ó más cadáveres de un lugar á otro. Las judiciales son las que se verifican por orden del Juez, para descubrir las huellas de algún delito ó con otro fin análogo, y van seguidas de la autopsia, siempre que ésta pueda verificarse. Las exhumaciones judiciales son de muchísima importan- cia para la sana administración de justicia. En los casos de muerte violenta y de envenenamiento, la exhumación puede despejar toda incógnita y comprobar hechos (pie, sin ella, que- darían ocultos. ¿Cómo se podría comprobar un envenenamien- to sin el examen del cadáver ? ¿ Cómo se puede establecer la realidad de un traumatismo en un individuo que muere poco después de él, y cuyo cadáver se sepulta sin ninguna formali- dad ? Sólo con la exhumación. Pero si bien es cierto que estas peligrosísimas diligencias dan luces á la justicia, también lo es que ellas exigen grandes precauciones, que tienen por fin no comprometer la existencia de los peritos y demás empleados que concurren á ellas. También es preciso que las autoridades sean muy pruden- tes al ordenar una exhumación, que mediten bien el fin que 148 con ella se proponen, y que consulten con un médico ó perito competente la conveniencia é inconveniencia de ella. El Juez no posee, en lo general, los conocimientos médicos suficientes para saber cuáles son los cambios que se operan en el organis- mo después de la muerte, en qué época es más peligrosa la exhumación, en qué casos puede dar resultados, y en cuáles se puede posponer para más tarde. Esto da lugar á que en algu- nos casos se solicite la diligencia sin motivo, y en otros, se deje pasar un tiempo precioso, en el cual se habría encontrado lo que se buscaba. Con frecuencia pasan ambas cosas entre nos- otros, probablemente por falta de algunas indicaciones precisas, que pasamos á anotar: En los casos de muerte violenta, cuando no se ha prac- ticado reconocimiento pericial y no existe indicio alguno sobre las circunstancias del hecho, puede ordenarse la exhumación; 2? Si la muerte es el resultado de una herida contundente sobre el cráneo, y esa muerte ha tenido lugar poco tiempo des- pués del traumatismo, y se ha verificado la inhumación sin examen pericial, debe ordenarse la exhumación. La demora no altera los hechos; 3‘? Si la muerte ha sido ocasionada por un instrumento punzante ó cortante ó ambas cosas á la vez (puñal, cuchillo, estoque etc.), y así aparece en el sumario, es inútil practicar la exhumación si han trascurrido más de treinta días. La putre- facción habrá destruido partes de los órganos heridos; 4? Cuando existan motivos fundados para sospechar un envenenamiento, se debe ordenar la exhumación en cualquier tiempo. Si el veneno que se sospecha es de origen mineral, él se encontrará después de años; si fuere de naturaleza orgánica debe procederse tan pronto como sea posible, pues ellos se des- componen y pueden desaparecer; 5;.1 Cuando alguna autoridad piense ordenar una exhuma- ción, es conveniente que consulte su opinión con dos facultati- vos competentes. Esta indicación puede parecer irregular, mas como la ley no interviene en la manera cómo las exhumaciones se han de practicar, forzoso será aceptarla. Por otra parte, estas diligen- cias son costosas al Tesoro público, y en ocasiones pueden llegar 149 á cautidades gravosas. Se dirá que esta [consideración no debe pesarse en la administración de justicia, y claro es que así debe ser cuando los Gobiernos tienen renta, mas nó cuando viven en ruina, como de ordinario pasa en países pobres. MANElíA DE PROCEDER Á LAS EXHUMACIONES JUDICIALES, CUANDO HAY MOTIVOS PARA CREER QUE EL CADÁVER ESTÁ EN PLENA PUTREFACCIÓN. Se debe proceder con las precauciones y reglas siguientes: 1? No debe empezarse la diligencia teniendo el estómago vacío. Si fuere posible debe hacerse una buena comida, ó al menos tomar alguna bebida alcohólica con el fin de aumentar la tensión de los vasos, y poner así una barrera á la absorción de los gases y emanaciones pútridas; 21} Practicar la exhumación cuando sea posible antes de las diez de la mañana; 3? Proveerse con sustancias desinfectantes, cloruro de cal- cio sólido y disuelto, un poco de agua de cloro, uua libra de hipoclorito de cal, una libra de ácido fénico, una libra de ácido nítrico; esponjas, toballas, agua en abundancia, jabón y un ce- pillo para uñas; 4? Usar una camisa ó delantal grande de caucho blanco, que se pondrá sobre los vestidos. Una mascarilla con receptá- culo de aire, ó mejor, una especie de caja ó tambor en donde se coloca un algodón empapado en alguna sustancia antiséptica; 5? Colocar, si la hay, una mesa de disección ó de otra cla- se, ó un aparato adecuado en el sitio más elevado y ventilado del local donde se ha de actuar ; 6? Se manda hacer la excavación de la huesa con pronti- tud, hasta llegar al ataúd ó al cadáver; se esparce por encima una libra de cloruro de calcio en polvo ó ácido fénico líquido, ó de agua clorurada etc., etc. A los sepultureros es conveniente colocarles sobre la nariz y la boca, un pañuelo con algún desin- fectante, y darles, repetidas veces, una poción alcohólica. Así pueden sacar el cadáver; 7? Se coloca el cadáver sobre la mesa y se echa al rededor de él como media libra de cloruro en polvo. Se riegan las cer- 150 canias con agua clorurada, ó bien se ponen en una copa unas dos cucharadas de hipoclorito de cal y un poco de ácido nítrico, para que haya desprendimiento de cloro ; 8? Procédese, por último, á la autopsia, lavándose con fre- cuencia las manos en agua fenicada ó clorurada, y teniendo cuidado de colocarse para maniobrar por el lado de donde ven- gan las corrientes de aire. Estas precauciones pueden conjurar en parte los grandes peligros de estas diligencias, que no pueden practicarse sino por facultativos competentes y bien remunerados. CAPITULO SEGUNDO CUESTIONES RELATIVAS AL HOMICIDIO Y LESIONES TRAUMATICAS. L DISPOSICIONES LEGALES. Parte sustantiva.—Código Penal.—Art. 259. El que hiriere, gol peare ó maltratare (le obra, ó hiciere alguna otra violencia material al Presidente de la República, ó al Encargado del Poder Ejecutivo, su- frirá por este solo hecho, la pena de cuatro á ocho años de presidio. Artículos 257, 258, 260, 261. Art. 645. El que voluntariamente hiera, dé golpes, ó de cualquier otro modo maltrate de obra á otra persona, con premeditación y con intención de maltratarla, hiriéndole brazo, pierna ú otro miembro ú ór- gano principal, ó cualquiera parte del cuerpo, de manera que le pro- duzca una enfermedad de por vida, ó la pérdida de alguuo de sus órga- nos ó miembros, ó una notable deformidad física gravemente perjudi- cial, ó una perpetua incapacidad de trabajar como antes, será castigado con la pena de seis á diez años de presidio. ÍSi la lesión fuere levísima ó de carácter transitorio, pero de larga duración, como la que resulta de cortarle el pelo á una mujer, la pena será de dos á cuatro años de reclusión ; pero si por la incapacidad que haya resultado se merece pena mayor, será ésta la que se aplica. Art. 646. Si de la herida, golpe ó maltrato de obra, cometido vo- luntariamente, con premeditación y con intención de maltratar, no resultare al ofendido lesión ó pérdida, incapacidad ó enfermedad de por vida, ni la deformidad de que habla el artículo anterior, pero sí en- fermedad ó incapacidad para poder trabajar como antes, que pase de 151 sesenta días, sufrirá el agresor la peua de cuatro á ocho años de pre- sidio. Art. 047. tíi de la herida, golpe ó maltrato de obra, cometido vo- luntariamente, con premeditación y con intención de maltratar, no resultare al ofendido enfermedad ó incapacidad qne pase de sesenta días, pero sí que exceda de treinta, sufrirá el agresor la pena de tres á seis años de presidio. Alt. G48. Si de la herida, golpe ó maltrato de obra, con premedi- tación y con intención de maltratar, no resultare al ofendido más que una enfermedad ó incapacidad de trabajar como antes, que pasando de ocho días no exceda de treinta, sufrirá el agresor la pena de seis meses á cuatro años de reclusión. Art. 049. Si la enfermedad ó incapacidad de trabajar que resul- tare de la herida, golpe ó maltrato de obra, no excediere de ocho días, pasando de dos, la pena del agresor será de dos meses á un año de arresto. Art. 050. Si la herida, golpe ó maltrato de obra no causare en fermedad ni incapacidad ninguna de trabajar, ó la causare tal que no pase de dos días (1), el agresor será castigado con un arresto de quince días á dos meses. Art. 051. Se tendrá por maltratamiento de obra, y será castigado, de la propia manera, según el daño que resulte y las circunstancias con que se cometa: Io El susto peligroso dado á alguna persona á sabiendas y con in- tención de hacerle daño, siempre que efectivamente le resulte alguno, y 2? La omisión de cualquier acto prescrito por la ley, siempre que el que lo omitiere lo haga á sabiendas, y para que resulte daño á otra persona, resultando este daño efectivamente. Véanse los artículos 029, 030, 032, 072 y 075 del Código citado. PARTE adjetiva.—Código Judicial.—Art. 1519. En el delito de heridas se expresará el lugar de ellas, su extensión, naturaleza y de- más circunstancias, indicando los peritos su opinión sobre la duración de la enfermedad causada por las heridas, sus resultados, y sobre el arma ó instrumento con que se causaron. Art. 1520. El reconocimiento de las heridas se practicará, no sólo en el acto en que se ha tenido conocimiento de ellas por la autoridad, sino también cada veinticuatro horas, si fueren graves, ó cada tres días, si no lo fueren. (1) El procedimiento es entonces de Policía. 152 Art. 1524. Cuando el delito se haya cometido con armas ó instru- mentos, se reconocerán éstos y aquéllas, poniendo un diseño en el pro- ceso, y se depositarán luégo en lugar seguro para las confrontaciones ulteriores. Art. 1579. Si se procediere por delito de heridas, mandará el fun- cionario ó Juez hacer saber al herido que debe someterse rigurosa- mente al método curativo que le hayan prescrito los facultativos, y á éstos, que comparezcan á declarar sobre el estado de las heridas en les términos que dicho Juez ó funcionario les prescriba, y sobre la sanidad ó muerte en el momento que aquélla ó ésta se verifique. En el primer caso, manifestarán los facultativos cuántos días ha estado el herido im- posibilitado para trabajar, y si le quedará alguna imperfección ó defecto en su persona que le impida trabajar como antes de ser herido y cuánto tiempo durará dicho impedimento. En el caso de muerte, ios faculta- tivos deben declarar sobre la verdadera causa de ella, haciendo, al efecto, si necesario y posible fuera, la disección anatómica del cadáver. También se agregará la partida de eutierro, ó la declaración de dos testigos acerca de este hecho. Con relación á heridas, los peritos deben tener en cuenta la gravedad que tiene su dictamen; pues del número de días en que calculen la imposibilidad para el trabajo en el herido, depende el mayor ó menor castigo del reo y la determinación del Juez que debe intervenir en el juicio. ÜSTada menos, esta es la doctrina del artículo 122, ordinal 4? del Código de Organi- zación Judicial. Son atribuciones de los Jueces municipales, dice : 4? Conocer en primera instancia, ó en única instancia, según los casos, de las causas criminales que se sigan por extracción ó apertura indebida de la correspondencia por particulares; por heridas, golpes 6 malos tratamientos de obra, cuando la incapacidad no exceda de ocho dias. Si la incapacidad pasare de los ocho días, entonces conoce el Juez de Circuito. (Art. 113, numeral 18 del Código citado). Por los artículos que liemos citado, se comprende que el legislador, al graduar las penas contra el autor de cualquier atentado contra la vida, ha debido tomar en consideración eu primer lugar, la intención del autor; ha debido pesar las consc- cuencias más ó menos graves del crimen ó delito, las circuns- tancias que deben atenuar el rigor de la pena, y las que le qui- tan al acto todo carácter de criminalidad; lia debido establecer penas más severas contra los individuos que atacan á las diver- sas autoridades. De aquí la división del homicidio en homicidio premeditado, combinado y preparado de antemano; homicidio sin premeditación ; homicidio involuntario; homicidio impre- visto y eventual por causa de heridas hechas voluntariamente ; homicidio por descuido ó imprudencia sin ninguna intención culpable; homicidio provocado por actos de violencia suficien- tes para excusarlo ; homicidio efectuado en los casos de legítima defensa. También, en los casos de heridas, la ley ha considerado su gravedad bajo un doble punto de vista, ya sea por la enferme- dad que ellas producen, su intensidad, su naturaleza y la inca- pacidad en que dejan al paciente; ó ya sea por las lesiones temporarias ó permanentes á que den lugar. La división que hace la ley entre el simple homicidio, he- cho material que acaba con la vida de un hombre, y el homici- dio voluntario 6 involuntario nos hace comprender que la vo- luntad de matar es uno de los elementos constitutivos del de- lito, y no una circunstancia agravante de él; la voluntad es la que hace culpable el hecho. Y por esta razón nos dice el artí- culo 29 del Código Penal: “que no hay crimen ni delito cuando el autor del acto se encuentra en estado de demencia ú obligado por una fuerza contra la cual no ha podido resistir.’’ La palabra voluntad tiene acepciones diferentes y se presta á interpretaciones de distinto género. En ella sola no ha debido apoyarse la ley para graduar las penas, porque, según veremos en otro lugar, además de ella, es preciso, para que haya impu- tabilidad y responsabilidad en el agente, que existan dos con- diciones más: la razón moral y la libertad. En la tercera parte de este Tratado nos ocuparemos de las afecciones mentales, y allí volveremos á tratar esta materia y á estudiar con más amplitud toda la extensión que debe darse hoy al artículo 29 del Código Penal yá citado. El Código Penal establece cierta calificación en la heridas, considerando unas como mortales, otras como orares y otras 153 154 como leves, pero á primera vista se comprende que dicha clasi- ficación es vaga, defectuosa y mal limitada, podiendo dar lugar ó. interpretaciones y calificaciones distintas de unos mismos hechos, no sólo en diferentes tribunales, sino en los mismos, según las declaraciones facultativas. Es, por lo tanto, indispensable que la clasificación de las lesiones se funde en caractéres fijos, claros, terminantes, de fácil aplicación y de interpretación genuina é igual en todos los tribunales, para que los mismos hechos sean castigados en to- das partes con las mismas penas respectivas, y no se vea el caso de que el reo de una lesión expíe su delito en un cadalso, juz- gado en un tribunal, mientras que en otro, el mismo delito se castiga con prisión solamente. El Código debe, apoyado en las indicaciones que le dé la ciencia, determinar las diferencias que separan entre sí á las lesiones mortales, graves y leves, dando caractéres fijos y termi- nantes de cada una de estas clases; y como todas las lesiones, comprendidas en cada una de ellas, pueden tener diferentes grados, según que ocasionan la muerte de un modo indirecto ó directo, según la imposibilidad que producen para el trabajo, el tiempo que exigen para su curación y otra multitud de circuns- tancias, necesario es también establecer estos desórdenes y es- pecies con caractéres fijos y terminantes, á fin de señalar la pena que á cada uno de ellos corresponde, á medida que la gravedad de las lesiones vaya alejándose gradualmente de un orden, y acercándose al inmediato. Para establecer las bases de esta clase, es necesario hacer algunas consideraciones. Las lesiones que producen la muerte de un modo directo, inmediato, no necesitan nada más que su existencia para ma- tar, al paso que otras lo hacen de un modo indirecto, mediato, necesitan de ciertas circunstancias accidentales para quitar la vida. La relación de causalidad entre las primeras es más es- trecha, más íntima que entre las segundas; la responsabilidad es, pues, mayor, y mayor debe ser la pena. Entre las mismas que producen la muerte de un modo directo, las hay en que ésta es fatal, necesaria, siempre sigue á la lesión, al paso que hay otras que, aunque se-basten para matar, algunas veces dejan de hacerlo. La ley debe tener en cuenta esta diferencia. 155 Las lesiones que necesitan de ciertas circunstancias para matar, más 6 menos tiempo después de herido el sujeto, esta- blecen una relación más ó menos estrecha entre el acto y la voluntad del agresor, y las consecuencias de este acto, y de consiguiente, la responsabilidad, no debe ser igual en todos los casos. Dada una lesión, puede el herido tener tal incuria, que se aumente el peligro de su herida; puede ser víctima de una cu- ración bárbara ó contraria, y puede, por ciertas condiciones de organización ó estado de salud, ser víctima de una lesión que en otros no hubiera tenido tales resultados. Algunas lesiones causan la muerte por falta de socorro, socorro que puede ser de éxito seguro, probable y eventual. Pero no se olvide que aun cuando un socorro oportuno hubiera podido salvar al ofendido, es posible que el sitio en que se ha- llaba ú otra cualquiera circunstancia haya sido suficiente para impedirlo por completo, y entonces no disminuye la responsa- bilidad. Una lesión de una arteria gruesa, por ejemplo, no debe producir la muerte si se acude con tiempo; pero si es un sujeto que no ha podido ser socorrido de ninguna manera, ha debido morir forzosamente; la lesión, pues, debe mirarse como necesa- riamente mortal, máxime cuando el agresor no ha reparado seguramente si al lado de la víctima se encontraba un cirujano para prestarle los auxilios físicos convenientes. Otras veces la muerte sobreviene accidentalmente á conse- cuencia de un tratamiento mal dirigido, ó de falta de tratamiento, ó á causa de otras circunstancias extrañas, ó por abandono del lesionado, y entonces, en justicia, no puede atribuirse al agre- sor tan terribles resultados. Para determinar qué heridas han de calificarse de graves, debe tomarse por base : 1?, su extensión, profundidad y órga- nos que afecten ; 2?, el tiempo que imposibiliten el trabajo ó las ocupaciones ordinarias del ofendido, ó el que tarden en cicatri- zarse, ó el que reclamen asistencia facultativa, y 3?, el defecto físico ó deformidad que resulte. Bien se comprende, en efecto, que cuanto más extensa y profunda sea una herida y más importante sea el órgano en que reside, más grave es, de seguro, la lesión. 156 En la segunda base, se toma el número de días que dura, la incapacidad para el trabajo, porque es una regla fija no su- jeta á caprichos ni arbitrariedades. Es muy posible que una lesión se cicatrice pronto ó inca- pacite para el trabajo pocos días y necesite poca asistencia facul- tativa, y, sin embargo, deje un defecto físico ó una deformidad más ó menos notable, y cualquiera de estos casos da gravedad á las lesiones. Las heridas graves pueden serlo más ó menos; aproxi- marse á las mortales ó á las leves. De aquí la necesidad de dividirlas en tres órdenes, con relación al tiempo de incapacidad para el trabajo. Para las primeras, es decir, las más graves pueden señalarse sesenta días; para las segundas, cuarenta días, y para las terceras, las menos graves, veinte días. Respecto á las heridas leves debemos decir lo mismo que liemos dicho de las graves. Es preciso establecer un carácter genérico y luégo determinar sus órdenes para abrazar todas las diferencias. En cuanto á la calificación de herida leve, debe te- nerse por tal la que, sobre ser poco extensa, poco profunda y no interesar órganos muy importantes, permita el trabajo, se cicatrice pronto, sin dejar achaque ni defecto físico ni defor- midad alguna. Se dividen también estas heridas en tres órdenes : 1?, 2? y 3? De 1 á 7 días para las primeras; de 7 á 15 para las segun- das; de 15 á 20 para las terceras. II PARTE MEDICA. LESIONES TRAUMÁTICAS. En su acepción médico-legal, la palabra traumatismo com- prende toda lesión producida por un agente exterior : instru- mentos cortantes, punzantes y contundentes de diferentes es- pecies, armas de fuego, cuerpos incandescentes, frío, fluido eléctrico etc. Las cuestiones científico-periciales (pie se pueden presentar en los casos de traumatismo son muy numerosas y frecuentes. Son, sin duda, las que más nos ocupan en nuestra condición de módicos legistas del Departamento. Ellas pueden encerrarse en las siguientes fórmulas: 1? Declarar si un individuo presenta una ó más lesiones; 2? Si el ofendido se halla en estado de ser trasladado de un punto á otro ; 3? Con qué medios han sido hechas una ó más lesiones recientes; 4? Con qué armas se hizo una lesión yá cicatrizada; o? Cómo se han encontrado las lesiones señaladas; G? Si las lesiones encontradas son obra del mismo ofen- dido ; i 7? En que situación estaban el ofendido y el agresor en el momento de la agresión ; 8? Si hubo uno ó más agresores ; 9? Si el ofendido pudo andar, gritar ó desempeñar otras funciones, después de recibir las lesiones; 10? Cuánto tiempo hace que el sujeto ha sido lesionado; 11? Si las lesiones encontradas en un cadáver han sido hechas durante la vida ó después de la muerte; 12? Si las manchas del suelo, armas, ropas etc., son de sangre, bilis, sustancia cerebral li otras materias; 13? Si, dado caso que sean de sangre, provienen de tal ó «cual persona, ó de la menstruación; 14? Si las manchas de las manos, labios etc., son de pól- vora ; 15? Cuánto tiempo hace que se ha descargado una arma; 16? Si el tiro ha sido á quemaropa ó á distancia; 17? Si tal ó cual lesión es mortal, grave ó leve, y de qué especie; 18? Si la muerte de un herido que se verifica al cabo de más ó menos tiempo, es efecto necesario de la lesión, ó de un accidente ; 19? Cómo ha producido la muerte una lesión; 20? Si un sujeto ha muerto asfixiado; 21? Si la asfixia ha sido por submersión ; 22? Si ha sido por sofocación ; 23? Si ha sido por estrangulación ó suspensión ; 157 158 24? Si tal lesión ha sido una quemadura; 25? Si es el efecto del fuego ó de algún cáustico; 20? Si la quemadura se ha efectuado durante la vida ó des- pués de la muerte; 27? Si la muerte ha sido efecto de la quemadura. En las cuestiones aquí anotadas se encierran todas aqué- llas que los tribunales pueden proponernos, y aunque muchas de ellas pueden parecer inoficiosas, nuestra larga práctica nos hace plantearlas, para facilitar el cuestionario á los funcionarios de instrucción. En lo general, el funcionario se limita áun interrogatorio más sencillo, y le bastan para su fin las respuestas á los siguien- tes puntos: 1? Visitar al herido y reconocer el estado en que se en- cuentra ; 2? Determinar la naturaleza de ¡as heridas; 3? Sus causas; 4? Sus consecuencias; 5? Establecer las circunstancias en que se han verificado. Seguiremos este mismo orden. MANERA DE RECONOCER Á UN HERIDO. El médico debe proceder á este examen con método y atención, teniendo en cuenta todas las circunstancias que juzgue de algún valor para resolver el interrogatorio que le ha formu- lado el Magistrado ó el agente de la Justicia. Cuando las heridas son de tal gravedad que el paciente no pueda trasladarse á la Oficina de reconocimientos, que debe existir en toda población, el perito se hará acompañar del fun- cionario y de su respectivo Secretario para dirigirse á la casa ó sitio en que se encuentre el herido. Su primer deber es no perjudicar en nada al paciente ni practicar manipulaciones ó exploraciones que puedan complicar su estado; en los casos de fractura, si ésta ha sido yá reducida por otro médico, debe el perito respetar esa primera curación ; si la herida ha interesado una región rica en vasos (pie hayan sido ligados, ó tejidos suturados, debe limitarse á practicar el 159 examen general del herido y dejar para un segundo examen todos los detalles y pormenores de la lesión. Siempre que fuere posible, es muy conveniente verificar esta primera visita con ei médico que haya dado los primeros cuidados al herido y recibir de él todos los datos que pueda dar, y que más tarde sería difí- cil encontrar. Cada herida debe describrirse con toda claridad y exactitud, con todas las circunstancias del caso, de manera que el Juez que deba apreciarla para los efectos legales, pueda efectuarlo con facilidad. Se debe indicar el sitio, la forma, la dirección, las dimensiones de la lesión, los tejidos que ha interesado, sus con- secuencias, su causa, la naturaleza del arma que la produjo, y, por último, el tiempo de incapacidad que ella produce. En todo caso deben examinarse los vestidos del herido, en la seguridad de que casi siempre esta exploración da luces de grandísimo valor. Unas veces las desgarraduras de las ropas están en relacióu con la naturaleza del instrumento que ha pro- ducido la herida; otras, es posible encontrar en ellas mancha» de una naturaleza especial que, por sí solas, permiten concep- tuar sobre los hechos motivo de examen. Una de las circunstancias agravantes del homicidio, es que el agresor haya herido por detrás á la víctima. El sitio de la desgarradura del vestido es de una importancia tal, que él sólo puede señalar esta circunstancia y establecer así la actitud del agresor. En los casos de atentado contra el pudor y de violo, es in- dispensable examinar los vestidos de la ofendida y reconocer la naturaleza de las manchas que se encuentren en ellos. En fin, cuando el resultado de las heridas es la muerte, el perito debe proceder á practicar la autopsia con todas las forma- lidades de que hemos tratado en otro lugar. Es sólo por este medio que se puede establecer con la claridad que exige la ley que la víctima ha sucumbido por las lesiones recibidas y no por otras causas. NATURALEZA DE LAS HERIDAS. Para determinar la naturaleza de una herida, el perito debe resolver los pantos siguientes: 1?, cuáles son los caracteres es- pecíficos de la lesión ; 2?, cuáles son los medios de distinguir las heridas de causa externa de las lesiones de causa interna y espontánea ; 3?, cuáles son los signos que sirven para establecer que la lesión se ha hecho en vida del paciente, ó cuando éste muere por causa de las lesiones, cómo se puede distinguir la herida posterior á la muerte : 1? ¿ Cuáles son los caracteres específicos de las heridas f Hemos dicho que con el nombre genérico de heridas se desig- nan todas las lesiones producidas por una violencia exterior, cualquiera que sea su naturaleza. En el lenguaje vulgar la pa- labra herida da la idea de sección ó perforación de los tejidos, y así algunos cirujanos designan con el nombre de heridas las soluciones de continuidad en nuestros tejidos, producidas por una fuerza ó agente exterior, y que tienen tendencia á curar. La fuerza que produce la herida se limita á las partes blandas solamente, ó continúa hasta los huesos y demás tejidos profundos. Los patologistas distinguen estas heridas de los hue- sos de las fracturas, en las cuales las láminas óseas se rompen por un mecanismo especial. Se puede conservar esta división, mas no nos ocuparemos de las heridas de los huesos sino al ha- blar de las fracturas, y por ahora trataremos de las lesiones de las partes blandas. En las clasificaciones que de las heridas hacen los juristas y los médicos legistas, se da mayor importancia á su gravedad que á la naturaleza misma de la herida. De esta manera, y tomando por base la legislación penal, dividiremos las heridas en leves, graves y mortales. Briand y Chaudé establecen una división importante en la categoría de las heridas. En un primer grupo colocan las he- ridas que se curan completamente y sin dejar enfermedades permanentes ó temporarias, y en un segundo grupo, las heridas que dejan lesiones de por vida. Esta distinción tiene una impor- tancia capital, puesto que la aplicación de la pena y el pago de perjuicios depende de la mayor ó menor incapacidad que la he- rida determine. El conocimiento que tenemos de las heridas y el modo de tratarlas nos viene de épocas muy remotas. Yá en los libros 160 161 bipocráticos se encuentran algunas nociones sobre la marcha de las heridas, su inflamación, su supuración y sus peligros. Celso se ocupa de las heridas en general, y da las primeras nociones sobre las sustancias que debían emplearse para suspender las hemorragias, y las indicaciones para conseguir la cicatrización. Galeno, con sus conocimientos anatómicos, dió un pronóstico más seguro respecto á estas lesiones. Hasta el siglo XVI la historia de las heridas no adquirió hechos nuevos, pero en esa época es preciso indicar la gran reforma que Ambrosio Paré estableció en el tratamiento de las heridas por arma de fuego. En el siglo XVII Magatus consig- nó en su libro De rara medicacione vulnerum algunas obser- vaciones sobre la marcha de las heridas. Se puede decir que fué este cirujano el primero que estableció los verdaderos princi- pios en el tratamiento de los traumatismos. En el siglo XVIII Belioste, J. L. Petit, Garengeot, Lecat y Ledran siguieron las huellas de Magatus. Petit hizo conocer la fisiología patológica de las heridas; Pilrac, los inconvenientes de las suturas, y últi- mamente Hunter trató magistralmente, en diversas obras, todas las cuestiones referentes á la fisiología de las heridas y á su ci- catrización. En todo el siglo presente, y en especial desde que se hicieron estudios de histología, se ha avanzado mucho en todo lo que se refiere á la marcha y complicaciones de las he- ridas. En medicina legal dividimos estas lesiones en siete grupos : l1.’, heridas por instrumentos cortantes, ó cortaduras ; 2?, heridas por instrumentos punzantes ó picaduras; 3?, contusiones y he- ridas por instrumentos contundentes; 4?, heridas por instru- mentos dislacerantes, en que se arrancan ó machacan los teji- dos; 5?, heridas por mordedura; 09, heridas emponzoñadas y virulentas ; 79, heridas por armas de fuego. Heridas por instrumentos cortantes.—Todo el mundo sabe lo que es un instrumento cortante y ha tenido ocasión de ver una herida de este género, ó la ha tenido en mayor ó menor extensión. ¿ Quién no se ha cortado un dedo en alguna época de su vida ? Definiremos las heridas por instrumento cortante, diciendo que son todas aquéllas producidas por láminas agu- das que pasan por encima de nuestros tejidos ocasionando una sección más ó menos extensa. Su forma, su dirección, su tama- ño y su gravedad varían hasta el infinito. De aquí la división de estas lesiones en superficiales y profundas, en leves, gra- ves y mortales. Cuando las heridas comprometen varios tejidos, es preciso determinar los fenómenos propios y locales á la lesión de cada uno de ellos, y los fenómenos comunes á todos. Entre los primeros tenemos que considerar aquellos que se suceden tan pronto como se hace la herida y aquéllos que se pre- sentan más tarde, ó lo que es lo mismo, fenómenos primi- tivos y fenómenos consecutivos. Los primeros son : la separación de los bordes de la herida la pérdida de sangre y el dolor. La separación de los bordes, que tiene su punto de partida en la sección misma de los tejidos, se hace mayor á medida que la acción propia de cada tejido herido en- tra en juego. La elasticidad de unos y la contractilidad de otros es diferente en las distintas regiones del organismo; la piel, que es muy elástica, se deja separar anchamente; lo contrario pasa con los tejidos fibrosos. Esta elasticidad, distinta de los diversos tejidos nos explica la forma habitual de estas heridas. La pérdida de sangre se observa siempre en las heridas hechas con un instrumento cortante. Varía en abundancia y tiempo, según el lugar que ocupa la herida, y también según las condiciones especiales del herido, su estado general ó diatésico. En los individuos débiles y escrofulosos es muy común ver que una simple incisión de la piel dé lugar á una pérdida grande de saugre y á un síncope. La sangre será arterial ó venosa, según las porciones heridas. El dolor de las heridas es causado por la sección de los file- tes nerviosos, y es tanto más intenso cuanto que la parte heri- da sea más rica en nervios. Esto pasa con la piel; en particular con la piel de la palma de las manos, de la planta de los pies y de la región del ano. La sección de los músculos, de las arterias, de los huesos es apenas sensible; la de los cartílagos y de los tendones no produce ningún dolor. Los fenómenos consecutivos de una herida varían, por mil circunstancias que no siempre pueden preverse. Jais bordes 162 163 pueden reunirse pocos momentos después de su sección, ó pueden permanecer separados y expuestos al aire; en el pri- mer caso, tenemos lo que se designa en cirugía con el nombre de reunión por primera intención; en el segundo, la herida supura, se cubre luégo de botones carnudos, y, por último, se forma un tejido cicatricial: reunión por segunda intención. Estos términos, primera y segunda intención, conocidos por los médicos, no lo son por los magistrados, y requieren una corta explicación para hacernos entender más adelante, cuando fraternos de las cicatrices y del tiempo que exige este trabajo de reparación. La reunión por primera intención es la adhesión de los bordes de la herida sin trabajo inflamatorio, cuando se colocan convenientemente; al aproximar las dos superficies sanguinolentas de la herida, se forma entre ellas una materia glutinosa, especie de linfa plástica, que hace las veces de cola orgánica; dos ó tres días después aparecen los vasos infinita- mente pequeños, que no son otra cosa que emanaciones directas de los capilares cercanos; después de algunos días, esta cica- triz vascular se cambia por una laminilla fibrosa poco rica en vasos y más resistente que los tejidos entre los cuales se forma. Esta cicatriz, que no es otra cosa que una exsudación plástica, contiene los mismos elementos que constituyen los tejidos que le han dado nacimiento ; esto se demuestra fácilmente en las cicatrices de los huesos y de los nervios. En algunos casos, esta exsudación puede estar acompañada de un ligero grado de infla- mación, y forma entonces lo que Hunter ha llamado reunión por inflamación adhesiva. Fácilmente se comprende que esta manera de reunirse los bordes de una herida exige, en primer término, un gran cuidado, interés en el enfermo y régimen apropiado. Los médicos legis- tas pocas veces tenemos ocasión de observarla, porque el agre- dido tiene siempre en mira el castigo del agresor y hace esfuer- zos porque su incapacidad dure el mayor tiempo. Otras veces puede suceder que, no obstante los cuidados que se tomen, no se obtenga esta reunión, ó que los bordes de la herida no puedan aproximarse y permanezcan expuestos al aire. En estos casos el dolor intenso que se produce en el momento del accidente, persiste por mayor tiempo y la hemorragia es más abundante. 164 Ambos fenómenos se calman poco á poco y aparece uno nuevo; la formación de un líquido sero-sanguinolento que cubre la he- rida y se endurece. Al fin del segundo día los bordes de la he- rida se encuentran espesos y llenos de líquido, y bajo esta in- fluencia la herida se cubre de nuevo de una serosidad concreta, especie de capa grasosa; del tercero al cuarto día se observan debajo de ella, pequeñas eminencias rojas y vasculares que se designan con el nombre de botones carnosos. Estos botones, que deben su origen á la organización de una sustancia plástica, granulosa, se muestran en todos los tejidos con un carácter de unidad notable. Son siempre los mismos, ya sea que se des- arrollen en la piel, en un músculo ó en un hueso. Estos botones varían de aspecto según el estado general del individuo y ciertas condiciones especiales. Cuando son pe- queños, cónicos, tinos y rosados, se dice que son de buena na- turaleza; cuando son, al contrario, voluminosos, blandos, mora- dos, son de mala naturaleza. Forman la membrana granulosa de los autores y su desarrollo, en buenas condiciones, deter- mina la adhesión de los bordes de la herida del modo que Bell ha llamado reunión por segunda intención. Esta forma de cicatrización exige de doce á quince días, y, como hemos dicho, está acompañada de la formación de pus y de algunosfeuómenos generales; del tercero al cuarto día, después del accidente, suele presentarse un estado febril que se designa con el nombre de fiebre traumática y que generalmente es be- nigna. Las heridas por instrumento cortante son en lo general lesiones que se verifican de afuera hacia adentro, pero no es raro encontrar en algunas regiones, heridas que presentan los mismos caractéres de las precedentes y que obedecen áotro me- canismo. Cuando un cuerpo contundente obra con fuerza sobre la piel (pie cubre algunos bordes óseos, como la arcada orbitaria, el borde tibial, por ejemplo, produce la sección de la piel de adentro hacia afuera con una precisión tal que es fácil juzgar que ha tenido lugar con una lámina cortante. No debe el perito olvidar estas circunstancias. Cuando se procede al reconocimiento de una herida, la vis- ta solamente puede ser suficiente para establecer que ha sido 165 producida con instrumento cortante, cual es su extensión, su dirección, su forma ; pero respecto á su profundidad y á los ór- ganos heridos no sucede lo mismo; es preciso hacer un examen más minucioso. El examen del instrumento que ha producido la herida da á la justicia datos muy importantes. El médico debe determinar su forma, su volumen, su peso, su extensión, las manchas de sangre ó de cualquiera otra naturaleza que pue- da tener, y demás particularidades, como el ver si tiene el nom- bre de la fábrica ó alguno otro, su articulación, si existe, el color del mango ó empuñadura ; si es nuevo ó viejo, y, por último, establecer con claridad si existe alguna relación entre la sección de los tejidos y el arma que se presenta. Se examinarán tam- bién los vestidos del herido y se establecerá cuál era su actitud al momento de recibir la agresión. Estos conmemorativos pueden servir para resolver -cuál es la profundidad de la herida, sin necesidad de sondearla. Mas, si se sospecha la penetración de fragmentos, se procederá á son- dear la herida con el mayor cuidado sirviéndose de preferencia de los dedos, desinfectados, siempre que lo permita el sitio y extensión de ella. En las heridas de las grandes cavidades, yá hemos dicho que se prohibe el sondearlas. Sería de todo punto censurable en un médico legista el emplear estiletes ó sondas para explorar la profundidad de una herida en cualquiera de las grandes serosas, aracnoides, pleura, pericardio y peritoneo. El estilete puede producir mayores males, ya determinando una inflamación, ya destruyendo un coágulo reciente que pudiera ha- berse formado, y que debido á él la hemorragia se hubiese sus- pendido. No hace mucho tiempo ocurrió entre nosotros un caso de heridas graves del cerebro. El médico llamado por la familia del paciente tuvo á bien sondear la herida. Se presentaron luégo algunas complicaciones, y otro médico notable, consultado por la defensa, declaró que las complicaciones eran el resultado de la exploración practicada por el primer médico. Dió esto lugar á una larga discusión, y el cuerpo médico de esta capital, estuvo de acuerdo con el segundo cirujano. Datos preciosos para la investigación pueden sacarse del examen de los líquidos que salen por la herida. El encontrarse 166 orina, sinovia, bilis, materias fecales, no dejará la menor dada de que la vejiga, las articulaciones, el hígado y los intestinos han sido comprometidos. Se anotará este hecho en la diligencia, advirtiendo su gravedad. De igual manera la parálisis de algunos músculos indica inmediatamente la sección de ciertos nervios. Debe establecerse en estas heridas, como en todas, la posi- bilidad de alguna complicación y demás circunstancias del pro- nóstico, como la edad avanzada del herido, su mala salud aute- rior, un mal régimen, los vicios constitucionales, como la sífilis, la tuberculosis etc., etc. En lo general, es fácil determinar esta clase de heridas, salvo en algunas regiones del cráneo, en donde una contundente puede parecer cortante, y viceversa. La herida misma da los datos en los casos de duda; la irre- gularidad de sus bordes, su profundidad, la sección de órganos resistentes, indican que el instrumento ha obrado tanto por su peso como por su corte ; tales son las heridas producidas con una hacha, con un machete, con los fragmentos de una botella que se rompe contra el cráneo. Al contrario, los bordes netos y finos indican armas muy afiladas y láminas delgadas. Heridas por instrumentos punzantes.—Se designan con este nombre las heridas producidas por instrumentos de punta aguda y acerada, como son el puñal, la espada, la bayoneta, la navaja, el estoque, el florete, los clavos, los fragmentos de hue- so ó'de vidrio etc. Tienen por carácter ser estrechas y profundas. De estos instrumentos, los unos son lisos y muy agudos; otros irregulares y romos, otros, en fin, son tan frágiles que se rompen en la herida. Tourdes divide estos instrumentos en cua- tro clases: 1?, instrumentos redondos, como la aguja y el pun- zón que producen una herida pequeña, y siempre más estrecha que el instrumento; estas heridas son en lo general inofensivas si las agujas están asépticas ; 2‘?, instrumentos punzantes y cor- tantes, como el puñal; producen heridas de forma característica, con uno ó más ángulos que dan idea del instrumento que las produjo; 3?,instrumentos de forma triangular ó cuadrangular como el estoque y el florete, que dejan huellas irregulares; cuando los bordes son cortantes se puede reconocer en la heri- da la huella de la lámina cortante; cuando son romos apenas se 167 encuentra una herida más ó menos elíptica con dos ángulos de' sigílales; 4:.1, instrumentos perforantes irregulares, como los fragmentos de madera (estacas) ó de vidrio; producen solucio- nes de continuidad que tienen mucha semejanza con las heridas contusas. En todas estas heridas, la hemorragia es de poca considera- ción, y algunas veces, en vez de escaparse al exterior, la sangre se infiltra entre las mallas de los tejidos perforados y produce una equimosis más ó menos extensa. Sería difícil juzgar por la cantidad de sangre que sale de la herida, de la naturaleza de ella; se ha visto la penetración de una aguja en una arteria sin producir pérdida de sangre. El dolor es insignificante si el ins- trumento es fino y muy agudo. Se reúnen por primera intención y la cicatriz se hunde entre los tejidos; algunas veces se infla- man, ya sea por la contusión de sus bordes, ó porque perma- nezca en su fondo algún líquido ó algún cuerpo extraño. En estos casos el herido experimenta un sentimiento de tensión dolorosa en el trayecto que ha recorrido el instrumento y la inflamación termina por lo regular con un fiegmón profundo, más ó menos extenso. Es difícil algunas veces establecer el trayecto que tiene la herida. Guando existen dos aberturas que corresponden á la entrada y á la salida del instrumento, se puede sospechar el ca- mino que éste ha seguido y la naturaleza de los órganos heridos; pero esto no es siempre fácil, porque suelen verse heridas de esta especie en que el instrumento separa, sin perforar, órganos importantes como los intestinos ó gruesos vasos. Guando apenas existe una abertura, la incertidumbre es mayor; si se conoce la forma y longitud del instrumento y la posición del individuo al recibir la herida, estos elementos ayudan poderosamente á for- mar el juicio sobre los órganos heridos. Creemos que es inútil hacer la exploración de estas heridas por medio de estiletes, porque éstos hacen más mal que bien. En efecto, estos estiletes pueden determinar un trabajo inflamatorio ó destruir alguna adherencia benéfica que esté uniendo los bordes de una solución de continuidad. Puede el médico legista hacer esta exploración cuando sospecha con algún fundamento la existencia de un cuerpo extraño en el fondo de la herida y cuya presencia, sos- teniendo la supuración, aumenta la imposibilidad para trabajar. 168 Contusiones y heridas hechas con instrumento contundente• Es necesario establecer la diferencia capital que existe entre las contusiones y las heridas contusas. Sucede que los cuerpos contundentes, al obrar con alguna violencia sobre los tejidos, des- garran las partes lesionadas sin romper la piel, ó bien desgarran también la piel. De aquí, lesiones distintas en cuanto á su sin- tomatología y su pronóstico. En el primer caso, la potencia del cuerpo contundente pro- duce efectos muy diversos en relación con su intensidad; desde una simple equimosis hasta el machucamiento completo de los tejidos, respetando siempre la piel. Esto hace admitir cuatro grados en la contusión : 1?, el primer grado está caracterizado por la desgarradura de algunos vasos capilares muy finos, que dejan escapar una pequeña cantidad de sangre entre los elemen- tos orgánicos, sin alterar la estructura de los tejidos; 2?, en el segundo grado se rompen vasos más voluminosos y se altera la estructura de los tejidos; la sangre yá no se infilta sino se reú- ne en pequeños focos ; todo esto sin producir ninguna mortifica- ción propiamente dicha, porque la sangre puede absorberse y los tejidos volver á su estado normal sin eliminación alguna de sus partes componentes; 3?, en el tercer grado la alteración es más profunda; la hemorragia es más abundante, los tejidos se rompen, se inflaman y se mortifican ; 4?, por último, en el cuar- to grado, hay una completa mortificación con pérdida de una porción de tejidos, inflamación profunda y supuración abundan- te que hace indispensable darle salida al pus por medio de una incisión. La contusión es el resultado de una fuerza ó presión ejer- cidas sobre nuestros tejidos ú órganos en dos sentidos opuestos, por diferentes agentes. Ordinariamente éstos están dispuestos, el uno afuera de nuestro cuerpo y el otro adentro; esto sucede cuando el cuerno contundente da sobre un hueso ó unaaponeuro- sis; otras veceíffimbos agentes se encuentran afuera como en las mordeduras ó pinchamientos con una pinza; otras veces, ambos agentes están adentro, potencia y resistencia, como sucede en las contusiones y fracturas de los huesos de la pelvis en los ca- sos de una caída de pie desde un lugar elevado. La contusión es tanto más fuerte cuanto mayor sea el volumen del cuerpo 169 que la determina y su velocidad. Varía también por la dirección, ya perpendicular, ya oblicua del agente y por la resistencia comparada de los diversos tejidos. Debe saberse en Medicina legal que existen algunos indi- viduos más aptos que otros para experimentar los efectos de una contusión. En general, las mujeres gordas, pálidas, linfáti- cas y de piel fina, conservan la marca equimótica de la más li- gera presión. Recordamos el caso de una mujer joven en quien reconocimos diez y siete equimosis circulares en el pedio, el cuello y los brazos, y pudimos establecer su causa, que eia una simple succión de la piel en esos puntos. Es posible que en es- tos casos exista una diátesis hemorrágica. En las contusiones, cada órgano y cada tejido se impresio- nan de distinta manera. Así, cuando la contusión afecta un músculo, además del dolor, habrá una pérdida del poder de la fibra muscular, y este dolor aumenta cuando el músculo se cou- trae ; en los nervios, el dolor está acompañado de un sentimien- to de quemadura al nivel del punto afectado y sobre todo el trayecto de las ramificaciones nerviosas. La contusión de ciertos órganos, como el testículo, las ma- mas, ó de ciertas regiones como el epigastrio, va acompañada de un dolor tan vivo, tan penetrante, que los heridos experi- mentan un síncope al mismo tiempo que el pulso disminuye de frecuencia y de fuerza; también suelen presentarse vómitos y un sentimiento de debilidad profunda en todo el orgauismo. En el examen de una contusión debe el perito estudiar los siguientes puntos : las equimosis, los derrames traumáticos de sangre y los derames traumáticos de serosidad. La equimosis es la infiltración de sangre en el tejido celu- lar. Puede situarse en el tejido celular subcutáneo y hacerse aparente inmediatamente, ó en el tejido celular profundo, y no hacerse visible sino mucho tiempo después. Se forma más fácil- mente en los tejidos ricos en vasos que en aquéllos que no lo son. Además de la sangre, suele encontrarse serosidad de color rosado, debido á la hematina, y la cantidad de ésta hace variar mucho la coloración de la mancha equimótica. Esta coloración varía desde el negro intenso hasta el amarillo de paja, según la intensidad, el período de la contusión y algunas otras circuns- tancias. 170 Cuando la infiltración de sangre es considerable y muy su- perficial, la equimosis toma un color negro ó apizarrado, en espe- cial en los párpados y otros lugares en que la piel es muy fina; en la conjuntiva torna un color rojo. Cuando es profunda, la equimosis toma un color azuloso. Estas coloraciones van cam- biando de día en día ; la negruzca pasa á ser azulosa, azul-clara, y, por último, amarillo de paja. La causa de estos cambios no es bien conocida. La duración de una equimosis es muy variable ; es tanto mayor cuanto que la infiltración de sangre sea más considerable y la región más rica en tejido celular. En las fracturas es muy común ver que la equimosis persiste después de la consolidación- La forma de la equimosis es muy importante, porque ella guarda cierta relación con el cuerpo que la produce: una bofe- tada dará una equimosis cuadrangular, un foetazo la dará rec- tilínea y estrecha. Se lia discutido mucho la cuestión de las equimosis hechas en el cadáver, llieux, y con él otros muchos autores, no admi- ten la posibilidad del hecho, una vez que el cadáver se ha en- friado; mientras conserva algún calórico, se puede, mediante ciertas violencias, producir un derrame de sangre pero no una equimosis. La equimosis no es siempre el resultado de una contusión ; la succión da lugar á ellas; el vómito y los esfuerzos violentos dan lugar á equimosis múltiples y pequeñas; en los niños que sufren de tos ferina es muy común que aparezcan en los párpa- dos y en la conjuntiva equimosis extensas. También se ven equimosis espontáneas. Depósitos traumáticos de sangre.—Después de una contu- sión, suele suceder que la sangre, en vez de infiltrarse como dejamos dicho, sale de los vasos y se reúne en un punto, for- mando un depósito que puede adquirir grandes dimensiones y dar lugar á alguna equivocación. Así, cuando ese depósito data de varios días y no se conocen los antecedentes, puede tomár- sele por una colección purulenta. Cuando su aparición es rá- pida después del golpe, es fácil distinguirla. En el cráneo estos depósitos sanguíneos tienen una dispo- sición tal que es posible confundirlos con un hundimiento de los huesos del cráneo. 171 En algunos casos el contenido no es de sangre sino de se- rosidad. Esto tiene lugar cuando la piel se desprende del tejido celular por medio de una fuerte contusión que obra oblicuamen- te sobre los tegumentos, como sucede-con las ruedas de un co- che. Estos depósitos son á menudo indolentes al principio, pero á medida que se extienden la tensión de la bolsa hace dolorosa hi región. El diagnóstico médico-legal de una contusión es fácil. La naturaleza del cuerpo contundente, la violencia del choque, la estructura de la región herida, el tinte equimótico y la cantidad de sangro infiltrada, son signos que sirven para aclarar el con- cepto del perito. Con algunos de ellos es posible determinar la fecha de una equimosis y la naturaleza del cuerpo contundente que la produjo. El pronóstico de una contusión varía según su violencia y •según la naturaleza de los órganos heridos. Aconsejamos la mayor prudencia en estos casos; algunas contusiones pueden producir rápidamente la muerte; otras, en apariencia benignas, tienen, después de algún tiempo, funestas consecuencias ; otras, pueden producir una invalidez de por vida. Heridas contusas.—Se designa con este nombre todas aquellas lesiones que se producen con cuerpos contundentes, incluyéndose aquí las heridas producidas por un proyectil de arma de fuego. Estas, no obstante, tienen caracléres especiales que liaremos conocer por separado. Las heridas contusas pueden observarse en todas las regio- nes del cuerpo, pero es, sin duda, la cabeza su sitio más privi- legiado, tanto por ser el punto á que se dirige siempre el agre- sor, como porque su estructura ósea facilita la producción de ellas; después de la cabeza vienen con frecuencia los miembros superiores y luégo los inferiores. Estas lesiones son, sin duda, las más frecuentes entre las diligencias que se le presentan al médico legista en este país; quizá fornnu la mitad de los reconocimientos que hemos prac- ticado. El uso del palo ó ¡jarróte y de la piedra entre las gentes •del pueblo, nos da mensualmente un número muy crecido de reconocimientos. De ordinario se cree que una paliza no causa 4a muerte, y esto hace que se den con mucha frecuencia. Dar un susto ó una paliza es lo mismo entre ciertas gentes, y por la causa más ligera se procede á ello. En las heridas contusas es preciso distinguir dos grados : la escoriación y las heridas contusas propiamente dichas. La escoriación es, en lo general, una herida ligera que apenas inte* resa la capa superficial del dermis sin producir pérdida de sangre. Puede suceder que la capa superficial se levante y dé paso á unas pocas gotas de sangre cuando el cuerpo vulnerante obra con mucha fuerza. Por lo general son muy dolorosas las escoriaciones, debido á la riqueza nerviosa del tegumento y á la presencia, en alguna de sus partes, de corpúsculos nerviosos especiales. Pocos momentos después de producida la escoriación, la piel se enrojece y se cubre de un líquido seroso ó serosan- guinolento que se concreta y forma una costra protectora. Esta permanece en su lugar por algunos días hasta que se cae, cuan- do yá el organismo ha producido una nueva epidermis. Algunas veces, ya por falta de aseo ó por condiciones individuales, la escoriación se inflama, supura y deja una pequeña cicatriz. Una escoriación casi nunca produce imposibilidad para trabajar por más de dos días. La herida contusa,propiamente dicha, representa una solu- ción de continuidad de forma irregular y de bordes desiguales y generalmente mortificados por el cuerpo contundente. No obstante esta definición, un cuerpo contundente puede producir una herida de bordes iguales y regulares cuando la presión se hace sobre superficies óseas provistas de bordes más ó menos delgados. Esto sucede en la órbita hacia su parte ex- terior en donde existe el borde cortante del frontal, en la parte anterior de la pierna, en donde existe el borde cortante de la tibia, que vulgarmente se llama espinilla. La sección en estas condiciones tiene el aspecto de una herida producida por instru- mento cortante. No debe olvidarse esta circunstancia, que en dos ocasiones nos ha dado lugar á largas discusiones con la de- fensa. Las heridas contusas casi nunca se reúnen por primera in- tención. De ordinario se inflaman y supuran, y no es raro que sus bordes lleguen á gaugreuarse. Esta gangrena puede ser primitiva ó consecutiva, y esto hace que los tejidos no vuelvan 172 173 á su estado normal, antes de doce á quince días, en los casos favorables, y mucho tiempo después cuando sobrevienen com- plicaciones, como son los flegmones difusos del tejido celular y las angieleucitis; este último accidente es frecuente en los miembros inferiores. En estas heridas, como en todas, el médico legista debe establecer la imposibilidad para trabajar con toda reserva, y aconsejar un tratamiento riguroso que prevenga mayores com- plicaciones; debe también observar si el paciente obedece el régimen curativo prescrito, y establecer esto en los reconoci- mientos posteriores. Heridas producidas por instrumentos dislacerantes, por tracción ó desgarramiento.—Corresponden á este grupo las so- luciones de continuidad producidas por una tracción violenta sobre los tejidos, y por un mecanismo especial; ofrecen grande analogía con las heridas contusas, pero se distinguen por la falta de equimosis. La solución de continuidad es ordinaria- mente extensa é irregular, en relación con la forma del instru- mento que la produce, tenaza, pinza, engranaje de una rueda, paso de un coche, cilindros de un trapiche. Esta última causa es muy común entre nuestros trabajadores, y casi siempre estas heridas van acompañadas de fracturas que terminan por la pérdida de un miembro ó parte de él. A esta misma clase de heridas por arrancamiento corres- ponden la tracción del cordón umbilical, de la verga, de los tes- tículos, del útero. Hemos tenido dos casos de heridas de esta especie en los testículos y varias en el cordón umbilical (infan- ticidios). En estas heridas suele no haber hemorragia, y esto se explica por la constitución misma de los vasos arteriales. Las túnicas de la arteria son desigualmente elásticas y resistentes; durante la tracción, las túnicas interna y media se rompen pri- mero, y en virtud de su elasticidad se recogen hacia adentro disminuyendo á la vez la longitud y el calibre del vaso. La tú- nica externa, al contrario, más y más estirada se alarga, y al fin se rompe también. La porción rota de la arteria representa así un cono muy alargado cuya base está obstruida por las capas interna y media, primitivamente destruidas. 174 La marcha de estas heridas, no obstante sus intensas mu- tilaciones, no presenta grandes complicaciones. En la diligen- cia de reconocimiento debe establecerse con toda claridad la extensión de los desórdenes causados y la lesión de por vida tpie pueda ocurrir como resultado final. Heridas con los dientes.—Las heridas hechas con los dien- tes ó mordeduras, en apariencia de poca significación, suelen- tener la mayor gravedad. Hemos tenido ocasión de observaren algunos casos, complicaciones que nos hacen detenernos en su estudio; síncope, gangrena, flegmón difuso, pérdida de la parte- mordida, pérdida del miembro lesionado y muerte. Pueden causar estas heridas los mamíferos de dientes ace- rados, dejando verdaderos agujeros en los tejidos, si el animal retira prontamente, las mandíbulas, pero algunas veces con- traen éstas convulsivamente y ejercen sobre las partes cogidas- violentas tracciones con pérdida de sustancia. Esto sucede con las mordeduras de perro, que son las úni- cas, con las del hombre, que tiene ocasión de considerar el mé- dico legista. Entre nosotros, parece exagerado, es más común la mordedura del hombre que la del perro ; los dientes son, en las riñas de la gente del pueblo armas muy poderosas, y en más de veinte ocasiones hemos visto sus funestas consecuen - cias. En estos casos el individuo (pie muerde bajo la influencia de la cólera ó de los celos, agarra con fuerza efftre sus incisivos- una parte, de ordinario la mano ó la cara, la mantiene sometida á una presión violenta durante algunos momentos y luégo arranca la parte cogida. En uno de los casos más graves (pie hemos observado ocu- rrió toda clase de complicaciones, tina mujer, N. íL, llegó á nuestra Oficina, mordida por otra mujer, el mismo día que- tuvo lugar la riña, consecuencia de celos. Al examinarla, en- contrámos heridas en los dedos índice y medio de la mano dere- cha, las articulaciones de las primeras con las segundas falanges- destruidas; en ellas se podía ver la articulación y porciones de hueso desprendidas; dolor intenso en toda la mano, estado febril y malestar general. Practicámos el reconocimiento, y al si- guiente día volvimos á examinar á la enferma; su estado se había agravado, y las heridas estaban inflamadas y erisipelatosas; orde- 175 nárnos que se trasladara al Hospital; tenía 39° y dolor en todo el miembro. En el servicio del doctor Agustín Uribe, esta mu- jer fué atendida con el mayor cuidado, pero no obstante esto, las heridas siguieron mal camino; se formó uu vasto flegmón que invadió todas las articulaciones de los huesecillos del carpo, y fué necesario practicar la amputación en la parte media del antebrazo. La mujer permaneció mucho tiempo en el servicio, y después de una convalecencia difícil, regresó á su casa. En el segundo caso, la mordedura se hizo en la nariz. Un hombre lleno de cólera se arroja sobre una mujer, le da un mordisco en las narices y se las arranca. Visitamos á esta mujer en el Hos- pital al siguiente día del suceso. La cara estaba congestionada, la herida irregular y dolorosa comprendía casi toda la porción libre de la nariz y parte del cartílago que separa los dos orifi- cios de ella. En el servicio se atendió á la enferma con esmero, y después de veinte días volvió á su casa con una lesión de por vida ; con una cara deformada que puso término á su profesión. El tercer caso, bien original por cierto, es el de una mujer pa- nadera que se presentó en la Oficina pocos momentos después del accidente. El hombre que reñía con ella la echó por tierra y luégo en su furor alcanzó á cogerle el dedo pulgar de la mano derecha, al nivel de la primera articulación de las falanges ; con la rapidez y violencia de un salvaje trozó con sus dientes el pe- dazo de dedo y se lo tragó. La mujer permaneció enferma por más de treinta días; con fiebre, dolor intenso en la mano, y quedó con una mano defectuosa. En los casos citados, y otros más, hemos observado algo especial en las heridas, que no hemos visto anotado en parte alguna. La herida, en sí, como lesión traumática, no guarda relación con los accidentes consecutivos. El estado febril, el síncope, la inflamación flegmonosa, la erisipela, y por último, la necesidad de amputar parte de los tejidos heridos, nos están indicando que estas heridas son evidentemente sépticas ; no de otro modo puede explicarse su gravedad. La saliva al estado normales un producto de secreción que contiene una numerosa eautidad de microorganismos necesarios para que esa secreción cumpla con la misión que tiene á su cargo en los fenómenos químicos de la digestión. Nada tiene de raro que este liquidóse 176 altere, como sucede con otros, en los momentos de una pertur- bación nerviosa, ocasionada por la furia de los celos ú otra pa- sión intensa. ¿Quién puede asegurar lo contrario? Y, si así fuere, esa secreción en condiciones anormales, nos explicaría la gravedad de las heridas inoculadas por el agresor al momento de romper los tejidos con los dientes. Es posible dar otras ex- plicaciones, pero establecemos ésta hasta conocer otra más sa- tisfactoria. Nos queda algo por decir de las heridas producidas por el pico de algunas aves, y (pie puedan también ser motivo de in- tervención pericial. Hemos tenido dos casos de heridas hechas por un loro; en la pierna de un niño el primero, y en brazo de una niña, el segundo. Pueden estas heridas tener sus compli- caciones; fiebre, dolor intenso, inflamación y supuración de la parte lesionada, según su extensión. Se establecerá la imposibi- lidad ó enfermedad del paciente. Heridas envenenadas.—Con este nombre señalaremos aque- llas heridas en que además de la lesión de los tejidos, se depo- sita en ellos accidentalmente una sustancia venenosa de distinta especie, venenos vegetales ó minerales, materias sépticas, pon- zoñas y virus. En todos estos casos la lesión local no tiene valor ninguno; son las consecuencias generales las que deben estudiarse. Algunas de ellas pueden dar lugar á nuestra inter- vención de médicos legistas, y por esta razón hemos creído ne- nesario anotarlas. Algunos pueblos salvajes envenenan la extremidad de sus flechas con curare, en los momentos de combatir. Esto, rara vez tiene lugar en los pueblos cultos; apenas tenemos co- nocimiento de un caso de que hemos oído hablar en esta ciudad. Se dijo que el puñal de uno de los caballeros del combate esta- ba envenenado con curare. Cuando se deposita una sustancia venenosa en la superficie de una herida puede ser absorvida y dar esto lugar á un enve- nenamiento, cuyos earactéres no difieren de aquél que se produce por la vía digestiva; en los tegumentos puede quedar una pe- queña inflamación que no tiene valor alguno. Al ocuparnos de la toxicología volveremos á tratar este asunto. Heridas producidas por ponzoñas.—Las ponzoñas ó vene- nos son ciertos productos de secreciones normales, propios á determinados animales. Ellas pueden, cuando han sido inocula- das y han llegado á la corriente sanguínea, dar lugar á acciden- tes graves y mortales. Difieren de los virus en que los venenos agotan su acción en el cuerpo que atacan y no son susceptibles de engendrarse, y además, en que tienen necesidad para obrar de ponerse en contacto directo con una herida que sangre. Co- locados sobre la piel y las mucosas intactas no producen ningún accidente, razón que explica por qué las heridas de esta especie no determinan accidentes en la persona, que para sacar el ve- neno ejerce repetidas succiones en el punto herido; esto último lo hemos visto hacer después de haber sido herido un niño por una culebra de gran tamaño, y dió resultado aparentemente satisfactorio. Los animales provistos de venenos pertenecen todos á los reptiles, á los insectos y á las arañas. Entre los primeros, la víbora, la culebra cascabel, equis y otras muchas; entre los se- gundos, la abeja, la avispa y entre los últimos, el escorpión y la tarántula. En la población de Anapoima fuimos llamados por la auto- ridad para reconocer á un hombre que encontrámos en el siguien- te estado : debilidad profunda, dificultad para respirar, pulso pequeño, lengua gruesa, seca y saliente de la boca, sed ardiente, orinas sanguinolentas, dolor epigástrico, diarrea, sudor frío, co- loración ictérica, delirio débil y pérdida de la memoria. Según nos informaron, el paciente había estado en su tra- bajo bueno y sano el día anterior; al regresar á su casa dijo que un compañero lo había hecho caer sobre una culebra y que ésta lo había mordido. Al efecto, nos señalaron el punto que el paciente había indicado como sitio de la picadura, y encontrámos una ancha equimosis; en el centro dos pequeñas heridas que sangraban al ejercer presión sobre ellas, dolorosas, edema de la pierna. Con estos elementos fué fácil establecer el diagnóstico. El individuo murió al día siguiente, y la instrucción suma- ria aclaró los hechos, quedando comprobado el dicho del pa- ciente. Heridas virulentas.—Las heridas virulentas difieren de las anteriores por la introducción en la economía de un producto 177 178 de secreción morbosa capaz de engendrarse de nuevo y que no manifiesta su presencia sino después de algún tiempo de in- cubación. En este caso tenemos la sífilis, que en medicina legal ocupa un lugar preferente. El perito debe, en heridas de esta natura- leza, tener la mayor prudencia y conocimientos muy precisos para evitar errores que podrían ser funestos. Hemos tenido un caso de herpes del prepucio, tornado por chancro infectante; diagnóstico que sirvió para iniciar una causa sumaria que se suspendió con nuestro reconocimiento. Heridas por armas de fuego.—Con este nombre conocemos aquellas lesiones producidas por proyectiles movidos por la ex- plosión de la pólvora ó de otra materia explosible y cuyo resul- tado final es ordinariamente una herida contusa. Son heridas ordinariamente redondas, de dimensiones limi- tadas, rodeadas de una superficie negrusca ó equimótica y de bordes mortificados, que casi nunca se reúnen por primera in- tención. En ellas debe distinguirse lo que corresponde al pro- yectil y lo que corresponde á la pólvora. La pólvora es un compuesto de azufre, nitro y carbón en proporciones diversas. La pólvora de guerra, por ejemplo, tiene 75 partes de nitro, 12.50 de azufre, 12.50 de carbón. Su com- bustión produce 450 veces su volumen de gas, compuesto éste de ácido carbónico 53, ázoe 42, óxido de carbono 5. El calor producido aumenta enormemente la fuerza elástica de los gases, y se puede avaluar en 40,000 atmósferas la fuerza de explosión de la pólvora, según observaciones de Dupuytren. Las lesiones que produce este agente son de dos especies: la quemadura y la contusión y desgarradura de ios tejidos. La quemadura varía con la distancia á que tiene lugar la explosión y con el receptáculo que la contiene. En las minas, al aire libre, las quemaduras son extensas y pueden propagarse á los vesti- dos. Se reconocen las quemaduras por la coloración azulosa ó negrusca, debida á la incrustación de algunos granos de pólvora en los tejidos. Los proyectiles que hemos tenido ocasión de estudiar han sido las balas de rifle, de revólver y de pistola, las municiones y los cortados ó pedazos irregulares de plomo. Todos estos 179 cuerpos producen efectos de distinta especie: contusiones y he- ridas. La contusión puede ser más ó menos intensa, desde la equimosis hasta la destrucción completa de los tejidos. Cuando los proyectiles son de un volumen considerable, pueden fractu- rar los huesos sin perforar la piel, y cuando encuentran alguna de las grandes cavidades toráxica ó abdominal, pueden produ- cir la desgarradura del hígado, del bazo, de los pulmones, del corazón, de los gruesos vasos etc., etc. y hasta la muerte puede tener lugar, sin que se sospeche al exterior la existencia de tales desórdenes. Cuando el proyectil viene animado de fuerza suficiente para vencer la elasticidad de la piel, eutonces esta cede y el proyectil penetra y produce heridas de diferentes formas. Unas veces la bala penetra profundamente en un miembro ó en una cavidad sin atravesar la parte lesionada ; otras veces la atra- viesa completamente ; otras veces el proyectil se desvía al llegar al cuerpo forma una gotera debajo de la piel, y por ultimo, el mismo proyectil forma distintas heridas. Cuando el proyectil es redondo y va animado de poca fuerza, atraviesa la piel y se detiene en los tejidos más profun- dos, formando un canal, en cuyo fondo es fácil encontrar la bala. Pero lo más común es que la bala atraviese la parte que hiere, y entonces quedan dos heridas, la una de entrada y la otra de salida. Grandes discusiones han tenido lugar con motivo de las dos heridas que forma el proyectil, y por mucho tiempo se ha admitido que la herida de entrada es más pequeña que la de salida. Esta proposición puede ser exacta cuando el proyectil viene de larga distancia y sólo atraviesa tejidos blandos. Pero, no sucede lo mismo cuando el proyectil apenas ha recorrido un corto trayecto, dos ó tres metros, ó menos; en ese caso la en- trada es más grande que la salida, según la mayor parte de los cirujanos y lo que nosotros hemos podido observar. Siuem- bargo el tamaño de estas heridas no puede ser un signo propio y característico en medicina legal. Velpeau dice, que en cuanto á esto, no hay nada absoluto; Jobert de Lamballe opina del mismo modo y dice que ha encontrado todas las variedades de forma, de tamaño y de aspecto en las heridas de entrada y de 180 salida del proyectil. Estas variedades dependen de la forma, de las dimensiones y de la dirección que trae el proyectil al en- contrar el cuerpo. Beguin dice que en todos los casos que ha tenido ocasión de observar en la cirugía militar, lia encontrado la herida de entrada del proyectil más grande que la de salida, con pérdida de sustancia; la salida más estrecha sin pérdida de sustancia. Estas diferencias, agrega, que no se pueden apreciar cuando las heridas se inflaman, se reproducen después de la cicatriza- ción. A la entrada, la cicatriz es ancha, cóncava, blanca y dura; á la salida, es ligera, superficial y poco irregular y algunas veces apenas visible. Devergie establece que toda la diferencia entre las dos he- ridas depende de la distancia. Si el proyectil viene de lejos, la entrada es mayor que la salida ; si viene de muy cerca, es me- nor. Esto, bien enteudido, en igualdad de circunstancias y de actitud del cuerpo. Si el proyectil trae una dirección oblicua al momento de entrar, es evidente que siempre la abertura de entrada será mayor. Sucede algunas veces que á una herida de entrada corres- ponden dos de salida, situadas en partes lejanas, debido esto á que el proyectil puede dividirse en su trayecto al través de los tejidos en dos ó más porciones, al encontrar un borde óseo. Cuaudo el tiro viene de corta distancia, á quema ropa como se dice vulgarmente, la abertura de entrada es más ancha que la de salida; se encuentra contusiouada y ennegrecida pol- la pólvora. Cuando las balas son esféricas siguen entre nuestros tejidos un trayecto más ó menos largo y sufren desviaciones las más raras. La bala que hiere un punto del cráneo puede contornear la bóveda ósea debajo de los tegumentos y salir en un punto diametralmente opuesto, ó muy cercano del punto de entrada, ó más aún, por el mismo orificio. Lo mismo puede observarse en otras regiones del cuerpo. Estas desviaciones están someti- das á leyes tísicas; un músculo tendido ó una aponeurosis, pueden cambiar la dirección de un proyectil, el cual, cuando está animado de una velocidad máxima, rompe todo cuanto en- cuentra y no se desvía. Las balas cilindricas o cilindro-cónicas producen poco más ó menos los mismos efectos, pero tienen más facilidad para atravesar los tejidos ; se dividen menos que las balas esféricas sobre los bordes de los huesos, y, en lo general, no experimen- tan esas raras desviaciones de que hemos hablado. Pero tam- bién puede suceder que esas balas cónicas giren en el aire y al llegar al cuerpo lo hieran con su base ó sus caras laterales, y en ese caso las heridas son iguales á las producidas con balas es- féricas. Si la bala da contra un hueso puede sufrir cambios intrín- secos sin romper el hueso, ó, al contrario, puede fracturarlo. Así, sin romper el hueso puede dividirse en varios fragmentos,, ó bien, si tropieza con el ángulo de un hueso puede deformarse y tomar una dirección distinta. La división en varios fragmen- tos es un hecho que debe tener en cuenta el perito, y asegurar- se también de la salida de ellos, ó de la permanencia de alguno ó algunos entre los tejidos, para establecer la incapacidad del paciente. Las visceras, los músculos, los nervios pueden ser destrozados por las balas, sin determinar otros fenómenos que aquellos que resultan de la interrupción de sus funciones; con las arterias la situación es más grave. La contusión de una ar- teria por un proyectil puede romperlas túnicas interna y media y consecutivamente producir una exsudación de linfa plástica que oblitera el vaso; otras veces la contusión es más enérgica y llega á mortificar la pared externa del vaso que puede quedar comprometida en la escara que se forma y exponer al paciente á hemorragias mortales. Guando la bala hiere la arteria pueden presentarse dos circunstancias distintas: ó bien secciona los tejidos y la hemorragia es inmediata, ó las túnicas se rompen consecutivamente, poco á poco y se forma un aneurisma falso primitivo. Hemos tenido ocasión de observar este hecho, aso- ciados de nuestro querido maestro, el doctor Manuel Plata Azuero, en un caballero de esta ciudad que se disparó un re- vólver en la parte superior del tórax; la bala penetró por deba- jo de la clavícula y alcanzó á herir la arteria subclavia. Las municiones producen accidentes variables según la distancia á que tiene lugar la explosión del arma. Guando la distancia es muy corta, las municiones no tienen tiempo de se- 181 182 pararse, y forman como lo liace una bala voluminosa, una sola herida de entrada. Luégo, entre los tejidos, se separan y toman distintos caminos y producen varias heridas de salida, ó algunas de ellas se quedan á distintas profundidades. Se han encontra- do en las paredes de la aorta. Cuando las municiones vienen de lejos forman, como se comprende, varias heridas de entrada. La sintomatología de las heridas por arma de fuego, en cuanto corresponde al médico legista, se reduce á considerar alguno de los síntomas más importantes que le servirán para formar su concepto, respecto á la imposibilidad para trabajar. Estos son geuerales y locales. Entre los primeros, debemos anotar, en las heridas graves de las cavidades ó de la profundidad de los miembros, un en- friamiento general, tendencia al síncope, pulso concentrado, hipo, nauseas y vómitos. Algunas veces pérdida de conocimien- to y movimientos convulsivos. Los síntomas locales tienen ciertos caractéres comunes. La superficie de la herida se encuentra de un color negro azu- loso, debido á la infiltración de sangre en parte, y también á la quemadura de los tejidos. Son, en general, heridas secas é indolentes, salvo que exista algún filete nervioso comprometido en ellas; no se reúnen por primera inunción ; después de algu- nos días de una supuración fétida, que se explica por la elimina- ción de las partes mortificadas, el pus cambia de aspecto, el trayecto de la bala se obstruye por la reunión de botones car- nosos, y las aberturas de entrada y de salida acaban por ce- rrarse. Esto sucede cuando no sobrevienen complicaciones y que la herida interesa solamente partes blandas. Pero cuando la bala fractura los huesos, la marcha es muy diferente; de ordinario el hueso se rompe en varios fragmentos y se produce una infla- mación muy intensa con supuración abundante; las heridas de entrada y de salida del proyectil no se cierran sino después de la expulsión de las esquirlas y demás cuerpos extraños. Cuaudo las balas atraviesan las grandes articulaciones y las fracturan, la gravedad de los accidentes aumenta considera- blemente. Sabemos que la herida de la articulación de la rodi- lla es casi siempre mortal. La hemorragia es otra de las complicaciones frecuentes de las heridas. Es primitiva y consecutiva; la saugre sale por am- bas aberturas ó por una sola, y si el vaso abierto es voluminoso la hemorragia puede ser mortal. Algunas veces el síncope que produce la misma pérdida de sangre, interrumpe la continua- ción de la salida y se forma un coágulo poco estable; á cual- quier movimiento del paciente se repite la hemorragia hasta que éste muere. Los cuerpos extraños que pueden permanecer en la herida son una nueva complicación. Unas veces es la bala que no sale ni se puede sacar; otras, son fragmentos de ropa, de madera, de piedra etc. Estos cuerpos provocan grandes supuraciones hasta que se eliminan. Algunas veces las balas pueden enquis- tarse y permanecer así en el organismo muchos años sin mani- festar su presencia. Se han visto casos repetidos de balas en el pulmón, en el cerebro etc., que permanecen allí sin producir accidentes, hasta el día en que por cualquiera circunstancia cambian de lugar, y su peso las hace caer sobre porciones más delicadas que no toleran su presencia. En vista de una herida por arma de fuego, el perito debe solicitar los conmemorativos del accidente, si es posible; esto tiene grandes ventajas para el esclarecimiento de los hechos. Luego debe determinar el sitio exacto, la forma precisa, la di- rección, el trayecto recorrido por el proyectil, los órganos heri- dos en el orden en que lo hayan sido, la presencia ó ausencia de cuerpos extraños ; establecerá con toda claridad si el proyec- til salió ó no salió de la región herida; si lo primero, dirá la forma de las heridas de entrada y de salida, su tamaño y la distancia que hay entre ellas; indicará con exactitud cuál de esas heridas se encuentra por delante del cuerpo y cuál por detrás. Para esto último, debe tomar por punto de partida la división del cuerpo en planos anatómicos: anterior, posterior, lateral derecho y lateral izquierdo. Nunca debe olvidar el perito una sola de las circunstancias anotadas. De ellas, y muchas veces de una sola se desprende toda la verdad de un hecho. Además, es indispensable indicar la dirección del proyectil antes de herir, si vino de arriba ó de abajo, y cuando sea posible, la distancia y la actitud del herido y del agresor en el momento del disparo. 183 184 Para responder á estas diversas cuestiones se ha tenido la costumbre de sondear las heridas. Hoy esta práctica está aban- donada, prohibida y hasta castigada, sobretodo cuando se trata de regiones en que existen órganos importantes á la vida. Kes- ponsable hasta cierto punto sería el perito que se permitiera conducir un estilete á las cavidades craneana, toráxica ó abdo- minal. Xo solamente podría comprometer la vida del paciente sino que destruiría todo el valor del sumario, en muchísimos casos. En efecto, ¿ cómo se podría determinar con la claridad y precisión que exige la ley, aquello que corresponde directamen- te á la herida y aquello que ha determinado el estilete explora- dor, conducido casi siempre por manos ignorantes ? Repetidas veces hemos tenido en consulta conceptos peri- ciales emitidos sobre heridas por armas de fuego, en que se ha ve- rificado el examen de la herida de un modo imprudente y ab- surdo: ]ST. X. en la población X, recibió una herida cerca al ombligo, los peritos dicen: ulaprofundidad es muy honda, pues pude meter el dedo y después una tienta.n Esto sucede más fre- cuentemente de lo que se cree, y de seguro que con un juicio pe- ricial semejante queda destruido en parte todo el proceso. Gomo regla invariable dejamos establecido que los peritos no deben sondear las heridas de las grandes cavidades. El cate- terismo puede practicarse en las otras regiones, cuando ha per- manecido en ellas algún cuerpo extraño, pero, aun en estos casos deben proceder con todos los cuidados antisépticos, y de esto se dejará constancia en la diligencia de reconocimiento. El dedo desinfectado es el mejor de los instrumentos ex- ploradores ; si la herida es pequeña y no permite la entrada, se puede ensanchar por medio de una pequeña incisión. Guando el dedo no alcanza á tocar el cuerpo extraño, debe usarse uu estilete de plata desinfectado; cuando el estilete no llega hasta la profundidad que se desea conocer, es permitido practicar una contra-abertura y por ella sacar el cuerpo extraño. Las fracturas de los huesos exigen cuidados especiales tanto en la colocación de los miembros como en las curaciones antisépticas que se hagan ; los enfermos deben tener una ali- mentación reparadora, y no esas dietas de otros tiempos más graves que la herida misma. 185 Por lo tanto el perito debe ordenar al herido un régimen apropiado y vigilar su cumplimiento, haciendo mención de los reconocimientos. Es muy raro hoy, con los conocimientos que se tienen, que la herida de un miembro por arma de fuego de pequeño calibre exija la amputación. Y cuando ésta se ha verificado, corres- ponde al médico legista apreciar la necesidad de dicha ope- ración. ¿ Cuáles son los medios para distinguir las lesiones de cau- sa externa de las de causa interna y espontánea f—Esta cuestión no es difícil para el médico práctico. En efecto, las fracturas y las luxaciones, que son las solas lesiones que pueden producirse espontáneamente, están siempre acompañadas de un estado de caquexia ó de debilidad general que hace fácil distinguirlas de las lesiones producidas por violencias exteriores. Existe uu grupo de enfermedades que designamos con el nombre de hemorragias espontáneas, en las cuales se presen- tan manchas equimóticas, más ó menos numerosas, que pueden hacer creer en alguna violencia por tener un aspecto semejante á la equimosis determinada por una contusión. Pero es fácil hacer la diferencia con sólo observar con atención esas man- chas; en la púrpura, en el escorbuto, en la hemofilia, ellas son muy numerosas, su sitio es variable, su forma es regular, casi siempre redondas y pequeñas. En las contusiones, al contrario, las equimosis son anchas, irregulares y variables en su forma. ¿De qué manera se pueden distinguir en un cadáver las lesiones que se hicieron en vida, de aquellas hechas después dé la muerte t—Esta cuestión es de suma importancia en medicina legal, y encierra las mayores dificultades. El interés y la ven- ganza pueden unirse para hacer aparecer como el resultado de violencias una muerte que tiene otras causas. Yo hace mucho tiempo tuvimos que resolver esta cuestión en circunstancias que pueden repetirse todos los días. Un caballero acomodado se vió ofendido por su sirviente, y le dió con su bastón un golpe en la cabeza; se produjo una pequeña herida en la región parietal derecha, que nosotros reconocimos y consideramos cu- rable en el curso de ocho días, tiempo á que limitamos la im- posibilidad del herido. Este siguió el tratamiento que se le 186 prescribió y su herida empezó á cicatrizar seis días después del suceso. Mas como el autor de esa herida fuese uu hombre aco- modado, la familia del herido, so pena de dar aviso á las auto- ridades, empezó á explotar á dicho individuo, quien se aterró con la sola idea de una cárcel. Dejamos de ver a! herido por no haber regresado á la Oficina de reconocimientos, y 20 días des- pués de nuestro primer examen, recibimos orden de la autoridad respectiva para practicar la autopsia del dicho herido, de quien decía el padre y demás personas de la familia, había muerto por causa de las heridas que le había producido su patrón. Ve- rificada la autopsia encontrámos una perforación del hueso parietal en el mismo punto en que habíamos reconocido nos- otros una herida del cuero cabelludo, y además dos fracturas del temporal del lado opuesto. Alarmados por este examen, y viendo lesiones que no habíamos nosotros encontrado ni sospe- chado en vida del herido, procedimos á buscar la causa directa é inmediata de la muerte. Encontrámos una pneumonía doble supurada. Dimos nuestro concepto respecto á las lesiones de los huesos del cráneo, basados en el examen minucioso de ellas y establecimos que dichas fracturas se habían producido des- pués de la muerte del individuo. El sumario á que dió lugar todo esto vino más tarde á confirmar con declaraciones nuestro concepto. Es, pues, muy importante el estudio de esta cuestión, y existen elementos útiles y conducentes para resolverla, que de- bemos anotar aquí. Según las experiencias de Ghaussier y otros, una herida hecha treinta horas después de ia muerte, cuando ya existe la frialdad y rigidez cadavérica, y la sangre está exprimida de los órganos parenquimatosos ó coagulada en los vasos, tiene bordes pálidos, sin hinchazón, sin alteración de ninguna especie, sin infiltración de sangre en las aréolas de la parte rasgada ó del tejido laminoso circunvecino, ni efusión de ella en la herida, á no ser que se haya abierto una vena grande y que la presión ejercida por la gravedad haya hecho salir el líquido contenido en ella, bastando lavar la solución de continuidad para quitarle el color; las arterias no dan sangre; cada tejido conserva su color. Lo único que habrá de común con las heridas hechas 187 suites de la muerte, es la retracción de los tejidos, poique la elasticidad no cesa hasta el momento de la descomposición. La herida hecha en el vivo tiene los bordes sanguinolentos y sepa- rados, más en los miembros que en el cuello y las manos, y se- gún la dirección de la herida, en relación con la de los tejidos, aglutinados en las heridas pequeñas por sangre coagulada; á las pocas horas los bordes están hinchados y rubicundos por la 'Congestión é infiltración sanguínea; á los pocos días sobreviene la supuración ó la secreción de linfa plástica y todos los fenó- menos naturales de las heridas, que es inútil enumerar. En vista de lo que acabamos de decir, es imposible una equivocación sobre este punto. Pero si la herida se hace poco tiempo después de la muerte, estando el cuerpo caliente y la sangre todavía fluida, ya no será tan fácil la distinción, porque se presentarán algunos caracteres de los que ofrecen las heridas en el vivo, mientras que faltarán algunos de los otros; no habrá, sin embargo, tumefacción ni infiltración de los tejidos celulares; la sangre que haya salido de los vasos heridos estará fluida, y si acaso forma coágulo, no tendrá este adhesión alguna á las superficies divididas. En cuanto á las contusiones y equimosis, las diferencias son bastante apreciables. El doctor Christisson, de Edimburgo, lia hecho notables experimentos sobre el cadáver, y de ellos se deduce lo siguien- te: los golpes violentos sobre el cadáver, pocas lloras después de la muerte, pueden producir contusiones enteramente seme- jantes, respecto á su color á las producidas durante la vida; fas mudanzas de color y las livideces cadavéricas son efecto de 'la efusión de una capa muy delgada de la parte fluida de la sangre en la superficie de la piel, debajo de la epidermis; la sangre puede ser derramada en el tejido celular subcutáneo, hasta el punto de enrojecer y aún ennegrecer los tabiques que separan las celdillas adiposas, sólo que esta última alteración jamás ocupa un grande espacio. Pero no se producen hinchazón, maucha negra rodeada de una capa amarillenta, coágulos de sangre en el tejido celular subyacente, ni hay distensión en las celdillas del tejido celular, causada por la sangre, ni renitencia, -que se observan en las violencias ejercidas durante la vida. Si las equimosis datan de algunos días antes de la muerte 188 del sujeto, la coloración amarillenta ó verdosa que se presenta al rededor de la equimosis durante la vida, es por sí una di- ferencia muy marcada y característica. Devergie dice que, según sus experiencias, golpes dados- con palos á lo largo de los huesos cubiertos solamente por la pie!, en sujetos muertos pocas horas antes, no pudieron produ- cir equimosis; la piel de la parte contusa, expuesta al aire, se- puso apergaminada. En las partes muy provistas de grasa tampoco es posible producir equimosis; mejor se consigue eu las medianamente provistas de aquel elemento. Los derrames interiores, si se efectúan después de la muer- te, están limitados; la sangre no se presenta coagulada, y su cantidad nunca está en relación con el calibre de los vasos ro- tos ; en la infiltración, nunca la sangre está incorporada con el tejido por donde se disemina. Si la herida es por un tiro á que- inaropa, hay además, una especie de mezcla de los granos de pólvora no quemados, el polvo carbonizado y sangre coagulada, que indica bien haberse hecho la herida durante la vida. Las luxaciones y fracturas producidas durante la vida pre- sentan inyecciones de los tejidos adyacentes, que no se obser- van en las otras. En el vivo, las extremidades ó fragmentos de los huesos fracturados se infiltran de sangre en cierta extensión,, y lo mismo sucede con los músculos. En el cadáver los frag- mentos quedan pálidos. En cuanto á las mutilaciones por arma cortante, son muy mareadas las diferencias que presentan, según hayan tenido lugar en el vivo ó en el muerto. La sección de un miembro en el cadáver presenta una superficie uniforme, en la cual se hallan cortados todos los tejidos en un mismo plano, á un mismo ni- vel, porque los tejidos son inertes é incapaces de contracción alguna. La herida es pálida; la piel y el tejido celular contras- tan por su blancura con los otros órganos ; las arterias vacías y abiertas con su pared muy blanca, hasta el punto de su sec- ción ; no hay señales de hemorragia. La mutilación en el vivo ofrece caracteres opuestos. La piel se retrae después de cortada; el tejido celular grasicnto se pone tumefacto y se inyecta de aire ; la superficie de los mús- culos es desigual, figurando cada uno en la sección, como un. 189 muñón más ó menos saliente, en razón de su longitud y de la disensión de sus fibras, las que están de color rojo y cubiertas de sangre ; los vasos están también hundidos ó retraídos; los tejidos de la sección están cubiertos de sangre, y si lavándolos se quita esa coloración, reaparece al poco tiempo de estar ex- puestos al aire. CAUSAS DE LAS HEIíLDAS. Las causas de las heridas son múltiples y variadas. Bajo ü\ punto de vista médico-legal, deben buscarse las condiciones materiales en que es producida cada especie de herida y el cuer- po, arma ó instrumento que las produce. Las causas físicas pueden reducirse a las siguientes: la pre- cipitación del cuerpo de un lugar elevado ; la destrucción ó mu- tilación por masas pesadas, por ruedas de carros, coches y otros vehículos tirados por animales, ó bien por los carros de los ferrocarriles; la presión entre dos fuerzas; los diversos motores mecánicos, como las diversas máquinas de vapor, los molinos, los trapiches etc.; y, por último, los diversos instrumentos vul- nerantes. Bespecto á la especie del instrumento vulnerante, vá hemos dicho que la herida en cada caso tiene sus caractéres especiales. Los instrumentos contundentes son de una variedad infi- nita ; unos son naturales como la mano, la cabeza, el pie; viene luego el palo ó garrote, la piedra, la cachiporra, el martillo ú otra masa cualquiera. Las heridas hechas con instrumento con- tundente tienen los siguientes caractéres: 1?, la equimosis más ó menos extensa y de una forma que, con frecuencia, tiene cier- ta relación con el cuerpo que la produce; 2?, el derrame ó infil- tración sanguínea entre los tejidos; 3?, la escoriación y la herida contusa con ó sin colgajos; 4?, las lesiones de los huesos y arti- culaciones, fracturas, hundimientos, luxaciones. Los instrumentos cortantes producen heridas de bordes netos, con ángulos agudos. Algunas veces el instrumento no sók) obra por su filo sino también por su peso, como sucede en las heridas producidas con una hacha ó machete ; otras veces, obran por su punta, como pasa con algunos cuchillos. En estos 190 casos, se reúnen en la misma herida los caractéres de las heri- das producidas por instrumento cortante y contundente, ó de cortante y punzante. Las heridas hechas con tijeras, tienen un carácter especial, son dobles y forman un triángulo cuya cima es obtusa. Por último, un instrumento cortante dirigido con fuerza puede operar una sección completa y neta, una mutila- ción de las partes heridas. Los instrumentos punzantes ó perforantes producen heri- das que tienen por carácter general su estrechez; su forma es- ordinariamente semejante á la del instrumento vulnerante. Los instrumentos dislacerantes producen heridas que se dis- tinguen fácilmente por las pérdidas de sustancia más ó menos- profundas, por colgajos desiguales, por sus irregularidades, y de ordinario, por la falta de hemorragia. Las armas de fuego ocasionan heridas que no pueden con- fundirse con ningunas otras. La entrada del proyectil y su sa- lida, cuando éste atraviesa la parte herida, se distinguen pol- los caractéres que hemos indicado en otro lugar. En los casos de suicidio con armas de fuego, sucede, en ocasiones, que el disparo inflama, por su cercanía al cuerpo 1111a parte de los vestidos del suicida, y este fuego puede propagarse á los muebles del aposento. Este hecho no es dudoso ; pero la cuestión que importa conocer en Medicina legal, es la distancia á que debe producirse la combustión de la pólvora para que el hecho se verifique. Con este fin se lian hecho repetidas expe- riencias, y en el estudio del Profesor Tardieu se encuentra una importantísima relación que los doctores Adelon, Larrey, De- vergie, Gavarret y el mismo Tardieu hicieron á la Academia de Medicina de París sobre este particular. Dicha relación es bien instructiva y la trascribimos aquí: Un individuo fue hallado en su casa muerto, por causa de una he- rida de arma de fuego que comprometió el corazón. Según los detalles comunicados por la autoridad, la instrucció» demostraba que se había cometido un asesinato, y las sospechas recaía» sobre el hermano de la víctima; pero no fue posible descubrir un sol© testigo del crimen ni una prueba evidente contra el inculpado. Esta prueba, sin embargo, podría resultar, según el Magistrado, de la com- paración de algunos hechos consignados en el sumario. Al momento- 191 de entrar i a policía á la habitación, por primera vez, se vio que los ves- tidos de la víctima, aún estaban ardiendo. La autoridad, de acuerdo con el concepto de dos médicos honorables, que practicaron la autopsia, ad- mite que la causa del incendio de los vestidos fué la combustión de la pól- vora al descargar el tiro muy cerca del cuerpo. Esta circunstancia fué el punto de partida del siguiente razona- miento : se conoce la hora precisa en que se apagó el fuego de los ves- tidos, por la declaración del primer testigo; si las quemaduras que se han encontrado en el cadáver permiten establecer cuánto tiempo ha durado la acción del fuego, es muy fácil determinar á qué hora princi- pió éste, ó, en otros términos, fué disparado el tiro, circunstancia que, unida á la presencia ó á la ausencia del inculpado en la casa de la víc- tima á un momento dado, daría la prueba de su inocencia ó de su cul- pabilidad. Para la autoridad la cuestión difícil, de donde se deriva la acusación, se reduce á los siguientes términos: determinar con toda precisión, según el estado del cadáver y demás circunstancias del pro- ceso, el tiempo que ha durado el incendio que ha quemado el cadáver. Tal fué la cuestión planteada por el Ministro de Justicia á la Aca- demia de Medicina. Y para dar la resolución, es preciso conocer la po- sición del cadáver en los primeros momentos. Tau luégo como se tuvo conocimiento del crimen, se encontró el cadáver en la alcoba de la casa, sentado en el suelo, con la cabeza apo- yada contra la cama, enfrente de una ventana abierta. El fuego se ha- bía extendido cerca al cuello después de haber quemado en parte los vestidos del pecho. Estos consistían en una camisa de género nuevo, un chaleco de lana blanca, un pantalón sostenido por calzonarias. El fuego había destruido la pechera de la camisa desde la cintura hasta el cuello, inclusive los bordes del chaleco y las dos calzonarias en parte; el pan- talón estaba intacto. A un medio centímetro encima de la cintura del pantalón, la camisa presentaba una perforación redonda, de bordes des- iguales. A este nivel se encuentra un pedazo de taco que se adhiere á la parte interna de la camisa; en este lugar, que corresponde al hueco epigástrico, se encuentra una herida de arma de fuego y encima de ella una vasta herida que comprende toda la parte anterior del pecho y del cuello, de forma triangular; en esta última parte, la barba, muy abundante había sido destruida por el fuego ; la piel y los músculos pro- fundamente cortados, parecían haber sufrido una especie de cocción. Además de esta enorme quemadura, existían otras muy profundas en las manos, que se extendían desde la muñeca hasta le región palmar y habían carbonizado la región tenar. Debe advertirse que los puños de la camisa estaban intactos, hecho que da á las quemaduras de las manos una importancia y una significación particulares. En cuanto á la herida que causó la muerte, sus caracteres son cla- ros. Ella se encuentra situada al nivel del apéndice sifoides; es circu- lar, sus bordes delgados y ennegrecidos; el proyectil penetró de dere- cha á izquierda y de abajo hacia arriba; atravesó el hígado, el diafrag- ma y el corazón; una enorme hemorragia en las cavidades toráxica y abdominal; la muerte filé instantánea. Las quemaduras tienen todos los caracteres de las quemaduras hechas después de la muerte. En presencia de estos hechos la Academia debe contestar al interro- gatorio anterior, estableciendo, si es posible, la causa del incendio. Después de largas discusiones, la Comisión de la Academia pro- puso que se hicieran algunas experiencias antes de resolver el punto. Y el resultado de ellas fue el siguiente: 1?, que es excepcionalmente raro que una arma de fuego pueda incendiar los vestidos y quemar así el cuerpo ; 2?, que el hecho es posible. Se trata ahora de saber, en el caso sometido al estudio, si las cir- cunstancias exteriores y las lesiones materiales hechas en el cadáver, pueden tener por única causa el disparo del arma. A primera vista es difícil admitir que el incendio de la poca ropa haya podido producir una quemadura tan extensa y tan profunda. Otra circunstancia muy significativa, consignada en la relación de los pri- meros peritos, es que las partes del vestido que atravesó el proyectil no lian sido destinadas por el fuego. Sin embargo sería posible admitir que una parte del taco quemado hubiese determinado el incendio de la camisa y del chaleco, pero ¿cómo se explica la carbonización de las manos, con la integridad de los pu- ños de la camisa ? Se podría responder, que al momento del disparo el individuo herido llevó las manos á la herida por un movimiento instin- tivo; pero entonces, ¿ cómo quedaron intactos los puños1? La Academia no admite esta explicación y rechaza el concepto de los primeros peritos. En la interpretación que le dan á la quemadura de las manos, cree que tiene otro origen independiente de la herida epigástrica}7 del incendio de los vestidos. La Academia no puede deter- minar el tiempo preciso que ha durado el incendio, por el estado del cadáver y de los vestidos. 192 En la investigación ele la cansa ele una herida es preciso ser tan claro como lo permita el estudio minucioso del caso. Cuando la autoridad ó algún particular presenta el arma que se supone haber servido para el hecho, es necesario que el pe- rito conceptúe sobre la posibilidad ó no posibilidad de que dicha arma haya producido ó no la herida que se estudia. 193 Con este fin observará la relación que pueda existir entre el instrumento y la herida, teniendo presente que en algunos casos excepcionales, ciertas heridas pueden producir alguna confusión ó error, y que sólo con gran cuidado se puede evitar éste. Las heridas hechas por un instrumento cortante poco afi- lado pueden producir heridas contusas; al contrario, un cuerpo contundente cuando hiere en una región en que las partes blan- das son poco espesas y están sostenidas por un plano resistente, ó que se encuentra un borde óseo, puede hacer pensar en un instrumento cortante. También el aspecto de la herida cambia notablemente por la inflamación que puede apoderarse de ella. CONSECUENCIAS Y CALIFICACIÓN DE LAS LESIONES. Esta parte de la medicina legal es de una importancia ca- pital, si recordamos que el grado de pena que se ha de aplicar á un delincuente depende de la mayor ó menor gravedad de las lesiones que lia ocasionado. Es en el dictamen pericial que se funda el Juez para dar su resolución ó fallo, pero más especialmente en esta parte final de dicho dictamen. De ella nace la reparación penal ó civil que apareja la agresión ó el accidente. De aquí la necesidad de establecer con claridad el tiempo de imposibilidad para el trabajo, ó de enfermedad que cada lesión determina. El Profesor Tardieu nos dice á este respecto: “El perito debe examinar á su herido bajo el punto de vista de la integri- dad de sus funciones, de la libertad de sus movimientos y de la perturbación ó dificultad producida á su género de vida ha- bitual, cualquiera que sea. La existencia y la duración de esta perturbación realizan las condiciones de la enfermedad y de la incapacidad establecidas por la ley. La enfermedad está cons- tituida esencialmente por la imposibilidad que tenga el ofendido de volver á seguir sus trabajos habituales.” Nuestro Código Penal señala claramente la pena, en los distintos casos de agresión, tomando por base el concepto peri- cial. Por tanto, éste debe encerrar una doble apreciación, res- pecto al estado local de la lesión y al estado general del herido. 194 En cuanto á lo primero, sabemos que á cada especie de lesión corresponde cierto grado de gravedad, según la extensión, la profundidad y el órgano lesionado. Respecto á lo segundo, de- bemos considerar la constitución, la edad y los hábitos del he- rido, su estado de salud ó de enfermedad anterior á la lesión, y todas las complicaciones que pueden presentarse. Pava esto se hace necesario clasificar estas lesiones por el orden de su entidad. Hemos dicho antes que las lesiones trau- máticas pueden ser producidas por instrumentos cortantes, per- forantes, dislacerantes, contundentes, perforo-cortantes, perfo- ro-dislacerantes y por armas de fuego, y hemos hecho notar de paso la gravedad mayor ó menor de los accidentes ó complica- ciones que á cada una de estas diversas clases de lesiones co- rresponde. Pero no basta esto para resolver una cuestión tan delicada como la presente; se necesita, además, saber de una manera precisa cuándo una lesión ha de calificarse de leve, cuándo de grave y cuándo de mortal. Esta consideración es asunto de competencia del perito, pero con el fin de facilitar esa labor in- cluimos aquí, un extracto del trabajo del Profesor Devergie, que puede servir de guía en la apreciación de la incapacidad para el trabajo, en los lugares en que no haya facultativos competentes. PRIMERA. CLASE.—HERIDAS LEYES. Heridas que causan incapacidad de trabajo personal menos de veinte días. Excoriación. Herida que interesa el grueso de la piel en cualquiera par- te que sea. Herida de la piel, de los músculos, de los miembros con ó sin lesión de vasos, pero sin hemorragia (reunión inmediata). Picadura ó herida del ojo sencilla y sin accidentes conse- cutivos. Herida de los testículos sin accidentes consecutivos. Quemadura de primero y segundo grado, poco extensa. Torsión ligera. 195 Luxación de las falanges, luxación de la mandíbula inferior* Herida de las articulaciones sin accidentes inflamatorios. Herida de la cabeza sin pérdida de sustancia y sin com- plicación. Herida con conmoción ligera del cerebro. Herida penetrante del pecho, sin lesión de órgano interno y sin accidentes inflamatorios, sin lesión de arterias intercos- tales y sin enfisema. La misma con lesión de los pulmones, pero sin accidentes inflamatorios, sin hemorragia y sin enfisema. Herida penetrante del pecho, con lesión del corazón que no penetre en sus cavidades, con ó sin lesión de pulmones, sin ac- cidentes inflamatorios, sin hemorragia, sin enfisema. Herida penetrante también del pecho, con lesión del dia- fragma, con ó sin lesión de los pulmones, pero sin accidentes, hemorragias ó inflamaciones, y sin hernia de las visceras abdo- minales. Herida poco considerable, penetrante del abdomen, sin le- sión de arteria, de órganos y sin flegmasía consecutiva. Herida penetrante en el abdomen, con lesión de órgano, sin derrame y sin flegmasía consecutiva. SEGUNDA CLASE.—HERIDAS GRAVES. 1? Heridas que causan una incapacidad de trabajo personal más de veinte dias. Herida de 3a piel con pérdida de sustancia bastante nota- ble, por la que no puede ser curada por primera intención ó por la reunión inmediata. Herida por arma de fuego que se lleva una porción de piel. Herida contusa con atrición de la piel. Herida de la piel, de los músculos profundos y membranas con ó sin lesión de vasos, pero sin hemorragia, y que supura. Herida del ojo con derrame de humores. Herida de los testículos con inflamación de los mismos. Quemadura del 3?, 4? y 5? grado, sin accidentes inflama- torios graves. Torsión grave. 196 Luxación, cualquiera que sea, excepto la de las falanges y de la mandíbula. Fractura, cualquiera que ella sea. Herida por arma de fuego, que necesite amputación. Herida de los huesos, seguida de necrose. Herida con caries. Herida de las articulaciones con inflamación. Torsión con fractura. Herida de la cabeza con débil contusión del cerebro. Herida con leve fractura del cráneo. Herida por arma de fuego cuando no interesa más que los huesos del cráneo. Picadura del ojo con inflamación del mismo. Herida de la medula con ligera mielitis. Herida penetrante del pecho, sin lesión de órganos conte- nidos, pero con accidentes inflamatorios. Herida penetrante del pecho con lesión de pulmones y ac- cidentes inflamatorios. Herida penetrante del pecho, con lesión de la parte exterior del cuerpo, con accidentes inflamatorios y sin hemorragia. Herida penetrante del pecho, sin lesión de órganos conte- nidos, sin inflamación y sin hemorragia, pero con enfisema. Herida penetrante del pecho, con lesión de una arteria in- tercostal y derrame de sangre curable. Herida penetrante del pecho, con lesión de pulmones y derrame de sangre curable. Herida penetrante del pecho, lesión del diafragma, hernia de alguna viscera abdominal, sin rotura de esta viscera. Herida penetrante del pecho, lesión del diafragma, de una arteria diafragmática y derrame curable. Herida penetrante del vientre, con lesión de óiganos, sin derrames ni flegmasía consecutiva. Herida con lesión de arteria y derrame de sangre, poco considerable. Herida sin lesión de los órganos huecos, con hernia de los órganos hacia afuera, ligera-flegmasía consecutiva. Herida con lesión del hígado ó del bazo, y flegmasía conse- cutiva ligera. Herida con lesión de la matriz y flegmasía. 197 2? Heridas que causan ó pueden causar achaque ó defecto físico. Sección de los tendones de los dedos, deformación muy frecuente. Sección del tendón de Aquiles, muy á menudo deformidad. Heridas de la piel y de los músculos, con pérdida conside- rable de sustancia. Heridas por armas de fuego en la piel y músculos que ne- cesitan amputación. Heridas penetrantes del abdomen, hernia y ano contra- natural. Heridas del ojo, opacidad de la córnea, alteración de la vista ó catarata consecutiva, ó amaurosis, ó pérdida del ojo por derrame de humores, ó por inflamación. Castración completa. Quemadura profunda de la palma de la mano'. Fractura consolidada con acortamiento. Fractura seguida de una falsa articulación. Luxación no reducida. Luxación en el viejo. Fractura del cuello de los huesos largos en los viejos. Torsión ó luxación del pie y fractura del peroné muy á menudo. Torsión grave en un anciano. Heridas de la medula, seguidas de parálisis. Cualquiera herida que exija amputación. Necrosis extensa de un hueso. Caries considerable de un hueso. Heridas de las articulaciones seguidas de auquílosis. Heridas de las articulaciones seguidas de tumores blancos. TERCERA CLASE-HERIDAS MORTALES. Quemaduras superficiales, pero muy extensas. Quemaduras profundas, aunque de menos extensión. Herida de la piel, músculos, huesos que necesitan amputa- ción, y seguida de hemorragia ó inflamaciones mortales. 198 Fractura conminuta con amputación y accidentes infla- matorios graves. Picadura del ojo, flegmasía con complicación de aracnitis. Herida de la cabeza con fractura del cráneo, hundimiento del hueso y compresión. Herida por arma de fuego que atraviesa el cerebro. Herida de cabeza con considerable contusión de la masa encefálica. Herida con fuerte conmoción cerebral. Conmoción del cerebro. Herida de la medula con mielitis grave. Sección de la medula. Herida del cuero cabelludo, fractura de los huesos del crá- neo, abertura de un vaso, derrame considerable de sangre. Herida penetrante del pecho, lesión del tejido pulmonar, considerable derrame sanguíneo. Herida penetrante de! pecho, abertura del corazón, derra- me de sangre abundante. Herida penetrante del pecho, abertura de las arterias pul- monares, aorta ó venas cavas, con derrame mortal. Herida de la piel, de los músculos, arterias temporal ó maxilar externa, carótida, subclavia, axilar, braquial, radial, crural, poplítea, cuando la hemorragia que producen no está detenida por cualquier causa que sea. Herida penetrante en el pecho con lesión del diafragma, del estómago, hernia de esta' viscera en el pecho, derrames de materias de estas visceras en el pecho ó abdomen. Herida penetrante en el abdomen, interesando los mismos órganos, y produciendo los mismos resultados. Ruptura del diafragma (mortal la mayor parte de las veces). Ruptura del diafragma, desgarro del estómago, hernia de este órgano en el pecho. Herida penetrante en el abdómeu, interesando una arteria, con derrame de sangre, mortal, ó interesando algún órgano. La relación del doctor Devergie deja mucho que desear, tanto porque en ella se prescinde por completo del estado gene- ral del ofendido, como poique muchas de las lesiones anotadas en ella se pueden curar hoy en menos tiempo del señalado allí, 199 gracias á los progresos de la cirugía y de los procedimientos antisépticos. Además, es preciso que en la apreciación que se haga res- pecto de la incapacidad y consecuencias de una herida, no se olvide una doctrina aceptada hoy por todos los autores de Medicina legal y que el doctor Foderé concreta en la siguiente proposición: “ Todo aquello que no depende propia- mente DE LA NATURALEZA DE LA HERIDA NO PUEDE IMPU- TARSE Á SU AUTOR.” Estas pocas palabras nos hacen comprender la necesidad de establecer los hechos con toda claridad, de advertir todas las complicaciones que pueden presentarse y de demostrar cómo una lesión insignificante, una erosión de la piel, por ejemplo, puede producir la muerte. Esas complicaciones nacen de causas distintas, y para su estudio las dividiremos en dos grupos: 1?, complicaciones indi- viduales, y 2?, complicaciones generales. COMPLICACIONES INDIVIDUALES. En ellas debemos considerar : VI, el sitio de la herida ; 2?, la naturaleza especial de ella, y 3?, el estado general del individuo. a) Complicaciones relativas al sitio anatómico de las heridas. En cada región las heridas dan lugar á complicaciones espe- ciales, que nacen de la naturaleza del órgano lesionado y que son propias á cada tejido. Hemos ya estudiado lo que es un traumatismo en general, pero nos falta conocer una de las partes más extensas de la Medicina legal. En ella adoptaremos la siguiente división: 1?, lesiones traumáticas del cráueo; 2?, lesiones traumáticas del cuello; 3‘?, lesiones traumáticas del tronco, y 4?, lesiones traumáticas de los miembros. Cráneo.—Estudiar las lesiones del cráneo es pasar en re- vista las lesiones de cada una de las partes que lo constituyen: las partes blandas que cubren la bóveda ósea, los huesos que forman la cavidad craneana y el contenido de esta cavidad, ó sea el encéfalo y sus dependencias. 200 a) Lesiones de los tegumentos.—Estas son las contusiones ylas heridas. Las contusiones del cráneo, muy frecuentes, se producen en circunstancias opuestas: cuando un cuerpo resis- tente es dirigido sobre él, ó cuando el cráneo, por motivo de una caída, va á dar contra el cuerpo resistente. En cualquiera de las dos circunstancias se produce, en primer término, un aumento de volumen de la parte lesionada, un tumor sanguíneo (llamado vulgarmente chichón), cuyas dimensiones varían al infinito. Malgaigne señala en su anatomía quirúrgica un chi- chón de tamaño colosal, cubría todo el cráneo. Su consistencia varía según que la infiltración de sangre se haga en el tejido celular denso que cubre el dermis, ó que ocupe un sitio más profundo, debajo de la aponeurosis ó del periosto; en el primer caso, la consistencia es dura ; en el segundo, es blanda y fluc- tuante ; y, por último, cuando se reúnen ambas circunstancias, se encuentra el tumor sanguíneo duro en la circunferencia y blando en el centro. En este último caso es fácil establecer un diagnóstico erra- do, y así ha sucedido á cirujanos hábiles. La blandura de la parte central, que cede fácilmente á la presión del dedo, hace contraste con la dureza y resistencia de la periferie, y hace pen- sar en una fractura con hundimiento de los huesos del cráneo. Este error se sostiene, á veces, por la presencia de los latidos arteriales eu la parte central del tumor, latidos que se toman por movimientos del cerebro. Basta esta prevención para que, en casos de esta especie, se explore la herida con cuidado y se deprima con el dedo la parte central hasta encontrar la super- ficie lisa y dura del plano óseo subyacente. Los tumores sanguíneos, ó chichones, en lo general, des- aparecen por resolución y no producen incapacidad para el tra- bajo. Cuando la contusión ha sido violenta y el paciente es débil ó escrofuloso, la piel se inflama y supura abundantemente. Puede suceder que algunos de esos derrames subperiósticos sean el punto de partida de diversas producciones óseas, de verdaderas exostosis que persisten indefinidamente. Las heridas de los tegumentos del cráneo, como las de las otras regiones del cuerpo, pueden ser cortantes, punzantes y contundentes. 201 Los instrumentos cortantes y rectos producen heridas pe- queñas (pie no pasan de tres á cuatro centímetros de longitud, á menos que el instrumento resbale al rededor de la bóveda. Estas heridas varían en profundidad: ya interesan solamente la piel y el tejido celular subcutáneo, ya se extienden á la apo- ne uros i s y comprenden todo el espesor del cuero cabelludo, di- viden el periosto y dejan descubierto el hueso. En estas heridas existe una pequeña complicación que de- pende de su dirección perpendicular ú oblicua. En las oblicuas, los cabellos que tratan de crecer irritan constantemente los bordes de la herida é impiden la cicatrización indefinidamente. Es preciso en estos casos arrancar los cabellos. La hemorragia en estas heridas no es rara; á veces es abundante, cuando el instrumento corta alguna rama arterial. Estas heridas se cicatrizan ordinariamente por primera inten- ción, y apenas producen una imposibilidad de cinco á seis días, salvo las complicaciones de una erisipela ó de un flegmón sim- ple ó difuso. Los ins t rumen tos punzan tes producen en el cráneo heridas poco profundas, por razón del poco espesor de los tejidos blan- dos. Sin embargo, cuando el instrumento no va dirigido per- pendicularmente á la superficie del cráneo, desliza por debajo de los tegumentos y describe un trayecto oblicuo más ó menos profundo. Sucede también que por razón de la forma esférica de la región, el instrumento no tarda en volver á salir, y se for- man así dos heridas separadas por un trayecto subcutáneo. Estas heridas presentan pocas complicaciones, á veces de- terminan dolores intensos. Dupnytren señala el caso de una de estas picaduras que interesó el nervio frontal y produjo dolores excesivos y la pérdida de la visión del lado herido. Dicho Pro- fesor considera este fenómeno como una parálisis refleja. Pue- den estas heridas producir erisipelas y flegmones que hacen el pronóstico más grave aquí, que en cualquiera otra región del cuerpo. Sin estas complicaciones, la incapacidad es apenas de cuatro á cinco días. Instrumentos contundentes. — Las heridas contusas del cráneo son, sin duda, las más comunes de todas las lesiones que tiene que reconocer el médico legista. Al menos entre nos- 202 otros, figuran en los cuadros en una proporción de cuarenta por ciento, y presentan un sin numero de variedades. Resultan de ordinario de la acción de un cuerpo contundente arrojado con fuerza contra el cráneo. Este cuerpo determina una solución de continuidad de los tegumentos, cuyos caracteres varían se- gún la forma, el volumen, el peso, la fuerza impulsiva y la di- rección del agente vulnerante. Otras veces son el resyjtado de una caída de cabeza contra un cuerpo resistente. Cuando el cuerpo contundente es poco voluminoso y obra perpendicularmente á la superficie del cráneo, la solución de continuidad es, en lo general, neta, regular y parece ser el re- sultado de un instrumento cortante; si el cuerpo es angular, la herida es irregular y sus bordes se mortifican. En el primer caso la herida puede cicatrizar prontamente; en el segundo, los colgajos se inflaman, la herida supura y la cicatrización no puede efectuarse antes de doce ó catorce días, siempre que la extensión de esos colgajos no sea excesiva. He- mos tenido ocasión de ver una de estas heridas de tamaño colo- sal. Se trataba de un cochero que, al caer del pescante, una de las ruedas pasó por encima de la frente y le levantó la piel hasta el occipital ; los tegumentos, desprendidos y retraídos, dejaron descubiertos los huesos en una grande extensión, y la herida no cicatrizó sino después de treinta y cinco días. En casos de esta especie, es preciso y de regla absoluta conservar los colgajos y aplicarlos en su lugar, después de bañarlos con un líquido antiséptico; luégo se aconsejará al paciente la apli- cación de compresas empapadas en agua fría. Puede suceder, y así lo hemos visto, que cuando la exten- sión de los colgajos es enorme, una porción del hueso no puede volverse á cubrir y queda expuesto al contacto del aire por un tiempo suficiente para que se desarrolle una necrosis de la lá- mina externa del hueso. En los accidentes de caminos de hierro, suelen verse heri- das raras del cuero cabelludo. En una mujer que fué conducida á nuestra Oficina, observámos una herida enorme con pérdida de sustancia, verdadera herida por arrancamiento, ocasionada por el hecho de haberse enredado su larga cabellera en alguna de las ruedas. En casos de esta especie la situación es graví- sima y la muerte es el resultado final. 203 Lesiones traumáticas de los huesos del cráneo.—Entre las lesiones traumáticas de los huesos encontramos las heridas de distinta naturaleza producidas por instrumentos punzantes y cortantes, y las contusiones. En las heridas por instrumento punzante se debe estable- cer una diferencia según (pie el instrumento atraviese el espe- sor del liíhiso ó solamente su tabla externa; mejor dicho, según que sea penetrante ó nó. En las no penetrantes, la picadura no establece complicación y la herida cura fácilmente. Las heridas penetrantes, al contrario, pueden presentar una gravedad excep- cional si llegan á interesar los órganos encefálicos. Al reconocer una herida de esta naturaleza el perito debe tener la mayor prudencia respecto al pronóstico, pues es muy difícil determinar si la herida es ó nó penetrante cuando es es- trecha. Ayuda mucho en estos casos el conocimiento anatómico que se tenga de la región herida, conocer el espesor y la resis- tencia del hueso, el volumen, el peso, la longitud y la dirección del instrumento vulnerante. Pero en ningún caso le es permiti- do emplear sondas ó estiletes para explorar la herida. El instrumento punzante puede también determinar frac- turas esquirlosas ó herir los órganos intracraneanos, lo que de- termina hemorragias cerebrales ó meningo-encefalitis mortales. Las heridas por instrumento cortante son también pene- trantes ó no penetrantes. Se les ha designado con los nombres de hedra ó herida superficial, eccopé ó corte recto de la lámina ósea, diacopé ó sección oblicua y aposlcepamismos ó separación de un fragmento de hueso con tejidos blandos, quedando el hueso adherido á ellos, y éstos suspendidos por un colgajo. También se suelen ver heridas de la bóveda en que el instru- mento cortante taja una porción y deja descubierto el encéfalo. El reconocimiento de estas heridas es más fácil que el de las heridas por instrumento punzante, pero las complicaciones pueden ser las mismas: fracturas, hemorragias, conmoción y contusión de los órganos encefálicos. Generalmente son mor- tales. Contusión del cráneo.—Los cuerpos contundentes que hie- ren la bóveda del cráneo, determinan, de ordinario, desórdenes variados y complexos, como son las heridas de las partes blan- das, fracturas de los huesos, lesiones del encéfalo. 204 En lo que hace á las contusiones de una parte de la bóveda sin fractura, debemos saber que ella no presenta mayor grave- dad, cuando la contusión es producida por los instrumentos contundentes ordinarios, pero cuando lo es por un proyectil de arma de fuego, las cosas cambian notablemente. En las heridas contusas los tegumentos se desprenden, el periosto se mortifica, los vasos que recorren el diploe se suelen romper y la sangre se infiltra entre las celdillas del tejido óseo. Tales lesiones determinan fatalmente la necrosis de la parte- herida. El trabajo que preside á la eliminación del hueso ne- crosado, produce una supuración abundante, que acumulándose en la superficie de la dura madre, produce graves desórdenes como son la compresión cerebral y la meningo-encefalitis. Cuando la contusión que produce el proyectil no es muy fuerte, su efecto puede limitarse á producir simplemente la necrosis de la tabla externa. Los fenómenos que de ordinario acompañan estas lesiones,, son delirio más ó menos intenso, vómito, algunas veces convul- siones y parálisis que son reveladores de una compresión ó de una meningitis. La diligencia de reconocimiento debe contener todos los pormenores del caso, y cuando el perito sospeche que las com- plicaciones sean posibles ó probables, tendrá la mayor prudencia respecto á la imposibilidad que señala. Más, aún, debe estable- cer claramente si el paciente está ó nó en peligro de muerte. Fracturas (lél cráneo.—Las fracturas del cráneo ofrecen al médico legista particularidades interesantes por las numerosas complicaciones á que dan lugar, ya sea inmediatamente, ya algún tiempo después. Ellas son muy frecuentes en este país, en donde el palo ó garrote es el arma más común, hasta el punto que serán pocos los que no hayan hecho uso de él, entre las gentes del pueblo. También suelen producirse por las armas cortantes ó punzantes, ó por la caída de un cuerpo pesado sobre el cráneo, ó por el choque de éste sobre el suelo. La piedra, arma bastante común, también puede producir fracturas, y en nuestros cuadros figu- ran numerosos casos. Las fracturas del cráneo forman una de las cuestiones más 205 vastas y más importantes para el médico legista. No es nuestro ánimo hacer un estudio detenido de ellas, mas como este Tra- tado puede ser consultado por los hombres de leyes que no tienen por qué conocer el asunto, hemos creído indispensable detenernos en algunos detalles para que sea más fácil la apre- ciación de ciertos fenómenos que se refieren á estas fracturas. En el cráneo es preciso distinguir dos clases de fracturas: las fracturas directas y las fracturas indirectas. Las primeras se compreuden fácilmente. El hueso se rompe en el punto que sufre el golpe, siempre que haya desproporción entre la poten- cia vulnerante y la resistencia del hueso herido. La fractura es tanto más segura cuanto que el instrumento vulnerante obre en una superficie más limitada y esté animado de mayor fuerza. Igualmente la fractura será más limitada cuando la violencia sea perpendicular á la superficie herida, y, al contrario, más extensa, cuando el cuerpo obre oblicuamente. Las fracturas indirectas son aquéllas que se producen en porciones del cráneo más ó menos distantes del punto directa- mente lesionado, por ejemplo, las fracturas de la base por un traumatismo en la cima del cráneo, las fracturas del occipital por un golpe sobre el frontal. Tanto las fracturas directas como las indirectas se dividen para su estudio metódico en tres grandes clases: fracturas de la bóveda; fracturas de la base ; fracturas comunes á la bóveda y á la base. En las fracturas de la bóveda, es preciso recordar lo que se distingue con el nombre de bóveda del cráneo. Ella está constituida por el hueso frontal, los dos parietales y el occipital; su estructura es homogénea, los huesos que la componen están formados de dos capas ó tablas de tejido compacto separado por una porción espongiosa llamada diploe ; una de esas capas, la interna, es más delgada, más dura, más quebradiza, más frágil que la externa, y como ambas son concéntricas, resulta que la capa interna tiene una extensión menor que la externa; hecho de la mayor importancia para la explicación de ciertas fracturas y complicaciones en las heridas del cráneo. Estas fracturas de la bóveda son completas ó incompletas ; las primeras comprenden todo el espesor del hueso y presentan formas muy variadas. Algunas veces son simples grietas sin» separación, sin desalojamiento de las porciones ; son transversa- les, longitudinales, oblicuas, pero más ordinariamente tienen una forma de estrella; es decir, que existe una división princi- pal y central de donde parten ramales secundarios. Otras veces la fractura está acompañada de la separación de los fragmentos ó de la superposición de ellos ó del hundi- miento de los mismos. Estas circunstancias determinan mayor gravedad y aumentan la imposibilidad. Cuando los fragmentos se hunden, es claro que tanto las meníngeas como la masa cere- bral pueden recibir perjuicios mortales. En algunos de los cráneos que conservamos en la Oficina médico-legal, se puede observar bien el mecanismo de estas fracturas. En el cráneo de N. TST. exhumado en Gachetá en 1804, se ve una fractura bellísima con hundimiento de los frag- mentos del parietal derecho y esquirlas de la tabla interna que corresponden al sitio que recorre la arteria meníngea media. Lesiones tan claras como éstas, nos permitieron establecer con facilidad la causa determinante de la muerte de N. N. Con el nombre de fracturas incompletas se designan aque- llas fracturas que sólo comprometen la tabla externa ó interna del hueso. Las fracturas de la tabla externa no se observan sino en aquellos puntos en que el diploe presenta un espesor consi- derable como en la parte inferior de la región frontal. Las frac- turas de la tabla interna son raías, más, su mecanismo es fácil de explicar si recordamos la constitución de esta c¿ipa. Hemos tenido ocasión de observar las consecuencias de una de estas fracturas en un caso que consideramos instructivo y que inser- tamos aquí: 206 X. X. de 18 años de edad, de constitución fuerte, tuvo una riña en la población de X con otro individuo, después de haber tomado una copa de aguardiente ; al retirarse del lugar de la riña, recibió una con- tusión en la frente con una piedra lanzada desde alguna distancia. El choque de la piedra coutra el cráneo de X. X. produjo un sonido que fué perfectamente percibido por algunas personas que así lo declararon. X. X. muere pocas horas después, y las autoridades ordenaron la autop- sia. Esta fué practicada por dos peritos, quienes establecieron que “ X. X. había muerto por causa de una hemorragia cerebral interna 207 que había tenido su origen en una perforación espontánea del seno longitudinal superior.” Conclusión tan original, (lió lugar á que el señor Juez 1? Superior, de conformidad con ei concepto del señor Fiscal, orde- nara el estudio de la diligencia de reconocimiento en la Oficina médico-legal, por creer oscuro el dictamen de los peritos que practicaron la autopsia. Encargados de dicho estudio, rendi- mos la exposición que corre á folio 84 de este libro. Fracturas de la liase del cráneo.—La base del cráneo se distingue por la irregularidad de su forma y por la falta de ho- mogeneidad de su estructura. Vista por su superficie interna, la base presenta tres pisos ó planos, superior, medio é inferior. Aquí, como en la bóveda, las fracturas pueden ser directas ó indirectas. Las directas son raras; no se observan sino en las partes mal protegidas y que pueden estar al alcance de los ins- trumentos punzantes ó de los proyectiles de arma de fuego, por ejemplo, la bóveda orbitaria, la hendidura esfenoidal, la bóveda de las fosas nasales, la porción basilar del occipital. Las fractu- ras de la región basilar se observan en los casos de suicidio, cuando éste se efectúa con arma de fuego disparada en la boca. Se comprende qué instrumentos más ó menos agudos como un estoque, un florete, un bastón, puedan penetrar por la cavi- dad orbitaria y romper sus paredes. De igual manera un instru- mento vulnerante puede penetrar por las fosas nasales, fractu- rar la pared superior de esta cavidad y penetrar en el cráneo. Estas heridas son excepcionalmente graves por causa de la meningo-encefalitis que siempre se produce. Las fracturas directas de la base al nivel de la fosa zigo- mática son mucho más raras. Recientemente hemos observado una de estas fracturas en un zapatero que fué herido por otro compañero; la herida fué hecha con un pedazo de madera. En el reconocimiento encontrámos una fractura estrellada de la base del cráneo que comprendía el fondo de la fosa zigomática, y luégo se irradiaba hacia el temporal, que fracturó en una glande extensión determinándose una hemorragia mortal. En los otros puntos de la base, las fracturas indirectas son más frecuentes. En lo general son el resultado de un golpe tras- 208 mitido <le abajo á arriba, sea por los huesos de la cara, sea pol- la columna vertebral; por ejemplo, después de una caída sobre el maxilar inferior, el choque trasmitido al cóndilo puede rom- per indirectamente la cavidad glenoidea del temporal, y aun se han visto casos en que la violencia ha sido tan intensa, que el cóndilo ha penetrado al través de la solución de continuidad en el interior de la cavidad craneana. Los golpes ó caídas sobre la nariz pueden determinar una fractura de la lámina perpendicular del etmoides, y, por ultimo, las fracturas del maxilar superior pueden propagarse á los hue- sos de la base del cráneo. Por la columna vertebral puede también comunicarse el efecto de una caída de un lugar elevado, cuando el cuerpo cae de pie, arrodillado ó sentado, y la fractura que se produce en la base del cráneo es fácil de explicarse. En efecto, todo el cuerpo al descender va animado de cierta velocidad; al encontrar un plano resistente, recibe un choque que se trasmite por el eje óseo á la base del cráneo, y la fractura se produce en la articu- lación occipito-atloidea ó en sus vecindades. Las fracturas comunes á la bóveda y á la base del cráneo son muy frecuentes cuando los cuerpos vulnerantes, animados de mucha fuerza, hieren en la cima de la bóveda. Con estas generalidades, veamos ahora cómo puede el médico legista establecer su diagnóstico y pronóstico en los casos de fractura de los huesos del cráneo. Tres condiciones pueden presentarse: 1?, herida de los te- gumentos con desprendimiento de éstos y aparición de los hue- sos; 2?, herida sin descubrir el hueso; 3?, ligera contusión ó lesión externa apenas apreciable. En el primer caso, el examen es fácil, sobre todo si la heri- da del hueso es ancha y por ella puede verse la masa cerebral. No obstante, es preciso poner atención y no tomar por fractura alguna de las suturas de los huesos, lo que se puede evitar recor- dando la dirección de esas suturas. En el segundo caso, también es fácil reconocer la fractura si ella está acompañada de hundimiento ó de separación de los fragmentos, de movilidad anormal y de crepitación. Pero las dificultades aparecen cuando la fractura es apenas lineal. 209 Por último, cuando existe una simple contusión, ó cuando no existe ninguna lesión apreciable de los tegumentos, los sín- tomas físicos son muy oscuros á menos que por el simple tacto se pueda encontrar alguna movilidad y crepitación. A falta de signos físicos deben buscarse los signos raciona- les, conmemorativos, inmediatos y consecutivos, como son la altura de que ha caído el cuerpo al suelo, el volumen del cuerpo vulnerante que produjo la lesión, la posición del herido al mo- mento del accidente, la pérdida de conocimiento, el vértigo, el dolor y los síntomas de una meningitis etc., etc. Cuando la fractura se localiza en la base del cráneo, es preciso tener en cuenta un cierto número de signos que se muestran inmediatamente después del accidente, como son : las equimosis, los derrames de sangre de serosidad ó de materia cerebral por los orificios naturales de la cara, y también las parálisis de los nervios de la base del cráneo. La aparición de equimosis en diversos puntos de la base del cráneo después de un violento traumatismo, puede hacer pensar, no sólo en la existencia de una fractura, sino en su sitio. La equimosis de la región mastoideana coincide con una frac- tura de la pai te posterior de la base del cráneo. La equimosis orbitaria, cuando se muestra en ciertas condiciones es un signo muy útil y llega á ser real cuando ella aparece primero debajo de conjuntiva y luégo pasa al párpado inferior. Indica de un modo seguro la fractura de la base del cráneo. La equimosis faringeana es, según Dolbeau, un signo cier- to de fractura de la base. La salida de líquidos orgánicos por la boca, la nariz ó el oído, aunque no son signos reales cuando van solos, reunidos á otros son de mucho valor. Por último, las parálisis de uno ó más de los nervios cra- neanos, que salen por los orificios de la base del cráneo ; olfati- vo, óptico, facial, auditivo, motor ocular común, motor ocular externo y patético pueden ayudar á establecer el sitio de la fractura de la base. Una vez reconocida la fractura, el perito no debe olvidar que todas ellas son graves y á menudo mortales. Esta gravedad depende de las complicaciones que sobrevienen, ya por las me- uingeas, ya por el encéfalo, como son, la meningitis, la encefa- litis, los derrames sanguíneos, la conmoción y la contusión cere- bral. Por simple que parezca la lesión en los primeros momen- tos, puede presentarse á cabo de pocas horas alguna de estas complicaciones, y por lo tanto se debe tener prudencia al esta- blecer la imposibilidad. 210 II LESIONES TRAUMÁTICAS DEL ENCÉFALO Y DE LAS MENINGEAS. Estas lesiones forman un vasto campo de estudio para el médico legista y son de las cuestiones más difíciles. Eli efec- to, la textura tan complicada del cerebro, la gran variedad de sus funciones, muchas de ellas aun desconocidas, y la complexi- dad que envuelve cualquiera lesión del órgano, hacen que le con- sagremos algunas líneas. De un modo general podemos considerar las siguientes lesiones: 1?, heridas del encéfalo; 2?, conmoción cerebral; 3?, con- tusión cerebral; 4?, compresión cerebral 5?, hemorragia cerebral. 1? Heridas.—El cerebro puede presentar heridas punzantes, cortantes y contundentes. Las primeras se efectúan de ordina- rio por las esquirlas de una fractura ó bien por la penetración por alguno de los orificios naturales, de un cuerpo delgado y agudo; hendidura esfenoidal, cavidad orbitaria, orificio occipital. Algunas veces la herida ó picadura puede determinar la muerte instantánea, como sucede cuando se hiere el bulbo, en los casos de infanticidio. Las heridas por instrumento cortante no son comunes. Se sitúan en la bóveda ordinariamente y pue- den presentar dos formas; en unos casos el instrumento cortan- te destruye una porción del hueso, junto con parte de la masa ce- rebral ; en otros, cuando el instrumento obra con mucha fuerza y tiene mucho filo, puede dividir la bóveda en dos partes, de- jando los huesos en su lugar. En el primer caso la masa cerebral expuesta al aire, se in- flama y supura; si la inflamación se localiza y la supuración es poco abundante y superficial, es posible que se formen algunos 211 botones carnosos en la superficie de la herida y la curación se efectúa por medio de una cicatriz de tejido conjuntivo bastante sólida para proteger en parte el cerebro. Cuando la inflamación se extiende y se profundiza, la muerte es casi siempre segura. Cuando el instrumento cortante divide en dos partes la masa cerebral se produce una hemorragia abundante que, unida á otras perturbaciones graves, determina la muerte. Tenemos en la colección del Instituto un cráneo bellísimo que da idea de esta clase de heridas. Nos permitimos insertar aquí el estudio que hicimos en este caso de homicidio, por orden del señor Juez primero Superior. N. N. recibió en el cráneo una herida enorme que dividió el cere- bro en dos partes. La muerte tuvo lugar pocos momentos después. En la población N enterraron el cadáver, y el señor Juez ordenó la exhu- mación. Trasladado el cráneo á la Oficina, encontrámos en la bóveda una incisión transversal neta, que se extendía de un apófisis mastoideo al otro, interesando ambos temporales y ambos parietales. Establecimos nosotros que esa herida había sido la causa determinante de la muerte de N. N. Como en alguna de las declaraciones se dijera que N. N. antes de espirar había ejecutado algunos movimientos con la mano de- recha y señalado una de las vías ó caminos que partían del sitio en que fue herido, el señor Juez sometió á nuestro estudio esta declaración, para que dijéramos si era posible que con tamaña herida N. N. hubiera podido efectuar esos movimientos. Estudiado el punto, contestamos en la forma siguiente: República de Colombia.—Departamento de Cundinamarca.—Oficina de Medicina legal.—Número 37.—Bogotá, 4 de Junio de 1891. Señor Juez. Para poder contestar á los puntos que ese Juzgado ha puesto á nuestro estudio, creernos conveniente dividir éste en cuatro partes: 1? Qué son los hemisferios cerebrales en el hombre ; 2? Cuáles son sus funciones ; 3? Qué porción de ellos ha podido interesar la herida de que tratamos, y 4? Qué funciones orgánicas pudieron comprometerse por consecuencia de la herida. 212 Primero. Por hemisferios cerebrales entendemos la parte superior y anterior del eje cerebro-espinal. Contenidos en la cavidad cra- neana forman la porción más considerable del encéfalo y tienen por término medio un peso de mil doscientos gramos, compren- diendo en esta cantidad el cuerpo estriado y la capa óptica. Están formados de una masa interna ó sustancia blanca y cu- biertos por una capa externa ó sustancia gris; ésta última afec- ta una forma irregular, levantada en unos puntos, deprimida en otros para constituir lo que conocemos con el nombre de circun- voluciones cerebrales. Está íntimamente unida á las capas sub- yacentes y no superpuesta como lo creyeron Vieusens y Eeil; su espesor es de tres milímetros; su consistencia elástica; su apariencia gelatinosa. La sustancia blanca es considerada como la expansión de los pedúnculos cerebrales, que se irradian en forma de abanico de adentro hacia afuera y de abajo hacia arri- ba formando la corona radiante de Eeil y terminándose en las circunvoluciones de la capa gris. En este trayecto las fibras de los pedúnculos se ponen en contacto con las capas ópticas y con los cuerpos estriados de distinta manera: algunas de ellas pasan por enmedio de$¿a capa óptica y del núcleo intra-ventri- cular del cuerpo estriado, y el resto al lado externo del núcleo lenticular del mismo cuerpo. Esta disposición constituye lo que los anatómicos desiguan con el nombre de cápsula interna, y tiene dos partes, una anterior llamada lentículo-estriada y otra posterior lentículo-óptica. Formados así los hemisferios tene- mos que considerarles una cara inferior ó base, que reposa sobre las bóvedas orbitarias, las goteras etmoidales y las pe- queñas alas del esfenoides ; deja una dependencia, la hipófisis, en el hueco de la silla turca y luégo reposa sobre un piso mem- branoso que la separa del cerebelo; y una cara superior con- vexa que está en relación con la bóveda craneana por medio de sus envolturas ó meníngeas. Esta cara presenta particularidades morfológicas de la mayor importancia para nuestro estudio. A la simple vista encontramos en su superficie cisuras, surcos, focetas, circunvoluciones y pliegues que limitan porciones de 213 diverso funcionamiento. ísTo pudiendo entrar en todos estos detalles, que harían demasiado larga nuestra exposición, nos limitaremos á considerar tan sólo aquéllos que sean de rigor para hacer comprender nuestras conclusiones. Consideraremos entre las cisuras, la de Sylvius, la de Ro- lando, ({ue separa el lóbulo frontal del hemisferio del lóbulo pa- rietal, la perpendicular externa de Gratiolet, la interparietal y la témparo-esfenoidal media; estas cinco cisuras limitan terri- torios distintos en cada uno de los cuales vamos á encontrar órganos importantes: entre la de Sylvius y la de Rolando, el lóbulo frontal, con sus cuatro circunvoluciones; entre la de Ro- lando y la perpendicular externa, el lóbulo parietal con sus dos circunvoluciones, y detrás de la temporo-esfenoidal, los lóbulos temporal y occipital. Segundo. Funciones de los hemisferios cerebrales.—Los ñsiologistas admiten hoy que estas funciones son: L?, recibir las impresiones, centro de sensibilidad consciente ; 2?, incitar los movimientos voluntarios. Pero estas propiedades no están perfectamente comprobadas, y aún existe mucha oscuridad en los fenómenos de la actividad intelectual. Está probado boy por las experiencias de Magendie, Bouillaud, Longet, Vulpian y Flourens que se puede destruir en un animal la totalidad de los hemisferios ce- rebrales sin destruir la sensibilidad; pero es preciso proceder con precauciones diferentes, ya sea paraNestudiar la persistencia de la sensibilidad general ó de las sensaciones especiales. El sensorium común se encuentra en la protuberancia anular ó meso-céfalo, y Longet lia llegado á probarlo por experiencias repetidas en los animales, en los cuales ha destruido poco á poco, los hemisferios, el cerebelo, los tubérculos cuadrigemelos, los cuerpos estriados y las capas ópticas. Los gritos que da el animal en estas circunstancias cuando se le excita, son un indi- cio positivo de la percepción, y son gritos muy diferentes del simple grito reflejo. Longet concluye así: que los hemisferios cerebrales no son el sitio de la percepción de las impresiones trasmitidas por los nervios de la sensibilidad general. En cuanto á las diversas especies de sensibilidad especial, el mismo fisio- 214 logista sostiene que ellas persisten después de la extirpación de los hemisferios; así es que respecto á la visión, ha podido obser- var que en un animal al cual había destruido gran parte de los hemisferios, continuaba viendo la luz de una lámpara, y la se- guía, moviendo la cabeza en la dirección en que se colocaba la luz. Vulpián, después de destruir los hemisferios cerebrales á una rata, la vió saltar al dar un golpe sobre una campana, y esto nos demuestra la persistencia de la percepción auditiva, y lo mismo se ha hecho respecto á los sentidos del olfato y del gusto. La percepción se hace, según Longet, independientemente de la actividad cerebral, y si algunos fisiologistas han creído por siglos enteros que era indispensable la integridad de los hemis- ferios para el ejercicio de la sensibilidad, es que á la percepción no han agregado un elemento indispensable, la elaboración in- telectual, que generalmente la completa y la revela ; es porque la sensación no trasformándose entonces en idea, queda al esta- do de sensación bruta ó inconsciente. Continúan los fisiologistas y nos dicen que la sensibilidad en su sentido más amplio, es la facultad por la cual el hombre tiene co- nocimiento de sí mismo y de los objetos exteriores; que ella abra- za cuatro operaciones sucesivas: una impresión producida á la periferiepor el objeto; la trasmisión de esta impresión á los cen- tros nerviosos; la recepción ó formación de la impresión central; la apreciación y el discernimiento, lo que viene á constituir el acto último y supremo, la percepción. La impresión entonces es trasformada en un fenómeno personal ó de conciencia, que da al individuo el conocimiento más ó menos perfecto del objeto que ha dado origen á la impresión primera. La percepción está seguida de una elaboración atenta y voluntaria que el hábito hace instantánea; una determinación en relación con la impre- sión percibida se produce, la intuición del movimiento, necesa- ria á la ejecución del fin querido; y esto es lo que los psicolo- gistas designan bajo el nombre de impulsión, y que explican diciendo: la percepción se hace esfuerzo; viene en seguida la trasmisión de la intuición motriz del aparato motor y en fin, la producción del movimiento voluntario. Tal es el siclo sensitivo- motor completo. Puede representarse por dos trasmisiones de dirección opuesta, separadas por órganos de recepción y de el a- 215 boración. Las trasmisiones se hacen por las fibras blancas, la recepción y la elaboración se pasan en la sustancia gris, de un modo general. Esta actividad animal elemental pertenece tanto al aparato espinal, como al aparato cerebral, perteneciendo á este último las operaciones intermediarias, la percepción, la impulsión y la determinación querida; y para esta actividad superior sí es indispensable la integridad de los hemisferios ce- rebrales. Eu cuanto á la actividad consciente y voluntaria, el aparato cerebral, impresionado por el aparato espinal, trasmite en sentido inverso á los órganos musculares las excitaciones motrices voluntarias que resultan de la percepción y de la de- terminación, derivándose entonces el movimiento voluntario, con las variedades que resultan de la coordinación y armonía dependientes de la organización del mismo aparato motor. Estos son, en la esfera animal, los atributos del aparato cerebral que podemos reasumir en esta fórmula: el cerebro es el órgano de las sensaciones internas y de las impulsiones voluntarias. Y como en el sistema nervioso los elementos blancos no son sino conductores, y los elementos celulares presiden á la elaboración y á la trasformación de las excitaciones, es claro que las opera- ciones diversas que conducen á la percepción consciente, tienen lugar en las células grises corticales de los hemisferios, y que allí también se encuentra el foco de las impulsiones y de las incitaciones motrices voluntarias. Hechos fisiológicos y patoló- gicos han venido á confirmar estas proposiciones y á dar origen á la teoría de las localizaciones cerebrales, teoría aún no confir- mada de una manera absoluta. En cuanto á las operaciones intelectuales propias al hom- bre, corresponden como las operaciones animales superiores al aparato cerebral, y apenas las indicamos de paso, por las rela- ciones que las unen á los actos animales. Estas operaciones de la inteligencia tienen lugar en la esfera de lo abstracto ó de lo general, mientras que las operaciones animales superiores se pasan en la esfera de lo concreto ó de lo particular. Una íntima correlación existe entre las unas y las otras; á la imagen ó á la idea sensible, responde la idea abstracta; en el animal, el pro- ceso intermediario entre la sensación y el acto, que llamaremos proceso de la ideación, no gira sobre otra clase de ideas que las 216 suministradas directamente por la sensibilidad, es decir, sobre las ideas sensibles, particulares ó personales; en lo intelectual el proceso de la ideación, gira sobre las ideas abstractas, gene- rales é impersonales ; á la memoria de lo sensible responde la idea de lo abstracto; á los sentidos internos, el juicio y la razón, y de aquí nace la definición : el hombre es un animal racional. Resulta naturalmente de estas proposiciones que las ideas inte- lectuales ó conceptos no pueden provenir sino de ideas sensi- bles, puesto que no son otra cosa que estas mismas ideas elabo- radas y generalizadas por el yo, que piensa. La impulsión animal no se manifiesta al exterior, sino por movimientos y gritos; la impulsión intelectual se revela por actos variables, como las ideas intelectuales de donde nacen, y por la palabra que es el pensamiento mismo traducido por signos convencionales abs- tractos. La observación permite localizar estas operaciones en la capa cortical del aparato cerebral; pero es imposible dar un paso más allá de esta proposición empírica. Tercero. ¿ Qué porción de ellos ha podido interesar la herida de que tratamos ? Para resolver este punto hemos practicado de la mane- ra más cuidadosa en el cadáver de un adulto la siguiente experiencia : Teniendo á la vista el cráneo del individuo objeto de estudio, hemos hecho en puntos correspondientes del cráneo del individuo adulto una sección de los huesos, semejante en lo posible, en extensión y dirección, á la sección ó herida que presenta el cráneo en estudio, y de la cual hemos hablado al principio. Esta sección, después de cortar los huesos, ha pene- trado en la cavidad craneana y cortado los lóbulos occipitales. ¿ Pero qué porción de estos lóbulos ha sido interesada? Fácil ha sido observarlo, levantando toda la bóveda craneana por un corte de sierra perpendicular á la primera sección, ó para ha- cernos comprender mejor, por un corte que, principiando á cinco centímetros del conducto auditivo del lado derecho, pase por la región frontal al nivel de las arcadas orbitarias y termine á 217 cinco centímetros del conducto auditivo del lado izquierdo. De esta manera quedan descubiertos en su mayor parte los hemis- ferios cerebrales, y es fácil observar las porciones de estos mis- mos que han sido interesadas por el corte practicado en ellos. Este corte, que no podemos asegurar sea del todo semejante al corte que produjera la cuchilla que hirió los hemisferios cere- brales de X. X., en el cerebro de experiencia, produjo la sección de algunos órganos importantes, que fueron, el cuerno de Ammon, el cuerpo frangeado ó Candeleta del hipocampo, el cuerpo dentelado y las dos eminencias que se encuentran en la parte posterior de los ventrículos; la primera, la eminencia co- lateral ó accesoria del pie del hipocampo de Vicq-d’ Azyr; la otra, que forma el piso del cuerno occipital y que se une arriba al cuerno de Ammon, afectando una forma semejante á éste, constituye el pequeño hipocampo de Vicq-d’ Azyr ó JErgot de Morand. El corte de nuestra sierra interesó solamente lo indi- cado y se detuvo sobre el tabique membranoso que separa los lóbulos occipitales de la cara superior del cerebelo. Cuarto. ¿ Qué funciones orgánicas pudieron comprometerse por consecuencia de la herida ? Aceptada la teoría de las localizaciones cerebrales, como existe lioy día, podemos admitir que la herida de los órganos mencionados no afectó en nada los movimientos voluntarios, puesto que éstos se hallan en las circunvoluciones frontales y parietales, es decir, en porciones de los hemisferios cerebrales muy distantes de la herida. Además, esos centros motores que- daron por medio de los pedúnculos cerebrales, en relación con el aparato espinal, encargado de efectuar los movimientos vo- luntarios. La pérdida de estos movimientos puede depender, ó de la supresión de la facultad misma, es decir, por ausencia de la voluntad, ó simplemente por falta de la trasmisión de la in- citación motriz, y estos dos factores no se alteraron por conse- cuencia de la herida. En resumen, nos inclinamos á creer que el herido X. X. pudo efectuar, al caer al suelo, alguno ó algunos movimientos voluntarios rápidos, pero advertimos también que 218 esta opinión no tiene el carácter de una demostración juramen- tada, como se requiere del médico legista, en atención á la falta de estudios fisiológicos que están por hacerse en lo referente al cuerno de Ammon y demás órganos que hemos dicho, interesó la herida. Por otra parte, es perfectamente admisible que una he- rida de la intensidad y extensión que recibió el cerebro de N. N., diera lugar á todos los fenómenos de una conmoción cerebral que produjera una serie de movimientos inconscientes, y entre estos movimientos, el que dicen que efectuó N. N. al momento de ser interrogado por otra persona. Para terminar,, diremos: 1? La herida que recibió ÍT. JST. sobre la bóveda craneana y que interesó los hemisferios cerebrales, produjo la muerte de éste; 2? En cuanto á determinar si su aparato cerebral produje- ra movimientos voluntarios, no nos es posible asegurarlo pol- las razones expuestas. Señor Juez. Carlos E. Putnam.—Nemesio Sotomayor. Las heridas del cerebro por instrumentos contundentes de- terminan en primer término la contusión y la conmoción cere- brales, que exigen un estudio especial. Ahora, tan sólo nos ocu- paremos de las heridas por proyectiles de arma de fuego. Estos pueden atravesar de parte á parte la masa cerebral, o bien des- truyen una parte de ella y son detenidos por alguna porción ósea, sobre la cual se deforman, ó bien, si no van animados de mucha fuerza, entran en la masa cerebral y se quedan en ella. Las consecuencias y complicaciones de estas heridas son variables según la extensión y el sitio de la lesión. En unos casos la muerte es instantánea. Presenciámos este hecho en el joven General Lesmes hace algunos años. La bala penetró por el ángulo interno de la órbita derecha, atravesó la masa cere- bral y se detuvo contra el occipital. La muerte fué instantánea. En otro caso, ocurrido también en un caballero de distin- 219 guida familia, observámos, con sorpresa, lo siguiente: el pro- yectil penetró al cerebro por el lado derecho del cráneo después de romper el hueso parietal; el herido perdió gran cantidad de sangre y cayó por tierra. Cuando lo vimos tenía pérdida de co- nocimiento, de algunos movimientos y de la sensibilidad. Pare- cía el herido amenazado de muerte segura, mas pocos días des- pués lo vimos perfectamente restablecido y entregado á sus ocupaciones. Hoy mismo después de cinco años goza de buena salud, no obstante el tener el proyectil alojado en algún punto de la masa cerebral. Este hecho nos enseña toda la prudencia (pie debe tener en su pronóstico el médico legista. Conmoción cerebral.—Entendemos por conmoción cerebral una perturbación funcional más ó menos grave que puede llegar hasta la muerte y que reconoce por causa un quebrantamiento molecular del encéfalo. La palabra conmoción se encuentra en las obras de Hipó- •crates, Celso, Galeno, Paúl d’Egine y Ambrosio Paré, pero no tiene allí la significación que le damos hoy. La conmoción puede ser directa ó indirecta después de un traumatismo del cráneo ó de la caída del cuerpo de un lugar elevado, cuando éste cae de pie, de rodillas ó sentado. Puede existir con ó sin fractura del cráneo, y algunos autores sostienen que ella es tanto más fuerte cuanto que el cráneo sea más re- sistente á la fractura. Se admiten tres grados en la conmoción cerebral: 1?, con- moción ligera; 2?, conmoción grave; 3?, conmoción violenta y mortal. 1? Conmoción ligera.—En este caso, el herido experimenta después del golpe sobre el cráneo ó de la caída, cierto aturdi- miento, una sensación subjetiva de luz, zumbidos en los oídos y ligera inconciencia; sus fuerzas se minoran hasta la flexión de ios miembros inferiores que no pueden sostener el cuerpo, la cara palidece rápidamente y la respiración se detiene por unos instantes. Unos minutos después, el herido vuelve sobre sí mis- mo, sin recordar el accidente, algunas veces sin la memoria de las circunstancias que lo precedieron. Ordinariamente no con- serva ningún malestar serio; apenas cierto peso en la cabeza, 220 algo de fatiga general ó ineptitud al trabajo, fenómenos que se disipan pasadas algunas horas. En estas circunstancias se dice que lia habido una conmoción cerebral ligera. 2? Conmoción grave.— En este caso el herido cae al suelo sin dar un quejido ni un grito; se queda sin conocimiento y sin movimiento, la resolución musculares completa, los miembros, cuando se les levanta, caen al soltarlos como masas inertes. La cara pálida y sin expresión, los párpados se caen y cubren el ojo que permanece fijo, inmóvil y brillante, las pupilas se dila- tan y pierden toda sensibilidad á la luz. Las sensibilidades espe- ciales se destruyen, la piel se enfría, el oído no percibe los soni - dos; las bebidas que se dan al paciente, ó que se introducen en la boca, permanecen allí sin que pueda tragarlas, ó se escurren por las comisuras labiales. El esfínter de la vejiga lo mismo que el del recto, se relajan y dejan escapar la orina y las materias fecales. Algunas veces se encuentra en la camisa del herido, esperma emitida al momento del accidente. Con este aparato de síntomas, la respiración y la circula- ción se efectúan regularmente, pero quedando reducidas á su más mínima energía. El herido respira con tánta debilidad, que apenas levanta el pecho, y la respiración es casi exclusivamente diafragmática. El pulso blando y depresible, pero muy lento; se ha visto que en ocasiones llega á 30 pulsaciones por minuto. Este síntoma es de suma gravedad. 3? Conmoción mortal.—Esta no puede ser otra cosa que la agravación de la anterior. El herido cae como una masa inerte, privado de todo sentimiento y de todo movimiento, en la más completa resolución ó insensible á toda excitación por fuerte que sea ; el pulso pequeño y la respiración nula, la cara palidece más y más, la piel se enfría y la muerte llega en breve por la suspensión gradual de la acción del corazón y de los pulmones. En los dos primeros casos la conmoción sigue una marcha variable según su intensidad, y no es raro ver que todos esos síntomas de alarma vayan desapareciendo poco á poco. La sensibilidad y el movimiento vuelven progresivamente, pero la inteligencia permanece alterada por más tiempo, lo que da la razón á la opinión de algunos autores, quieues establecen como sitio de la conmoción cerebral, la sustancia gris de los hemisfe- rios cerebrales. 221 El diagnóstico de la conmoción es fácil de hacer. Los ca- racteres que hemos señalado servirán para este íin. En los casos de heridas ligeras, puede presentarse y hacer que lesiones en apariencia insignificantes, determinen accidentes mortales. Es, pues, necesario que el perito examine al paciente con detención y recuerde los cuatro caracteres que acompañan siempre á la conmoción cerebral: 'pérdida de conocimiento, insensibilidad, amnesia y coma. En los casos de alcoholismo, puede presentarse alguna os- curidad al principio, y esto nos lia ocurrido algunas veces. Su- cede que los agentes de policía encuentran en la calle á un individuo tendido, sin conocimiento y en un estado comatoso profundo. Al examinarlo encontramos un traumatismo en la cabeza, pero no se tienen datos sobre las circunstancias del ac- cidente. Pero al recordar que en la embriaguez por avanzada que sea, el estado comatoso nunca es tan completo como en la conmoción, que en la embriaguez se puede sacar al individuo de ese estado por medio de algunos excitantes, y también que la respiración del borracho siempre deja percibir el olor del alcohol, con estos elementos, es fácil precisar el diagnóstico. La congestión y la hemorragia cerebral se pueden confun- dir con la conmoción, pero existen algunos signos diferenciales. En primer lugar, si no hay parálisis es preciso excluir la hemo- rragia cerebral. Sin embargo, las hemorragias abundantes dan lugar á una resolución muscular con hemiplegia. Sucede otro tanto con la congestión, cuando es muy vasta, que es difícil dis- tinguirla de la conmoción á primera vista. No obstante, el pulso es más lento en la conmoción, el estado comatoso más profundo, la pérdida de sensibilidad más completa ; la cara se ve animada, roja en la congestión, pálida en la conmoción. El estado comatoso que sigue á un ataque de epilepsia se distinguirá por algunos signos: se encontrará espuma en la boca del paciente, la lengua presentará las huellas de una mor- dedura reciente, las conjuntivas se verán congestionadas y con algunas equimosis, se encontrarán en algunos puntos del cuerpo contusiones ó heridas en relación con los diversos movimientos desordenados que produce el ataque. El estado de los vestidos es también un signo que puede utilizarse; en el epiléptico se encuentran en desorden. En fin, la pronta desaparición de los accidentes en el epiléptico terminará con la duda. Contusión del cerebro.—Con este nombre se designa una lesión material del cerebro que puede existir con ó sin fractura, y que consiste en una alteración más ó menos profunda de la sustancia cerebral. Esta lesión difiere de la herida contusa, en que no es producida por la penetración forzada de un cuerpo en el espesor de la pulpa cerebral. Ella resulta de golpes ó caídas sobre la cabeza. La contusión puede ser directa ó indirecta, general y difusa. En la autopsia se encuentra en la superficie de ias circun- voluciones un crecido número de pequeños puntos rojos, que constituyen por su reunión una mancha más ó menos extensa,, de una coloración rosada. Generalmente se localizan en la sus- tancia gris y en su porción periférica. La pía-madre presenta en la parte correspondiente á esta hiperemia localizada una colora- ción más intensa y algunas equimosis miliares. Si la contusióu ha sido intensa se ve la pulpa nerviosa un tanto desorganizada: la sustancia gris toma un color rojo oscu- ro y su consistencia se altera por la mezcla con la sangre que ha salido de los vasos que se han roto. La contusión puede efectuarse en varios puntos á la vez; de ordinario en dos puntos diametralmeute opuestos, y cuando se encuentra una porción que la haya sufrido, debe examinarse la parte opuesta correspondiente. No siempre es fácil reconocer al principio una contusión cerebral. Existen, no obstante, algunos signos que pueden po- ner al médico en el camino de un diagnóstico acertado. En los casos graves se observa una agitación continua, pérdida del conocimiento más ó menos completa, respiración lenta, pro- funda, pero no estertorosa, contractura de los miembros, más 6 menos fuerte según la extensión, la intensidad y la profundidad de la contusión, contracción de la pupila, movimientos espas- módicos de los labios y de algunos músculos de la cara, cefalal- gia del lado golpeado. Estos síntomas persisten por cinco ó seis días, época en que aparecen los siguos de la meningo-encefa- litis, caracterizada por fiebre, delirio, convulsiones, estado co- matoso y parálisis. 222 223 Es evidente que la manifestación de estos signos, guar- dará más relación con el sitio que ocupa la contusión que con su extensión ó intensidad. Su pronóstico es siempre grave. El está subordinado en parte al desarrollo de los accidentes inflamatorios y al sitio de la contusión. Cuando el enfermo mejora puede quedar con algu- na lesión de por vida. Compresión cerebral.—La compresión del cerebro puede reconocer varias causas; algunas veces es instantánea y sucede inmediatamente á un traumatismo de la cabeza; tal es la com- presión causada por un fragmento óseo ó por un cuerpo extraño hundido en el cráneo, por un derrame sauguíneo producido muy rápidamente en la cavidad craneana. Otras veces la compresión se produce menos rápidamente y no se manifiesta sino á una época más ó menos lejana del traumatismo ; sucede que algunos derrames sanguíneos se ha- cen muy lentamente y no llegan á producir la compresión sino cuando alcanzan á cierta intensidad. Así se explica el hecho en apariencia raro, de aquellos individuos que sufren un golpe en la cabeza y continúan su marcha, y no es sino después de algunas horas que principian los síntomas graves. La compresión de la base del cerebro se manifiesta por los signos siguientes: suspeusión del movimiento y de la sensibi- lidad, cara pálida, sin expresión, los párpados se cierran, las pupilas se dilatan y se observa que son insensibles á la luz, pulso lento, pequeño, depresible, respiración lenta y acompa- ñada de un estertor; hay retención de orinas y de materias fecales. La hemiplegia que se presenta es completa ó incom- pleta. En el primer caso ocupa toda la mitad del cuerpo; en el segundo caso se limita á la cara, á un miembro ó á un cierto grupo muscular. Esta hemiplegia es alterna. Cuerpos extraños del encéfalo.—Diversos cuerpos extraños pueden complicar las heridas del encéfalo, y por su presencia allí, agregar una gravedad especial; ordinariamente son esquir- las de forma, número y tamaño variable, ó fragmentos del ins- trumento que ha producido la herida ó proyectiles de armas de fuego. Estos diversos cuerpos penetran solos ó acompañados con parte del cabello ó del sombrero del herido. 224 Cuando el paciente no sucumbe, el cuerpo extraño puede escaparse por ¡a simple posición declive de la cabeza, ó puede sacarse por el cirujano si está visible y no hay algún peligro en hacerlo. Cuando permanece en el espesor del cerebro, es raro que su presencia no determine accidentes más ó menos graves. La sustancia cerebral se inflama, y cuando esto tiene lugar en una porción limitada al territorio que rodea al cuerpo extraño, puede suceder que éste se elimine por la supuración y que la herida cicatrice después con facilidad. Otras veces la inflama- ción se circunscribe, y el cuerpo extraño se enquista en medio de la sustancia cerebral. Al practicar el perito un examen de herida del cráneo con penetración de cuerpo extraño, puede ser muy difícil determi- nar el sitio á donde ha llegado ese cuerpo, ni asegurar si el ce- rebro está ó nó interesado; se han visto casos en que la bala, después de penetrar en la cavidad craneana, desliza entre los huesos y la dura-madre sin tocar la sustancia cerebral. De un modo general es preciso tener la mayor prudencia y no emplear soudas ni estiletes para hacer exploraciones que están prohi- bidas, á menos que existan circunstancias especiales que indi- quen el sitio exacto del proyectil.' HEMORRAGIA CEREBRAL. La hemorragia cerebral es la complicación más frecuente en los casos de heridas del cráneo; ella acompaña siempre á la fractura, á la contusión y á la herida del encéfalo. En la frac- tura toma su origen en los vasos del diploé y en aquellos que unen el hueso á la dura-madre; en las fracturas que interesan los parietales, que son las más comunes, el punto de partida de la hemorragia está en la desgarradura de la arteria menin- gea-media. Pueden también herirse los senos de la dura-madre, los gruesos troncos vasculares de la base del cráneo, la carótida interna, la yugular. La cantidad de sangre varía mucho ; su sitio también cambia, pero de ordinario se encuentra entre el cráneo y la dura-madre, en la cavidad aracnoidea, en el espesor de la dura-madre ó en la cavidad de los ventrículos. 225 Sería muy largo entrar en toda la sintomatología de las hemorragias cerebrales, pero creemos indispensable que el mé- dico legista recuerde algunos signos generales. En primer lugar se observan síntomas de compresión y de parálisis; los primeros son idénticos á los observados en la conmoción; las parálisis se manifiestan de un modo más ó menos completo, ya en un miembro, ya en toda una mitad del cuerpo, y en este caso, la parálisis indica que la hemorragia se ha efectuado del lado opuesto. Los derrames de la base, por pequeños que sean, determi- nan la pérdida inmediata del sentimiento, del movimiento y de la inteligencia, y presentan, en una palabra, los signos de la conmoción cerebral mortal, y algunas veces una respiración ruidosa ó estertor. Este fenómeno tiene una importancia real, y siempre indica una compresión del cerebro. Obsérvase algu- nas veces agitación, convulsiones y contractura. Los derrames de ¡a convexidad de los hemisferios son ne- cesariamente menos graves. Pueden pasar sin manifestarse por signo apreciable. ACCIDENTES CONSECUTIVOS Á LAS LESIONES TRAUMÁTICAS DEL CRÁNEO Y DEL ENCÉFALO. El traumatismo del encéfalo puede producir diversas per- turbaciones de la inteligencia, del movimiento, de la sensibili- dad, y desórdenes funcionales de los órganos de los sentidos y de algunos aparatos orgánicos. Estos resultados pueden ser inmediatos, y en este caso es fácil apreciarlos, pero lo más común es que algún tiempo des- pués, cuando yá han pasado algunos de los fenómenos propios de la violencia, aparezcan perturbaciones de las que hemos se- ñalado, y en este caso se consulta al médico legista sobre la relación que pueda haber eutre el traumatismo anterior y el estado actual del paciente; o, mejor dicho, el médico debe con- testar el siguiente interrogatorio, que repetidas veces hemos contestado. El traumatismo que recibió Pedro en la cabeza, en tal fecha, ¿ es, sí ó nó, la causa de los fenómenos que presenta hoy f ¿ En qué razones científicas se funda esa relación de cau- sa lejana á efectos presentes? 226 La inteligencia.—Después de un traumatismo fuerte del cráueo, es muy común que el paciente sufra una debilidad in- telectual marcada, que ésta se haga constante y que llegue á una completa imbecilidad. Hemos tenido ocasión de observar y estudiar cuidadosamente este hecho en un individuo, Pedro P., que hoy vive a cargo de una persona muy honorable. Este individuo, de clara inteligencia y de vasta instrucción, recibió una paliza, y poco á poco llegó al estado de estupidez en que hoy se encuentra. La debilidad de ia memoria y la ineptitud al trabajo son los accidentes más comunes. La pérdida de la memoria produce una especie de afasia, que consiste en el olvido de las palabras y que debe distinguirse de la afasia por falta de expresión de las mismas. La violencia externa puede ser la causa de una enajena- ción mental, y aunque se considera apenas como causa ocasional en individuos predispuestos, ó á una simple coincidencia, nos- otros hemos tenido ocasión de observar algunos casos en que el traumatismo del cráueo ha sido la causa determinante de varias formas de locura. Heridas de la cara.—Las heridas simples de las cejas son por lo general leves, curándose por primera intención en cuatro ó cinco días, ó por supuración en quince ó veinte; á veces se complicau, sin embargo, con amaurosis, neuralgia frontal, in- flamación del globo del ojo y hasta de las meníngeas; pero esto depende, más bien que de otra cosa, del mal régi- men, de las influencias atmosféricas ó de una idiosiucracia par- ticular. De las heridas de los párpados podemos decir lo que de las anteriores, siempre que no penetren en el interior del ojo, exponen al ectropión y á las adherencias con el globo ocular. Las heridas del ángulo interno del ojo pueden complicarse con una fístula lacrimal, por la rotura del saco del mismo nombre. Las del gloóo ocular, producidas por instrumentos punzan- tes, son de mucha gravedad, siempre que haya inflamación, sa- lida de humores, ó que el arma llegue hastal a sustancia cerebral. 227 Las contusiones ligeras sólo producen algún dolor ó desvaneci- miento ; si son más fuertes pueden ocasionar un derrame de sangre en el interior del ojo y basta rotura de sus membranas con la pérdida consiguiente de la visión; de una manera conse- cutiva pueden dar lugar las contusiones á la opacidad de la córnea y del cristalino, amaurosis etc. Las heridas cortantes suelen ocasionar la salida de los humores; la del acuoso no es grave, porque se reproduce, pero la del vitrio lleva consigo la pérdida de la visión. En general, las heridas de la córnea, de cualquier clase que sean, exponen á las opacidades, y las de la esclerótica á la salida del humor vitrio. Las heridas simples de la nariz son leves. Las fracturas de los huesos propios se consolidan ordinariamente á los quince ó veinte días. La fractura del vomer produce deformidad y di- ficultad en la voz y la respiración, podiendo sobrevenir también la caries ó la necrosis. Las heridas del seno maxilar, aunque vayan acompañadas de fractura, son fáciles de curar, si no viene la inflamación de dichos senos y la formación de abscesos, fís- tulas etc. Cuando un corte ó avulsión ocasiona la pérdida de la nariz ó de una parte de ella, la deformidad que queda es horro- rosa, debilitándose también ó desapareciendo por completo el sentido del olfato; á veces estas partes, completamente separa- das, se han unido al resto de la nariz, colocándolas inmediata- mente en su sitio; pero estos casos excepcionales no pueden servirnos de norma para establecer el pronóstico de tales le- siones. Las heridas del pabellón de la oreja no ofrecen gravedad alguna, por lo común ; pero si es una contusión’ fuerte, puede ocasionar un derrame sanguíneo en la caja del tímpano ó en las células mastoideas, accidente que puede producir la pérdida del oído; también puede conducir al mismo fin la rotura de la membrana del tímpano por un instrumento perforante ó cual- quier otro cuerpo extraño introducido en el conducto auditivo externo. El arrancamiento del pabellón de la oreja lleva consi- go una deformidad notable y disminución del oído; también se han dado casos de adherirse una parte de dicho pabellón des- pués de haber estado completamente separada. Las heridas de las mejillas se curan prontamente, pero 228 exponen á la formación de fístulas salivares, siempre que inte- resan el conducto de Stenón ó la glándula parótida. Las heridas de los labios son de las más leves, por su fácil y pronta curación. Las luxaciones de la mandíbula inferior se reducen fácil- mente y quedan curadas en el acto. Las fracturas del cuerpo de este hueso tampoco ofrecen gravedad, por lo común; pero á veces por el desgarramiento del nervio dentario se producen dolores violentos, convulsiones, inflamación de los carrillos, de- bilidad del oído etc. Si la fractura es de uno de los cóndilos, ofrece más gravedad por la mayor dificultad de sostener redu- cidos los fragmentos. Las heridas incisas de la lengua no ofrecen mayor grave- dad. Cuando hay pérdida de sustancia se dificulta la palabra y la percepción de los sabores, y se pierden por completo si la ablación es total. Se han dado, sin embargo, casos de sujetos que, habiendo perdido la lengua han recobrado la palabra y el sabor al cabo de más ó menos tiempo. Heridas del cuello.—Las heridas de esta región son en ge- neral graves por la importancia de. los órganos en ella com- prendidos ; pero lo son en mucho mayor grado las de la región anterior, pues las de la posterior, excepción hecha de los casos en que se iuteresa la columna vertebral ó la medula, son leves ó de muy escasa gravedad. Las heridas de la región anterior del cuello, en la línea inedia y por instrumentos punzantes son graves, porque pueden atravesar la laringe ó la traquea y producir un enfisema, cuyo accidente puede ocasionar la muerte; en esta clase de heridas, una hemorragia, por pequeña que sea, puede producir la asfixia al introducirse la sangre en las vías respiratorias. Si la herida ocupa las partes laterales, su gravedad es mucho mayor, pues pueden interesarse los nervios neumo-gástrico, gloso-faringeo, gran simpático, diafragmático, plexo-braquial etc., y resultar, como consecuencia, graves dolores, dispnea y hasta la asfixia. Además, las heridas de estas partes, de cualquier clase que sean, y aunque no sea mucha su profundidad, ocasionan algunas veces la inflamación y la supuración, cuyo producto, siguiendo el tra- yecto de las aponeurosis de esta región puede llegar hasta el mediastino anterior. 229 Si se trata de heridas por instrumentos cortantes, la gra- vedad aumenta considerablemente; por de pronto, la hemorra- gia suele ser mortal, no sólo cuando se interesan las venas yu- gulares ó la arteria carótida, sino aun cuando sólo se trate de los vasos que se ramifican por los músculos situados por encima del hueso hioides. Si penetran las heridas hasta la laringe, ade- más del peligro ocasionado por la hemorragia, se puede perder la voz para siempre, se presenta generalmente una laringitis muy aguda, que puede propagarse á todas las vías respiratorias, y la reunión, si se verifica, es lenta y difícil, dada la poca acti- vidad y energía de vida de todos los cartílagos en general. Si la herida secciona el esófago, el pronóstico es fatal. Heridas del pecho.—Las heridas del pecho proporcionan al médico legista un vasto campo de investigación, y como son bastante frecuentes, les consagraremos algunas páginas, dedica- das más á los hombres de leyes que á los médicos, quienes co- nocen mejor que nosotros cuanto aquí vamos á decir. Las heridas de la cavidad toráxica son producidas por ins- trumentos punzantes, cortantes y contundentes, incluyendo en estas últimas, las heridas producidas por armas de fuego. La división clásica de estas heridas, de Eelatón para acá, es de heridas penetrantes y no penetrantes. Las primeras com- prenden aquéllas en que el agente vulnerante atraviesa comple- tamente un punto cualquiera de la pared toráxica ; en las se- gundas, quedan comprendidas todas aquéllas que no interesan sino una parte del espesor de la pared. Esta división, nos da, desde ahora, á comprender toda la importancia que tiene el examen médico legal, no sólo para el paciente, sino para el agresor, el cual desde que oiga la palabra penetrante, debe considerarse en peligro de una larga prisión ó de algo todavía más serio. Los síntomas de las heridas no penetrantes varían en esta región, como en cualquiera otra parte del cuerpo, según la ex- tensión y la profundidad de la lesión; pueden ser superficiales, ó pueden interesar las capas musculares, los nervios ó parte del esqueleto. Las heridas superficiales, cuando dependen de un instru- mento cortante, presentan lo más ordinariamente una extensión 230 suficiente, para que se pueda juzgar su profundidad. Pero no debe olvidarse que el tórax, por su movilidad, puede hacer que una herida aparezca con mayores dimensiones de las que efec- tivamente tiene. Es preciso, al hacer el examen, colocar al pa- ciente en la posición en que se encontraba al momento del accidente. Por lo general estas heridas curan por primera inten- ción y no producen una larga imposibilidad. Las heridas por instrumentos punzantes: floretes, bayone- tas, punzones, tijeras, afectan una forma variable, según el arma y según la dirección del golpe. Un instrumento á la vez pun- zante y cortante, y que obre perpendicularmente, dará lugar á una solución de continuidad, que representará bien su forma. El instrumento solamente punzante hace una herida que no reproduce su forma, y que tiene siempre menores dimensiones que las suyas. El instrumento punzante puede romper un vaso, y como la sangre no tiene facilidad para salir fuera de la herida, se in- filtra en la región subcutánea y puede dar lugar á un diagnósti- co falso. Ordinariamente esas infiltraciones supuran y agravan la situación. Las heridas por instrumento contundente van acompaña- das de un dolor más intenso que las precedentes. Casi siempre mortifican algún ramo nervioso, ó bien, si la contusión es fuerte puede fracturar las costillas, sin llegar á formar herida pene- trante. Las contusiones del esternón son graves, pues casi siempre este hueso se caria y vienen supuraciones retro-ester- nales y abcesos del mediastino. Las complicaciones que se observan en estas heridas, no penetrantes, son : la hemorragia, el dolor excesivo y la presencia de cuerpos extraños. Todas ellas serán motivo de la mayor aten- ción al establecer la imposibilidad para el trabajo. Las heridas penetrantes del pecho, según dijimos antes, son aquéllas que interesan todo el espesor de la pared toráxica y establecen así una comunicación más ó menos amplia entre la cavidad pectoral y el exterior. Sucede que el instrumento que atraviesa la pared compromete á veces alguno de los órganos contenidos en la cavidad, y de aquí la división de heridas pene- trantes simples ó de heridas penetran tes con lesión del pulmón ó del corazón. En cualquiera de estas circunstancias, el solo hecho de la penetración da lugar á un conjunto de fenómenos clínicos comunes, de bastante gravedad, que debe conocer perfectamente el médico legista, si no quiere incurrir en gravísimos errores. Además, es la cavidad toráxica el sitio escogido por el agresor que resuelve aniquilar á su enemigo, y es en ella que encontramos los problemas más complicados, y que más consul- tas determinan de parte de los señores Jueces del crimen. Toda herida penetrante del pecho va acompañada de sín- tomas inmediatos comunes á todo traumatismo, y de síntomas especiales á la región herida. Entre los primeros bástanos re- cordar: la pérdida de conocimiento que pueda llegar hasta el síncope completo, y que reconoce por causa la doble influencia del dolor y de la emoción, la palidez de la cara, los sudores fríos, el enfriamiento de las extremidades, el agotamiento ó desapari- ción momentánea del pulso. Entre los segundos, tenemos: la dispnea, la hemorragia y á veces la entrada y la salida del aire por la herida. La dispnea reconoce por causa el dolor y la dificultad de los movimientos respiratorios. Va acompañada de cianosis de la cara, y puede por su violencia y por su prolongación determi- nar la muerte, ya sea por sí sola ó por las complicaciones fre- cuentes de estas heridas, el pneumotórax, hemotórax, liemopei'i- cardio, enfisema del tejido celular del mediastino etc. La hemorragia que produce una herida penetrante se verifica al exterior, al interior ó en ambas partes. Cuando es externa, es posible remediar en algo la situación; cuando es interna, es más peligrosa, porque puede pasar desapercibida y no reconocerse sino cuando no hay remedio posible; cuando hay signos de compresión del pulmón ó del corazón por la abundancia de líquido en las cavidades pleural ó pericárdica. El paso de aire por la herida se ha considerado siempre como un síntoma de la mayor gravedad. Este paso puede veri- ficarse del pulmón al exterior en la espiracióu, ó, al contrario, del exterior hacia el pulmón al momento de la inspiración. Mientras exista, el enfermo está en peligro de muerte, y así debe establecerlo el perito en su reconocimiento. Existen otros signos muy importantes que sirven para es- 231 232 tablecer con toda certidumbre si la herida que es motivo de reconocimiento pericial es muy profunda y si los desórdenes que ha ocasionado son ó no mortales. El sitio de la herida, la dirección del agente que lo produjo, la naturaleza de éste, la fuerza que lo animaba al chocar contra el pecho, son elementos de los cuales no se debe prescindir. Siempre que sea posible, debe averiguarse la posición del herido al momento del accidente y demás circunstancias de él. En las heridas por instrumento punzante y cortante, se exami- nará el arma que las produjo, se examinará si está ó nó man- chada de sangre y en qué extensión; se compararán sus dimen- siones con las de la solución de continuidad de la piel, para calcular la profundidad de la herida, y más que todo para resol- ver si tal herida ha sido producida ó nó con el arma que se señala. Con estos datos y con los conocimientos de anatomía que debe tener todo perito, podrá establecer con algunas pro- babilides, los desórdenes internos que bajean podido verificarse, por motivo de la herida. El procedimiento empleado en algunas funestas ocasiones por algunos peritos, y que es, el sondear la herida, para esta- blecer su profundidad, es inadmisible hoy y puede dar lugar á graves complicaciones, no sólo déla herida misma, sino de otro orden, de la reputación y responsabilidad del perito. Este no debe olvidar que su misión no es la de cirujano, y que si es preciso establecer la profundidad de la herida ó el lugar en que se encuentre el proyectil que la produjo, es con otros medios que debe hacerlo. Debe también tener la mayor prudencia con su pronóstico. Las heridas penetrantes del pecho por pequeñas que sean, deben considerarse como lesiones graves. La muerte puede producirse pocos momentos después, cuando el corazón ó los gruesos vasos han sido heridos. Si esto no ha sucedido, pue- den presentarse complicaciones dependientes del solo hecho de la penetración, ya sean inmediatas y consecutivas ó secundarias. Enumeraremos entre las primeras, la penetración del aire en la cavidad toráxica ; el enfisema ; la herida traumática del pulmón; la hemorragia ; los cuerpos extraños. Entre las segun- das, tenemos: la pleuresía, la pneumonía, la pericardites, la en- docarditis y los abscesos del mediastino. 233 Sería fuera de lugar entrar en los detalles de estas com- plicaciones, y pasamos á las heridas penetrantes, en particular del pulmón y del corazón. Las primeras pueden limitarse á la superficie del órgano ó penetrar más ó menos profundamente, ó atravesar el pulmón de parte á parte. Como consecuencia forzosa se presentará una hemorragia y la penetración del aire. La hemorragia es poco abundante en las heridas superfi- ciales, y muy copiosa cuando la herida penetra profundamente, en razón del volumen de los vasos lesionados. Esa herida del pulmón puede supurar, ya sea por el tra- yecto de la herida, ya sea por los bronquios. En los casos de heridas por proyectil de arma de fuego, puede efectuarse la cu- ración espontánea por enquistamiento del cuerpo extraño. Como síntomas propios á las heridas del pulmón, tenemos: la hemoptisia, la dispnea y la salida de sangre y de aire por Ja herida exterior. Síntomas que variarán en intensidad, de acuer- do con la importancia de los vasos heridos. Como complicaciones de estas heridas, y que el perito debe preveer, enumeraremos el enfisema, el pueumotórax y las in- flamaciones del pulmón. Estas últimas son, en lo general, inme- diatas, y se distinguen de las pneumonías espontáneas en que no se generalizan ; ordinariamente quedan localizadas á las ve- cindades de la parte herida. Además, según lo ha hecho obser- var el Profesor Vulpian, la pneumonía traumática no es jamás fibrinosa; ella es catarral. Es inútil insistir sobre la gravedad de las heridas del pul- món, particularmente en los casos de heridas por proyectiles de armas de fuego. Todas ellas son graves. Las heridas del corazón señaladas por Hipócrates y Celso, y divididas por Galeno, en penetrantes y no penetrantes, son de mucha gravedad, pero no inmediata y necesariamente mortales. Ambroise Paré señala un caso, quizá el primero bien observado y auténtico, de un caballero que recibió una herida en el cora- zón, con una espada y que pudo andar luégo doscientos metros. Mtiller cita otro caso, en que el herido vivió diez y seis días después de haber sido herido. Morgagni habla de otro caso observado por él. 234 Estas heridas son producidas de ordinario por instrumen- tos punzantes y cortantes ó por proyectiles de arma de fuego. No obstante, pueden encontrarse heridas del corazón sin que exista herida exterior. Igualmente puede encontrarse una heri- da del corazón, sin herida del pericardio. Holmes cita el caso de un individuo que recibió una herida penetrante por proyectil de arma de fuego, en la región cardiaca. A la autopsia se vió una ancha herida del ventrículo derecho que dejaba pasar la extremidad del dedo, y no existía herida en el pericardio. Higguet presentó á la Sociedad de Medicina de Liega un caso semejante. En estas circunstancias, el hecho se explicaría por un traumatismo del corazón por el proyectil; éste, al dar contra el pericardio, lo empujaría, sin dejarse perforar, sobre la pared del corazón y este golpe determinaría la desgarradura de él. Las estadísticas señalan la frecuencia de las heridas de los distintos puntos del corazón así: 1?, ventrículo derecho ; 2?, ven- trículo izquierdo ; 3?, aurícula derecha; 4?, aurícula izquierda. Cuando se recuerda el espesor de las paredes del corazón se comprende fácilmente que las heridas pueden ser penetrantes ó no penetrantes, y que á éstas últimas corresponden esos casos raros y no mortales. La herida puede interesar una sola ó todas las cavidades del corazón ; en los casos de heridas por arma de fuego, el co- razón se encuentra al practicar la autopsia, totalmante desga- rrado. Así tuvimos la ocasión de encontrarlo, hace pocos días, al practicar la autopsia de un estimable caballero y distinguido poeta que se suicidó. El proyectil sorprendió al corazón en el momento de la sístole ventricular, hizo comunicar todas sus ca- vidades y quedó el órgano hecho pedazos, con desgarraduras enormes. En algunas circunstancias el proyectil queda incrustado entre las paredes del corazón sin producir accidentes graves. El doctor Camochan encontró una bala entre el tabique inter- ventricular del corazón de un individuo que había sido herido muchos años antes. También se han encontrado proyectiles en ¡as cavidades del corazóu, ya libres, ya enquistados. El doctor Gross en su tratado de Cirugía, cita un hecho curioso de una herida penetrante del corazón ; el proyectil, una bala de pistola, 235 penetró en el ventrículo derecho, y al practicarse la autopsia se Ja encontró en la vena cava inferior. Cuando la herida no determina la muerte, se presentan algunos signos que es preciso conocer, como son la hemorragia, el síncope que es frecueutre, el debilitamiento de los movimien- tos del corazón y los ruidos difíciles de oírse ; el pulso irregular é in termitente ; dispnea y algunos fenómenos nerviosos. Durante mucho tiempo, y aun hoy mismo, se ha conside- rado la muerte inmediata como la terminación más frecuente de las heridas del corazón. Pero la experiencia ha probado que no es así. En 452 casos de heridas del corazón que ha obser- vado Fischer, ha notado la muerte inmediata en 104 (sea 20 por 100). En los mismos 452 heridos, la muerte tuvo lugar entre el primero y el noveno día, en 219. Estas muertes conse- cutivas obedecen á diversas causas: hemorragia, formación de ■un coágulo, inflamación del corazón ó del pericardio. Por último, no es absolutamente raro que se verifique la curación después de una herida del corazón. Las estadísticas de Fischer dan 50 curaciones en 400 casos; la curación se com- probó más tarde con la autopsia. Las heridas del corazón cicatrizan rápidamente, pero es preciso saber que ellas dejan siempre diversas lesiones orgáni- nícas, capaces de producir la muerte en un tiempo más ó menos lejano; éstas son : las estrecheces é insuficiencias de los orifi- cios, la hipertrofia, la atrofia, las adherencias del pericardio y los aneurismas. De un modo general se puede establecer con las estadísti- cas de Fischer que las heridas del corazón dan 10 curaciones en 100 casos, y las del pericardio, 30 en 100. Las heridas de las auricales son más graves que las de los ventrículos, y de ústos el ventrículo izquierdo es más sensible que el derecho. Las heridas de los gruesos troncos arteriales ó venosos del tórax son siempre mortales, por razón de la hemorragia inter- na. Entre 8,715 casos de heridas penetrantes del pecho, reu- nidas en la Historia de la guerra de América, por el doctor Howard, se citan 340 casos de hemorragias graves y mor- tales. Las heridas penetrantes del pecho dan lugar á la hernia 236 del pulmón. El doctor Otis señala un caso curioso de bernia simultánea del hígado, del epiplón y del pulmón, que terminé por la curación. Aplicaciones médico legales.—Con los datos que dejamos- vistos es fácil practicar el reconocimiento de una herida del pecho con bastante precisión y dar á la justicia todas las luces que pueda necesitar para calificar el hecho motivo de la herida- El perito que se encuentre en presencia de una herida del tórax, procederá á su examen con la mayor escrupulosidad, y el método que siga debe variar según que se trate de un indi- viduo vivo ó de uno muerto. En el primer caso debe tomar todas las precauciones indispensables para no perjudicar en lo más mínimo á la persona herida, y para evitar que sus manipu- laciones puedan dar medios de defensa al agresor. Debe descri- bir minuciosamente la herida, su forma, su extensión, los teji- dos comprometidos; establecer con toda claridad la dirección de la herida y en cuanto fuere posible su profundidad, determi- nar su sitio, tomando por base los dos planos anterior y poste- rior del cuerpo; debe, en fin, establecer la actitud del individuo herido al momento de recibir el golpe y reproducir todos los detalles de la lesión de un modo tal, que aquéllos que deben juzgar el acto no tengan la menor vacilación en hacerlo. En otra parte yá dijimos toda la importancia que tiene el examen de los vestidos, ya sea por las desgarraduras que pre- senten en relación con las heridas, ya por las manchas que puedan contener. Cuando las heridas han sido tan graves que el individuo ha muerto, se debe proceder á practicar la autopsia, con el fin de demostrar con toda evidencia, que la muerte es la conse- cuencia directa de la herida. LESIONES DEL ABDOMEN. Las lesiones traumáticas del abdomen son frecuentes. Entre ellas tenemos: 1?, las contusiones. Estas pueden ser superficia- les ó profundas; comprometen solamente las paredes ó también los órganos profundos. Las contusiones de las paredes son simples, ó bien se 237 complican do perforaciones musculares. En el primer caso hay una equimosis más ó menos extensa, acompañada de dolor, á veces muy vivo, con reacción febril. Si la contusión es dema- siado fuerte, puede producir una depresión instantánea de las fuerzas, un desfallecimiento que puede terminar por síncope. Oooper y Taylor citan casos de muerte, sin lesión visceral, por causa de un golpe fuerte sobre el estómago. Excepción de los casos raros, las contusiones de! estómago oo producen una imposibilidad mayor de diez días cuando no in- teresan el peritoneo. En el caso contrario la situación cambia mu- cho, y el paciente puede sufrir un tiempo difícil de determinar. En algunas ocasiones, la contusión puede romperlas capas musculares, lo que da lugar á hernias ventrales de bastante gravedad. !No es raro ver como complicación de una contusión de! ab- domen, lesiones más ó menos profundas de las visceras, y aun del tubo intestinal. Estas últimas son producidas por choques vio- lentos que obran sobre el abdomen, ó por una presión enérgica como la que resulta del paso de una rueda sobre el vientre. Los gruesos vasos contenidos en la cavidad, también pue- den romperse por causa de una fuerte contusión. Legouest cita el caso de un individuo que recibió una patada de un caballo en el abdomen y murió poco después. A la autopsia se vió una ancha desgarradura de la aorta. Schwartz cita la desgarradura de la arteria ilíaca primitiva. Velpeau cita tres casos de perfo- ración de la vena cava inferior, y Bourgiugnon, otro más, del mismo vaso. Gross cita un caso de desgarradura de la vena es- pión ica. Una última complicación de las contusiones de la pared abdominal, es el desarrollo de várices de las venas subcutáneas. 2? Heridas.— Aquí haremos la misma distinción que hici- mos en la cavidad toráxiea. Son penetrantes ó no penetrantes, superficiales ó profundas ; ocasionadas por instrumentos punzan- tes, cortantes ó contundentes, y entre éstos últimos, los proyec- tiles de arma de fuego. En presencia de una herida del abdomen, el punto capital se reduce á determinar su profundidad ; á saber si el peritoneo ha sido herido; si alguna de las visceras ha sido comprometida. 238 El perito no debe en ningún caso practicar exploraciones con estiletes ó sondas. Debe tornar en cuenta las complicacio- nes más comunes, como son la hemorragia, los cuerpos extraños y la peritonitis. En los casos de herida penetrante neta, ésta se manifiesta por la salida de los órganos contenidos en la cavidad, los intes- tinos especialmente. Todos ó parte de ellos pueden escaparse si la solución de continuidad es bastante extensa. El instrumento vulnerante puede perforar el estómago, los intestinos, el hígado, los riñones, la vejiga, el útero. Todas esas heridas son de la mayor gravedad y casi siempre mortales. Las heridas por arma de fuego son excepcionalmente gra- ves, en virtud de las numerosas lesiones que el proyectil puede- determinar. La estadística de la guerra de América, que es la más extensa, da una cifra de 3,690 heridas penetrantes del ab- domen por armas de fuego, y de éstas 3,015, terminaron por la muerte (80 por 100). Organos genitales.—Para terminar esta relación de las he- ridas de la cavidad abdominal, insistimos sobre las heridas del útero por tracción ó arrancamiento, y recomendamos muy es- pecialmente al perito el mayor cuidado al hacer el examen de- este órgano. Entre nosotros, donde el crimen no ha llegado todavía á esos detalles horribles que pasan los límites de cuanto la ima- ginación puede concebir, es muy raro este género de muerte.. Tánto, que no hemos tenido ocasión de observarlo. En otros países, al contrario, es muy común sacrificar á las pobres muje- res, empleando medios atroces contra los órganos maternos. E» la obra de Tardieu, refiere este autor, un caso ocurrido en la Bretaña en 1847, el más atroz en los anales del crimen. Las heridas por armas punzantes ó cortantes de los órga- nos genitales externos, en la mujer, ocasionan á veces hemo- rragias mortales, por estar constituidos estos órganos, en sn mayor parte, por tejido ereetil. Las de la vagina exponen á fís- tulas vesico-vaginales, uretro-vaginales ó recto-vaginales, y pueden llegar en ocasiones hasta el peritoneo. El útero, como hemos dicho, es rara vez herido. Pero e» estado de gestación está mucho más expuesto, y sus heridas,. 239 de cualquier dase que sean, deben calificarse de mortales para la madre y para el feto: para el feto, por la herida que se le produce, y porque se verifica el aborto; para la madre, porque el derrame de saugre y de líquido amniótico en el peritoneo da lugar á una metro-peritonitis mortal en la generalidad de los casos. Las contusiones, aunque no hayan producido lesión exte- rior aparente, pueden determinar el aborto y hasta la rotura del útero. Las heridas del pene por instrumentos cortantes ó perfo- rantes, si llegan á interesar la uretra, son peligrosas por las fístulas ó estrecheces que suelen dejar. La sección completa de este órgano puede ocasionar hemorragias graves y aun la muer - te ; pero lo más común es que el sujeto se cure, en cuyo caso, si la amputación se ha efectuado por la base, queda siempre una impotencia relativa perpetua, por lo cual se debe conside- rar esta lasión como una verdadera castración. La sección del cordón espermático ocasiona hemorragias difíciles de suspender, y suele dar lugar á la retracción de sus elementos en la cavidad abdominal. Las perforaciones y secciones de los testículos son siem- pre graves por sus consecuencias. La ablación de estos órganos ya se efectúe por un instru- mento ó por arrancamiento, es más grave por las penas justísi- mas que establece el Código Penal al que comete el crimen de castración, que por el tiempo que tarda en cicatrizar la herida. Heridas de la columna vertebral.—Las contusiones de las vértebras no tienen gravedad cuando son poco intensas; pero si el cuerpo contundente es lanzado con fuerza, puede producir lesiones y fracturas de la mayor seriedad. La lesión de la medula entre el occipital, el atlas y el axis produce instantáneamente la muerte. Conforme se desciende, la gravedad no es tan grande ; pero siempre en estas heridas hay que temer la conmoción, el derrame ó la inflamación que, cuando no ocasionan la muerte, dejan al menos en pos de sí parálisis duraderas ó incurables. Estos accidentes, lo mismo pueden ser producidos por he- ridas incisas, que contusas, que por armas perforantes etc., etc. 240 Debemos advertir, además, que ios accidentes propios de las lesiones medulares no siempre se presentan en el acto, sino que á veces tardan uno ó varios días ó meses en aparecer, lo cual es menester tener en cuenta para no cometer los errores de pronóstico que serían consiguientes. Heridas de los miembros.—Las heridas de los miembros cuando interesan las partes blandas, son en lo general, benig- nas, siempre que no comprometan los nervios ó vasos impor- tantes. Las heridas cortantes, cuando comprometen vasos, nervios ó tendones de importancia, revisten cierta gravedad, tanto por la dificultad de cohibir algunas hemorragias, como por las parálisis ó deformidades que ocasionan; en ciertos sitios, como el espacio supra-clavicular, la axila, el pliegue del brazo, la ingle y la región poplítea, las heridas son siempre peligrosas. Las grandes contusiones, no sólo reducen á papilla las partes blandas, sino que ocasionan fracturas conminutas, que exigen la amputación de parte ó de todo un miembro, operación no exenta de peligro. La ablación de un miembro ó de una por- ción de él, no es por sí misma mortal; pero puede sucumbir el herido por la gangrena, una larga supuración ó una debilidad general. En cuanto á las fracturas, todas son graves, puesto que imposibilitan por más de veinte días; muchas dejan deformidad, por la dificultad de reducir los fragmentos y sostenerlos en su posición, como sucede á menudo con las del cuello del fémur, rótula, olecrano, clavícula etc.; otras pueden ser mortales pol- las lesiones de órganos adyacentes, como las de los huesos coxales, del sacro etc. Suelen también presentarse anquilosis cuando la fractura ha tenido lugar cerca á una articulación. Y, si ésta es directa- mente herida, puede ocasionar la pérdida del miembro y aun la muerte. COMPLICACIONES DE LAS HERIDAS POR CAUSA DEL ESTADO GENERAL DEL INDIVIDUO. Hemos estudiado las complicaciones que pueden influir sobre las consecuencias de las heridas por razón del sitio ana- tómico y de la naturaleza de ellas. 241 Vamos á ocuparnos de las complicaciones por razón de las condiciones individuales que pueden influir directa ó indirecta- mente sobre las consecuencias de una herida. ESTADO ANTERIOR Y ACTUAL DEL HERIDO. Admitida la doctrina de Foderé que dice: “ Todo aquello que no depeuda propiamente de la naturaleza de la herida, no puede imputarse á su autor,” se comprende que el estado an- terior y actual de un individuo herido sometido al examen pe- ricial debe influir poderosamente sobre el concepto del perito. Y así tiene que ser, si se reflexiona por un momento en las nu- merosísimas causas que pueden influir en la marcha de una lesión, cualquiera que sea. En multitud de casos hemos tenido ocasión de observar que una herida insignificante, una simple erosión de la piel de la cara ha producido complicaciones mor- tales; una erisipela se presenta pocos días después, ésta se apodera del cuero cabelludo y propagándose á los centros ner- viosos determina la muerte. En una mujer que examinámos en la Oficina médico-legal hace pocos meses, encontrámos una herida en el dedo pequeño de la mano derecha ocasionada por los dientes de su agresor; esta mujer fué conducida al Hospital, se le gangrenó la mano, se le amputó luégo el brazo, y, por fin, murió. ¡Yá quién le ocurriría, en casos semejantes, calificar estos hechos como homicidios? En una mujer embarazada, el aborto, una hemorragia ute- rina y la muerte, pueden sobrevenir después de una ligera con- tusión del vientre, ó de una caída motivada por un simple em- pujón ; un golpe insignificante puede causar la perforación de un aneurisma ó la estrangulación de una hernia. Otras veces es la mala constitución del herido la causa de graves complica- ciones, y es necesario considerar si existe alguna enfermedad crónica, si el sujeto es de una constitución débil y nerviosa en exceso. Algunos vicios constitucionales, como son la sífilis, la escrófula, la tuberculosis, el paludismo y otros muchos, pertur- ban el trabajo de la naturaleza que tiende á curar la lesión. Con mayor razón en los casos en que el órgano herido ha su- frido anteriormente alguna enfermedad, como la tuberculosis 242 pulmonar en un individuo que recibe una herida del pulmón, el artritismo en otro que recibe una contusión en una articula- ción etc., etc. El Profesor Verneuil ha llamado la atención sobre la gra- vedad que tiene toda herida en los individuos que sufren cual- quiera enfermedad de los riñones. Recordamos que, en su ser- vicio, antes de proceder á practicar la más sencilla incisión, hacía examinar cuidadosamente la orina del paciente; si ella contenía albúmina ó azúcar, no intervenía por ningún motivo. Esta lección nos ha sido muy útil en nuestro ejercicio profesio- nal y en nuestras apreciaciones médico-legales; nos permitimos recomendarla á los peritos. Siempre que en un individuo heri- do, se presenten síntomas que no guarden relación con la he- rida, procédase á examinar la orina del paciente, y este análisis dará casi siempre la razón de los fenómenos observados. Los albuminúricos y los glicosúricos son seres que se desbaratan con una simple contusión. Un individuo en eonvalescencia de una pneumonía ó algún tiempo después que ha pasado, sufre una contusión en el pecho, y ésta lo reduce á la cama, lo pone en peligro por mucho tiem- po, ó, en fin, la situación se agrava, y el individuo muere. [Qué hace el Magistrado ? [ Cómo resuelve esta situación ? Hemos sido consultados en algunos casos semejantes, é insertarnos á continuación, para mayor claridad, dos de ellos: 1? El señor N. N. recibe, en una riña, una fuerte contu- sión en la espalda. Pocos momentos después, practicámos un reconocimiento, y en él establecimos lo siguiente: “ Practicado el examen del señor íL N., hemos encontrado en la región dor- sal derecha una fuerte contusión ; la respiración es frecuente y difícil, la temperatura alta, 38£°, pulso 120. Salvo complicacio- nes, la imposibilidad será de diez días” etc., etc. Al siguiente día encontrámos al paciente en peor estado: temperatura, 39°, pulso, 140, dificultad para respirar, esputos sanguinolentos. Establecimos en el nuevo reconocimiento esta situación y advertirnos que el paciente estaba grave. Continuaron los reconocimientos por mucho tiempo, hasta que el paciente volvió á entregarse á sus ocupaciones. Trascu- rrieron así varios meses, y el agresor fué llamado á juicio por 243 heridas graves. En el término de pruebas, el defensor pidió la siguiente : “Digan los señores médicos-legistas, si la enfer- medad que sufrió N. IST. y que lo ha tenido imposibilitado por tres meses, es la consecuencia directa ó indirecta de la contu- sión que recibió de manos del señor N. R.” En la exposición que hicimos al señor Juez, establecimos las diferencias de que venimos hablando respecto al estado de salud del individuo, y determinámos lo que dependía, en el caso consultado, de la lesión traumática en sí, y lo que podía atri- buirse á las condiciones particulares en que había sido produ- cida. Nos informamos de la salud anterior del herido, de sus hábitos, de su género de vida, de su estado en el momento mis- mo de haber sido lesionado. Por el mismo herido supimos que su salud no era buena; que había tenido algunos meses antes de la fecha del trauma- tismo una pneumonía aguda del pulmón derecho ; que había vivido algún tiempo á orillas del río Magdalena y sufrido de fiebres palúdicas, y, por último, que en el momento de la riña estaba bajo la influencia de algunas copas de brandy. Con estas consideraciones, pesadas en su justo valor, ren- dímos la exposición que en concreto decía : “ En resumen, te- niendo en cuenta que el señor IST. N. tenía su salud quebran- tada al momento de haber sido lesionado; que sus pulmones habían sufrido una inflamación aguda algunos meses antes ; que había estado bajo la influencia del paludismo, y, también que, cuando fué contusionado, estaba tomando bebidas alcohólicas ; por todas estas razones, juzgamos que el largo tiempo de impo- sibilidad para trabajar en que ha estado IST. N., no puede impu- tarse á la contusión que recibió el día 20 de Julio de 1894. Esa contusión pudo ocasionar una pneumonía, mas ésta se habría localizado y no habría dado lugar átántas complicaciones como se presentaron en IST. ’N., si éste no se hubiera encontrado en las malísimas circunstancias en que se hallaba; sin las condi- ciones individuales anotadas, la imposibilidad no habría sido mayor de veinte días.” 2? caso, N. IST., agricultor, de constitución débil, fué herido en la frente, y reconocido en la Oficina. La herida tenía una pequeña extensión, y en nuestro concepto imposibilitaba al 244 sujeto por diez días. Trasladado al Hospital, N. £L recibió en el servicio del doctor Agustín Uribe los cuidados del caso; pero al cuarto día, el paciente tuvo fiebre, 39°, los esputos sangui- nolentos, y todo el aparato sintomático de una pneumonía. Pasan algunos días y el herido N. N. muere. Su familia atri- buye la muerte al traumatismo de la frente. Se ordena la au- topsia por la autoridad respectiva, y en ella encontrámos los pulmones invadidos por una antigua tuberculosis; eh el pulmón derecho tres cavernas del tamaño de un limón; una pneumonía generalizada á ambos pulmones. La herida de la frente cica- trizada, los huesos del cráneo y la masa cerebral en estado normal etc., etc. Poco tiempo después, el Juez á cuyo estudio pasó el expe- diente, solicitó nuestro concepto, sobre la causa inmediata de la muerte del herido N. 1ST. En una larga y razonada exposición dimos nuestro dicta- men con las siguientes conclusiones: 1?, N. N. fue herido en la frente el día 20 de Mayo; dicha herida interesó únicamente la piel; la imposibilidad que esta lesión determinara no podía ser mayor de diez días ; 2?, la causa inmediata de la muerte de N. N. ha sido una pneumonía tuberculosa, independiente, por completo, de la lesión traumática de la frente. La embriagues. — El estado de embriaguez, tan común en los individuos heridos, establece por sí solo una condición especial y modifica los efectos de una lesión traumática de tal mauera, que es indispensable tenerlo en cuenta. Sabemos que el alcohol introducido en el organismo, apenas llega al estómago, excita el sistema nervioso entero y reanima la vida por una especie de movimiento que determina el con- tacto de las moléculas alcohólicas con los elementos anatómicos. Su absorción se hace rápidamente, y parece que se localiza de preferencia en el cerebro y en el hígado. La embriaguez, con todos sus síntomas, no es otra cosaque la manifestación de una alteración funcional de las células nerviosas motrices impreg- nadas por las moléculas alcohólicas. Estas modificaciones des- aparecen inmediatamente después de la eliminación de estas moléculas, á menos que el contacto sea repetido y prolongado. También es un hecho evidente que el alcohol obra sobre 245 los glóbulos sanguíneos y perturba sus funciones hasta el punto de producir un verdadero envenenamiento alcohólico. Nada tiene de raro que un hombre embriagado sucumba después de una riña, no por causa de ésta ó de la herida que reciba, sino por las lesiones que el abuso del alcohol puede producir, como son las apoplegías meningeanas y pulmonares. Devergie señala entre las causas de la muerte repentina la embriaguez en catorce casos sobre cuarenta. Eoyer Collard dice : “ Las lesiones que descubre la anato- mía patológica en los diversos casos de embriaguez demuestran evidentemente que el veneno alcohólico ha herido de muerte simultáneamente todos los órganos por el intermedio de la san- gre y del sistema nervioso.” Eoesch, en una monografía, “ El abuso dé las bebidas alco- hólicas,v ha señalado numerosos casos de una evidencia tal, que hoy nadie duda de que la embriaguez puede terminar por la muerte. “ Siempre que se trate de asuntos criminales, el mé- dico debe informarse de una manera exacta sobre los hábitos del herido para establecer si era un alcoholizado ó si estaba ebrio en el momento del accidente.” (Eoesch). Eecomendamos este consejo del doctor Eoesch, por ser de importancia suma, no solamente bajo el punto de vista médico- legal, sino también para que se pueda juzgar de la criminalidad de la acción y de la culpabilidad del autor de la herida. Nosotros hemos tenido ocasión de observar en los nume- rosísimos reconocimientos que practicamos los días lunes de cada semana, toda la importancia de este asunto. Casi todos las heridos son individuos que han estado borrachos el día do- mingo, provocando á la riña por ese valor ó estímulo que da el licor; esos individuos se presentan al reconocimiento todavía bajo la presión del alcohol; sus heridas presentan un estado grave, y sin duda alguna es debido á la causa señalada; en el resto do la semana los reconocimientos pierden su frecuencia y su importancia. Aquí en Bogotá es seguro que entre cien he- ridos, treinta por lo menos son atacados estando borrachos. Devergie cita el caso siguiente, que es muy instructivo: “ N. P., estando embriagado, entra en lucha con otro individuo; recibe ligeras contusiones en la nariz, en la espalda y en el pe- 246 cho; á los cinco minutos sucumbe, y el cadáver presenta las lesiones de una congestión pulmonar. Los peritos llamados á resolver el punto y á determinar si la muerte era, ó nó, la cau- sa de las heridas que había recibido, concretan en las siguientes palabras su sabia discusión: “ N. P. se encontraba embriagado en los momentos de la riña; él ha sido víctima de una cólera violenta ó de una fuerte emoción cpie han producido una doble congestión pulmonar y cerebral, y éstas han determinado la muerte. Si P. no hubiese estado embriagado, es lo seguro que no habría sucumbido. Si P. no hubiera estado en lucha, la muer- te no hubiera tenido lugar. La embriaguez ha sido la causa predisponente de la muerte, y la lucha, la causa determinante ú ocasional.’ ” Entre las observaciones que hemos recogido, citaremos dos muy importantes: l11 N. N., en estado completo de embriaguez, es recogido en la calle por unos agentes de Policía y conducido al Hospital, por haber visto los agentes que tenía una herida en la frente. Pocos momentos después sucumbe, y sus allegados denuncian á dos compañeros de N. N., con quienes éste había estado aquella noche. El funcionario de instrucción ordenó el reconocimiento del cadáver, y procedimos en la forma siguiente : 1ST. ±L no presenta al exterior otra lesión que una pe- queña herida contusa en la región frontal derecha. Abierta la cavidad toráxica, encontramos: el corazón de un tamaño normal, pero su con- sistencia un tanto .grasosa, los pulmones fuertemente congestionados; en el derecho existe un foco hemorrágico. En la cavidad abdominal en- contrámos el estómago lleno de líquido y de porciones de alimentos ; este líquido exhala un fuerte olor de alcohol; el hígado grande y gra- soso ; en el resto de la cavidad nada notable que anotar. Abierta la cavidad craneana, vemos las meníngeas fuertemente inyectadas; en la cavidad aracnoidea un derrame sanguíneo abundante; en los ventrí- culos cerebrales sangre coagulada. De lo expuesto podemos concluir, que la causa de la muerte de N.'íh ha sido una doble congestión pul- monar y cerebral; que la herida de la región frontal producida proba- blemente por una caída, no podía figurar en ningún caso como causa productora de la muerte.... Los dos compañeros de N. N., sindicados, fueron puestos en li- bertad. 2a Observación.—Contusiones.—Embriaguez.—Congestión ce- 247 rébral.—Muerte.—J. R., de 24 años, robusto, recibió un golpe en la re- gión parietal con una piedra, estando completamente embriagado. Una hora después, muere. El cadáver es trasladado á la Oficina médico- legal y sometido á nuestro examen. Autopsia.—Examen exterior.—Rigidez marcada. En la región parietal izquierda, cerca á la línea media una herida oblicua de arriba hacia abajo y de atrás hacia adelante, de dos y medio centímetros de longitud, y de profundidad el espesor del cuero cabelludo. En el resto del cuerpo nada que indicar. Cabeza.—Infiltración de sangre en el pericráneo en la parte heri- da. Ho existe lesión alguna en los huesos. La dura-madre intacta, se adhiere á varios puntos de la caja ósea, sin que se encuentre sangre entre los huesos y la membrana fibrosa. La superficie de los hemisfe- rios frontales y parietales está cubierta por una capa de sangre líquida derramada entre las hojillas de la aracnoides. Separada la masa cere- bral y colocada aparte, presenta una consistencia normal. A la'sección progresiva de la circunferencia al centro no se encuentra sangre en la sustancia cerebral. En los ventrículos un enorme derrame de sangre líquida y de serosidad sanguinolenta, en la que nadan algunos coágulos. Se percibe claramente un olor alcohólico en la sustancia cerebral. Cavidad toráxica.—Corazón hipertrofiado. Ventrículo izquierdo vacío. Ventrículo derecho lleno de sangre líquida. Pulmones conges- tionados y llenos de sangre en algunos puntos. Pleuras sanas, sin ad- herencias. Pericardio, intacto. Cavidad abdominal.—Peritoneo sano. Estómago dilatado y lleno de líquido alcohólico (chicha). Hígado grande y grasoso. Intestino y demás visceras no presentan nada de notable. Conclusiones.—Ia La muerte de J. R. no es debida á la herida que encontrámos en la región parietal. Esta herida era pequeña y no interesaba el hueso; 2a La muerte de este individuo es debida á una apoplegía con derrame de gran cantidad de sangre (250 gramos, próximamente) en la cavidad de la aracnoides y de los ventrículos cerebrales; 3a La congestión pulmonar puede atribuirse al estado de embria- guez en que se encontraba J. R. en el momento de la riña; 4a El olor alcohólico que exhala el cerebro y demás órganos, y la existencia de líquidos alcohólicos en el estómago, nos permiten asegu- rar que J. R. se encontraba en estado de embriaguez; 5a Esta embriaguez es la causa de la apoplegía cerebral. Estas observaciones y otras muchas que hemos visto en algunos autores de Medicina legal, nos demuestran toda la im- 248 portancia que reviste esta euestióu. Es evidente que en toda riña ó pelea en que uno de los contendores recibe una herida y muere, la primera idea de los allegados es que la muerte reco- noce por causa la herida, y con esta idea se da el denuncio, se encarcela al agresor, se le sigue un juicio y se le condena, si el médico legista no interviene sabia y prudentemente. CuáRtos presos ó condenados estarán expiando una pena por un delito que jamás han cometido. Es cierto que existen algunos casos y pueden presentarse otros, en que es difícil hacer la separa- ción entre las lesiones que corresponden á la embriaguez y aquéllas que dependen de la lesión. Pero un examen detenido y un estudio imparcial de los antecedentes del herido pueden zanjar la dificultad. Además las lesiones características de la muerte por em- briaguez no son tan difíciles de apreciar hoy, con los progresos que hace la anatomía patológica. Devergie asigna á la muerte por embriaguez los caractéres siguientes : “ El cerebro, los pul- mones y el corazón, sin ofrecer alteración local, limitada y cir- cunscrita, presentan, al contrario, un estado de plenitud gene- ral del sistema vascular; esta plenitud se observa en las mem- branas del cerebro, en los principales troncos vasculares venosos de los pulmones, así como una coloración roja ó rojo de ladrillo más ó menos intensa del tejido pulmonar.” Otra particularidad que se observa en las apoplegías de origen alcohólico es que el derrame se efectúa entre las hojillas de la aracnoides ó en la cavidad de los ventrículos. La apople- gía pulmonar también tiene sus caractéres fáciles de apreciar después de alguna práctica en las autopsias periciales. El examen del estómago y de su contenido, el olor de los líquidos que de ordinario se encuentran en él y el olor alcohóli- co del encéfalo servirán poderosamente al perito para formular su concepto. CAUSAS AGRAVANTES POSTERIORES Á LA HERIDA. Según hemos visto antes, al clasificar las diversas lesiones, hay algunas de éstas que son mortales de una manera directa, es decir, que se bastan á sí mismas para acabar con la vida del sujeto, por más que unas necesiten más tiempo que otras para llegar á este fatal resultado. Pero hay otra clase de lesiones que, siendo leves al principio, pasan después á graves y hasta llegan á producir la muerte; yen estos casos casi siempre se nos pregunta á qué es debida la muerte del herido. Para resolver esta cuestión es preciso recordar las causas que pueden hacer variar la gravedad de las lesiones, y que son: 1?, la incuria, negligencia ó malicia del herido; 2?, el mal mé- todo curativo, y 3?, las circunstancias personales, de localidad y atmosféricas. La resistencia del herido á someterse á un trata- miento conveniente ó á una operación necesaria, su obstinación á retirar la curación ó el aparato que se ha colocado en la parte lesionada ó en el hueso fracturado, su desobediencia al régimen prescrito, sea que haga uso de bebidas alcohólicas ó de alimen- tos inadecuados, sea que se entregue á los placeres carnales y á las emociones de cualquier género, sea que se exponga á la in- temperie de una estación rigurosa, sol ardiente y lluvias fre- cuentes; todas estas causas bastan y sobran para agravar una lesión poco peligrosa y producir la muerte. En cuanto á los accidentes que pueden resultar de un mé- todo vicioso de tratamiento, es preciso guardar alguna reserva, cuando no hay completa seguridad; pues, si bien es cierto que muchos heridos mueren por tratamientos bárbaros é irraciona- les, en muchos casos es difícil decidir si el tratamiento es causa del accidente que ha comprometido la gravedad. En nuestro país, algunas gentes cuando reciben un golpe ocurren inmediatamente á un sobandero para que remedie los daños causados. Este sobandero, hombre ignorante é incapaz de apreciar lo que pasa, establece su tratamiento secreto y pro- duce mayores daños. Son numerosísimos los estragos que hemos presenciado en los heridos que se someten á tales cirujanos y á sus sépticas é infecciosas curaciones con toda clase de inmun- dicias. En estos casos el perito está obligado á establecer todo aquello que no depende de la herida sino de los defectos ano- tados. Cuando un herido exagera sus dolencias con el fin de bus- car una reparación amplia ó un castigo mayor para el autor de 249 250 esa lesión, es preciso examinar con atención lo que pasa. Poco crédito debe darse á esos atroces sufrimientos motivados por una simple herida de la piel ó por una ligera coutusión. CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES EN QUE SE PRODUCEN LAS HERIDAS. El examen pericial cuidadosamente verificado constituye, sin duda alguna, la pieza más importante del sumario. En efec- to, en esa diligencia se establece la naturaleza de la lesión, su número, su sitio, su forma, su gravedad, sus complicaciones, su marcha y su fin. Pero, sucede que estos elementos no son sufi- cientes en muchos casos, y que el Magistrado ocurre al médico legista para que resuelva los siguientes puntos : 1?, declarar cuánto tiempo hace que el sujeto ha sido lesionado ; 2?, en qué situación estaban el ofendido y el agresor en el momento de la agresión; 3?, ha habido ó no lucha; 4?, cuántos han sido los agresores; 5?, la herida es accidental ó voluntaria ó es obra del mismo ofendido; 0?, se trata de un suicidio ó de un homicidio. El médico legista que determine estas cuestiones con cla- ridad, hará un bien á la justicia y facilitará la misión del Ma- gistrado en aquellos casos difíciles en que la ley aplica la última pena. Cuánta diferencia hay, en verdad, en una agresión de frente, en lucha leal, y aquélla que se hace por detrás y sobre seguro. Pues el perito es quien resuelve este punto y quien lo jura delante de la justicia. 1? Declarar cuánto tiempo hace que el sujeto ha sido lesio- nado.—Determinar esta época tiene un valor indiscutible, por- que su objeto es saber si el acusado pudo cometer el hecho, además de servir para apreciar, por el tiempo que duran, la gravedad de las lesiones. Cuando la lesión es reciente, por la marcha y aspecto pue- de determinarse la data. Desde que los órganos han sido heridos, si el sujeto sigue viviendo, se efectúa una serie de fenómenos con cierta sucesión en tiempos determinados; de manera que una vez tenidos aquéllos, es posible determinar éstos. Una herida que no se cura por primera intención da san- 251 gre durante algunas horas, diez ó doce, cada vez más serosa, hasta que se declara la inflamación acompañada de una secre- ción de serosidad, durando este estado dos días; al tercer día la materia serosa principia á cambiar de constitución ; y al cuarto y quinto, la supuración es completa; esta dura un tiem- po variable según la extensión, sitio, profundidad y demás cir- cunstancias de la herida y del sujeto, por lo cual, en los casos particulares, es preciso no perder de vista esos datos; pero en una herida simple, sin pérdida de sustancia no suele durar menos de una semana, llegando á cicatrizarse á los quince ó diez y ocho días. Si se trata de una contusión, es necesario recordar los cambios de coloración porque ella pasa. La contusión de la piel se manifiesta con un color violáceo ó negruzco inmediatamente después del golpe, si es superficial, algunas horas más tarde si es profunda; pasa á azulado del segundo al tercer día; al quin- to se vuelve verdoso ó plomizo, y al séptimo ú octavo se pre- senta de color amarillento; á los doce el color de la contusión ha desaparecido por completo. Cuando está en el tejido celular subcutáneo tarda 24 ó 30 horas en aparecer la coloración vio- lácea, y por lo mismo la época en que aparecen las demás se retarda también; desaparece á los treinta ó cuarenta días, según su profundidad. Nos ha ocurrido examinar un niño pocos momentos des- pués de haber sido atropellado por un caballo, y no encontrar lesión alguna aparente; veinticuatro horas más tarde, apenas pudimos creer que era el mismo sujeto, tal era su estado, por el número y la extensión de sus contusiones. Estas persistieron por 35 días. En las lesiones que tienen algunos días de producidas, no es ya una herida lo que se debe examinar y apreciar, sino una cicatriz, y aquí es preciso, del mismo modo, determinar su edad en cuanto fuere posible. Cicatrices.—Se llama cicatriz un tejido blanco de organi- zación fibrosa, que ha unido una solución de continuidad de las partes blandas. El estudio de las cicatrices tiene mucha importancia, bajo el punto de vista médico legal, puesto que con ellas pueden cora- 252 probarse, como sabemos, la identidad de un individuo, determi- narse la naturaleza de las heridas á las cuales han sucedido, y hasta la época en que éstas fueron ocasionadas. Desde el momento en que una herida tiende á su curación, sus bordes se cubren de una capa delgada de linfa plástica que se concreta entre ellos y determina su adherencia ; si la super- ficie de la herida es extensa, después de la supuración y demás fenómenos, se cubre de granulaciones ó mamelones carnosos constituidos por una materia amorfa granulosa, fibrillas lamino- sas de nueva formación y núcleos embrioplásticos, con una red bastante rica de vasos capilares, y empieza la cicatrización ; bien pronto sobreviene la trasformación célulo-fibrosa de los elementos divididos por el agente traumático, la reabsorción del jugo interpuesto en las células y fibras, y la atrofia de los vasos capilares; así continúa el proceso reparador hasta que la cicatrización es completa al cabo de algún tiempo. La producción cicatricial constituye entonces un tejido que siempre es idéntico, denso, compuesto de láminas fibrosas apre- tadas y entrecruzadas en todos sentidos (tejido modular) ; en él no existen redecillas mucosas, ni vesículas adiposas, ni los tabiques célulo-fibrosos que en estado natural existen debajo de la piel conteniendo los paquetes de tejido adiposo, ni folícu- los sebáceos, ni bulbos pilosos, ni vasos exhalantes y absorven- tes; así se explica el color blanco que tienen las cicatrices hasta en los negros, la sequedad constante que presentan aunque el cuerpo esté bañado de sudor, y la carencia de pelos. Un tejido laminoso sin gordura une la cicatriz á las partes adyacentes; por eso está hundida é inmóvil. Las consecutivas á heridas que han penetrado hasta los cartílagos, tendones y huesos, se adhie- ren íntimamente por su cara profunda á estos órganos, y ofre- cen un hundimiento notable. Algunas cicatrices desaparecen con el tiempo, si son su- perficiales, por haberse conservado en el sitio herido el tejido vascular; pero lo ordinario es que sean indelebles y se perciban á simple vista. A veces no se ven ; mas entonces no hay más que golpear la parte en donde se supone estar y llamar aflujo sanguíneo; el tejido circunvecino se presenta rosado ó lívido, mientras que el punto donde la cicatriz reside se conserva blan- co, porque carece de vasos que puedan inyectarse. En el examen de una cicatriz debe tenerse en cuenta su forma y figura, sus dimensiones, su densidad, su coloración, su sitio, su grado de adherencia con los tejidos subyacentes, su aspecto liso ó desigual y saliente; y por todos estos caractéres puede venirse en conocimiento de cómo fué originada. Los agentes que puedan producirlas, claro está que serán todos los que ocasionan soluciones de continuidad, porque ellas no son más que una consecuencia de estas; tales son las que- maduras, cáusticos, sangrías, instrumentos cortantes, punzan- tes, dislacerantes; las aberturas de los abscesos, las viruelas, la vacuna, las úlceras escrofulosas etc., etc. Según el género de heridas á que suceden, las cicatrices presentan caractéres particulares que importa conocer. Las cicatrices lineales indican que la herida se curó por reunión inmediata y que las heridas que las dieron origen fue- ron hechas con instrumento cortante; sin embargo, puede suce- der que heridas hechas por instrumento cortante no dejen cica- trices lineales. Cuanto más supure una herida, menos afectará su cicatriz la forma lineal. Las cicatrices superficiales son movibles, libres y no estor- ban los movimientos de las partes sobre que están, mientras que las profundas los dificultan por su adherencia á los múscu- los y á los huesos, y producen deformidades por el encogimien- to que va experimentando el tejido ¡nodular; las últimas son indelebles y siempre blancas, en tanto que las superficies suelen desaparecer, y si no interesan más que parte de la piel, suelen ser amoratadas. La cicatriz reciente es rojiza y plana ó poco profunda ; la antigua es blauca, seca y más hundida cuanto más antigüedad tiene; pero el uso de los astringentes puede acelerar la apari- ción de estos caractéres. Casi todas las cicatrices que resultan de algún trabajo del cirujano son regulares, en especial si la curación se obtuvo sin supuración. Las que suceden á las lesiones por arma de fuego, son hundidas á modo de canal, morenas, redondeadas, ó con irregu- laridades, eminencias y desigualdades, especialmente en la abertura de salida, y si el proyectil era cónico ó irregular; si el tiro ha sido á quema-ropa, la cicatriz de entrada es irregular. 253 254 En general, todas las variaciones que pueden presentarlas- heridas en su figura, sea cualquiera el agente que las determi- ne, se reflejan en la cicatriz que las sigue, puesto que son su expresión fiel. El sitio de la cicatriz ayuda mucho á determinar su causa. Su situación debajo de la mandíbula en el trayecto de los gan- glios y glándula parótida, indica con frecuencia una úlcera es- crofulosa ; en las ingles y órganos genitales denotan una afec- ción venérea; en el abdomen indican embarazos, cuando son numerosas. Las úlceras venéreas y sifilíticas dejan una cicatriz rojiza,, circular, pequeña, que suele desaparecer. Las de las escrófulas- son indelebles, irregulares, hundidas y azuladas ó lívidas. Con lo dicho podemos dar el concepto que se nos pida, delante de una cicatriz. MANERA DE ESTABLECER LA SITUACION EN QUE ESTABAN EL OFENDIDO EL AGRESOR EN EL MOMENTO DE LA AGRESIÓN. Esta cuestón interesa sobre manera á la justicia, porque es de su conocimiento, que se deriva la penalidad del hecho. Las actitudes en que pueden encontrarse los contendientes durante la lucha, son muchísimas : de pie, tendidos, acostados, sentados, de rodillas, de espaldas, andando ó corriendo etc. Para determinar esta actitud es preciso tomar datos en la herida misma, en los vestidos, en el sitio, en la posición del cadáver, si la herida ha sido mortal. Algunas heridas desde el primer momento dan una idea aproximada de la actitud del agresor. En la parte anterior del pecho, y con una dirección de arriba hacia abajo, la herida hace pensar en una lucha leal y de frente; pero puede suceder 1» contrario. Hemos observado un caso de herida mortal de ha pared abdominal, con un instrumento cortante y punzante, ei> que el agresor se encontraba detrás de la víctima. El profesor Tardieu refiere el caso terrible de un padre monstruoso que después de haber abusado de su hija por mucho tiempo resol- vió matarla, y al darle un abrazo, le hundió por la espalda un puñal que le atravesó la aorta, hacia adentro del omoplato iz- quierdo. 255 Los vestidos de la víctima pueden en algunos casos resol- ver la cuestión. Entre las muchísimas heridas que hemos exa- minado señalaremos el hecho siguiente : N. 1ST. filé herido con un proyectil de arma de fuego y murió; á la autopsia encontrá- mos dos heridas, una en el pecho cerca á la tetilla izquierda y otra en la espalda cerca á la columna vertebral, al nivel del sexto espacio intercostal. Esas dos heridas que correspondían á la entrada y á la salida del proyectil eran muy semejantes, y por algunos momentos vacilamos sobre la apreciación de esos dos orificios, cuya determinación era de la mayor gra- vedad para el agresor. En efecto, si la herida del pecho corres- pondía con toda seguridad á la entrada del proyectil, desapare- cía una de las circunstancias agravantes del crimen. El examen de los vestidos nos dió las luces que necesitá- bamos ; el cadáver tenía un chaleco y una camisa; el chaleco presentaba una desgarradura en su parte posterior, que corres- pondía á la herida de la espalda; hacia adelante en la porción de paño no existía desgarradura; la bala no tuvo fuerza para romper esa tela; otro tanto pasó con el examen de la camisa. Con estos datos unidos al examen de las heridas, pudimos establecer, en la diligencia de reconocimiento, cuál había sido la actitud del agresor, y aseguramos que había disparado su arma estando detrás del ofendido. Supongamos un cadáver tendido en una cama, debajo de las sábanas, en una habitación cuyos muebles están cada uno en su sitio ordinario, con una sola herida en el cuello ó en la cabeza y un charco de sangre en la cama, sin más vestigios de violencia ni de lucha, sin encontrar arma alguna; fácil será concluir que el sujeto ha muerto asesinado estando dormido. Otro individuo tendido en una vía pública, con las ropas destrozadas, con varias heridas en distintas partes del cuerpo, señales de contusión en los brazos, cara ú otras regiones, mucha sangre á distancia de algunos pasos, pisadas numerosas, confu- sas y revueltas entre sí; todos estos caractéres denotarán que ha habido lucha, resistencia y que los individuos se hallaban de pies. Si el arma se halla clavada en los tejidos, su dirección y situación indicarán cómo fué producida. Si el herido tiene la cabeza aplastada contra el suelo por 256 una piedra voluminosa, tenemos un dato para afirmar que es- taba tendido cuando le hirió ese agente. Si el agresor no es zurdo, las heridas de la víctima ocupan de ordinario el flanco izquierdo de la cabeza, del cuello y del tronco, y la altura á que se encuentra la herida es un elemen- to de apreciación muy útil. Cuando la víctima tiene muchas heridas en un solo lado del cuerpo, esto revela que ha sido sorprendida probablemente durante el sueño. Un caso reciente ocurrido en esta ciudad, y que reviste caractéres de ferocidad nos ha dado esta idea, pol- la situación y altura que observamos en tres heridas mortales, todas del mismo lado. En las heridas por instrumento cortante, el valor de los signos suministrados por la dirección y la forma de la lesión es muy útil, ya sea trasversal, vertical ú oblicua. El punto de origen está siempre marcado por una profundidad mayor, y el final casi siempre corresponde á una sección lineal. Respecto á las heridas por proyectil de arma de fuego, nos referimos á lo que hemos dicho en otro lugar. Se debe obser- var con atención cuando existen dos heridas, cuál corresponde á la entrada y cuál á la salida. La forma de la herida da indicios importantes; los bordes se ven inclinados hacia adentro en la entrada y hacia afuera en la salida. La carbonización de los tejidos que rodean la herida dan cuenta de la corta distancia del disparo. Cuando la herida ha producido la muerte inmediata, la posición que tenga el cadáver puede dar muchas luces, como hemos dicho. Las manchas que se encuentren en los vestidos, en los muebles ó en las armas deben examinarse cuidadosamente; ellas contribuyen á la determinación de la cuestión que nos ocupa. ¿ EN QUÉ OlíDEN SE HAN HECHO LAS HEEIDAS ? En muchos casos es útil establecer el orden de sucesión de varias heridas y la justicia solicita del perito esta determi- nación. Para resolver el punto, que no siempre es fácil, debe guiar- 257 se por algunas consideraciones. En primer lugar, la gravedad relativa de las heridas permitirá conocer cuál de ellas pudo producir inmediatamente la muerte ó la caída del cuerpo; la comparación del sitio de las heridas con la posición que ocupe, el cadáver, puede también dar luces. Un individuo presenta una herida en el cráneo y varias erosiones en la cara; es evi- dente que la primera fué la herida del cráneo, y que al caer al suelo se produjeron las erosiones. En muchos casos se encuentran en las manos de la víctima heridas que revelan la lucha con el agresor, y que no han podi- do efectuarse cuando yá la víctima ha recibido una herida mor- tal; sin duda las primeras se efectuaron antes. Cuando se en- cuentran muchas heridas se puede determinar cuáles se han hecho en vida, y cuáles después de la muerte. Por último, el estudio del arma que ha servido en la lucha puede revelar esta sucesión de las heridas. De ordinario el pla- no resistente que se encuentra sobre un hueso puede romper la punta del puñal ó por lo menos torcerlo. Si se encuentran dos heridas en el pecho ó en el abdomen y otra sobre un hueso, y al mismo tiempo el arma se encuentra despuntada, se puede pensar en que la última herida fué la del hueso. ¿ LA VÍCTIMA HA PODIDO EJECUTAR CIERTOS ACTOS DESPUÉS DE SER HERIDA ? En el curso de una investigación criminal pueden presen- tarse incidentes en apariencia insignificantes, pero que en el curso de los debates adquieren una importancia capital. Entre éstos aparecen los actos que un herido haya podido ejecutar después de ser atacado; saber si ha podido hablar, gritar, andar ó correr etc. Y se comprende que el médico legista es el único que puede resolver la cuestión. En uno de los capítulos anteriores, al ocuparnos de la con- moción cerebral, citamos un caso muy importante que tuvimos al estudio, procedente del Juzgado primero Superior; en él se trataba de un hombre que después de recibir una herida enorme del cerebro, se decía que había ejecutado algunos movimientos, y levantado el brazo derecho para señalar la dirección que ha- bía tomado el agresor. (Véase el caso detallado, página 211). 258 La parte esencial de esta investigación reside en la natura- leza del órgano herido. Puede suceder que los órganos intere- sados sean de aquéllos que se consideran como indispensables á la vida, el cerebro, el corazón, la medula; ó bien, la herida del órgano destruye completamente la función, como sucede con la sección de la laringe que destruye la facultad de emitir sonidos. En heridas de esta naturaleza, es preciso estar al corriente de lo que puede suceder y que la experiencia enseña ; á primera vista parece que la lesión del corazón y del cerebro debe des- truir todo acto ó movimiento, y que el herido debe caer como herido del rayo, y sin embargo no siempre sucede esto. Las he- ridas de estos órganos son compatibles con la ejecución de ciertos actos. Nosotros hemos visto un individuo que después de tener el cerebro atravesado por un proyectil, pudo dar cuen- ta de lo que le había ocurrido. La conmoción y la pérdida de conocimiento no son la consecuencia necesaria de toda herida del cráneo, aunque haya fractura de los huesos. Tardieu refiere el caso de madame Peytel, quien después de recibir dos balazos mortales en el cráneo, pudo correr y gritar. Boismont cita el caso de un individuo, que después de levantarse la tapa de los sesos, pudo abrir el balcón de su habitación y arrojarse al espa- cio. Tardieu refiere un caso de herida mortal del corazón en un individuo que pudo luégo andar cien pasos, y otro de una heri- da de la corótida, en un joven que pudo descender una escalera y dar algunos pasos en la calle. Hemos visto enormes mutilaciones, desgarraduras de los intestinos, de la matriz, del diafragma etc., que no obstante su gravedad han dado tiempo para algunos actos. En un caso que observámos en el Panóptico, un individuo pudo dar algu- nas disposiciones testamentarias, no obstante haberlo encontra- do con todos los intestinos afuera. ¿ EXISTEN HUELLAS HE RESISTENCIA Ó DE LUCHA ? Esta cuestión es con frecuencia sometida al juicio del me- dico legista con motivo de las pruebas que casi siempre levanta el defensor para hacer pasar el hecho que se juzga como resul- tado de legítima defensa. En efecto, el agresor se encuentra en 259 una situación ventajosa en presencia de un cuerpo inanimado que no puede contradecir sus aseveraciones, y aprovecha esta circunstancia para referir los sucesos de un modo favorable á su situación, y no pocas veces encuentra testigos que bajo la gravedad del juramento declaran de conformidad con él. El respectivo funcionario somete entonces esas declaraciones al concepto del médico, y éste, en nombre de la ciencia da á la justicia las luces que necesita. Repetidos casos de esta especie liemos tenido que resolver, contradiciendo esas declaraciones juramentadas, con pruebas científicas. El perito debe buscar las huellas de la lucha tanto en la víctima como en el agresor. En la primera debe estudiar cuida- dosamente las manos, los dedos y las uñas. Es en estos órganos en donde puede encontrar elementos de gran valor. De ordi- nario la persona que se encuentra atacada procura defender las partes nobles de su cuerpo, y para esto esquiva los golpes con los brazos y con las manos. En el agresor es más importante este estudio, y todo cuanto se baga en este sen- tido, por más que se crea inútil, puede dar la solución de las más difíciles situaciones. Recordamos un hecho que tuvo lugar en París en el año de 1886, y en el cual tuvimos el más vivo interés. Nos referimos al asesinato de María Renaud. Esta mujer fué asesinada en su casa de habitación por la no- che ; el asesino no conforme con este acto, ó quizá para que no se le pudiera descubrir, mató también á la criada de la casa y á una hija de ésta. Después de las numerosas investigaciones que hizo el Cuerpo de Policía, llegó el momento en que debía intervenir el médico legista para examinar á los sindicados del crimen, que eran numerosísimos. Esta diligencia, que duró va- rias horas, puso en manos de la justicia al famoso Pranzini, que fué condenado á muerte y guillotinado en la Roquette. Sería muy largo referir los detalles de esta diligencia, y tan sólo ano- tamos lo que se refiere al hábil procedimiento del doctor Bro- uardel. Pranzini examinado, el doctor eucontró en el cuello las huellas claras de una lucha, algunos araños, y excoriaciones, y sorprendido de la dirección de ellas, preguntó al sindicado la causa; éste contestó que eran el resultado de su propia mano; que habiendo estado en meses anteriores, en verano, en alguna 260 localidad, algún insecto lo había picado, y que al rascarse habría podido producirse esas excoriaciones. En el acto mismo, el doc- tor demostró la imposibilidad del hecho referido por el sindica- do, y esta prueba agregada á las ya existentes, dió por resulta- do que la justicia, avanzado su proceso, castigara al asesino. Algunas veces se ven en el agresor huellas de mordiscos ó contusiones ó manchas de sangre que deben examinarse aten- tamente. Tuvimos nosotros ocasión de apreciar el valor de este examen de las manchas en un caso concluyente que nos permi- tió asegurar cuál, entre varios sindicados de asesinato, era el criminal. HERIDAS POR DESCUIDO, POR IMPRUDENCIA, Y HOMICIDIO INVOLUNTARIO. Hemos estudiado las heridas bajo el punto de vista de la ley penal, pero estas mismas lesiones pueden manifestarse de una manera diferente, sin que haya responsabilidad ni acción penal; pueden tener lugar de una manera inocente por falta de precauciones ó de vigilancia, y ellas dan lugar á investigaciones médico-legales que es preciso conocer. Averiguar si la herida que tiene un individuo, y de la cual puede morir, es el resultado de un accidente, de un crimen ó de la voluntad misma del herido, equivale á resolver el proce- dimiento que debe seguir la justicia. Cuando la ciencia resuel- ve que la lesión es debida á manos criminales, la ley penal en- tra á dominar la cuestión; cuando no hay delito, entra el Có- digo Civil á establecer compensaciones. Bajo este último punto de vista, se dividen las lesiones en accidentales ó por imprudencia, a las cuales corresponde el homicidio involuntario; y voluntarias, simuladas ó artificial- mente provocadas, (pie comprenden la muerte voluntaria, el suicidio y otros accidentes. En estos grupos se encierra un número variado de lesio- nes, sobre las cuales debe conceptuar el médico legista, no sólo en lo que se refiere á las lesiones exteriores, sino en todas aquellas enfermedades producidas por negligencia ó trasmisión contagiosa. Esta última causa ha alcanzado en esta población 261 límites alarmantes, que liacen pensar en el tristísimo porvenir de la JSTaciói), si no se toman algunas medidas serias y eficaces. Las enfermedades contagiosas determinan lesiones, muchas de ellas de por vida, y es claro que la raza se degrada más y más cada día; ine refiero á la sífilis. 13e las heridas por imprudencia, podemos formar algunos grupos : 1? Los accidentes producidos por los coches, los carros y otros vehículos; 2? Los accidentes profesionales, tan variables como las mismas profesiones; los maquinistas, albañiles y obreros en general, sufren accidentes más ó menos graves; 3? Los accidentes por armas de fuego, por incendio, por explosión de gases ó de materias explosibles; 4? Los accidentes de los ferrocarriles que pueden ocurrir á los conductores, maquinistas, empleados y viajeros. Y, en general, un sinnúmero de accidentes difíciles de preveer. Los accidentes producidos por los coches y los carros son de suma gravedad; particularmente cuando los carros no tie- nen resortes. Los carros tirados por bueyes, ordinariamente pesados, determinan lesiones casi siempre mortales. Hemos tenido numerosos cadáveres de carreteros, todos con violentas contusiones y fracturas. Los carreteros tienen la costumbre de subirse sobre el carro, muchas veces embriagados, y fácilmente pierden el equilibrio y se caen ; una de las ruedas pasa por en- cima y casi siempre mueren. Los individuos que andan por las calles á caballo sin aten- ción ni cuidado por los de á pie, también ocasionan accidentes graves que dan lugar á la intervención de la autoridad. Estos accidentes son, en lo general, fáciles de apreciar. Los ferrocarriles producen accidentes sobre los cuales tene- mos que conceptuar. Entre nosotros no creo que haya disposi- ciones claras y terminantes respecto á los perjuicios que pue- dan recibir los viajeros por causa de un descarrilamiento. Pero en todos los países civilizados, las compañías ferrocarrileras es- tán obligadas á pagar los daños que tales trenes ocasionan, y en esto hay mucha justicia. Las Compañías francesas tienen con 262 la mayor frecuencia reclamos por heridas y por la invalidez que ellas producen en los viajeros. Se comprende que esto da lugar á la intervención del médico legista, el cual debe establecer la evidencia de los hechos, por una parte para favorecer á las víctimas de un descuido, y por otra, para evitar que se hagan á las Compañías exigencias excesivas. Los accidentes profesionales son muy frecuentes en todas partes, pero en ellos poca ingerencia tiene el médico legista. Son generalmente los albañiles, polvoreros y mineros los que están más expuestos. También los incendios, las explosiones de máquinas de vapor producen lesiones generalmente graves. En algunos de estos casos se suele pedir el concepto del perito para establecer alguna indemnización, ya por la invalidez que determinan, ya por la muerte del individuo. En todas las ocasiones en que el perito sea consultado, su primer paso debe ser el separar bien los hechos; ó bieu se tra- ta de un delito, y en este caso su misión se reduce á contestar sencillamente el cuestionario del magistrado instructor, ó bien se trata de heridas por imprudencia, y yá hemos dicho que en ese caso corresponde el hecho á la justicia correccional y civil. Este último punto exige que nos detengamos unos mo- mentos. Cuando por causa de un accidente, un individuo sufre una herida ó la muerte, la familia exige una indemnización, y es justo que alguna ley disponga que ella se efectúe en los límites de lo racional y equitativo. Es evidente que con ninguna suma de dinero se puede reparar la pérdida de un sér querido, pero establecido, como está el principio de la indemnización pecu- niaria, es necesario definir los términos de ella y asignarle en la práctica justos límites. Claro es que al médico legista se le consulta en estos ca- sos, pues él es el único que puede establecer las bases reales, sobre las cuales pueda fundarse la resolución de un tribunal. El perito debe estudiar el punto en relación con las cir- cunstancias individuales del herido, y si la muerte ha sido el resultado del accidente, en relación con las circunstancias de su familia. En el primer caso dirá si la lesión, resultado de las heridas, es permanente é incurable para que, mediante un pe- 263 ritazgo, se determine la indemnización del perjuicio; en el se- gundo caso, el perito consultado demostrará con toda eviden- cia que la muerte tuvo por causa única la lesión, y el tribunal dispondrá lo conveniente. No corresponde al médico, ni debe jamás hacerlo, el ava- luar en números las lesiones materiales de un herido, pero sí es el juez más competente para aconsejar al magistrado ; para evitar esos reclamos injustos y ridículos, muchas veces después de largos años de un accidente. SUICIDIO, HOMICIDIO Ó MUERTE POR ACCIDENTE. Sucede con alguna frecuencia que la autoridad hace con- ducir al anfiteatro los cadáveres de individuos que se encuen- tran en la calle sin ningún antecedente, ó bien hace que los médicos se trasladen al lugar en que aquéllos se encuentran. Esto con el objeto de resolver la siguiente cuestión : ¿ el cadá- ver que se tiene á la vista es el resultado de un accidente pa- tológico, de un suicidio ó de un homicidio ? El perito procederá al examen del cuerpo. Si encontrare heridas ó huellas de violencia, fácil le será señalar la naturale- za de ellas. Pero, en cuanto á resolver su origen, la cuestión es más difícil. El sitio de la herida tiene una gran significación. En efec- to, una herida de arma de fuego en la boca hace pensar en un suicidio desde el primer momento; al contrario, la misma heri- da en la espalda aleja toda idea de tal acto. En casi todos los casos que tenemos anotados en nuestra estadística sobre suici- dio, hemos encontrado que éste se efectúa con arma de fuego y que el disparo se hace en la cabeza, generalmente en la boca. La explosión en este caso produce violencias de una magnitud increíble. En un caso reciente encontrámos algunos de los dientes del suicida entre los hemisferios del cerebelo. Después de la cabeza, el segundo punto elegido por el sui- cida es la legión del corazón. Pero aquí no es tan fácil decidir la cuestión, por ser igualmente ese lugar el que escoge todo agresor, ya sea que ataque con arma de fuego ó con puñal. El examen de los manos da alguna luz, tanto por las huellas que 264 deja la explosión, como por la actitud que toman, en relación con el arma. Esta de ordinario se encuentra cerca al he- rido, pero también puede suceder que éste la arroje á alguna distancia, á un pozo, á un excusado etc. Además del sitio de la herida, su dirección es un signo de gran valor, especialmente cuando el suicida ha empleado un instrumento cortante y punzante, cuchillo ó puñal. El asesino que ataca á su víctima de frente produce una herida de izquier- da á derecha ligeramente oblicua. Cuando el arma del suicida es una navaja ó un cuchillo cortante, las heridas en lo general se encuentran en la garganta, y la dirección de ellas es de iz- quierda á derecha y de arriba hacia abajo, excepto en los casos en que el suicida es zurdo. La multiplicidad de las heridas indica casi siempre un ho- micidio ; el asesino hiere repetidas veces para asegurar su pre- sa. La unidad de la lesión iudica un suicidio; pero esto sufre grandes excepciones; el asesino puede huir después del primer golpe, y, al contrario, aquél que se quita la vida puede herirse varias veces. El lugar, el sitio en que ha ocurrido el hecho, los vestidos de la víctima, la posición del cadáver, las manchas de sangre ó de otra naturaleza pueden ser elementos importantes. Tam- bién deben estudiarse las disposiciones hereditarias y las afec- ciones orgánicas, el alcoholismo, las afecciones crónicas de los órganos de la generación. Un gran número de alienistas consideran el suicidio como un acto de enajenación mental y un síntoma constante de lo- cura. Muy inclinados nos sentimos á opinar del mismo modo, y creemos difícil que un hombre en la plenitud de sus faculta- des y en sangre fría se quite la vida; puede suceder, mas los casos que hemos estudiado con atención últimamente nos han hecho meditar sobre tan delicado asunto. Más adelante, al ocuparnos de las diversas formas de locura, volveremos á tra- tarlo. El suicidio aumenta en todos los países cada año, según las estadísticas que hemos consultado. Es en los Estados Uni- dos donde es más frecuente; viene luégo Inglaterra, Francia, Prusia, Rusia, Italia, España. La edad, el sexo, las condiciones sociales influyen sobre la elección (lelos medios que se emplean para verificarla. El niño ocurre á la submersión, el adulto se sir- ve del puñal ó del arma de fuego, el viejo se ahorca, las muje- res eligen los medios que no causen dolor ; se asfixian, se cloro- formizan, se envenenan. Este aumento progresivo del suicidio en casi todas partes, obedece á causas múltiples, pero debe saberse que la primera de ellas es el alcoholismo. En Francia se ha triplicado el nú- mero de suicidas en los últimos cincuenta años. En 182G se contaban en todo el país 1,500; en 1894, se contaron 7,000! Aquí, entre nosotros, el suicidio sigue el mismo camino, y quizá contribuya en mucho la creciente dificultad para ganar la vida. En nuestra juventud se despiertan ambiciones que no se pueden llenar; vienen los desengaños, y se da el primer paso al alcoholismo; el segundo, al suicidio. Esta es la historia de un caso reciente ocurrido en esta ciudad hace pocos días con un joven de familia honorable. Luchó por varios caminos con la suerte; esta le fuó adversa, y no teniendo fuerzas para con- tinuar en la batalla, empezó por el alcohol, siguió luego con la morfina, y, por último, se levantó la tapa de los sesos. 265 MUERTE POR ASFIXIA. Con la palabra asfixia se ha designado antes todo estado de muerte aparente 6 real en que hay primitivamente ausencia del pulso y suspensión de los movimientos del corazón. El sín- cope y la asfixia fueron por mucho tiempo términos sinónimos. Los antiguos, que consideraban el corazón como el promotor y gran regulador de los fenómenos vitales, atribuían siempre la muerte á la suspensión de sus funciones, y ésta fué la opi- nión de los autores que escribieron sobre la materia hasta prin- cipios del presente siglo. Los progresos de la fisiología, habien- do dado á conocer el funcionamiento de los grandes aparatos y su estrecha coordinación, hicieron comprender que ese hecho fisiológico designado con el nombre de asfixia podía ser la con- secuencia de varios estados patológicos, ó de diversas pertur- baciones funcionales; del sistema nervioso, donde reside el principio mismo de las acciones orgánicas; de la respiración, 266 que mantiene incesantemente en la sangre sus cualidades esti- mulantes y reparadoras; del corazón, destinado á poner en circulación en la intimidad de nuestros tejidos el líquido que los nutre; todos son igualmente indispensables á la existencia. Con estos datos fisiológicos pudo establecerse una clasifi- cación de las muertes repentinas: muerte por el corazón; por los pulmones; por el cerebro. La asfixia, dejando su primitivo sentido, sirvió para designar la muerte por los pulmones, así como el síncope quedó señalando la muerte por el corazón. Propiamente hablando no se muere por el pulmón ni por el corazón, pero sí por el agotamiento gradual, por la suspensión de todos los fenómenos vitales consecutivos A la lesión primitiva de uno de esos aparatos. Según P. Bert la palabra asfixia, vista en su sentido fisiológico habitual, no pue- de aplicarse sino Aun conjunto de hechos evidentemente arti- ficial. La palabra asfixia, agrega, puede quedar en el lenguaje médico de la misma manera que la palabra cólico ó congestión, pero ella no representa ninguna individualidad fisiológica. “La palabra asfixia quedará como una de esas malas expre- siones científicas, que laantigua medicina ha legado á la fisiolo- gía moderna, como expresión banal abandonada al repertorio del práctico. Sería muy lógico suprimir esta palabra, pero se ha convenido en designar con este nombre el estado de muerte aparente ó real provocado por la suspensión de los fenómenos respiratorios.” En Medicina legal entendemos por asfixia la consecuencia directa de la suspensión de los fenómenos respiratorios; que esta suspensión sea motivada por falta de aire respirable, por exceso de ácido carbónico en la sangre, por falta de ósmosis ga- seosa ó por alteraciones que sufra la sangre y que la conviertan así en un líquido incapaz de absorber el oxígeno, el resultado es el mismo. * En unos casos, el aire respirable no puede penetrar hasta las vesículas pulmonares, porque existen obstáculos de distinta especie que se oponen á su paso. En otros, el aire sí penetra al pulmón, pero no se verifica allí el cambio gaseoso que es indispensable para que se sostenga la función. Entre las pri- meras variedades tenemos: 1?, la submersión en,un líquido cual- 267 quiera, ó la caída del cuerpo entre escombros de tierra pulvu- rulenta; 2?, la parálisis de los músculos de la laringe y demás músculos respiratorios, como sucede en las enfermedades de la medula espinal, ya primitivas o consecutivas á una fractura de las vértebras, ó en los casos de envenenamiento por la estric- nina; 3?, obstáculos mecánicos que impiden la penetración de! aire a! pulmón. Estos obstáculos pueden ser diversos cuerpos extraños, sólidos ó líquidos que penetren en la laringe, como son porciones de alimento, granos de maíz, garbanzos, arbejas, pepas de cereza etc., leche, vino ú otros líquidos; otras veces, esos cuerpos extraños son productos del mismo organismo, como sucede con un pólipo, con un absceso, con una cicatriz, con las falsas membranas de la difteria etc., etc. Los acciden- tes de asfixia estarán en relación con el volumen del cuerpo extraño, su sitio, la duración de su permanencia en el mismo lugar, su naturaleza etc. Los obstáculos mecánicos que, fuera del organismo, pue- den determinar la asfixia son, en lo que se refiere á la Medicina legal, la aplicación de cuerdas de distinto género en el cuello, la presión más ó menos intensa del conducto respiratorio y la penetración de cuerpos extraños en él. Para proceder con orden, estudiaremos: 1?, los fenómenos propios de la asfixia; 2?, los medios que deben emplearse para socorrer á los asfixiados; 3?, la manera de proceder á la autop- sia de estos cadáveres. Fenómenos propios de Ja asfixia.—Guando la respiración se detiene de una manera instantánea y completa, la muerte es tan rápida que se presentan muy pocos fenómenos sintomáticos; la cara queda natural sin indicio alguno de inyección, el sujeto se entrega á movimientos desesperados que demuestran su an- siedad, y acto continuo cae en la inmovilidad más completa, que es prontamente seguida de la muerte. Si la asfixia se verifica de un modo lento, ofrece un cuadro sintomático bien marcado. Empieza á manifestarse por esfuer- zos instintivos y voluntarios para respirar; bostezos, pandicula- eiones y pesadez de cabeza ; la necesidad de respirar se hace más imperiosa; se presenta un estado penoso de angustia y opresión; hay malestar general, vahídos, debilidad gradual de 268 la inteligencia, vértigos, torpeza de los sentidos y órganos de la locomoción, y pérdida, por fin, del conocimiento. En este esta- do, los movimientos respiratorios son ya poco perceptibles, el pulso sumamente débil, y la mano, aplicada á la región precor- dial, distingue á malas penas los latidos del corazón; después,, inmovilidad completa; no se advierten movimientos respirato- rios. Entonces aparecen los fenómenos de congestión periférica; las mucosas de las aberturas naturales, la cara, las manos, los- pies, y, á veces, regiones más extensas de la piel, adquieren una coloración roja ó violada, á manera de manchas más ó menos grandes. Por último, el pulso desaparece y la asfixia es comple- ta, distinguiéndose este estado de la muerte real por el calor del cuerpo y por los ruidos cardiacos revelados por la auscultación. Este estado de muerte aparente, durante el cual el asfixiado conserva la facultad de poder volver á la vida, se prolonga más ó menos tiempo, según la clase de asfixia, su rapidez y otras varias circunstancias, pudiendo durar de algunos minutos á media hora ó más. En los cadáveres de los que mueren asfixiados, el calor se extingue lentamente y la rigidez es muy notable y dura mucho tiempo. Al exterior ofrecen manchas rosadas ó lívidas, que ocupan todo el espesor del dermis y son debidas á la congestión de sus vasos capilares, por lo cual brota sangre cuando se corta la piel al nivel de dichas manchas; estas livideces ocupan lo mismo las partes superiores que las declives del cadáver, con lo cual se distinguen de las livideces cadavéricas, que sólo ocupan las partes más bajas. Los ojos están prominentes y brillantes. La mucosa de la base de la lengua, laringe, tráquea y bronquios presenta un color rojo bermejo, que va siendo más oscuro con- forme se acerca á las últimas ramificaciones bronquiales. Se encuentra además en las vías respiratorias una espuma sangui- nolenta, mezcla de moco, sangre y aire, tanto más abundante cuanto más lenta ha sido la asfixia; cuando avanza la putrefac- ción, los gases que se forman empujan á esta espuma hacia el exterior, haciéndola salir por la boca y las narices. Los pulmo- nes están congestionados; son muy voluminosos, y se presentan oscuros al exterior y rojos cuando se cortan; al compri mi ríos- arrojan muchas gotas de sangre muy negra y fluida. Las caví- ■dudes derechas del corazón, la arteria pulmonar, las venas cavas y el sistema venoso en general, están repletos de sangre muy líquida y negra, que rara vez forma coágulos. En cambio, las ■cavidades izquierdas y las arterias principales están casi vacías. El hígado, el vaso y los riñones están congestionados. Los vasos venosos del cerebro están también ingurgitados, y la masa ce- rebral ofrece puntos rojos. Medios más conducentes para socorrer á los asfixiados.— Este asunto puede ser muy útil en todos aquellos casos en que no es fácil encontrar á un médico que haga las indicaciones ■convenientes para salvar á una persona. En las poblaciones le- janas puede ocurrir, y ocurre con frecuencia la muerte por as- fixia, en cualquiera de sus formas, y con poner en práctica los medios que aconsejamos aquí, podrán evitarse algunas des- gracias. A dos se reducen las indicaciones principales que hay que Henar cuando se trata de socorrer á un asfixiado: separar las causas que han producido la asfixia, y restablecer la respiración y la circulación. Para llenar la primera indicación basta sacar al asfixiado del agua, letrina etc., donde se encuentre sumergido ; quitarle tos lazos que le comprimen, ó el tapón y demás obstáculos me- cánicos que obstruyen las vías aéreas. Después se le coloca en decúbito dorsal con la cabeza le- vantada, en una atmósfera de aire puro. Para restablecer los movimientos respiratorios y la circu- lación se han empleado medios muy diversos, como son: imitar los movimientos naturales del pecho, la insuflación de aire en ios pulmones, excitar la sensibilidad, la sangría, la traqueoto- mía etc. Los movimientos artificiales del pecho, imitando los de la respiración, se pueden obtener de varios modos Uno de ellos consiste en practicar presiones en las paredes toráxicas y abdo- minales. Para esto se aplican las 'manos á las costillas falsas, aproximándolas al eje del cuerpo, y al mismo tiempo compri- miendo suavemente el vientre; se abandonan en seguida estas partes á sí mismas, para que por su elasticidad recobren su posi- ción primitiva, y después se repite la misma maniobra. Oonvie- 269 270 ne también, al mismo tiempo, dar algunos sacudimientos 6 palmadas en el pedio, aplicando las manos por debajo de las axilas. Con estos medios, que son, por cierto, muy dolorosos, se consiguen muchas veces felices resultados. Otro procedimiento para hacer entrar aire al pulmón, es el de Sylvester. Para ponerlo en práctica se coloca al sujeto en supinación con una almohada debajo de las espaldas, se le lim- pia la nariz y la boca, y se tira de la lengua hacia afuera. He- cho esto, se le levantan los brazos hacia la cabeza, en cuya posición se sostienen unos dos segundos; con este movimiento se dilata el pecho y entra el aire. En seguida se bajan los bra- zos, comprimiendo con ellos suavemente los lados del peeho, con lo cual se expulsa el aire que había penetrado. Esta opera- ción se repite quince veces por minuto, durante un cuarto de hora ó más, hasta que el sujeto respire. Al mismo tiempo que se hace esto, se deben practicar fricciones desde los pies y las manos hacia el corazón para favorecer la circulación, y reanimar el calor, aplicando pedazos de bayeta ó de franela calientes, ó ladrillos también calientes en las axilas, entre los muslos y en la planta de los pies. Cuando el asfixiado recobra la respiración, se le coloca en un sitio donde circule bien el aire, se le dan al- gunas cucharadas de té caliente ó de vino y se le deja dormir. La insuflación de aire en los pulmones puede practicarse con la boca ó con instrumentos. Para lo primero se aplica la boca á la del asfixiado, tapándole previamente las narices y sa- cándole la lengua con una pinza ; otros practican la insuflación adaptando un fuelle, bomba ó jeringa á la extremidad de una sonda que se introduce hasta la laringe. Albert, en vez de insu- flar aire en los pulmones, aspira el que éstos contienen, valién- dose también de la sonda y la bomba; de este modo se extraen los cuerpos extraños que en las vías aéreas pueden extistir, y se excita el pulmón, haciendo que se dilate como para recobrar el aire que se ha sacado. La insuflación exige muchos cuidados para hacer que el aire penetre por la laringe y no pase por el esófago al estómago; hay que tener, sobre todo, la precaución de no empujar el aire con mucha fuerza, pues podrían romperse las vesículas pulmo- nares, resultando un enfisema y hasta la muerte, de lo cual se 271 lian dado ejemplos, no sólo tratándose de asfixiados, sino de personas sanas. Sin embargo, tanto con la insuflación como con la aspiración se han conseguido á veces buenos resultados. Para excitar la sensibilidad y reanimar de este modo la respiración y la circulación, se han propuesto infinidad de me- dios, la mayor parte de los cuales son inútiles, si no van acom- pañados de los procedimientos que más arriba liemos expuesto. Tales son : las aspersiones de agua fría en la cara, las cauteri- zaciones superficiales en el pecho y brazos, la electricidad, los baños de aire caliente, la titilación de la úvula, los estornuta- torios y sustancias irritantes, como el amoniaco etc., etc. Las bebidas estimulantes no deben emplearse hasta que el sujeto pueda deglutir, pues en otro caso, nos expondríamos á que pe- netrasen por la glotis, aumentando los peligros de asfixia. De los excitantes de la sensibilidad y del calor, los que principalmente deben usarse son las aplicaciones de cuerpos calientes, y las fricciones secas con un trozo de franela, también caliente, como hemos indicado al hablar del procedimiento de Sylvester. La sangría sólo debe emplearse cuando haya síntomas de congestión en algún órgano importante. Cuando exista algún cuerpo extraño á la entrada de las vías respiratorias y no sea posible su extracción, está indicada la operación de la traqueotomía. Precauciones que deben tomarse en las autopsias de los as- fixiados.—Como los vestigios anatómicos de este género de muerte se encuentran principalmente en los órganos de la res- piración y de la circulación, al inspeccionar estos aparatos es cuando hay que redoblar los cuidados. Es muy conveniente li- gar la tráquea antes de abrir la cavidad toráxica, para que la presión atmosférica, al obrar sobre los pulmones, no expulse las sustancias contenidas en los bronquios y arroje la sangre de los capilares hacia los vasos próximos. Las diferentes causas de asfixia de que debemos ocuparnos en medicina legal son: la submersión, la horca ó suspensión, la estrangulación, la sofocación y la respiración de gases me- fíticos. 272 I LA SUBMERSION. La asfixia por submersión, que es muy común, es el resul- tado de la inmersión del cuerpo, ó mejor diremos, de la boca y la nariz en el agua ó en cualquiera otro líquido que impida la pe- netración del aire en las vías respiratorias. Este hecho puede determinar dos órdenes de fenómenos que debe estudiar con atención el médico legista: ó, bien el in- dividuo ahogado sucumbe á una verdadera asfixia, ó bien su- cumbe por causa de un síncope determinado por una congestión cerebral. En el primer caso, que es lo más común, se observa una palidez genera!, algunas escoriaciones en las extremidades de los dedos, tierra ó arena entre las uñas, algunas placas violetas en las orejas, en los muslos y en algunas otras partes del cuer- po, la retracción del pene, del escrotón y del mamelón. La epidermis se encuentra macerada, en los orificios nasales y bucal cierta cantidad de espuma blanca y algunas veces cuerpos extraños en las cavidades de los mismos orificios. La presencia de agua y de espuma en las vías respiratorias es un signo evidente y claro de muerte por submersión. En el estómago también se encuentra agua en gran cantidad y á ve- ces cuerpos extraños, yerbas etc. Los pulmones se encuentran dilatados, de un color gris ó violeta, crepitantes y duros. Al corte se ve salir de ¡as vesícu- las un líquido espumoso, rosado y sanguinolento. En la superfi- cie suelen verse placas de enfisema. El estudio de la sangre de las personas ahogadas es impor- tante. En lo general se encuentra la sangre muy acuosa, debido esto á la absorción que se verifica en los momentos del acciden- te por la mucosa pulmonar. El estado de la sangre puede indi- car si el ahogado ha tenido ó nó lucha, si su muerte ha sido lenta ó rápida. El profesor Brouardel concreta las cuestiones relativas á estas circunstancias del modo siguiente : O “Si la sangre no se encuentra fluida, si existen coágulos cardiacos y equimosis pequeñas en las pleuras, si los pulmones no presentan esta apariencia especial del enfisema acuoso, se podrá decir que la submersión ha tenido lugar en condiciones tales que el ahogado no ha podido hacer ningún esfuerzo para luchar contra la asfixia. Si, al contrario, los pulmones se en- cuentran llenos de agua, si la sangre está fluida, si las equimo- sis pleurales son anchas, poco aparentes, si el corazón no con- tiene coágulos, se podrá concluir que la submersión ha sido lenta y que la muerte no ha sobrevenido sino después de una lucha más ó menos instintiva que ha permitido la absorción de- agua por la mucosa pulmonar.” Cuando el individuo sucumbe por causa de una congestión cerebral, no se encuentran los signos de que venimos hablando, sino los de una hiperemia de la sustancia cerebral. El perito interrogado por la autoridad en presencia del ca- dáver de un individuo que se ha sacado del agua, puede encon- trar grandes dificultades para asegurar bajo la gravedad del juramento que la muerte sea la causa directa de la submersión. Para orientarse un tanto, debe examinar además de lo que he- mos anotado, todas las circunstancias relativas al lugar y al estado en que se encuentra el cadáver. M. Kougier ha demos- trado con numerosas experiencias que es imposible que el agua penetre en el estómago después de la muerte, á menos que el cadáver esté en putrefacción. Según é!, la presencia de cuerpos extraños (arenas y yerbas) en los bronquios, es testimonio de una respiración enérgica y demuestra que el individuo ha res- pirado en la lucha dentro del agua. Algunas veces los criminales, después de dar muerte á un individuo, lo arrojan al agua, con el objeto de ocultar el hecho ó de hacerlo aparecer bajo otra faz. El perito examinará el cuei'po cuidadosamente para ver si encuentra huellas de violen- cia, y sobre todo, al encontrarlas, estudiará la dirección, sitio, profundidad y demás circunstancias de ellas. Cuando el cuerpo no presenta ninguna huella, es probable que se trata de un suicidio ó de un accidente, pues es difícil admitir que una persona se deje echar al agua, sin presentar alguna resistencia. 273 Tardieu dice que en los individuos que han perecido deba- jo del agua, la congestión ocupa toda la extensión del pulmón ; que rara vez se encuentran equimosis subpleurales y derrames subpericranianos y subpericardiacos. De manera que si se en- cuentran estas lesiones en un cuerpo sacado del agua, se puede concluir que la sofocación ha precedido á la submersión, y que lo que se ha lanzado al agua es un cadáver. Es importante establecer en cuanto sea posible el tiempo que ha permanecido el cadáver en el agua. Pero esto es en oca- siones muy difícil después de los primeros días, y eu especial cuando el cuerpo ha permanecido algunas horas al contacto del aire. Eu general, durante los tres primeros días no se efectúa ninguna alteración ; del tercero al quinto día aparece la rigidez cadavérica y la piel de las manos principia á tomar un color blanco; del quinto día al octavo todos los tejidos se dilatan y se ablandan ; del octavo en adelante la epidermis principia á desprenderse. Las alteraciones que continúan verificándose no obedecen á orden alguno, y esto hace que el perito no pueda asegurar la época de la submersión. Tenemos, en resumen, un conjunto de signos que á prime- ra vista parecen concluyentes, y se creerá que es fácil resolver las varias cuestiones que pueden presentarse al perito en los casos de submersión, más son tales las complicaciones de la as- fixia, del síncope y de la congestión cerebral, que jamás se en- cuentra reunido este conjunto de síntomas. Examinemos el valor de cada uno de ellos. 1? La palidez ó más bien la deseoloración general del cuerpo es insignificante en sí misma, puesto que en algunos casos los tegumentos presentan placas rosadas, y otras veces, ya sea por la congestión cerebral, ya sea porque el individuo, al caer al agua se encuentra en estado de embriaguez, la cara tiene un color morado. Además, el color de la piel del ahogado experimenta desde que el cuerpo se expone al aire, cambios muy rápidos. 2? Las excoriaciones de los dedos, que hacen pensar en la lucha que ha tenido el individuo y el roce contra el suelo, con- tra las piedras ó los árboles, probarían que el ahogado estaba vivo al caer al agua. Pero este signo está subordinado á la lo- 274 275 calidad en que ha tenido lugar la submersióu, y la falta de él nada puede significar. Lo mismo diremos de la tierra ó arena en las uñas. Su presencia no es concluyente. 3? El agua y la espuma que se encuentran en las vías res- piratorias ha sido motivo de largas discusiones. Bergeron y Montenio, después de numerosas experiencias eu los animales y de crecido número de autopsias practicadas en los ahogados recogidos en La Morgue, en París, formulan las siguientes conclusiones: , “La existencia de espuma en la garganta, en la laringe y en los bronquios, es el único signo constante y cierto de la muerte por submersióu, ya sea que el individuo al caer al agua haya sufrido un síncope, ya sea que haya predominado la as- fixia, ya sea que haya ejecutado movimientos libres ó que haya sido sumergido después de haberle dado cloroformo, opio ó cualquier otro anestésico que le impida sus movimientos. “ Algunas veces se encuentra un- pocg- de congestión y equimosis subpleurales, pero estas equimosis no tienen jamás la apariencia de aquéllas que se encuentran en la sofocación. “La intensidad de la congestión y extensión de las equi- mosis están en relación con los esfuerzos que hace el animal para luchar contra la submersióu. Sucede lo mismo con el hom- bre.” En resumen, cuando un cadáver se encuentra dentro del agua y se supone la ejecución de un delito, es preciso buscar con atención los signos siguientes: espuma en las vías respira- torias y cierta cantidad de agua en el estómago. Con ellos y con los antecedentes que puedan obtenerse, como el lugar y profun- didad del río ó arroyo en que se ha encontrado el cadáver, la actitud de éste, los medios empleados para sacarlo, puede el perito formar su concepto, II LA HORCA, LA ESTRANGULACIÓN, LA SOFOCACIÓN. Estas tres denominaciones corresponden á ciertos actos de violencia que todos tienen por resultado final la muerte 276 por asfixia, pero cada uno tiene sus caracteres propios y dis- tintivos. La sofocación y la estrangulación son, en general, efectua- das por manos homicidas; la horca, al contrario, es casi siempre un medio de suicidio. Ordinariamente la estrangulación va complicada de sofo- cación ; la víctima sorprendida por el criminal presenta alguna lucha, y aunque éste sea muy fuerte y resuelto, es raro que aquélla no tenga tiempo de dar algún grito de alarma, que es necesario ahogar tapándole la boca. De igual modo, cuando se encuentre complicada la horca con la sofocación, debe pensarse en un homicidio más bien que en un suicidio. El médico legista en casos de esta especie debe hacer la diferencia entre los medios de violencia que se ponen en prácti- ca para producir la muerte y que son los que le pide la justicia en presencia del cadáver. Esta tiene todo su interés en conocer los detalles; el hecho de la muerte ya lo conoce y poco más le interesa. El doctor Faure tratando de la muerte por asfixia dice: 11 Entre los fenómenos de la asfixia, algunos son constantes y revisten siempre los mismos caractéres; son aquellos que se re- fieren directamente á la privación del aire; hay otros, que, va- riables en su forma, tienen una excesiva irregularidad en su orden de aparición: éstos son aquéllos que dependen del género de violencias á que ha estado sometido el individuo para llegar á privarlo del aire.” A estas palabras se reduce la misión del perito ; á distin- guir y á precisar el género de las violencias, para decirle á la justicia: N. N. ha sido ahorcado y no estrangulado ni sofocado, sin la vaguedad y confusión que ha existido en las muertes vio- lentas reunidas con el nombre de asfixia. La horca.—Esta palabra es Conocida por todo el mundo, y significa la suspensión del cuerpo por medio de una cuerda que rodea el cuello. A este género de muerte violenta recu- rren con frecuencia los suicidas. Difiere de la estrangulación, entre otras razones, por la manera de obrar la cuerda; en el ahorcado la compresión del tubo respiratorio se ejerce por una fuerza que no es perpendi- 277 cular al cuello, ui lo oprime de un modo igual; en la estrangu- lación sucede lo contrario, la fuerza obra perpendicularmente al eje del cuello y lo comprime de una manera igual en los dis- tintos puntos de su circunferencia. La horca requiere condiciones tan variadas, que casi siem- pre cuando se encuentra un cadáver con este género de violen- cias, se puede asegurar que se trata de un suicidio, y no de un homicidio. En efecto, para ahorcar á un individuo se necesita : 1?, colocarle una cuerda en el cuello; 2?, coger la extremidad ó extremidades de esa cuerda y fijarlas en un punto resistente; 3?, suspender el cuerpo de la víctima, de manera que el peso de su propio cuerpo ejerza una tracción suficientemente fuerte para suspender la sensibilidad, la respiración y la vida. Y, todo este aparato no puede efectuarlo un solo hombre con otro, á menos que el último sea muy débil ó que esté dormido. Generalmente se cree que para morir ahorcado es preciso que el cuerpo esté suspendido á cierta altura del suelo, pero no hay tal necesidad, en especial en los casos de suicidio. Lo que importa es que la cuerda comprima el cuello, y esto puede ve- rificarse en cualquiera actitud. De 174 ahorcados suicidas, que fueron observados por Briére de Boismont, 121 se encontraron apoyados sobre el piso de distinta manera; 23 sentados en su cama, 6-acostados y 11 arrodillados, ó en otras posiciones. Se comprende que no existe actitud en que no pueda efectuarse la horca voluntaria. Cuando el hecho tiene lugar en un Asilo de locos ó en una prisión, poco ó nada tiene que hacer el médico legista; pero fuera de estos lugares suelen presentarse circunstancias tan complicadas, que su misión se hace muy difícil. Preciso, es, por tanto, que conozca los fenómenos que la horca pueda deter- minar. Estos son de dos órdenes diferentes: los de la congestión cerebral y los de la asfixia. Estas diferencias resultan de la manera de obrar la cuerda en el cuello, es decir, de los órganos que han sido comprimidos y déla extensión, de la fuerza y de la duración de esa compresión. Si el cuello no ha sido comprimido circularmeute (lo que sucede cuando el cuerpo ha estado suspen- dido por debajo de la barba con una sola vuelta de la cuerda, sin 278 nudo corredizo), la cuerda se apoya de cada lado sobre el ángu- lo de la mandíbula y contra la apófisis mastoidea, y deja libre la parte cervical posterior; la circulación venosa no se inte- rrumpe por completo. En este caso el individuo perece por as- fixia, porque la cuerda aplicada entre la barba y la laringe comprime todas las partes blandas y cierra el orificio superior de la glotis. Cuando la cuerda comprime circularmente el cuello con poca fuerza, el aire puede penetrar al pulmón, pero la san- gre se acumula en las venas cerebrales y determina la muerte por congestión; si la compresión es violenta y rápida, el indivi- dúo muere por asfixia. La muerte del ahorcado puede ser instantánea cuando la colocación del lazo es tal que el peso del cuerpo determine la luxación de las dos primeras vértebras cervicales y la compre- sión del bulbo. La muerte por la horca se efectuó en doce minutos eu al- gunos animales que sirvieron á M. Faure en sus experiencias. En el hombre, hay motivos para suponer que la muerte sea más rápida. Boismont refiere el siguiente caso: una mujer sos- pecha las inclinaciones de su hermana que acaba de entrar á su alcoba; empuja la puerta y la encuentra en su cama con la cuerda puesta al cuello; ella se lanza encima para desatarla, la otra la mira de una manera fija, dobla las rodillas, da un sus- piro y muere. El profesor Tardieu refiere el caso de un miserable, Meig- nant, que asesinó á su hija después de violarla. Este monstruo fué encerrado en la prisión á las diez y media de la mañana; á las diez y cuarenta minutos, el centinela que entró á la pieza lo encontró ahorcado. Menos de diez minutos bastaron, en este caso. Examen del cadáver de mi ahorcado.—Cuando el médico legista sea llamado por la autoridad, debe principiar por obser- var la posición general del cuerpo, la actitud de la cabeza, la de los miembros superiores é inferiores, el aspecto de la cara, las señales que ha dejado en el cuello la cuerda, la colocación de ciertas partes del cuerpo y el estado de los órganos sexuales. Respecto á la posición general del cuerpo, ya dijimos que en cualquiera es posible la muerte; colgado, de pie, arrodillado 279 ó sentado, puede un individuo ahorcarse, una vez que ha toma- do la determinación de hacerlo, y conserva en los primeros mo- mentos la fuerza de voluntad suficiente para no vacilar. La actitud de la calesa varía, ya por la disposición de la cuerda, ya por el punto del cuello que ella comprime. General- mente se encuentra la cabeza en flexión hacia adelante, la barba en contacto con la parte superior del pecho. Es raro que se la encuentre en flexión hacia atrás. Los miembros superiores é inferiores cambian en su posi- ción y coloración, según que el cuerpo haya estado suspendido ó nó. En el primer caso, los miembros superiores caen en la dirección del cuerpo y las manos se cierran con fuerza; en el se- gundó, toman distintas posiciones. Los miembros inferiores, cuando el cuerpo está suspendido, toman una coloración violeta intensa. El aspecto de la cara del ahorcado, ha dado lugar á largas discusiones y contradicciones entre las primeras autoridades* Todo depende de la duración de la compresión y del momento del examen. En los primeros momentos, la cara se pone pálida, casi natural; poco á poco va tomando un color morado; los ojos se inyectan y se salen de sus órbitas, la boca se abre y la lengua se avanza hacia afuera; algunas veces se encuentra un poco de espuma sanguinolenta entre los labios y á la entrada de la nariz. La región del cuello exige las investigaciones más atentas y minuciosas. Ella debe examinarse tanto bajo el punto de vista de las lesiones propias que pueda presentar, como de las rela- ciones que ellas puedan tener con la cuerda de que se ha he- cho uso. El cuello de los ahorcados se encuentra generalmente alar- gado, y esto es debido al peso que el cuerpo suspendido ejerce sobre los tejidos blandos del cuello. Al mismo tiempo se en- cuentran huellas más ó menos aparentes, más ó menos profun- das que deja la cuerda suspensora. Estas señales forman el punto capital de la historia médico legal de la horca ó suspen- sión ; es á ellas que el perito debe darle toda su atención para reconocerlas y describirlas de la manera más exacta que sea posible. 280 Estas señales, huellas ó impresiones varían según la dura- ción de la supensión, el modo de hacerse ésta y la naturaleza de la cuerda con que se ejecuta. Debe observarse el lugar exac- to que ocupan, su dirección, su forma, sus dimensiones, su pro- fundidad y las modificaciones que ellas han podido producir en la coloración y estado de la piel. Considerada de una manera general, y en relación con las huellas que pueda dejar en el cuello, la cuerda puede ser senci- lla, doble, ancha ó estrecha, flexible ó rígida. Generalmente el ahorcado se encuentra con la cuerda en el cuello y es importante estudiar el modo como está colocada; si forma un anillo simple de una sola vuelta ó doble con dos vueltas. La situación relativa del nudo y del resto de la cuerda no es indiferente. Casi siempre el asa corresponde á la barba y el nudo á la nuca. La mayor presión se hace en el asa, y será allí donde la impresión de la cuerda será mayor. A veces estas huellas externas son poco aparentes y casi nulas. Si la suspensión ha sido corta y se ha hecho con una cuerda ancha, espesa y blanda, el cuello no presenta ninguna marca, ó apenas un color rojo difuso. Cuando existe el surco, se encuentra entre la laringe y la barba; [pocas veces sobre la laringe, y [rara vez debajo de ésta. La piel toma un aspecto de pergamino; á veces se excoria y ofrece pequeñas equimosis. Examen de las partes profundas del cuello de los ahorca- dos.—Hemos dicho que en algunas [ocasiones la cuerda no deja al exterior rastro alguno que pueda hacer pensar en una sus- pensión, ó, que esos rastros son insuficientes para asegurar el hecho. El examen interno puede revelar violencias en el tejido celular, en los músculos, eu las partes que constituyen la larin- ge, en los gruesos vasos y hasta en el esqueleto de la región, en las vértebras cervicales. Es también posible encontrar la fractura del hueso hyoides. En rarísimos casos se encuentra la sección de las túnicas arteriales. Amussat, en 1828, cita un caso. Siempre es conve- niente buscar este fenómeno, sobre todo si se encuentra sangre infiltrada en las partes cercanas. La luxación de las vértebras cervicales puede también efec- 281 tuarse en los casos de suspensión, y el mecanismo de esta luxa- ción se explica por el sitio en que se coloca el nudo de la cuer- da, nudo corredizo debajo de la barba. Organos sexuales.—Se ha dicho respecto á estos órganos tanta falsedad, que es necesario establecer los datos positi- vos déla observación. La sensación de voluptuosidad, obra de la imaginación y atribuida á la salida de algunas gotas de esperma por el canal de la uretra, no es cosa admitida. En el hombre, y probablemente también en la mujer, la suspensión determina una turgesencia de las partes genitales externas é internas, como determina una congestión pasiva en los miembros inferio- res ; pero no debe considerarse esto como erección del miembro, ni mucho menos como el resultado de una excitación del senti- do genésico. Por otra parte, la salida de esperma por la uretra se encuentra en muchos otros géneros de muerte, y no es pro- pia de la suspensión. El fenómeno no es, pues, otra cosa que una consecuencia, puramente física de la posición del cuerpo, más aparente en el hombre que en la mujer. Organos respiratorios. — En la laringe y la tráquea se encuentra la mucosa roja, y algunas veces cierta cantidad de espuma más espesa, más viscosa, algunas veces sanguinolenta. En los pulmones se encuentra cierto infarto, especialmente en la base. Tienen un color negro muy oscuro, pero no presen- tan en la superficie ni en su profundidad, equimosis subpleura- les ni focos apopléticos. Muy rara vez, alguuas burbujas de enfisema circunscrito. Las cavidades del corazón contienen sangre fluida; rara vez coágulos. En los órganos digestivos, los autores ingleses han encon- trado algunos signos de importancia. La mucosa del estómago se encuentra á veces tan roja, que hace pensar en un envenena- miento por una sustancia irritante. El cerebro y la medula no presentan ningún signo propio á este género de muerte; el cerebro de los ahorcados permanece exangüe mientras están suspendidos, pero una vez colocado el cadáver en la posición horizontal, la sangre afluye á sus partes declives. Por lo que dejamos expuesto, se ve que no existe, ni en el examen de los órganos externos ni de los internos ningún signo 282 absoluto de la muerte por suspensión. “ Para que un signo pueda probar que la suspensión ha tenido lugar durante la vida, es preciso que su formación lleve consigo la idea de un fenóme- no vital; es preciso, además, que este fenómeno no pertenezca sino á la suspensión, y en fin, que sea constante para que pue- da probar en todos los casos, que la muerte es efectivamente el resultado de la suspensión. Pero estamos muy lejos de poseer ningún carácter de semejante valor” (Devcrgie). La cara del ahorcado, al principio pálida, se observa más tarde roja, no tiene este siguo valor suficiente. Las señales que deja la cuerda en el cuello, todas sin ex- cepción, el surco, el aspecto apergaminado de la piel, la colora- ción violácea, la densidad del tejido celular, todo esto puede tener lugar del mismo modo con un cuerpo suspendido después de muerto, que en el cadáver de un individuo que se suspende vivo. (Casper, Orfila). Las equimosis y las infiltraciones de sangre coagulada en la piel, en el tejido celular y en los músculos del cuello de los ahorcados, tiene un valor incontestable como prueba de la sus- pensión durante la vida. Sin embargo Christison, en experiencias numerosas, ha conseguido producir estas equimosis y estas infiltraciones de sangre hora y media después de la muerte, y Orfila dice que este signo de las infiltraciones tiene poco valor como carácter de la suspensión. Es cierto que Christison consiguió producir esas infiltraciones, pero obsérvese que la sangre se encontraba en estos casos fluida, y no coagulada. La luxación de las vértebras cervicales tampoco es un sig- no evidente de la suspensión, pues puede determinarse en el cadáver con ciertas maniobras. El derrame de esperma, según hemos dicho, no es caracte- rístico de la suspensión. Se encuentra esperma en la uretra de individuos que han muerto de diversas enfermedades ; tisis, hi- pertrofia cardiaca, hernia estrangulada etc. Godardi dice que frecuentemente se encuentra esperma en todas las uretras de los muertos, cualquiera que sea la causa de la muerte. Pero si bien es cierto que no existe ningún signo absoluto, también lo es, que con el grupo bien estudiado de todos aquéllos 283 que hemos indicado y con su comparación, el perito puede es- tablecer cómo han pasado las cosas. Guando el médico legista sea consultado por la justicia para resolver si el cadáver de un individuo que aparece ahorcado ha sido el resultado de un suicidio ó de un homicidio, procederá á practicar un examen minucioso, así: observará la naturaleza y la longitud de la cuerda, su forma, el número y la dirección de los surcos del cuello y luégo todas las circunstancias que lian acompañado el accidente. Es preciso saber que es muy difícil ahorcar á un hombre con una cuerda sin que éste luche, ó me- nos que sea un idiota ó un paralítico. La suspensión homicida exige el concurso de varios individuos, y es preciso buscar las señales de la resistencia opuesta por la víctima, tales como equimosis, excoriaciones, heridas, luxaciones, fracturas de los dedos. m ESTRANGULACIÓN. El profesor Tardieu define la estrangulación: “un acto de violencia que consiste en una constricción ejercida directamente, sea al rededor, sea delante del cuello, y que tiene por efecto obstruir el paso del aire, suspender bruscamente la respiración y la vida.” Esta definición clara y precisa, corresponde á las verdade- ras funciones del perito, cuya labor en presencia de un asunto de sofocación, de estrangulación ó suspensión, consiste, no en reconocer la asfixia, consecuencia fisiológica de estas violencias, sino en distinguir y precisar el género de ellas. La estrangulación puede producirse, sea por la compresión de una cuerda al rededor del cuello, sea por la compresión inme- diata de la laringe y de la tráquea con la mano. Bajo otro pun- to de vista, ella puede ser el resultado, sea de un homicidio, sea de un suicidio. Por mucho tiempo se ha creído que un individuo no podía darse muerte estrangulándose él mismo, pero los numerosos ejemplos que se registran hoy prueban lo contrario. Un indivi- duo melancólico, citado por el doctor Villeneuve, se estranguló 284 apretándose el cuello con dos corbatas añadidas. Un loco se es- tranguló en su celda con un cordón que apretó con una varilla (Marc). En otros dos casos, filé con un tenedor y con el lmeso del muslo de un pollo, que se hicieron sirvir para darle vueltas al cordón. M. Rendu cita el caso de una enajenada enteramen- te privada del uso de la mano derecha, é incapaz, por consi- guiente, de emplear mucha fuerza en la ejecución del suicidio, que se estranguló con su pañolón envuelto al rededor del cuello. Simón X. se suicidó con una calzonaria. Otro individuo que había tratado de suicidarse en varias ocasiones, fué conducido á una casa de locos; suplicó que le permitieran acostarse por estar muy cansado; se hizo el dormido, y dos enfermeros, el uno á la derecha y el otro á la izquierda de la cama lo vigila- ban. A las dos horas estaba muerto sin que se le hubiese visto ejecutar el menor movimiento; había rasgado la falda de su camisa y había hecho una faja que se pasó por el cuello y apre- tó con un nudo (Tardieu). Á pesar de todos estos casos, es cierto que- en casi todas las muertes por estrangulación hay homicidio ; que casi siempre que se impute la muerte á un suicidio, es preciso obser- var si previamente á la estrangulación no ha habido otra causa de muerte, que se trate de ocultar. “Una mujer joven, María R., se encuentra muerta en su cama; al momento de levantarla para colocarla en un ataúd, se ven algunas equimosis en la parte lateral izquierda del cuello. El carácter de esta niña, el disgusto por la vida que constantemente manifestaba, hicieron creer al principio que se había ahorcado, y que su padre, para evitar á la familia el escándalo de un suicidio, la había acostado en su cama. Un examen más atento hizo ver que las huellas de violencia se limitaban á un solo lado del cuello, que no había huellas de cuerda y que los rastros no correspondían á una ahorcada. Los dos grandes cuernos del hueso hyoides tenían una movilidad notable, sobre todo, el derecho, que estaba ple- gado sobre el cuerpo del hueso, de manera de formar con él un ángulo recto; el cartílago tiroides en lugar de formar como de ordinario, un ángulo saliente hacia adelante, estaba deprimido y aplicado contra las paredes posteriores de la laringe; la mem- brana crico-tiroidiana estaba intacta, así como el prolonga- 285 miento fibroso que ella envía sobre el cartílago cricoides; pero se sentía, al pasar el dedo, que este cartílago estaba roto en su parte media; en lugar de formar un arco, presentaba un ángulo 'entrante, producido por la inversión hacia atrás de las dos ex- tremidades fracturadas. En resumen, la laringe tenía todas sus partes desviadas ó fracturadas, como que hubiesen estado com- primidas enérgicamente por algunos minutos. (Exposición de M. Bouset). El cuñado de la víctima terminó por declarar que ■él era el autor involuntario de la muerte de María; que él se había entrado por la noche á la habitación de su cuñada; que habiéndose opuesto ella á sus exigencias, él había tenido que apretarle la garganta para que no gritara, y que la había senti- do espirar bajo su mano. La gravedad de las lesiones observadas no permitía admitir el homicidio involuntario; el acusado fué condenado. Evidentemente, dice el doctor Briand, si no se hu- biesen encontrado lesiones de tánta gravedad, el alegato de este individuo habría merecido un examen serio, pues se tienen ejemplos de estrangulación producida involuntariamente, acci- dentalmente, y casi instantáneamente por una presión modera- da, y sin que se vean rastros del hecho.” En los casos de suicidio, el individuo que se estrangula ex- perimenta desde que cierra el nudo un sentimiento de angus- tia y de debilidad, que no le deja fuerzas ni presencia de ánimo para poder aflojar ó apretar más la cuerda, y la vida se extin- gue por sí sola. Fenómenos de la estrangulación.—La cara de los estran- gulados se encuentra inyectada, violeta; pero esta alteración es más ó menos pronunciada, según que la víctima haya luchado más ó menos. La lengua se encuentra fuera de la boca, ó cogida en- tre los dientes ó aplicada contra las arcadas dentarias; algunas veces, se ve en la boca y las narices un poco de sangre espumo- sa ; pero, un signo más constante es la presencia de equimosis muy numerosas y muy pequeñas, que forman sobre la cara, en el cuello y en el pecho, una serie de puntos negros. Este signo no es, sin embargo, característico, puesto que se observa tam- bién en ciertos casos de sofocación, y no es raro encontrarlo después de un parto laborioso, ó de un esfuerzo violento y pro- longado. 286 Al lado de los fenómenos externos de la estrangulación es imposible, dice M. Tardieu, no mencionar de una manera espe- cial los golpes de la cabeza y las heridas que tan á menudo complican la estrangulación. Parece que la mayor parte de los criminales, principian por dar un violento golpe que aturde á la víctima, y luégo la estrangulan. Además de estos signos exteriores comunes á todos los géneros de estrangulación, hay otros particulares á cada caso. Cuando la cuerda se ha cerrado al rededor del cuello, deja una señal que está en relación con su forma, su anchura, su espesor y la manera como se ha colocado. Ordinariamente es un surco transversal, casi horizontal, poco profundo, más ó menos ancho, simple, doble ó múltiple, según el número de vueltas de la cuerda. El círculo trazado al rededor del cuello es más ó menos completo, pero no siempre se ve marcado en toda la circunfe- rencia ; á menudo se ve interrumpido de trecho en trecho; al- gunas veces se reduce á rastros superficiales ó simples excoria- ciones lineales producidas por el frote de una cuerda estrecha y dura, y esas excoriaciones, esas equimosis podrían bastar para distinguir la estrangulación de la horca; al nivel del surco la piel, sin encontrarse apergaminada como en los ahorcados, se ve pálida y se destaca por su color sobre el tinte violeta de las partes vecinas. Si la estrangulación se ha verificado con alguna varilla colocada entre la cuerda, para torcer ésta, se encuentra la hue- lla de una de sus extremidades sobre la barba, ó en uno de los carrillos, ó delante de la oreja. Si la estrangulación se ha verifi- cado con las manos, se encuentra de cada lado de la laringe, ó bien en la mandíbula inferior, ó á la base del cuello, una ó más equimosis ó excoriaciones que permiten conocer cuál ha sido la posición de la mano del criminal. Reconocida esta posición, se puede reconocer igualmente si el asesino era ó no zurdo (Toul- mouclie). Las marcas de los dedos, al principio, de un color rojo vivo, pasan luégo á tener un color violeta ó azul, y la pulpa de ellos queda tan clara, que es fácil reconocer con qué mano se hizo la compresión; á veces se encuentran pequeñas excoriacio- nes curbilíneas hechas con las uñas, y ellas indican, según que 287 su concavidad esté vuelta hacia arriba ó hacia abajo, cuál lia sido la posición respectiva del agresor y de la víctima. Este dato es importante, particularmente en los infanticidios por estrangulación. Después de este examen, el perito debe seguir á observar el estado de las partes profundas: de ordinario se encuentran en el tejido celular, entre los músculos supra é infra-liioideos, y sobre la cara exterior deja laringe y de la tráquea, extravasa- ciones sanguíneas que no se hacen visibles al exterior; estas lesiones se presentan particularmente cuando la estrangulación se ha efectuado con las manos, y en este caso no sólo se limitan á la región cervical, sino que se extienden á la mandíbula infe- rior y al esternón. Ellas son pequeñas, circunscritas, y corres- ponden por sus dimensiones álas marcas dijitales de que hemos hablado, al exterior. La laringe y la tráquea rara vez presentan desórdenes graves. Las fracturas de los cartílagos tiroides y cricoides, la luxación ó la fractura del hueso hyoides son del todo excepcio- nales. Pero si la deformación, la fractura y la luxación de las partes que constituyen el conducto respiratorio son raras, no sucede mismo con su aspecto interior. La cara interna de éste se encuentra congestionada, de un color rojo uniforme, á veces violeto; se encuentra de una manera casi constante una cantidad más ó menos abundante de espuma. Esta es blanca ó rosada, también sanguinolenta; en fin, en ciertos casos se en- cuentra una exsudación de sangre pura, que después de coagu- larse, tapiza las paredes de la laringe. El estado de los pulmones es muy variable; algunas veces tieneu un color rosado claro, pálido; otras, un color oscuro; congestionados en algunos casos; es en estos órganos que se encuentran los fenómenos más característicos de la estrangula- ción : un enfisema más ó menos extenso que resulta de la perfo- ración de las vesículas pulmonares superficiales. Estas perforaciones de las vesículas pulmonares, lesiones casi constantes, están ya aisladas, ya reunidas en grupos. Parece que la superficie del pulmón estuviera cubierta de placas mem branosas poco espesas, muy blancas, de dimensiones variables; pero se reconoce bien pronto que son pequeñas burbujas de aire que desaparecen con una simple picadura que se baga. En la superficie del pulmón suelen encontrarse manchas negras rodeadas de una aureola rosada, algunos núcleos apo- pléticos, equimosis de tamaño variable y siempre más grandes que las equimosis subpleurales características de la sofocación. Según la época en que se practique la autopsia, los cambios de coloración del pulmón son más apreciables ; pero en todo caso las perforaciones vesiculares constituyen la lesión característica y constante en los casos de estrangulación. El corazón no ofrece nada notable. El cerebro, en lo gene- ral, se encuentra al estado normal. Cuando la compresión del cuello ha sido completa, la congestión es constante. . 288 3V LA SOFOCACIÓN. La sofocación es un género de muerte violenta sumamen- te común y muy difícil de apreciar por falta de caracteres pro- pios. Es el medio que más emplean los que ejecutan el crimen de infanticidio. La sofocación se define por sí misma, y nadie ignora lo que significa esta palabra. Comprende todos los casos de muerte que tienen por causa directa la privación del aire por algún obstáculo mecánico que no sea la estrangulación, la suspensión ni la submersión. Ya sea que la compresión se efectúe sobre las paredes del pecho ó sobre la nariz y la boca, ya sea que el obs- táculo mecánico dependa de la introducción de un cuerpo ex- traño en las vías respiratorias ó de la permanencia en un espa- cio confinado, si estas causas obran con cierta energía y persis- tencia sobre un sér vivo, la muerte se verifica por sofocación. Cualquiera que sea el modo como se produce la muerte por sofocación, existen algunos signos que es preciso conocer. Los pulmones se encuentran poco voluminosos, de color rosado claro; en su superficie se ven claramente algunas manchas de color rojo oscuro formadas por pequeñas hemorragias disemina- das; su número es variable y sus dimensiones cambian en el 289 recién nacido 6 en el adulto; de ordinario son del tamaño de una lenteja. Algunas veces se reúnen en grupos, y se les ve con más abundancia en la base y en la raíz del pulmón. Estas manchas ó equimosis subpleurales se encuentran tam- bién debajo del pericardio y en el nacimiento de los gruesos vasos. Cuando la sofocación ha sido producida por la presión di- recta de la boca y de las narices, las equimosis subpleurales se encuentran muy fácilmente. En el recién nacido, así sofocado, los pulmones se presentan pálidos y exangües, y las manchas puntiformes negras resaltan y se hacen apreciables. Si la sofocación es el resultado de una fuerte compresión del tórax y del abdomen, es posible que se encuentre en esas regiones alguna huella. Pero las manchas equimóticas dan á los pulmones un aspecto característico y al mismo tiempo se ve en ellos un enfisema muy extenso. Puede encontrarse igualmente una exsudación sanguínea en forma de capa más ó menos es- pesa en la superficie de los pulmones, del corazón, y aun de las visceras abdominales, sin que se vea en ningún punto la más pequeña perforación. Los niños recién nacidos que mueren por la presión del brazo de la madre ó de la nodriza ó de otro cuerpo, presentan estos signos. Las mismas manchas que venimos estudiando se presentan también en el periosto de los huesos del cráneo. Además de estas lesiones interiores, que se presentan en todos los casos de sofocación, sea cualquiera la causa que la haya producido, hay otras exteriores que varían según los me- dios empleados para producir la asfixia que nos ocupa. Cuando se han empleado las manos para cerrar las nari- ces y la boca, se encuentran estas regiones con equimosis, y las partes comprimidas por los dedos, ofrecen al cabo de algún tiempo consistencia de pergamino y un color oscuro; las encías y la mucosa nasal se hallan ensangrentadas. Si á un cadáver se comprimiese la nariz y la boca para hacer creer que el individuo había muerto sofocado, no se presentarían esas equimosis; po- drían acartonarse las partes comprimidas, mas no ofrecerían el color violáceo de las equimosis; además faltarían las manchas sabpleurales, patognomonicas de la asfixia por sofocación. 290 Si la sofocación se ha producido por medio de colchones1 almohadas ú otros cuerpos blandos, no se advierte señal exte- rior alguna que revele la causa. Si es debida á la compresión del pecho ó del vientre, ya por el desplome de una mina, ya por la aglomeración de gente, ya por el peso de una persona sobre un niño que duerme con ella etc., se advertirán lesio- nes traumáticas sobre esas partes, ó sólo habrá signos inte- riores de sofocación. Cuando un individuo ha sido enterrado vivo ó introducido en cualquier sustancia pulverulenta, estas sustancias penetran en las vías respiratorias por los esfuerzos de la inspiración, y, á veces, también en el esófago y estómago por deglución. Nada de esto sucede si el sujeto estaba ya muerto, porque no ha podido haber inspiración ni deglución; las sustancias pulverulentas pueden penetrar hasta la faringe únicamente. Si el sujeto ha sido introducido en una caja ú otro espacio reducido, existirán algunas lesiones traumáticas, debidas á las violencias hechas sobre él para meterle en ese sitio, ó, á los es- fuerzos que haya hecho la víctima en el interior para escaparse. Si fué introducido después de muerto, faltarán, no sólo las le- siones exteriores, sino todos los fenómenos propios de la asfixia. GASES MEFÍTICOS. La asfixia también se produce por la respiración de gases mefíticos ó irrespirables, como son todos aquéllos que se desprenden de las alcantarillas, cloacas, letrinas y demás luga- res en que haya descomposición de materias orgánicas, cuando las personas están expuestas á ellos en lugares estrechos y en circunstancias especiales. Igual cosa podremos decir de la com- bustión del carbón. Estos medios son rarísima vez empleados para perpetrar un homicidio, y no nos ocuparemos de ellos. En nuestra prác- tica de varios años apenas hemos tenido ocasióu de observar la muerte accidental por la combustión del carbón en una sola circunstancia; tres individuos se acostaron á dormir en una habitación muy estrecha después de dejar bien encendida una hornilla, con el fin de cocinar un poco de maíz. Todos tres mu- rieron envenenados por el carbón. 291 Nos limitaremos á señalar los síntomas y las lesiones que suelen encontrarse en los casos de muerte por el carbón, sin detenernos en estas cuestiones que, como hemos dicho, no tie- nen importancia práctica entre nosotros, como investigación criminal. Los individuos que respiran los gases que produce la com- bustión del carbón, ácido carbónico y óxido de carbón, sienten un gran peso en la cabeza, una especie de compresión en las regiones temporales, vértigos, ruidos y mucho sueño. Luego tienen náuseas y vómitos, la respiración se dificulta, las fuerzas musculares se agotan y el asfixiado queda en un estado de coma profundo, que dura algunas horas y luégo muere. Se comprende que estos síntomas han sido observados y conocidos por las relaciones que han hecho aquéllos que han atentado contra su vida, y no lo han conseguido por cualquier circunstancia, ó por los que, por accidente, se han encontrado bajo la influencia de los gases mencionados. Las lesiones que se encuentran en los casos de muerte por el carbón son muy variables; dependen de la marcha más ó menos rápida de la asfixia y de la época en que se examina el cadáver. A la simple vista se observan sobre el pecho, el abdo- men y los muslos, anchas placas rosadas, que son un signo ca- racterístico de este género de muerte, y que no se observan en ninguna otra circunstancia; persisten por mucho tiempo, y se les encuentra aún, cuando empieza la putrefacción, fenómeno éste que se desarrolla muy lentamente. La sangre clara, fluida y de un color rojo intenso, es otro signo esencial. La membrana interna de los vasos presenta un color rojo, así como la mucosa de los bronquios y de los pul- mones. El parenquima pulmonar no presenta ni los núcleos apopléticos que se encuentran en los casos de estrangulación, ni esas equimosis subpleurales características de la sofocación. Los peritos encargados de la investigación en estos casos, deben recoger cinco ó seis onzas de sangre y proceder al aná- lisis químico por el procedimiento (pie describiremos al ocu- parnos de la Toxicología. En los países en que el rigor de las estaciones hace nece- sario el uso de chimeneas para calentar las habitaciones, son 292 muy frecuentes los casos de asfixia por el carbón, y eso puede dar lugar á cuestiones médico-legales muy delicadas, de las cuales prescindimos nosotros, por no tener objeto en este país. LAS QUEMADURAS. Las quemaduras son lesiones producidas por el fuego ó cuerpos calentados, ó por ciertos agentes cáusticos. Todos ellos desorganizan los tejidos: el calórico por medio de la combus- tión ; los cáusticos, por combinación directa con los elementos de los tejidos, y á veces también por una producción de caló- rico. Estas lesiones las liemos observado de preferencia en los niños que pertenecen á familias pobres, y en las cuales la esca- sez y todo género de necesidades parece que extraviaran el jui- cio de los padres, hasta el punto de castigar al niño con el ho- rror de una quemadura, cuando éste, acosado por el hambre, se apodera de lo primero que encuentra. Las manos de esas criaturas causan indignación y tristeza cuando se verifica el reconocimiento, y no pocas veces las hemos encontrado carbo- nizadas. Las quemaduras pueden ser producidas por un cuerpo en ignición, como una llama, carbones encendidos etc., ó por cuer- pos sólidos ó líquidos fuertemente calentados, como el hierro candente, el agua ó el aceite hirviendo; en uno y otro caso la lesión puede producirse por contacto ó por irradiación. Desde Dupuytren se admiten en las quemaduras seis gra- dos diferentes. Las quemaduras de primer grado consisten en una simple rubicundez de la piel, que desaparece por la presión, acompa- ñada á veces de una tumefacción ligera y superficial. Si cogen poca extensión, existe sólo un dolor más ó menos vivo, que se alivia por el contacto de un cuerpo frío. Si son muy extensas, la sangre se acumula en los órganos internos y no es raro que sobrevengan congestiones de algunos de ellos. Las de segundo grado están caracterizadas por la forma- ción de flictenas llenas de una serosidad transparente, que á veces forma una especie de gelatina, y en cuyo derredor hay 293 rubicundez más ó menos marcada; hay dolor, que se aumenta si se quita la epidermis. Unas veces, al romperse las flictenas, aparece el dermis yá cubierto por una capa epitelial finísima de nueva formación ; otras, sobreviene la supuración, que no es larga y la herida cura sin dejar cicatriz. En las de tercer grado hay yá desorganización del cuerpo mucoso y papilar del dermis; aparecen flictenas con serosidad opalina, lactescente ó sanguinolenta, y debajo se encuentra la escara, que es superficial, blanda, de un color negruzco ó ama- rillo; las partes circunvecinas están inflamadas. Estas quema- duras dejan cicatrices. En las de cuarto grado hay mortificación de todo el espe- sor del dermis. Las escaras son más negras, secas y duras, deprimidas y quebradizas, y la piel que las rodea está arrugada en forma de pliegues largos, cuando han sido producidas por un cuerpo sólido en ignición; si son debidas á un líquido en ebulli- ción, las escaras son blandas, grises ó amarillentas. Las ci- catrices que dejan estas quemaduras suelen ser deformes. Las de quinto grado consisteu en la destrucción del der- mis y de gran parte de los tejidos subyacentes. Las escaras son análogas á las del grado precedente, pero mucho más profun- das; exigen para su eliminación una supuración larga y abun- dante, y si el sujeto se salva le quedan grandes deformidades. En las quemaduras de sexto grado hay carbonización com- pleta de todo un miembro, ó de la parte que haya cogido el fuego. Si las quemaduras han sido producidas por los cáusticos, se presentan también eritemas, flictenas ó escaras, según la con- centración del cáustico, el tiempo que ha estado aplicado etc. Las escaras están rodeadas de un círculo inflamatorio. Pero los caractéres de estas quemaduras varían algún tanto, según el cáustico que las ha producido. El ácido sulfúrico produce escaras grisáceas, morenas ó negras, secas y duras. Las manchas que ocasiona en los vesti- dos son negras y conservan por mucho tiempo la humedad; si las ropas son negras ó azules, la mancha es primero roja, y después se pone oscura. El ácido nítrico da lugar á la formación de escaras no muy 294 profundas de color amarillo de paja, y más ó menos apergami- nadas. Las manchas que produce en los vestidos ó en la piel son amarillas, y tratadas por la soda, la potasa ó el amoníaco, toman un color rojo ; este carácter las distingue de las manchas de yodo y de bilis, que también tienen un color amarillento. La potasa cáustica produce escaras extensas, blandas, se- milíquidas, de color grisáceo 11 oscuro; esta mancha central está rodeada de un círculo blauco, y éste á su vez por otro grisáceo que se confunde con la piel sana. Con estos pocos conocimientos, el perito puede resolver las tres cuestiones que suelen presentársele: 1?-, declarar si una quemadura ha sido producida por el fuego ó por algún cáustico ; 2?-, si la quemadura se ha efectuado durante la vida ó después de la muerte; 3ll, declarar si la muerte ha sido efecto de las quemaduras. CAPITULO TERCERO INFANTICIDIO. I LEGISLACIÓN. Código Penal.—Art. C1G. La madre que, por ocultar su deshonra, matare al hijo que no haya cumplido tres días, será castigada con la pena de uno á tres años de prisión. Los abuelos maternos que, para ocultar la deshonra de la madre, cometan este delito, con la de tres á seis años de prisión. Art. G17. Los ascendientes que, excediéndose en el derecho de corregir á sus hijos ó nietos, cuando cometan alguna falta, maten á al- guno de éstos en el arrebato del enojo, serán castigados con la pena de tres á seis años de reclusión. Art..733. Si del mismo abandono en la soledad ó sitio retirado resultare la muerte al niño, los que le hubieren expuesto ó abandonado, sufrirán la pena de ocho á diez años de presidio ; y si incurrieren en este delito los mismos padres del niño ó los encargados de su lactancia, educación ó cuidado, sufrirán de diez á doce años de presidio. Nota.—Todo lo referente á homicidio se aplica en nuestra legis- lación, salvo las disposiciones especiales, al infanticidio. 295 II PARTE MÉDICA. El infanticidio, dada la definición que trae de infante ó niño el artículo 34 del Código Civil Colombiano, es la muerte voluntaria que se da á una criatura humana que no haya cum- plido siete años de edad. La misma etimología de infanticidio confirma nuestra de- finición: infantis, ccedes (muerte violenta de un infante). Generalmente este delito se perpetra en el niño recién nacido, y de aquí las condiciones que, para algunos médicos- legistas, debe tener: “Para que haya infanticidio es preciso: 1?, que el niño sea recién nacido; 2?, que el niño haya nacido vivo ; 3?, que la muerte haya sido causada voluntariamente.” (Briand y Chaudé). La demostración científica de este delito cuando se trata de un niño recién nacido es una de las cuestiones más difíciles que pueden presentársele al perito, y también una de las más frecuentes. En tal virtud nos proponemos hacer este estudio de la manera más clara que nos sea posible, tratando de colocarnos en presencia de los numerosos hechos que hemos tenido que analizar y juzgar. Lo que constituye el infanticidio no es el procedimiento que se emplea para quitarle la vida al niño; es el carácter de la persona sacrificada, y por esta razón la ley es rigurosa para con los autores de tan cobarde y horripilante crueldad. Este delito, por loque hemos observado, crece cada día entre la gente ignorante. Los casos que figuran en nuestra estadística, en numero de sesenta y dos, pertenecen á mujeres del pueblo, no casadas y desprovistas de toda idea moral. Casi siem- pre el infanticidio del reciái nacido es la parte final de un parto clandestino; la mujer se oculta en estos momentos, y sola mata á su hijo; luégo lo sepulta en el piso de la pieza en que se en- cierra, en un patio, en un vallado, ó bien lo arroja á un excu- sado ó alcantarilla, ó lo envuelve entre sus ropas y lo coloca en un baúl. Ultimamente hemos tenido al examen un caso en que la madre arrojó la criatura á un río cercano de la población. 296 La facilidad con que se puede ocultar la víctima, es preci- samente una de las causas que dificultan más la comprobación del delito, pues casi siempre trascurre un tiempo más ó menos largo entre el momento en que muere la criatura y aquel en que se encuentra; tiempo á veces suficiente para que la descom- posición cadavérica destruya las huellas de toda violencia y haga difícil toda apreciación. Sostienen algunos autores que para que haya delito de in- fanticidio es necesario que la criatura sea ó nazca viable. Fún- danse para ello en que un feto no viable es considerado por la ley como no nacido; como si no hubiera existido, y no puede ser, por eso, cuerpo de delito. Además, desde el momento que nace, viene herido de muerte; se sabe que no ha de poder pro- longar su vida; de manera que ni la sociedad sufre una verda- dera pérdida con el infanticidio, ni la misma víctima resulta perjudicada en último caso, toda vez que tenía que morir de todos modos, si no por la violencia, por su propia imperfección. Para nosotros es indudable que lo mismo existe el delito en este caso que en el de perfecta viabilidad. La intención de los que le han perpetrado ha sido hacer perecer la criatura, y no porque no era viable, sino precisamente temiendo que lo fuera, creyendo que viviría si no se le impedía directamente. Y esta opinión la fundamos en la idea que tenemos del delito, idea bastante distinta de la que consigna nuestro Código Penal en el artículo 1? al definir el delito: “ Es delito la voluntaria y maliciosa violación de la ley, por la cual se incurre en alguna pena.” De manera que lo que no pene la ley no es delito, se- gún esta definición, aunque realmente sea intrínsecamente malo, mientras que lo que si castigue es malo, sólo porque ella lo castiga, aunque fuera intrínsecamente bueno. Según esto, no habría delitos si la ley no existiera, ó si ella no los señalara; los delitos, pues, son posteriores á las leyes. Nosotros creemos que éstas son posteriores á aquéllos; que se han hecho para castigarlos cuando éstos existían, y esto nos lleva á considerar el delito en sí, independientemente, en su propia naturaleza. El delito es la práctica consciente y voluntaria del mal; es todo hecho ilícito voluntariamente perpetrado. Partimos, pues, del principio de que hay cosas intrínsecamente buenas y cosas intrínsecamente malas. 297 Hay, pues, que considerar en la naturaleza del delito, para apreciarle debidamente, el hecho en sí y la intención con que se ejecuta; así la pena estará relacionada, como no puede me- nos, con la moralidad del acto delincuente. Sostener que puede matarse á un recién nacido, sólo porque ha venido/al mundo sin aptitud para prolongar su exis- tencia, equivale á pretender que se puede matar impunemente á un enfermo incurable, á un sentenciado á muerte, á un viejo decrépito. Hemos dicho que el infanticidio se perpetra en lo general en niños recién nacidos, y de aquí las siguientes cuestiones que se pueden presentar al perito: / 1? Declarar si el niño es recién nacido y qué tiempo tiene ; 2? Si ha nacido'vivo ó muerto; 3? Si nació vivo, ¿ cuánto tiempo hace que ha muerto? 4?- Si la muerte ha sido natural, por falta de socorro, ó violenta; 5? Establecer las circunstancias físicas y morales en que se encuentra la mujer acusada de infanticidio; G? Establecer las circunstancias del hecho. Cuando no se trata de un recién nacido, las investigacio- nes que tiene que hacer el perito son las mismas que corres- ponden á las de un homicidio. Se comprende que la solución de las cuestiones planteadas, forma un estudio largo y difícil, mas nosotros no podemos ex- tendernos en todos sus detalles ni en las discusiones importan- tísimas á que han dado lugar, por no permitirlo la forma prác- tica y concreta de esta obra. Indicaremos cuál ha sido nuestro procedimiento en estos casos, y con esto creemos que los peritos que tengan que conceptuar en iguales circunstancias podrán hacerlo. 1!> Declarar si el niño es recién nacido y qué tiempo tiene. Nuestra legislación no define lo que se entiende por recién nacido, ó mejor dicho, hasta cuántos días después del parto se extiende este calificativo. La misma indecisión existe en las legislaciones de otros países, y los médicos legistas han querido limitar la significación de esas palabras recién nacido. Ollivier califica al recién nacido por su estado anatómico 298 y fisiológico, por los caracteres materiales y constantes que puede apreciar todo el mundo, esto es, por la presencia ó la ausencia del cordón umbilical. Él dice: “ mientras el niño con- serve el cordón umbilical debe considerársele como recién na- cido; una vez que el cordón cae, deja de serlo, y es casi imposi- ble asegurar cuánto tiempo hace que el niño vino al mundo. Froriep, de Berlín, limita mucho más este tiempo y declara que el niño recién nacido es tínicamente aquél que no ha reci- bido los primeros cuidados ; aquél que se encuentra aún san- guinolento. El Profesor Tardieu dice que se debe considerar como re- cién nacido el niño que no haya cumplido tres días, y el artí- culo G1G de nuestro Código Penal nos da á entender la misma cosa. Para establecer cuánto tiempo tiene el niño, es preciso estudiar las mudanzas que va experimentando en los días si- guientes al nacimiento, en especial en los tres días á que se limita su condición do recién nacido, pues después de esa época no hay mayor interés en establecer la edad. Entre los muchos signos que pueden encontrarse en el niño para este objeto, indicaremos aquéllos que nos puede reve- lar el estómago y la capa cutánea. Cuando se abre el estómago del recién nacido, aun en el caso de que haya nacido muerto, se observa que contiene una materia viscosa, no aereada, cuyo color varía según el estado de conservación del cuerpo; ya es blancuzca, azulosa, ó amari- llosa, ó al contrario, es violeta cuando principia la descompo- sición. A medida que el niño pasa las primeras horas, esta ma- teria cambia de consistencia y de aspecto; tan pronto como se hacen las primeras inspiraciones, el aire que entra á la boca del niño se mezcla con Jos líquidos allí secretados, y una nueva fun- ción se establece, la deglución; con ésta, los líquidos aereados pasan al estómago. De consiguiente, cuaudo se encuentra en el estómago un líquido espumoso, se puede asegurar que el niño ha vivido esa primera época de la vida en que sí ha res- pirado. Un poco más tarde es posible encontrar en el estómago leche más ó menos digerida, lo que es importante establecer 299 por indicar esto claramente que el niño ha vivido más de cua- renta y ocho horas, por lo menos, y que ha recibido los primeros cuidados de la madre. También pueden encontrarse en el estómago otras mate- rias : tierra, hojas, despojos vegetales que indican que el niño ha sido ahogado en un pozo ó vallado. El estado de la capa cutánea es otro de los signos que sir- ven para establecer cuánto ha vivido el niño. El cambio de medio que experimenta su cuerpo al pasar de las aguas del (Imuios al aire atmosférico, hace necesaria é inevitable una al- teración en la estructura de la piel. Mientras que el niño vive entre las aguas, necesita una capa que lo proteja del contacto prolongado de ellas; más tarde esa capa es completamente inútil, y hasta perjudicial sería el que no desapareciera. De inactiva é impermeable que era, la piel tiene que hacerse per- meable al aire y apta para la gran función que va á desempe- ñar en el resto de la vida. Para esto tiene que desembarazarse de las capas sebácea y epidérmica superficiales que la cubren. Cualquiera persona que haya observado un niño en los primeros días de su vida, habrá visto que de su cuerpo se des- prenden pequeñas escamas, que vulgarmente se llama caspa, y que no son otra cosa que las capas epidérmicas de que hablá- mos. Esta descamación principia al segundo día ; está en plena actividad el quinto, y continúa hasta los veinte. 2ll ¿ El niño nació vivo f En el delito de infanticidio del recién, nacido, la cuestión capital que debe resolver el perito «es si el niño ha nacido vivo ó muerto, y por cierto que no existe en Medicina legal un estu- dio más delicado y más difícil de resolver en algunas ocasiones. No se trata, bien entendido, de aquellos casos en que la sola inspección del producto del parto permite asegurar que no tiene vida, que dicho producto tiene las huellas claras de haber perecido en el claustro materno. Sabemos, en efecto, que el feto puede morir dentro del útero y permanecer por algún tiem- po entre las aguas del ('minios, donde sufre alteraciones de fácil apreciación, como son la infiltración de los tejidos, la coloración roja de la piel, la aparición de flictenas, el reblandecimiento de las visceras, el aumento de volumen del cordón, la trasforma- ción grasosa de los tejidos y la momificación. 300 Casos de esta especie se resuelven pronto; mas no sucede lo mismo en otras ocasiones, y esto nos obliga á estudiar los signos con los cuales se puede asegurar que el niño ha nacido vivo. Los signos de la vida se establecen en primer término por la respiración. Vivir es respirar, y sin respiración no hay vida. Es esta función aquélla que debemos considerar tan pronto como se nos presente el cadáver del niño. La situación, la apa- riencia, la estructura, el peso específico y el volumen del pul- món nos resolverán la cuestión. Cuando se abre el pecho de un niño que no ha respirado, se encuentran los pulmones profundamente colocados en la go- tera costo-vertebral, de tal manera que permanecen cubiertos por el timo y por el corazón. Al contrario, cuando el niño ha respirado, los pulmones se dilatan y llenan la cavidad toráxica, cubren el timo y el corazón ; su aspecto es diferente del pulmón que ha respirado; en este último caso, toma un color rosado, su superficie se ve lobulada y dividida en pequeñas células po- ligonales dilatadas por el aire y visibles fácilmente. Cuando el aireño ha penetrado, el pulmón presenta una coloración oscu- ra uniforme, su superficie se ve lisa, sin apariencia de vesículas dilatadas y distintas, tiene el aspecto de un tejido resistente semejante al hígado ó al bazo. La estructura del pulmón expe- rimenta, por el hecho de la respiración, modificaciones profun- das. Durante el estado fetal, los pulmones forman una masa dura, compacta y resistente; después de repirar, la masa se en- cuentra elástica, blanda y dilatable. Basta practicar una inci- sión para apreciar esta diferencia. Cuando se comprime con los dedos una porción del pulmón que ha respirado, se ve salir de sus vesículas cierta cantidad de espuma, que no es otra cosa que burbujas de aire, y se siente una pequeña resistencia y un frote ligero, debido al paso del aire mezclado con líquido sangui- nolento, ó sea una crepitación fina. El peso del pulmón aumenta considerablemente después de la respiración bajo la doble influencia del aire y de la san- gre que afluye. De este hecho se ha sacado una prueba decisiva para determinar si un pulmón ha respirado ó nó; prueba que se funda en el aumento del volumen y del peso específico del tejido, y que constituye la docimacia pulmonar. 301 Con este término se designa el conjunto de comprobacio- nes á que se somete el pulmón del recién nacido, dejando el nombre de docimaciapulmonar hidrostática á la operación con- creta que consiste en colocar en el agua los pulmones para ave- riguar su densidad. Cuando los pulmones han respirado, se les ve sobrenadar ; al contrario, ellos se van al fondo de la vasija, cuando el aire no lia penetrado en sus vesículas. Esta prueba es la más concluyente en los casos de infan- ticidio, y es fácil su ejecución. Se toma una vasija suficiente- mente grande para que los pulmones sumergidos en el agua no toquen sus paredes. Luégo se procede á sacar los pulmones, abriendo la cavidad toráxica por medio desuna incisión seme- jante á la que se verifica en toda autopsia. Se coge con una pinza la extremidad superior de la trá- quea y se corta con cuidado; se desprenden poco á poco todas las visceras, y así en conjunto se depositan en el agua. En el acto mismo se observa una de dos cosas, ó bien los órganos sobrenadan, ó bien se van al fondo; en el primer caso, y bajo el punto de vista físico, este hecho indica que la masa de los órganos toráxicos tiene un volumen superior á su peso, y pare- ce claro que esto sea debido á la penetración de gases. A pri- mera vista se podría decir que los pulmones han respirado, pero es preciso andar con más prudencia, y no dar conclusiones por ese solo hecho sobre la respiración del niño. En efecto, esta dilatación de los pulmones puede depender de tres causas distintas: E1, de la penetración del aire, por efecto de la respiración; 2?, de la misma penetración por efecto de una respiración artificial ó insuflación; 3?, de la penetración de algunos gases producidos por la putrefacción del cadáver. En el primer caso el pulmón presenta los caractéres que hemos indicado, y el estado general del cadáver alejará toda idea de putrefacción. Además, ésta no invade los pulmones sino muy tarde, cuando casi todos los otros órganos están en descomposición. El pulmón en este caso pierde su forma regu- lar; en su superficie se ven burbujas grandes, y al interior se encuentra el tejido reblandecido, de color gris, sin consistencia. La insuflación artificial que se opera algunas veces en el recién nacido cuando éste viene al mundo en un estado de 302 muerte aparente, puede, como la respiración natural, introducir aire en los pulmones, y hacer creer que el feto lia respirado cuando no ha sido así. El pulmón insuflado no tiene el mismo aspecto que el pul- món que ha respirado naturalmente; su superficie no presenta ese aspecto regular del último, el aire penetra en pequeños territorios de un modo desigual, dilatando en exceso unas par- tes y dejando otras al estado fetal. Existe otra circunstancia que debemos anotar, respecto á la (locimasia hiclrostática, y es el hecho de que un pulmón que no ha respirado, puede sobrenadar, si se ha empleado el alco- hol para conservarlo por cualquier motivo. En efecto, durante las manipulaciones de las diligencias, sucede que se toman al- gunos órganos, y entre ellos el pulmón, y se colocan en alcohol, para examinarlos más tarde. En resumen, cuando los pulmones de un recién nacido so- brenadan en el agua, ya sea en masa, ya aisladamente, enteros ó divididos, que no estén podridos, ni insuflados, ni macerados en alcohol, se puede afirmar que el niño ha respirado y que, por lo tanto, ha vivido. Pero esta proposición, que parece absoluta, no lo es, y tiene algunas excepciones. Así, se observan casos en que los pulmo- nes colocados en el agua, ya en conjunto, ya en porciones, se van al fondo de la vasija, y no por esto puede asegurarse que el niño no haya vivido. Esto puede verificarse en cuatro condiciones anatómicas dis- tintas : 1?, cuando el pulmón permanece al estado fetal; 2?, cuan- do existe alguna alteración patológica que aumenta la den- sidad del tejido pulmonar; cuando por la descomposición se hubiere desorganizado el tejido del órgano; 4?, cuando el medio empleado para matar al niño ha sido la submersión enagua hir- viendo. Es evidente que en el recién nacido pueden encontrarse diferentes formas de congestión pulmonar que determinan la hepatización, y esto aumenta la densidad del órgano. Se ha dicho también que la sífilis congeuital puede producir efectos análogos. El recién nacido puede salir al mundo en un estado de 303 muerte aparente en que vive pero no respira, ya por una gran debilidad, ó por causa de un parto laborioso, ó por un vicio de, conformación. Ese niño puede agitarse, ejecutar algunos movi- mientos de la cara ó de los miembros y basta gritar, según algunos autores, sin que en sus pulmones baya penetrado el aire. (Billard, Eoderé). Estas excepciones no tienen mayor valor bajo el punto de vista médico-legal. En este sentido, sólo ha vivido el que ha respirado. Cuando el niño nace aparentemente muerto y no respira, la circulación sostiene la vida por algunos momentos, y es en esta función que deben buscarse los signos de la vida extra- uterina. La sangre que vive y que circula en los vasos se coagula al momento que se sustrae al movimiento. Por tanto toda cau- sa capaz de producir la salida de la sangre de los vasos, dejará en los órganos la huella evidente del momento fen que se lia verificado, si en vida ó en muerte. Este es un hecho constante, y cuando se encuentre sangre coagulada en cualquiera escoria- ción ó herida que tenga el recién nacido se puede asegurar que ha vivido. Las soluciones de continuidad practicadas en un cuerpo muerto no producen sino infiltraciones de sangre líqui- da, jamás coagulaciones. Existe un fenómeno íntimamente ligado con la respiración del recién nacido, y que la justicia siempre somete al interro- gatorio del médico legista en los casos de infanticidio, y es, si el niño ha gritado al nacer. El grito del recién nacido es la manifestación primera y ne- cesaria de la respiración, y toda persona que haya asistido á un parto recordará perfectamente que ese grito es la señal de la vida para todos los que esperan el nuevo sér. Guando la respi- ración se efectúa libremente, los gritos se repiten y se hacen cada vez más intensos ; ellos atraen el aire á los pulmones y ayudan á dilatar el pecho. No hay niño que respire sin gritar en los primeros momentos que siguen al parto, y cuando los pulmones se eucuentran dilatados, se puede conceptuar que el niño ha gritado. Aparte de la docimasia hidrostdtica de que hemos tratado, 304 según el método de Galeno, por ser el más sencillo y exacto» existe la docimasiapulmonar óptica del doctor Bouchut, que Sio es otra cosa que el examen microscópico del tejido pulmo- nar; la docimasia auricular y la docimasia gastro intestinal. Estos procedimientos tienen su importancia, pero no han en- trado aún en la práctica de la medicina legal. Jamás hemos ocurrido á ellos. DIFERENTES GÉNEROS DE MUERTE EN EL INFANTICIDIO. La muerte <lel niño* puede efectuarse de modos muy diversos. Algunas veces se puede apreciar la causa á la simple vista, pero esto no es lo común, y es preciso investigar de qué manera se lia perpetrado el delito. Las causas son: la sofocación, la inmersión en las alcanta- rillas, los excusados y letrinas ; la fractura del cráneo, la es- trangulación, la siibmersión, el abandono ó falta de cuidados, las heridas, la combustión, la hemorragia umbilical, la exposi- ción al frío, el envenenamiento. La mujer infanticida emplea en lo general uno de estos medios. Cuando se encuentre á la vez el recién nacido despeda- zado y ahogado, ó herido y estrangulado, cuando se observe cierta ferocidad en el delito, es preciso señalar estos detalles en la diligencia de reconocimiento. La sofocación es el género de muerte más frecuente en el infanticidio, el más sencillo y el que más trabajo da al médi- co legista. Se practica ya directamente, colocando la mano ó un objeto cualquiera sobre la boca y la nariz del niño, ó introdu- ciendo algún cuerpo en la garganta ; ya indirectamente por la compresión de las paredes toráxicas, ó por la privación de aire, encerrando al recién nacido en un espacio reducido, como un cajón, un armario, un baúl. En todos estos casos el examen exterior casi nunca deja huellas del crimen. ETi se puede esperar que una almohada ó una manta echada sobre la cara de un niño pueda dejarlas. La mujer criminal comprende que al em- plear este medio*puede librarse de un castigo, por la dificultad en que puede encontrarse el magistrado para decidir si el acto ha sido voluntario ó nú, ó mejor dicho, si el infanticidio se ha efectuado por omisión ó por comisión. 305 Los pulmones del niño sofocado presentan una coloración rosada pálida ó roja intensa, según el grado de congestión que haya sufrido y según la rapidez de la muerte; los pulmones so- brenadan y en su superficie se encuentran pequeñas manchas puntiformes, regularmente redondas, de un color rojo oscuro, casi negro, del tamaño de una cabeza de alfiler ó algo más. Se encuentran estas manchas debajo de la pleura, en número va- riable, ya separadas, ya reunidas en grupos; de preferencia se sitúan á la raíz del órgano ó á su base y están formadas por pequeñas hemorragias. Cuando la sofocación está acompañada de estrangulación, es común encontrar en la superficie del pul- món pequeñas placas de enfisema, producido éste por la des- garradura de algunas vesículas pulmonares. También suele encontrarse en la tráquea y en los bronquios un poco de espu- ma ligeramente rosada, de burbujas muy finas y muy abun- dantes. Estas pequeñas manchas hemorrágicas pueden hallarse en otros lugares: sobre el timo, debajo del pericardio y en el te- jido celular del cuero cabelludo. En concreto, 7as equimosis subpleurales, siibpericardiucas y subpericraneanas constituyen, cuando se observan bien, un signo cierto de muerte por sofocación. El infanticidio por la presión sobre la boca y la narices, cuando se verifica con la inano, suele dejar huellas bien claras en la piel de los orificios. Lo mismo sucede cuando la mujer infanticida pone algún cuerpo extraño en la garganta del niño y luégo no puede sacarlo. Pero lo más frecuente en los casos de infanticidio es que la mujer alegue su inocencia pretextando que su hijo al nacer tomó una posición difícil, que parmaneció algún tiempo boca abajo, y que por haber perdido ella el conocimiento, no pudo remediar lo sucedido. Con esta explicación el defensor sostiene que la muerte del niño ha sido accidental, que no hay delito. Para admitir tal argumentación sería necesario que el cor- dón umbilical se rompiera espontáneamente al nacer la criatura, y como esto no sucede, queda por tierra la disculpa de la ma- dre; puede ésta cortar el cordón, pero esta operación es incom- patible con la pretendida inconciencia en que quedó después 306 del parto. En tanto que el niño esté uuido á la placenta, aun adherente al útero, no tiene necesidad de respirar, y vive por la circulación maternal, no obstante que la boca y las narices le queden comprimidas por el colchón ó las mantas, ó, aun, obstruidos por sangre y otras excresiones. Además, en estos casos, si la mujer ha dicho la verdad, el examen del pulmón debe corroborar su relación. Si el niño ha muerto en las condi- ciones señaladas, es evidente que no ha respirado; los pulmo- nes deben encontrarse al estado fetal. Si al contrario, se en- cuentran dilatados, esto demuestra, hasta la evidencia, que sí ha respirado y que ha vivido. Otro medio de que se sirven las mujeres infanticidas para sofocar al recién nacido, es colocar encima de la cara un poco de ropa; en este caso la sofocación no tarda en matar la criatu- ra, tanto por la compresión de las paredes toráxicas, como por la obstrucción de las vías respiratorias. Idéntico resultado se pro- ducirá en los pulmones, cuando la mujer echa sobre el niño el peso de su cuerpo, ó de una parte de él, un brazo ó una pierna. Se interrumpen los fenómenos mecánicos de la respiración y por lo tanto se produce la muerte, aunque la boca y la nariz queden libres al aire. Este género de muerte es frecuente, y á menos que existan circunstancias especiales, es muy fácil descubrir la intención de la mujer, y alejar el pretexto que ella alega, y que casi siempre es el sueño. Hay casos en que la crueldad de la mujer reviste caracte- res increíbles, y después de dar á luz, oculta al hijo, enterrándo- lo vivo. En estos casos, el examen del perito permite observar á más de los signos de sofocación algunos otros que indican que fué enterrado vivo, como es la existencia de tierra en la boca, en el estómago ó en el tubo respiratorio. Infanticidio por estrangulación.—La estrangulación del recién nacido se verifica por las madres criminales, ya sea con la mano, ó más fácilmente con algún objeto de su ves- tido, con una cinta, con una liga, con un pedazo de género, con una cuerda y aun con el mismo cordón umbilical. La estrangulación con la mano deja huellas no solamente en el cuello sino en sus vecindades, deja escoriaciones y equi- mosis. La cuerda deja un surco blancuzco con bordes azulosos. 307 El examen de los pulmones deja ver infiltraciones sanguíneas irregulares, más ó menos extensas, que penetran en su espesor bajo formas de congestión parcial. La pleura tiene el aspecto de una película membranosa, y esto es debido á la perforación de algunas vesículas pulmonares y á la aglomeración de peque- ñas burbujas de aire debajo de la serosa. La defensa alega en los casos de estrangulación la posibi- lidad de que la madre baya sacrificado al hijo involuntariamen- te al querer ayudarse en el momento del parto. Pero esta hi- pótesis es inadmisible ; mientras la cabeza no está fuera de la vulva, ella es inaccesible á la madre, y una vez fuera, el parto se termina fácilmente, y no hay necesidad de ejercer tracción alguna en el cuello. La dirección de las escoriaciones, caso de admitir esa intervención de ¡a madre, aclarará toda duda. Se alega también á veces la estrangulación producida por el cordón, pero es fácil resolver la cuestión con una simple do- cimasia pulmonar hidrostática. En efecto, si los pulmones no sobrenadan, no ha habido respiración, el niño no ha vivido, no hay delito; al contrario, si los pulmones sobrenadan, ha respirado el niño, y no se puede admitir la estrangulación por el cordón. Infanticidio por inmersión en los excusados.—Medio muy sencillo de ocultar una criatura después de sacrificarla, ó aun con vida, es arrojarla á una alcantarilla ó á un excusado. Aquí en Bogotá es quizá el medio que más se emplea. Dos circuns- tancias distintas se presentan á la resolución del perito: saber si el niño fué arrojado vivo ó muerto. Por lo que hemos di- cho anteriormente, se comprende que es fácil resolver estos puntos; la docimasia pulmonar y el examen del estómago son suficientes en estos casos. Pero la defensa puede alegar la caída accidental del feto al estar la mujer en el excusado, y es preciso estudiar esta po- sibilidad. Para que una mujer pueda dar á luz al defecar, y el hijo caiga al excusado, es necesario que se reúnan circunstancias tales que entre nosotros casi nunca se presentan. De ordinario las mujeres infanticidas, aquí, pertenecen á la gente del pueblo, que no usa excusados; sus evacuaciones las hacen en cualquier punto, en un potrero, en una calle 308 excusada, ó en un muladar. Pero aun admitiendo que la mujer haya tenido á su alcance un excusado, todavía es difícil conve- nir en que el feto haya caído al fondo de éste, y que la madre no haya podido evitarlo. Si la mujer se ha sentado en la tabla del excusado no es posible que se verifique el parto, dada la di- rección que tiene el conducto útero-vaginal, que debe recorrer el feto. En efecto, ese canal tiene una dirección oblicua hacia adelante, y el feto, al salir, tropezaría con los bordes del orificio de la tabla. Si la mujer en vez de sentarse, se pone en cuclillas, la cosa es más admisible, y el perito debe trasladarse al lugar en que han pasado los hechos y pedir todas las explicaciones que juzgue necesarias. Muerte por submersión.—La muerte por submersión deja en el recién nacido los mismos signos que en el adulto. Se en- cuentran los pulmones muy voluminosos, llenos de agua y de sangre, de un aspecto esponjoso, con anchas infiltraciones sero-sanguinolentas sobre la pleura; en el estómago se en- cuentra agua y algunas veces tierra. En lo general, cuando la madre ha resuelto sacrificar al hijo, le da primero muerte por sofocación y luégo lo arroja al agua para ocultar su primer delito. Fracturas del cráneo.—El niño muere algunas veces por la fractura de alguno de los huesos del cráneo, que se produce ya por un golpe directo sobre la cabeza, ó bien lanzando el cuerpo de cierta altura. Estas fracturas son, en lo general, extensas, y á la simple vista aparecen las huellas de la violen- cia. Mas no siempre son tan evidentes, y es preciso hacer un examen minucioso para destruir las dudas que la defensa presenta. Las fracturas traumáticas del recién nacido presentan un signo importante para resolver si se han efectuado en vida ó en muerte. La coagulación de la sangre y la infiltración sanguínea de los bordes del hueso fracturado son signos ciertos de que la fractura se ha verificado en vida. La mujer infanticida, cuando el recién nacido presenta alguna fractura, alega como causa un golpe que éste ha recibido al momento de nacer estando ella de pie. Debemos examinar el valor de esta excusa que viene á ser la base de la defensa. 309 Para admitir que una fractura del cráneo se ha producido en las circunstancias anotadas, es preciso, en primer término, que la mujer dé á luz estando de pie. Todos los parteros del mundo sostienen que la mujer para dar á luz se acuesta, ó por lo menos se sienta instintivamente para facilitar la salida del hijo. Es posible que una mujer sea sorprendida por un parto rápido estando de pie, pero siempre tendrá tiempo de saber lo que le está pasando, y podrá sentarse. En el parto tiene que romperse la bolsa de las aguas, y la sali- da de ellas advertirá á la mujer suficientemente para que jamás pueda alegar la ignorancia de lo que le pasa. En segundo lugar sería preciso que el niño, al nacer, no quedara unido á la madre por el cordón umbilical, ó que éste se rompiera, ó que tuviera una cierta longitud, mayor que la distancia que separa la vagi- na del suelo, en una mujer de talla ordinaria. Sabemos que la expulsión del feto se hace poco á poco, y que la placenta permanece adherida á las paredes uterinas por algunos minutos. Es muy raro que el niño y la placenta nazcan simultáneamente, y si así sucede, es fácil comprobarlo en la investigación. Pero al no salir la placenta puede alegarse la longitud del cordón que ha permitido el golpe contra el suelo. Si recordamos que la longitud del cordón jamás es superior á cincuenta centímetros, y que la distancia de la vagina al suelo es mayor, tampoco puede admitirse esa interpretación. La des- garradura del cordón por una expulsión rápida sería la última argumentación en favor de la posibilidad de la fractura contra el suelo al momento de nacer la criatura, pero tampoco es ad- misible, porque el cordón no es de gelatina; él tiene cierta re- sistencia, y el solo peso del cuerpo del feto no es suficiente para romperlo. En efecto, el cordón soporta un peso de cinco kilos y medio sin romperse, y el peso del niño á término es de tres á tres y medio kilos, regularmente. Además, el examen del cor- dón dirá si ha habido desgarradura ó sección de él. Por otra parte, basta tener una idea del canal que debe recorrer el feto al nacer, para comprender que no se puede ad- mitir esa expulsión rápida á manera de una bala que sale de un rifle. El útero hace su trabajo por contracciones, poco á poco, y da lugar á que la mujer tome sus medidas y facilite el acto. 310 Infanticidio por omisión.—Llaman los autores infantici- dio por omisión al que se comete privando voluntariamente al feto, en el acto del nacimiento, de los primeros socorros que le son indispensables para la vida. Estos son : la omisión de la ligadura del cordón, que puede dar lugar á una hemorragia; la privación de aire ; la exposición al frío; el hambre, y la infla- mación y gangrena del ombligo. Omisión de la ligadura.—La muerte por hemorragia um- bilical es muy rara en el infanticidio, pero es evidente que si una mujer que ha tenido hijos y sabe cómo se hace esta liga- dura, no la verifica, es siempre culpable, porque supone inten- ción criminal. ISo sería lo mismo en el caso de una joven prime- riza ó ignorante, aunque el hijo pereciera por esta omisión. Exposición al frío.—Un recién nacido, expuesto desnudo á una temperatura de 5o ó 6o centígrados puede perecer. De manera, que si se encuentra el cuerpo de una criatura desnudo y tendido en el suelo; si los grandes vasos interiores están llenos de sangre, mientras los superficiales están vacíos; si la doci- masia acusa la respiración, y no se ven, por otra parte, señales de violencia, existen bastantes probabilidades en favor de que la muerte ha sido causada por el frío. La inanición.—Inútil parece decir que la falta de alimen- tos produzca la muerte al recién nacido. En este caso se en- cuentran las vías digestivas contraídas, vacías y una congestión intensa de las meningeas y del cerebro. (Boucliard). EXAMEN DE LA MUJER ACUSADA. El examen de la mujer acusada de infanticidio de un recién nacido tiene grandísima importancia. Dos fiues tiene este exa- men : comprobar su identidad, es decir, establecer que ella es en realidad la madre del niño sacrificado ; establecer el estado fíáico y moral de la mujer después del parto y la influencia que el último estado baya podido ejercer en la perpetración del delito. Eespecto á lo primero, el perito debe recordar cuáles son los signos del parto reciente, y buscarlos cuidadosamente en la mujer para demostrar que la época del parto de la inculpada 311 puede coincidir con la edad del recién nacido. En cuanto á su estado moral, la cuestión es más delicada, como son todas aque- llas en que es posible admitir una perturbación mental al eje- cutar un acto. Esta cuestión se presenta con frecuencia por la defensa, y corresponde al perito resolverla conforme á la definición que fiemos dado del infanticidio. Dijimos que la ley califica de in- fanticidio la muerte que se da voluntariamente á un niño. Por manera que si falta la condición voluntad, no se puede admitir que se fiaya cometido el delito. De una manera general aceptan casi todos los autores que el parto eu determinadas condiciones puede perturbar la razón basta conducir á la mujer á la ejecución de actos de que no es responsable. En efecto, el espanto de la deshonra en algunas mujeres nerviosas, que fian sido burladas y que ven hundirse en el oprobio su nombre y el de su familia; la angustia, el temor y la desesperación que se apoderan de su espíritu; el abandono en que fian quedado por el olvido del hombre que les juró afec- to y les prometió un matrimonio; todas estas causas pueden producir una perturbación mental. Pero cuando no median estas circunstancias; si se trata de una mujer casada en quien no obran los motivos poderosos de que fiemos hablado, ó si la mujer fia tenido yá hijos, si no existen antecedentes de histerismo y otra multitud de condicio- nes, entonces es más difícil admitir esas perturbaciones. En todo caso, el perito debe estudiar con atención el hecho y examinar todas las circunstancias que hayan podido obrar: familia, herencia, hábitos, condición social, educación etc., etc. Algunas veces se alega la miseria para excusar el acto, mas no podemos aceptar esta causa, mucho menos entre la gente del pueblo, que tiene á la mano hospicios para sus hijos. 312 CAPITULO CUARTO. CUESTIONES RELATIVAS AL ABORTO. I LEGISLACIÓN. Código Penal.—Art. 638. El que, empleando voluntariamente y á sabiendas alimentos, bebidas, golpes ó cualquiera otro medio, procu- ra que aborte alguna mujer embarazada, sin saberlo ni consertirlo ella, sufrirá la pena de tres á seis años de presidio. Si lo hiciere con consentimiento de la mujer, será el presidio de uno á tres años. Art. 639. Si resultare efectivamente el aborto, sufrirá el reo de cinco á diez años de presidio en el primer caso, y de cuatro á ocho años de presidio en el segundo. Art. 640. Si el que administra, facilita, ó proporciona, á sabien- das, los medios para el aborto, fuere el que ejerce la medicina ó cirugía, ó boticario, comadrón ó partera, sufrirá, respectivamente, las penas señaladas en los artículos anteriores, con un aumento de seis meses á un año. No se incurrirá en pena alguna cuando se procure ó efectúe el aborto como un medio absolutamente necesario para salvar la vida de una mujer, ni cuando de conformidad con los sanos principios de la ciencia médica, sea indispensable el parto prematuro artificial. No por eso debe creerse que la ley aconseje el empleo de esos me- dios, que generalmente son condenados por la Iglesia. Unicamente se limita á eximir de pena al que, con rectitud y pureza de intenciones, se cree autorizado para ocurrir á dichos medios. Art. 641. La mujer embarazada que para abortar emplee, á sa- biendas, ó consienta en que otro emplee, alguno de los medios expresa- dos en el artículo 638, sufrirá la pena de uno á tres años de reclusión, si resulta el aborto, y de seis meses á un año si no resulta. Art. 642. Pero si fuere mujer honrada y de buena fama anterior, y resultare, á juicio de los Jueces, que el único móvil de la acción fue el de encubrir su fragilidad, se le impondrá solamente la pena de tres á seis meses de prisión, si el aborto no se verifica ; y de cinco á diez me- ses, si se verifica. Art. 643. El que estropeare á alguna mujer embarazada dándole golpes, palos ó heridas, ó cometiere cualquiera otra violencia ó exceso, 313 de que resulte el aborto, sin que esta fuese la intención del reo, sufrirá, por este solo hecho, una reclusión de uno á cuatro años, sin perjuicio de las penas que merezca por las heridas, golpes ó cualquiera otra vio- lencia que haya cometido. Las disposiciones legales anotadas nos hacen comprender toda la gravedad que apareja el hecho del aborto criminal, que es el objeto de este capítulo. Para la ley penal es aborto todo mal parto provocado con mal fin, haya ó no llegado el feto á la edad en que puede vivir, sea ó no viable. En tocología el aborto es la expulsión del feto y sus depen- dencias antes de que sea viable, antes de los siete meses; si esta expulsión tiene lugar en época en la cual el feto puede vi- vir, se llama parto anticipado ó prematuro. Como se ve, en este último modo de considerarle no se comprende más que el hecho y la época en que se verifica, lo mismo si es espontáneo que provocado, mientras la ley abraza, además, la intención y la voluntad del autor, el fin con que se ejecuta, sea cualquiera la época de la preñez. El aborto criminal ha sido castigado en todos tiempos; la ley hebrea imponía una pena arbitraria al autor del delito, ó la de muerte, si á causa de él moría la mujer; la ley romana des- terraba á la mujer que provocaba su aborto, y si lo hacía por liviandad, le aplicaba la pena de muerte. El Código de Alonso el Sabio castigaba también el aborto en la ley VIII, título VIII, part. VII; pero la penalidad no era igual en todas las ocasiones. Las legislaciones de todos los países cultos castigan este delito con más ó menos severidad. En Inglaterra, por ejemplo, la leyes terminante, y el criminal es castigado con pena capital. El caso del doctor Hicap es de grande enseñanza para los mé- dicos que olvidan su sagrado ministerio. Dicho doctor provocó en una joven un aborto criminal; producido éste, la mujer su- cumbió dos días después. Los médicos legistas que reconocieron el cadáver de la madre, encontraron una peritonitis causada por dos punciones hechas en el útero. El doctor Hicap fué con- denado á muerte y ejecutado en Liverpool el 25 de Abril de 1875. 314 II PARTE MÉDICA. Las cuestiones médico legales que se refieren al aborto, son difíciles y muy delicadas. Ellas pueden reducirse á cuatro principales: Declarar si una mujer ba abortado. 2? Si el aborto ha sido natural ó provocado. . 3?- De qué manera se ba efectuado. 4? Si se ba intentado provocar el aborto. En medicina legal se entiende por aborto la expulsión prematura y voluntariamente provocada del producto de la concepción, independientemente de todas las circunstancias de. edad, de viabilidad y aun de formación regular. (Tardieu). Es el aborto, sin duda alguna, uno de los delitos más co- munes, y desgraciadamente aquél que con más facilidad se escapa á la justicia; debido esto, en parte, á la manera como se procede en la investigación, y en segundo lugar, porque no es raro que en su ejecución tomen parte médicos que olvidan los sagrados deberes de su ministerio y abusan de la ignorancia de las gentes. Cuando esto ocurre, el mismo médico no tiene inconveniente en seguir su camino de infamia, y da un certifi- cado falso para conseguir la licencia de inhumar el cadáver. Otras veces son las comadronas ó curanderos los cómplices del delito, ayudados por las personas mismas que abortan, y que contribuyen así á impedir que la justicia tome parte en el asunto. Dos casos pueden presentarse en un hecho de aborto: ó bien la mujer muere por causa de las violencias ejercidas sobre sus órganos maternos, la hemorragia y la peritonitis, ó bien la mujer sobrevive. En el primer caso la situación es fácil para el perito. En el segundo, es preciso proceder con el mayor cui- dado y prudencia; tomar en consideración la declaración de la mujer y las demás de las personas que tengan conocimiento del hecho. No se trata, en efecto, solamente de comprobar el hecho del aborto y la naturaleza de los accidentes que lo han produ- 315 ciclo, sino que es necesario discutir la sinceridad de la confesión que liace la mujer que se ba dejado arrastrar al crimen. Este delito se produce en lo general entre mujeres jóvenes que, por pasión, por ignorancia, ó por otras causas ban sido embarazadas, ó mujeres casadas que se encuentran en iguales circunstancias durante la ausencia del marido. La vergüenza, el castigo, la reprobación social las conduce al crimen. No fal- tan casos de aborto en mujeres casadas, en quienes la perver- sidad de un marido criminal, el temor de una lactancia, la falta de recursos para la vida, la necesidad de retirarse por algún tiempo de las diversiones ó mil circunstancias más de degrada- ción moral, conducen á la violación de las leyes más sagradas. Hay más aún, algunas personas hacen del aborto una verdade- ra industria. Estas verdades son alarmantes, y lo único que puede mo- dificar en parte esta deplorable situación es el dictar leyes severas, prohibiendo el ejercicio profesional de la medicina á las gentes ignorantes y á las comadronas que no estén provistas de un título de idoneidad ; prohibir la venta de drogas y demás sustancias medicinales, cuando su demanda no venga hecha por un facultativo ; prohibir que los farmaceutas, y con mayor ra- zón los que no lo sean, vendan venenos, no sólo para los casos de aborto, sino en todas las otras circunstancias. En nuestro país es muy común encontrar en el mercado, arsénico, estricni- na, solimán, centeno y otras medicinas al lado del azúcar, del arroz y demás materias alimenticias. Las mujeres que apelan al aborto ó que se dejan conducir á él, emplean medios directos ó indirectos. Principian por los últimos, y entre éstos, los baños calientes generales ó parciales, los ejercicios fuertes á pie ó á caballo, los saltos de un lugar elevado, de una silla ó de una mesa; algunas emplean sangui- juelas aplicadas á los órganos genitales, y por último, ocurren á las sangrías generales. Ninguno de estos medios es seguro para producir el aborto, pero sí constituyen indicios más ó me- nos significativos de la intención criminal, y deben tomarse en consideración si acaso se ha verificado el aborto. Las mujeres que no consiguen resultado satisfactorio con estos medios, proceden á tomar toda especie de brevajes de los 316 llamados abortivos, los cuales tampoco dan siempre resultado. Usan el alóes, el agenjo, el azafrán, el guayaco, la sabina, la ruda, el centeno y mil más. Entre éstos, el más empleado es el cornezuelo de centeno,, que empleamos los médicos en algunas circunstancias, para activar las contracciones del útero. Más no por esto debe creer- se que sea una sustancia abortiva. Ella puede apresurar un aborto accidental ó un parto lento una vez que ha principiado el trabajo, pero no creemos que pueda producir el aborto al estado fisiológico, cuando no hay contracciones uterinas. Por lo que dejamos dicho se ve que las sustancias aborti- vas ó llamadas así, no merecen este nombre; que la sabina, la ruda, el tejo y otros pueden determinar el aborto por envene- namiento, y que el centeno no obra sobre la matriz sino de un modo secundario, cuando existe un principio de trabajo y ei útero está perezoso. Estos son, en resumen, los medios indirectos de que se sir- ven los criminales, y, como hemos dicho, pueden comprometer la vida de la madre. Los medios directos son más seguros y prontos. Ellos obran sobre las membranas ó sobre el cuello del útero. Para perforar las membranas emplean los delincuentes diversos ob- jetos: una varilla, una aguja de tejer, un lápiz tajado, un limpia dientes, una horquilla de las que usan las mujeres en su pei- nado ; á veces con el solo dedo pueden conseguir el objeto. Para dilatar el cuello se sirven de esponja preparada ó de tallos de laminaria. También se pueden desprender las membranas por medio de inyecciones de agua ó de otro líquido lanzado con fuerza. Se conocen hechos de aborto ocasionados con una co- rriente eléctrica. La época en que se efectúa el aborto en estas circunstan- cias varía entre seis y doce horas, pudiendo ser mayor este tiempo según el medio empleado y la mayor ó menor habilidad del operador. Sea que se usen los medios directos ó los indirectos y que se haya conseguido el fin criminal, debe saberse que es después de la expulsión del feto que principia el peligro para la madre. Peligro que, las más de las veces, es el medio que pone en ca- 317 mino á la justicia, ya sea por la hemorragia intensa que se pro- duce y que hace necesaria la llamada de un médico, ya por los dolores de la inflamación que alarman á los vecinos al oír los quejidos de la paciente, ó por las otras complicaciones que pue- den presentarse. De un modo general se puede decir que el aborto producido es más peligroso que el parto; el primero es un trabajo violento que quebranta las leyes naturales y lleva consigo su castigo; el segundo es una función fisiológica. En el primer caso la hemorragia puede ser mortal, y siempre quedan las mujeres destruidas ó con una lesión más ó menos grave y por muchos años. Medios de proceder al examen de la mujer que lia abortado. El perito que procede á una investigación de este género, puede encontrar dos situaciones distintas: ó bien es un aborto lejano el que se desea comprobar, ó bien es un hecho reciente. El le- jano es difícil y solamente los antecedentes, el estado del cuello, la persistencia de una hemorragia ó de una inflamación uterina pueden dar luces. En el aborto reciente las cosas son más sen- cillas ; la hemorragia, el estado de dilatación del cuello, el examen de los senos y de la pared abdominal, el estado general de la tuadre, el estado del útero mismo, le hablarán de un modo claro. Además, en el aborto reciente, es posible descubrir el feto expul- sado, y esto, unido al examen ya hecho en la madre, permitirá al perito dar sus conclusiones. El examen de la madre debe hacerse con el mayor cuidado y prudencia. Debe determinarse la época probable en que ha tenido lugar la violencia, si el cuello está ó nó desgarrado, si existe ó nó hemorragia, cuál es el estado del peritoneo y de los ligamentos del útero, determinar el grado de contracción de este órgano, decir si por el examen se sospecha, sí ó nó, una perforación. Y como si ésta ha tenido lugar, la muerte es ine- vitable, debe el perito al practicar la autopsia dar todos los de- talles de la situación ; establecer respecto á la perforación que encuentre lo siguiente: 1?, en qué lugar existe; 2?, si es ó nó el resultado de una caída; 3?, si es ó nó espontánea; 49, en qué época ha sido ejecutada. Todo esto de la manera más exacta que sea posible, y recordando que las perforaciones espontá- neas de la matriz se efectúan al fin del embarazo y nunca al principio, sucediendo lo contrario en los casos de aborto. 318 EXAMEN DEL PRODUCTO EXPULSADO. Lo primero que debe buscar el perito son las huellas de las violencias que ha podido recibir el producto expulsado; deter- minar si en realidad es un feto; reconocer las membranas y las villosdades placentarias; ver si tiene alguna ó algunas heridas; determinar la época aproximada en que ha dejado de vivir en el seuo materno y precisar, en cuanto sea posible, la edad del feto, ó mejor dicho, el tiempo trascurrido entre la concepción y la expulsión. Cuando el aborto es natural, la expulsión del huevo se hace en conjunto; las membranas y el cuerpo embrionario sa- len al mismo tiempo, aborto ovillar. Al contrario, la perforación de las membranas es un indicio de aborto provocado, y el pe- rito cuidadoso encuentra en este hecho un punto de partida seguro en su investigación. Para proceder á ésta, y también para evitar una equivo- cación con un aborto simulado, es preciso tener un conocimiento exacto de todos los elementos que constituyen el huevo á di- versas épocas. Casos se citan entre médicos competentes, de abortos simulados, en que el producto presentado al examen no ha sido un huevo, sino una porción de tejidos preparados hábil- mente y sobre los cuales se ha dictado un concepto que, recti- ficado por otros médicos, ha hecho que se descubra la simu- lación. Los elementos que nos sirven para determinar la edad del feto,1 son los cambi'os que sufren sus órganos y sus dependen- cias en su desarrollo durante la vida intrauterina; estas modi- ficaciones van haciéndose de un modo insensible y continuo ; y para apreciarlas es preciso tomarlas por períodos de tiempo, que aunque cortos, nos permitan notar las diferencias entre unas y otras épocas, principiando por el primer mes y termi- nando en el noveno, ó sea la época en que el feto es de todo tiempo, ó como se dice, de término. Este desarrollo del feto en las distintas épocas de su vida intrauterina, constituye una ciencia relativamente nueva, la jEmbriología, que no podemos considerar en el plan sencillo de 319 este Tratado, en donde sólo liemos querido dar signos concretos que pongan al perito en aptitud de conceptuar con alguna se- guridad. Muy útil es conocer el cambio que va experimentando el embrión mes por mes, pero es particularmente en los últimos que este conocimiento tiene importancia para el médico legista, para poder determinar cuáles son los caracteres que presenta el cuerpo de un niño nacido á término. Estos caracteres son de tres órdenes, y se deducen: 1?, del desarrollo general del cuerpo del niño; 2?, del estado de la capa cutánea; 3?, del grado de la osificación. En el desarrollo debemos considerar: el peso del cuerpo, su tamaño y las dimensiones de alguuas partes de él. El peso del niño de término varía por mil motivos, y muy en desacuerdo lian estado en todo tiempo los autores para llegar á un término medio convencional. Oliaussier daba como peso medio 2,500 á 2,700 gramos; Elsaesser da 3,750 gramos; Casper, 3,500; Tardieu, 3,500. Pero debe saberse que desde 1 hasta 9 kilogramos varía el peso de los fetos de término,'según Briand. El ha encontrado entre 1,570 fetos pesados en el mo- mento de nacer, todos de término, 3 que pesaban 1 kilogramo; 97 que pesaron 2 kilogramos; 308 que pesaron 24 kilogramos; 100 que pesaron 4 kilogramos; 10, 4£; los restantes 3 y 3£ ki- logramos. Véase, pues, cuán difícil es señalar un término medio so- bre este punto, pero se ha convenido en tomar como aproxima- do el peso de 3,500 gramos, y esto debe servirnos de norma. La longitud del feto de término es en extremo variable; uno tiene 38 centímetros, mientras otro tiene 00 ó 05; en 247 observaciones, Casper ha sacado como término medio 47 centí- metros ; Tardieu, entre 4,010, ha sacado de 50 á 52 centímetros. Casper da una regla para averiguar la edad del feto por medio de su longitud, cuando ha cumplido ya cinco meses. En- tonces, dice, no hay más que medirle, y el número de centíme- tros que resulten, se divide por cinco, y el cociente será el número de meses que tiene; así, si tiene 30 centímetros, su edad será la de seis meses. Esta regla no da, sin embargo, re- sultados muy exactos. En la cabeza del niño de nueve meses podemos encontrar 320 algunas medidas que es preciso conocer. Estas son : diámetro occipito-frontal, 0m 11; occipito-mentoniano 0m 135; fronto- mentoniano 0m 09 ; biparietal 0m 09; bitemporal 0m 08. El estado de la capa cutánea es otro de los caracteres que revelan la edad del niño. A los nueve meses la piel es perfecta, blanca, consistente, cubierta de una capa grasosa blanquecina, abundante en toda su extensión, y más aún en los pliegues del cuello, ingles y axila. Las producciones epidérmicas bien des- arrolladas; las uñas bien formadas y los cabellos abundantes de 2 á 3 centímetros de longitud. Por último, el estado á que lia llegado la osificación es un carácter importante, por su constancia y su evolución regular. Ollivier lia señalado en el feto de término, la existencia de cinco tabiques formando cuatro alveolos dentarios, en cada lado de los huesos maxilares, especialmente el inferior; los dos prime- ros están destinados para los dos primeros incisivos, el tercero para el canino, el cuarto para la primera muela. Al noveno mes estos tabiques nunca faltan y son una prueba evidente de que el feto nacido es de todo tiempo. Pero el signo de más valor entre todos, es el punto de osi- ficación en el fémur, señalado por Beclard, porque no se pre- senta nunca antes de los nueve meses, mientras que los otros pueden observarse por causas accidentales al octavo mes. Para reconocer bien este punto de osificación, se penetra en la arti- culación iucindiendo verticalmente la piel de la rodilla ; después se dobla ésta, de modo que queden prominentes los cóndilos del fémur, y se cortan éstos de abajo arriba en láminas delgadas hasta que se encuentra una resistencia que crece cuanto más se acerca el corte al punto óseo; éste se manifiesta con su coloi- de hueso, su consistencia y su forma esférica. Oasper dice que un núcleo de osificación del diámetro de un milímetro, indica que la concepción data de 37 semanas ; si es de 6 á 8 milímetros, indica que es de 40 semanas. Cuando el núcleo es mayor de G milímetros, hay probabilidades de que el niño ha vivido después de su nacimiento. Este signo tiene la ventaja de poder dar á conocer la edad del feto, aunque la pu- trefacción haya destruido las partes blandas Los otros signos que se han dado como caracteres del niño á término, son todos inciertos, según Tardieu. 321 El estado exterior del feto es muy importante de conside- rar para poder determinar la época en que ha dejado de vivir en el seno materno. El feto que muere algunos momentos antes de ser expulsado presenta un tinte rojo uniforme y muy carac- terístico. Por corto que sea el tiempo que permanezca en la matriz, el cuerpo se altera, se seca, se momifica en cierto modo, ó bien, si su desarrollo es de poco tiempo se trasforma en una especie de masa gelatinosa. Es útil examinar los caractéres de las manchas formadas por el líquido amniótico, y el líquido mismo, si es posible obte- nerlo. Las aguas del dmnios tienen un olor fuerte y esper- mático; su color amarillo cidrón es trasparente y limpio; su reacción es alcalina; se enturbian por la acción del calor. Con los ácidos da reacciones diversas; el alcohol determina un precipitado; la potasa mezclada al líquido y sometida al calor produce un vapor acuoso que da un color azul al papel de tornasol. Las manchas dan por su maceración en agua destilada un líquido de las mismas reacciones que las que hemos señalado antes al líquido amniótico; ocupan anchas superficies; tienen un color gris amarilloso. El examen microscópico hace ver cé- lulas epitetiales pavimentosas con un núcleo granuloso. Dificultades que pueden presentarse al perito en los casos de aborto.—La negación del hecho y del estado de embarazo es la primera de las dificultades; no obstante, las mujeres crimi- nales que hacen del aborto una profesión, no recurren á este medio por saber que un médico competente puede descubrir la verdad si el aborto es producido algún tiempo después del em- barazo. Cuando ha tenido lugar en una época poco avanzada y que el producto ha sido ocultado, el perito sólo encuentra una hemorragia uterina ó una pérdida más ó menos abundante, y debe servirse de todos los otros medios que su perspicacia y prudencia le aconsejen. Con alguna habilidad puede resolver la situación. Otra dificultad es el empeño que toma la defensa en expli- car la causa del aborto, atribuyéndolo á un hecho natural ó accidental, á un falso parto, ó imputando á otras personas la responsabilidad de lo ocurrido. 322 Cuando se alega por la defensa la posibilidad de un falso parto natural ó accidental, debe el perito proceder al examen minucioso del estado físico de la mujer, su constitución, su edad etc., etc.; ver si existen huellas del accidente, sea éste una caída, una contusión ó una herida; determinar de una manera positiva el origen de la lesión y la época precia en que tuvo lugar. Debe examinar los órganos genitales para ver si descu- bre en ellos los rastros de la aplicación de sanguijuelas; en el resto del cuerpo debe buscar las cicatrices que dejan las san- grías generales. Si encuentra estas huellas y el estado de la mujer no da la explicación de estos tratamientos, puede el pe- rito encontrar en ellas datos preciosos. El histerómetro y la esponja preparada son medios á que recurren hoy los criminales que con el título de médicos hacen del aborto una industria. En estos casos debe el perito exigir del tal médico una explicación clara y satisfactoria de su empleo. CAPITULO QUINTO. CUESTIONES RELATIVAS A LOS ATENTADOS CONTRA EL PUDOR Y LAS COSTUMBRES. I LEGISLACIÓN. Código Penal.—Art. 419. La persona que abusare de otra de su mismo sexo, y ésta, si lo consintiere, siendo púber, sufrirán de tres á seis años de reclusión. Si hubiere engaño, seducción ó malicia, se au- mentara la pena en una cuarta parte mas pero si la persona de quien se abusare fuere impúber, el reo será castigado como corruptor, según el artículo 430. Art. G81. El que sorprendiendo, de cualquier otro modo á una persona, y forzándola con igual violencia y amenazas, ó intimidándola de una manera suficiente para impedirle la resistencia, ó dándole bebi- das narcóticas, aunque no la lleve de una parte á otra, intente abusar deshonestamente de ella, sufrirá la pena de seis á ocho años de presidio, bi se consumare el abuso, sufrirá el reo dos años más de presidio. Art. G82. Si fuere casada la mujer contra quien se cometa la fuer- za, en culquiera de los casos de los artículos anteriores, sufrirá el reo dos años más de presidio, y destierro á diez miriámetros por lo rneucs mientras viva el marido. 323 Art. 683. El que abusare deshonestamente de un impúber de sexo contrario, será tenido por forzador en cualquier caso, y sufrirá la pena de ocho á diez años de presidio. Art. 684. Si del abuso resultare al niño ó la niña una lesión ó enfermedad que pase de treinta días, se aumentará la pena al reo con un año más de presidio. Art. 685. Si la enfermedad ó lesión fuere de por vida, sufrirá el reo quince años de presidio. Art. 686. Si abusare del niño ó de la niña que no haya llegado á la pubertad un funcionario ó empleado público, aprovechándose de sus funciones, ó el tutor, ayo, maestro ó director, criado ó cualquiera otro á quien esté confiada la guarda, asistencia ó educación de la persona forzada, sufrirá el reo de doce á quince años de presidio. Art. 687. El que cometa cualquier otro ultraje público contra el pudor de una persona, sorprendiéndola ó violentándola, sufrirá una prisión de seis meses á dos años. Si el ultraje público no se dirigiere contra persona determinada, se sufrirá la mitad de las penas señaladas en el inciso anterior. Art. 688. Si la ofendida fuere mujer pública conocida por tal, sufrirá el reo arresto de uno á tre§ meses. Art. 689. El que para abusar de una mujer casada, la arrebatare á su marido, consintiéndolo ella, sufrirá una reclusión de dos á seis años, sin perjuicio de que ambos sufran la pena de adulterio, si el marido los acusare. Art. 690. El que arrebate algún menor de edad que se halle bajo la patria potestad, ó bajo la del tutor ó curador, ó al cuidado ó bajo la dirección de otra persona, sufrirá la pena de presidio por dos á cuatro años. Art. 691. Si el menor arrebatado no hubiere cumplido doce años, se impondrá al raptor la quinta parte más de las penas señaladas en el artículo anterior. Art. 692. Cuando un varón de cualquier estado se Heve una mujer soltera menor de edad, consintiéndolo ella, sufrirá de uno á cin- co años de presidio. Pero si el raptor hubiere contraído matrimonio legítimo con la ro- bada antes de terminarse la causa, sufrirá solamente un arresto de cuatro á seis meses y una multa de diez á cincuenta pesos. Si el matrimonio se efectuare posteriormente, será doble el arres- to señalado en el inciso anterior, además de la multa, siempre que el reo solicite la conversión ante el Juez que lo condenó. Art. 693. Si se arrebatare á un menor de diez y ocho años de la casa ó establecimiento donde se halle, ó se le sacare de él con engaño 324 ó seducción, siempre que sea para corromperlo, se impondrá al autor la pena de presidio por dos á cuatro años, sin perjuicio de la que merezca por la corrupción. Si el menor fuere impúber se le aumentará la pena en una quinta parte más. Si el responsable fuere tutor, curador, pariente, ayo, maestro ó director del menor; ó si fuere empleado ó criado de la casa ó estable- cimiento respectivo, se le impondrá un año más de presidio. Art. 715. El que abuse deshonestamente de una mujer casada ó desposada, haciéndola creer, por medio de algún engaño ó ficción bas- tante para ello, que es su marido ó su esposo legítimo, sufrirá la pena de seis á ocho años de presidio, y después la de destierro á diez miriá- metros por lo menos del lugar en que cometió el delito, por el tiempo que viva en él la mujer. Art. 71G. El que abuse del mismo modo de una mujer casada contra la voluntad de ésta, privándola previamente para ello del uso de su razón con licores fuertes ú otras confecciones ó medios que produz- can el mismo efecto, ó dándole narcóticos, ó aprovechándose de la oca- sión en que ella esté sin sentido por un accidente físico ú otra enfer- medad ú ocurrencia, sufrirá las penaí señaladas en el artículo anterior. Art. 717. El que cometa este delito contra cualquiera otra persona que no sea mujer pública, sufrirá una reclusión por cuatro á ocho años. Si la mujer fuere ramera, rufrirá el reo de cuatro meses á un año de reclusión. Art. 718. El que abuse deshonestamente de una mujer, que no sea ramera conocida como tal, engañándola real y efectivamente por medio de un matrimonio fingido y celebrado con la apariencia de verda- dero, sufrirá la pena de ocho á doce años de presidio. Art. 721. Si la engañada fuere mujer pública conocida por tal, sufrirá el reo de matrimonio fingido, de uno á tres años de reclusión. Art. 722. El que abuse de una mujer engañándola por medio de casamiento que celebre con ella, mientras se halle casado con otra, su- frirá, además de la pena de bigamo, según el capítulo 4o, título 8o, li- bro segundo, el resarcimiento de perjuicios, y uno á cuatro años de presidio, como estuprador alevoso; siempre que la mujer haya sido efectivamente engañada y no sea ramera conocida como tal. Art. 739. Los reos de violación ó rapto de mujer, serán también condenados, por vía de indemnización : 1? A dotar á la ofendida, si fuere soltera ó viuda ; 2* A reconocer al hijo como natural, si los padres fueren personas libres, y 3o En todo caso, á mantener la prole. 325 Art. 591. El homicidio es inculpable absolutamente, cuando se comete en cualquiera de los casos siguientes : 9o En el de cometer el homicidio en la persona de su mujer legí- tima, ó en una descendiente del homicida, que viva á su lado honrada- mente, á quien sorprenda en acto carnal con un hombre que no sea su marido; ó el que cometa con la persona del hombre que encuentre ya- ciendo con una de las referidas; y lo mismo se hará en el caso de que los sorprenda, no en acto carnal, pero sí en otro deshonesto, aproxi- mado ó preparatorio de aquél, de modo que no pueda dudar del trato ilícito que entre ellos existe. Art. 637. El que cometa esta acción (la de castrar) provocado por algún ultraje violento que se haga á su pudor en aquel acto mismo, y teniendo otro medio menos violento para defenderse no lo emplea, su- frirá un arresto de cuatro á diez y ocho meses; pero si la hubiere co- metido por necesidad legítima de defenderse, no teniendo otro medio para ello, no quedará sujeto á pena alguna. Los delitos consignados en los artículos del Código que de- jamos anotados tienen por carácter común atacar la moral pública, corromper las costumbres é introducir en el seno de las familias la perturbación y la desconfianza. Por eso estos de- litos no se castigan sino cuando se hacen públicos, produciendo escándalo, y recaen en perjuicio de tercera persona; dejándolos pasar desapercibidos, por respeto al pudor, á las costumbres y á la familia, cuando se ejecutan en el secreto y sin escándalo, sin que baya nadie que raclame contra ellos, pues el temor de ha- cerlos públicos, lo que produciría hondas perturbaciones, veda á la ley hacerse cargo de ellos en esas circunstancias. Hemos hecho omisión de aquellos artículos del Código que se refieren á ciertos hechos que, aunque son atentados contra el pudor y las costumbres, no tienen por qué pasar á la consi- deración del médico legista. Se comprende que cuando un indi- viduo profiere palabras obscenas en público, ó ejecuta en pre- sencia de otro actos deshonestos, se pone al alcance de la ley penal, y ésta le será impuesta sin nuestra intervención. Puede suceder, sin embargo, que algunos de los individuos que ejecuten tales actos sean locos ó enfermos, y en tal caso sí seremos consultados sobre las causas que hayan podido influir en su ejecución. Es así que existen algunas perturbaciones 326 mentales que sólo se manifiestan por la tendencia que tienen los enfermos á exhibir sus órganos genitales. A éstos les da el Profesor Laségue el nombre de exhibicionistas, y de ellos nos ocuparemos al estudiar las afecciones mentales. Algunas enfermedades de la piel y de la vejiga pueden, en muchas circunstancias, obligar á los pacientes á ejecutar ciertos movimientos que serían considerados como hechos deshonestos, si no existiesen las causas señaladas. Para certificar esos esta- dos patológicos también se consultará al médico legista. Entre los atentados contra el pudor y las costumbres ten- dremos que considerar algunos hechos repugnantes y que no pueden menos de sublevar los sentimientos de la moral. Muy breves seremos en esa parte, no obstante el haber sido consul- tados con alguna frecuencia, y el tener varios documentos en relación con tan degradantes vicios. La pederastía, delito atroz y escuela en donde se forman los mayores criminales, ha sido castigada severísimámente en todos los países. El Fuero Juzgo la castigaba ordenando la castración y después la prisión ; si eran casados los delincuentes, sus bienes pasaban á los hijos, y su esposa podía contraer ma- trimonio con otro. Según el Fuero Peal, la castración debía hacerse públicamente, y al tercer día eran los reos colgados de las piernas hasta morir. La ley de Partidas aplicaba la pena de muerte. La Novísima Recopilación mandaba que el pederasta fuese quemado vivo y confiscados sus bienes. Todas esas leyes eran, sin duda, crueles y se han abolido ; la legislación de estos tiempos está más conforme con los principios de derecho penal. Muchos de los hechos que van á ocuparnos no debe- rían llegar jamás en consulta á los médicos, por ser inútiles los reconocimientos periciales, que nada averiguan y nada des- cubren. Cuando la violación tiene lugar en una mujer que haya cohabitado muchas veces, no podremos afirmar que la mujer ha sido violada, porque seguramente no presentará en sus órganos genitales los vestigios del hecho. El médico debe declararse incompetente en todas esas cuestiones, si cree desde luégo que no ha de encontrar signos que lo ilustren en el asunto. 327 PARTE MÉDICA. I Las cuestiones médico-periciales que pueden presentarse con motivo de los atentados contra el pudor, y la violación son muy numerosas. El Profesor Tardieu en su estudio sobre este asunto, plan- tea veinticinco proposiciones que quisiéramos anotar y estudiar aquí, pero 1a poca extensión de nuestro trabajo apenas nos per- mite considerar las más prácticas. 1? ¿Existen huellas de un atentado? 2? i Hay vestigios que prueben la desfloración ? 3:.1 ¿ La desfloración es reciente ó antigua ? 4Í1 ¿Los vestigios físicos encontrados pertenecen á la cópula ó á otros agentes ? 5‘? ¿ Cuál es la edad de la víctima? (P Declarar si existe alguna enfermedad, y si ella ha po- dido ser comunicada por la cópula; 7‘1} Si las manchas que se encuentran en la camisa, sába- nas etc., son de esperma, sangre etc.; 8? Si el forzador presenta vestigios que atestigüen el acto que se le imputa ; 9? Declarar si hay signos de pederastía. Antes de entrar á estudiar estas cuestiones, es conve- niente pasar la vista por el aparato genital de la mujer y apren- der el procedimiento que se debe seguir en la investigación pe- ricial. Aparato genital de la mujer.—El aparato genital de la mujer tiene mucha semejanza á un aparato de secreción común, en que el ovario representa el órgano secretor ó glandular, la trompa de Ealopio el tubo conductor, el útero el receptáculo, y la vagina el canal excretor. Esta división racional no se presta al estudio médico-legal, y preferimos hacer una división de estas partes en dos grupos: 1?, órganos genitales externos,ó vulva, y 2?, órganos genitales internos. Los primeros se encuentran colocados en la región perineal 328 anterior, y son los siguientes: el monte de Venus, el clítoris, el vestíbulo de la vulva, el meato urinario, el orificio de la vagina, la membrana lumen y la fosa navicular. Todas estas partes están cubiertas y protegidas de cada lado por dos repliegues; el uuo, interno y mucoso, que forma e\ pequeño laMo; el otro, ex- terno, mucoso y cutáneo, que constituye el gran labio. listos últimos están cubiertos de pelos á su parte superior, y por su cara interna están en contacto, el de un lado con el del lado opuesto. Los pequeños labios ó ninfas envuelven el clítoris, al cual forman uua especie de prepucio, y por su base se confun- den con la cara mucosa de los grandes labios. El clítoris es un pequeño órgano erectil, análogo á los cuerpos cavernosos del pene, situado en la parte superior del vestíbulo de la vulva, á la extremidad de los pequeños labios. Su forma es muy variable; de ordinario parece un cono de cima libre, pero se ha visto dividido en dos, clítoris bífido. En su cara inferior presenta un surco mediano que se extiende de la base á la cima; su superficie es rica en papillas glandulares; su longitud es de cuatro á cinco milímetros en estado de reposo, y de ocho á diez cuando está eu erección. En ocasiones este ór- gano adquiere grandes dimensiones y preseuta el aspecto de un pene. El vestíbulo de la vulva.—Debajo del clítoris se encuentra un espacio triangular limitado de cada lado por las ninfas, y hacia atrás por el orificio de la uretra. Este espacio se designa con el nombre de vestíbulo, y es por su centro que se penetra á la vejiga en los casos de la talla llamada vestibular. Meato urinario.—Detrás del vestíbulo, en la línea media, se observa una pequeña depresión que es el orificio de la ure- tra; hacia atrás existe un tubérculo mucoso formado por la extremidad anterior de la columna vaginal superior, y que sir- ve de guía al cirujano cuando tiene que sondear la vejiga sin descubrir la región. Orificio vaginal.—Debajo del meato se encuentra el orifi- cio de la vagina, muy ancho en las mujeres que han tenido hijos ó han abusado del coito, estrecho en las vírgenes, por la presencia de un repliegue mucoso que se designa con el nom- bre de himen. 329 Fosa navicular.— Por último, debajo del orificio vaginal se encuentra un espacio triangular, limitado por la comisura posterior de los grandes labios, ú horquilla de la vulva, y que es la fosa navicular. Esta depresión, que en lo general desapa- rece después del parto, puede adquirir una profundidad de va- rios centímetros en las mujeres que tienen un orificio vaginal muy estrecho y resistente. Esta circunstancia explica la causa de que una mujer se encuentre virgen después de repetidas cópulas, y aun en el estado de embarazo. La depresión llega á formar un receptáculo suficiente para contener el pene, y allí se efectúa la eyaculación. Organos genitales internos.—El orificio vaginal establece el límite entre los órganos genitales externos y los órganos in- ternos. Estos últimos son, el conducto vaginal y el útero con sus dependencias: ovarios, trompas y ligamentos. La vagina, extendida de la vulva al útero, hace comunicar- la parte profunda de los órganos genitales con el exterior. Por este canal salen las mucosidades que da el útero y la sangre menstrual; es por ella que se verifica la cópula y la fecunda- ción, y cuando el producto de la concepción llega al término de su desarrollo, es, aun por ella que sale y viene al mundo. Su dirección es casi paralela á la del cóccix, y, por consiguiente, está dirigida de abajo hacia arriba y de adelante hacia atrás, y describe una curva de concavidad anterior y superior. Es im- portante conocer esta dirección para poder aplicar el espéculo en los reconocimientos. Su forma es muy variable según el modo como se examine; al estado normal, es la de un tubo membranoso cuya pared su- perior está aplicada sobre la inferior; la introducción del espé- culo separa las paredes y la hace cambiar de forma. La pared inferior ó rectal es mucho más larga y describe una curva más marcada que la pared superior ó vesical. Su longitud es difícil de precisar, desde el momento que es un tubo elástico, y lo mismo diremos de su calibre, el cual puede extenderse sin di- ficultad hasta contener la cabeza de un niño. Su entrada es estrecha en las vírgenes y ancha en las mujeres que han coba- hitado con frecuencia, y que por esta razón lian perdido, en gran parte la potencia del anillo valvar. El anillo valvar, musculoso y erectil, es en las vírgenes el principal y verdadero obstáculo á la introducción del pene en la vagina, y no es la membrana liimen solamente, como se cree en lo general. Esta última es muy poco resistente; en muchas mujeres no existe ó está reducida al estado rudimentario, y sin embargo la introducción del dedo pequeño es difícil y dolorosa en extremo. No es raro que algunas mujeres eviten todo con- tacto sexual por el dolor y dificultad que experimentan cuando el pene lucha con la contracción del anillo, ó, cuando existe, como en las recién casadas, una contractura de esta parte (va- ginismo), que hace el coito imposible. Otras mujeres, al con- trario, dominan á voluntad la contracción del anillo sobre el pene. Algunas veces el anillo, al momento del parto no permite la salida de la cabeza del feto y se opone con tal resistencia que es preciso cortarlo de arabos lados. Dubois y Pajot señalan esta causa de distocia. En resumen, la vagina extendida y dilatada representa un canal de forma de embudo, cuya extremidad anterior es estre- cha y está constituida por el anillo vulvar, y la extremidad pos- terior dilatada y abierta, está formada por el fondo del saco vaginal que rodea el cuello del útero. La estructura de la vagina es muy sencilla; tiene una membrana mucosa y una capa fibro-vascular que constituye sus paredes. La mucosa, continuación de la mucosa de la vulva, se contiuúa á su vez con la del útero cambiando su capa epite- lial, y forma pliegues longitudinales que se llaman columnas de la vagina, y pliegues transversales que forman la lira vaginal ; y que son tanto más pronunciados cuanto más se acercan al orificio vulvar. LTno de estos pliegues mucosos obstruye ó estrecha más ó menos la entrada del conducto vulvo-uterino en las vírgenes y forma la membrana liimen, porción del aparato genital que ha dado lugar á largos estudios. El li imen, es, pues, un pliegue de la mucosa vaginal senci- lla y simplemente. Es, según todos los autores, el signo físico de la virginidad no obstante que eu algunas mujeres nunca existe ó es rudimentario, y que en otras no solamente persiste 330 331 ■después del embarazo, sino que al momento del parto el ciru- jano está obligado á perforarlo para dar paso á la cabeza del feto. De igual manera, su ausencia tampoco es signo cieito de desfioracióu, pues puede destruirse por una caída ó por otras causas. Su forma es variable. En lo general tiene el aspecto de una media luna ó de una herradura con su concavidad dirigida ha- cia arriba. Entre su borde cóncavo y el contorno superior del orificio vulvar, existe una abertura más ó menos considerable, pero siempre suficiente para dar salida sin dificultad al flujo menstrual y á las mucosidades útero-vaginales. Algunas veces este repliegue forma un disco completo perforado en su centro; rara vez la membrana está tan completa que cierre del todo el orificio vaginal. El profesor Tardieu insiste mucho sobre las diversas fur- nias del himen y-establece cinco variedades: lumen bilabial, formado por dos repliegues que se encuentran en el centro, dejando una abertura vertical; 2?, himen en forma de diafragma irregularmente circular; 3?, himen circular perforado en el cen- tro; 4?, himen semilunar; 5?, himen en forma de bandeleta circular ó de anillo espeso, que apenas se hace aparente detrás de los pequeños labios, y puede hacer pensar en su ausencia. Toulmonche llama la atención sobre esta variedad de himen carnudo, y agrega que un médico legista, de poca experiencia y que no conozca estos detalles puede equivocarse fácilmente. Fuera de estos cinco tipos normales es conveniente indicar ciertas anomalías que puede presentar el himen. Morgagui y el profesor Cloquet, dice Tardieu, lo han visto formar una especie de velo en medio de la vagina, dejando de cada lado una aber- tura. M. Fabrico de Hildeu ha desciito un himen en forma de diafragma con varios orificios. A los lados del orificio vaginal se encuentra un órgano que ios anatómicos designan con el nombre de bulbo de la vagina, y que se ha comparado al bulbo uretral en el hombre; es un cuerpo espongioso que llena el intervalo que existe entre las raíces del clítoris, el meato uritariov la vagina. Para terminar con el estudio de la vagina, debemos hablar de la uretra de la mujer, pues este conducto está contenido en 332 el espesor de su pared anterior. Tiene una longitud de 3 centí- metros, una anchura de 7 milímetros, y admite fácilmente ins- trumentos de 10 milímetros. Como en el hombre, el meato uri- nario es la parte menos dilatable ; está en relación, por arriba con los ligamentos anteriores de la vejiga, el músculo constric- tor de la vagina y el bulbo. En este canal se encuentran dos capas superpuestas, una musculosa y la otra mucosa cubierta de epitelio cilindrico, algunas glándulas y numerosos vasos. II MANERA DE PROCEDER AL ANAMEN EN LOS CASOS DE ATEN- TADO CONTRA EL PUDOR. Para resolver las numerosas cuestiones que la justicia pue- de someter al perito es preciso practicar un examen cuidadoso, siguiendo algunos preceptos y tomando algunas precauciones. Es conveniente, por mil razones, que el examen se verifi- que en presencia de uno ó más testigos, y cuando sea posible, delante de la madre, si se trata de una niña. Cuando la persona sujeta al examen opone alguna resistencia no debe procederse con violencia alguna ni con amenazas; el perito se limitará á establecer en la diligencia esta oposición. Tampoco debe verifi- carse el examen en los días en que la mujer está con su período menstrual; se dejará para más tarde, advirtiéndolo así en la di- ligencia. En los niños es preciso hacer las cosas con cariño y cuidado, porque la sensibilidad de las partes hace difícil el examen. Es muy útil autes que todo, interrogar á la víctima en particular y oír las relaciones que hagan los padres ó personas allegadas. La claridad y sencillez con que un niño refiere los hechos son indicios de gran valor para el médico legista, y es fácil, de este modo comparar su relación con las de las otras personas, para descubrir si el niño obedece á criminales planes. Debe repetirse el examen cuantas veces se crea convenien- te á fin de establecer con precisión el diagnóstico diferencial de las afecciones valvares, venéreas ó traumáticas que pueden manifestarse después de un atentado contra el pudor. Este 333 examen <¡ebe verificarse del modo siguiente: se colocará al pa- ciente sobre una mesa ó al borde de una cama, en un lugar claro; se pondrán sus piernas en flexión y separadas con ve- rtientemente de manera que el perito pueda colocarse entre ellas. Se observará si existe alguna huella de violencia en las vecindades de los órganos genitales y luégo se hará la descrip- ción de estos: se separarán con cuidado los grandes y los pe- queños labios para descubrir el [rimen. Si esta membrana exis- te, se indicarán su dimensiones y su forma; si ha sido desga- rrada, se describirá el estado de sus colgajos y las heridas ó cicatrices que en ellos existan; se dirá si existen ó no equimo- sis, ulceraciones, líquidos patológicos y demás particularidades que pueden encontrarse. Es muy conveniente examinar la camisa que llevaba la víctima el día del accidente, y si se observan algunas manchas, debe procederse al estudio microscópico de ellas. En la redacción de la diligencia es necesario hacer una descripción clara y neta de todos los puntos esenciales, sin esa vaguedad de palabras, muy común en casos de este género, que no deja de tener inconvenientes serios para el funcionario de instrucción. ATENTADOS CONTRA EL PUDOR. ¿ Existen huellas de un atentado ? Antes de dar solución á este punto es conveniente saber lo que se entiende en medicina legal por atentado contra el pudor. El profesor Orfila dice que el atentado consiste en la sim- ple aplicación del miembro viril sobre los órganos genitales y sus vecindades, sin que haya la menor huella de violencia, y que la violación es el esfuerzo hecho para abusar de una niña ó de una mujer adulta contra su voluntad. Agrega que en el mayor numero de casos la violación se efectúa en una niña virgen, y que es raro en la mujer adulta. El profesor Tardieu cree inútil el definir el atentado contra el pudor y la violación, cuya significación conoce todo el mundo; dice que en casos de esta naturaleza lo que importa es distin- guir los hechos por algún carácter preciso y constante. Según él, la introducción completa del miembro, con ó sin desfloraciónt caracteriza la violación, y la no introducción constituye el sim- ple atentado. Briand dice: “El atentado contra el pudor es todo acto deshonesto ejecutado por una persona, no solamente con el fio de satisfacer un deseo sexual, sino también por simple curiosi- dad, por venganza ó por depravación. Así, las personas que vi- ven en los colegios, cuarteles y talleres, y que por medio de la violencia desnudan á un compañero para examinarle las partes,, una mujer que ejecuta actos impúdicos con otra, ó con un niño,, un marido que efectúa con su mujer actos contrarios á los fines- legítimos del matrimonio, sea empleando la violencia ó el en- gaño, ejecutan otros tantos atentados contra el pudor. En resumen, la violación es el acto por el cual un hombre abusa de una mujer con violencia, ya sea que esta mujer sea virgen ó haya sido desflorada antes. Cuando el acto se verifica con una doncella constituye el delito de estupro. La ley entiende por violencia, no solamente el empleo de la fuerza física, sino también el de sustancias anestésicas y nar- cóticas capaces de producir la resolución muscular y de privar ¿i la mujer de sus medios de defensa. La posesión de una mujer sin su consentimiento; que esta posesión se efectúe por enga- ño, por ficción ó bajo la influencia del sueño hipnótico ó por el uso de licores ó de cualquier otro medio que la prive de su voluntad, constituye el atentado contra el pudor, castigado por el artículo 081 del Código Penal. Sabido lo que debemos entender por atentado contra el pudor, estudiemos las huellas que este acto puede dejar. Cuando se trata de una niña, lo primero que se observa es ui> estado inflamatorio de los órganos genitales ; los grandes y los pequeños labios se encuentran congestionados y en sus bordes suelen verse excoriaciones, erosiones superficiales y aun verdade- ras ulceraciones. Es posible encontrar equimosis más ó menos extensas, debidas álas violencias ejercidas sobre los órganos tan- to por el miembro como por los dedos del forzador. La inflama- ción es muy activa y da lugar á un pus verdoso muy abundante acompañado de dolor intenso y de calor en las partes. Esta cir- cunstancia hace que la niña dirija constantemente sus manos á esas regiones y revele su situación. 334 Una vez observados con atención estos signos, el perito debe separar con cuidado los pequeños labios para reconocer el estado del bimen ó de sus colgajos, cuando el hecho es reciente. Si] el liimen ha sido desgarrado se encontrarán generalmente dos colgajos verticales si su desgarradura se La verificado por el centro de la membrana; otras veces la división se hace en dos puntos y queda en el centro un colgajo triangular; también puede desgarrarse la membrana en cuatro colgajos. El doctor Hugier ha observado algunos casos en que la desgarradura se ha efectuado en uno de los bordes adherentes de la membrana, quedando fija del lado opuesto, y dando así el aspecto de un velo flotante en la cavidad vaginal. Esta desgarradura del bimen, que constituye para el médi- co legista el signo característico de la desfloración, sigue la marcha de una herida ordinaria, es decir, se inflama, supura á veces, y se cicatriza. La inflamación y la supuración pueden ser muy intensas, y esto retarda el trabajo eicatricial. Pero esto no es lo común, y los colgajos empiezan á retraerse y á cicatrizarse poco después del accidente. La duración del trabajo eicatricial puede durar varios días, y se comprende toda la importancia que hay en establecer con precisión este tiempo, el cual indica si ha habido ó nó desfloración reciente. Orfila y Devergie le dan apenas dos días; Briand y Cliaudé, cinco ó seis; Toulmou-, che, ocho á doce; Tardieu, quince á veinte. Estos números son meras aproximaciones, pues se comprende que hay mil circuns- tancias que influyen en la marcha del trabajo de cicatrización. El reposo ó la excitación de las partes por la repetición del acto, la mayor ó menor inflamación, la constitución del pacien- te etc., lo hacen variar. En los numerosos casos que hemos examinado, ese trabajo se ha verificado en doce días. Pasado el duodécimo día es difícil asegurar la época en que tuvo lugar la desfloración. Los colgajos se retraen como hemos dicho para formar lo que se designa con el nombre de carúnculas mirtiformes ó hi- meneales, que no son otra cosa que botones ó repliegues más ó menos salientes que se encuentran al separar los pequeños labios. El orificio y el conducto vaginal experimentan cambios 335 336 apreciables que deben estudiarse al practicar el examen. Cuan- do el acto ha sido único, el conducto no se dilata; al contrario, la repetición, separará los labios y dilatará el orificio. Esto úl- timo nos indicará casi siempre el consentimiento de la desflo- rada. Aparte de las lesiones que hemos indicado en los órganos genitales, suelen encontrarse equimosis y excoriaciones en los brazos, en los muslos y en las ingles de la víctima; en el cuello, en la boca y en la cara pueden verse las huellas de las manos del forzador, que procura evitar de esta manera que la niña grite y lo descubra. En los senos aparecen también excoriacio- nes y mordeduras. En un caso que tuvimos al estudio, encon- trámos violencias de todo género: una criatura de seis años fué destrozada por un miserable, á tal punto, que murió pocos mo- mentos después de la diligencia de reconocimiento. El criminal, eu este brutal ataque, rompió el tabique recto vaginal, aparte de otras lesiones, y se formó así una cloaca que encontrámos llena de sangre y de materias fecales. El examen de las ropas, tanto de la víctima como del for- zador, puede dar signos muy precisos sobre el asunto que es- tudiamos. Suelen encontrarse manchas de sangre, de esperma ó de otras materias fáciles de reconocer por el examen micros- cópico. III.—¿Hay vestigios que prueben la desfloración ? A primera vista parece fácil resolver esta cuestión que depende de una comprobación material, pero no es así y pocos asuntos presentan, en ocasiones, mayores dificultades. La (lesfloración, de una manera general, es la desgarradura del liimen ; por manera que es su presencia ó su ausencia lo que nos sirve de base para formar nuestro juicio. Algunos autores han negado esta significación al Limen, alegando algunas razones que carecen de fuerza ante la obser- vación y la experiencia. Ilecuérdese que Buffon negaba la exis- tencia del Limen, haciendo de la virginidad, no un estado físico, sino un estado moral, “un sór fantástico á quien sólo rinden cul- to los deseos ridículos de los hombres, sin que se manifieste por caracteres físicos.” Como médicos legistas nada tenemos que decir respecto á 337 la virginidad moral. La cuestión para nosotros es sólo la de si hay caracteres físicos que individualicen, que distingan el esta- do virginal; no se trata del valor moral que tenga ese atribu- to, sino de si es su existencia tangible, apreciable. Bajo este aspecto considerado el asunto, la inmensa mayoría de los auto- res, y en especial los que hemos consultado, admiten la exis- tencia de la membrana himen. Orfila, apoyándose en 200 obser- vaciones, Tardieu, en 500, Devilliers, en 150, Devergie, Casper, Briand y otros autores, ponen fuera de duda la existen- cia de esa membrana, que nosotros liemos visto también varias veces. Devergie dice : “ Si en un caso de presunción de desflora- ción no se encuentra el himen, existen 999 probabilidades entre 1,000, de que la desfloración ha tenido lugar.” Esta proposición, bien que aceptada por muchos autores, no tiene nada de absoluto, y así como la presencia del himen no es un signo infalible de la virginidad, su ausencia tampoco es una prueba de haberse perdido aquélla. Es un hecho eviden- te que esta membrana puede persistir después del coito, y son muchos los casos en que el partero tiene que cortarla en el mo- mento del parto. Casper señala muchos ejemplos de persisten- cia en mujeres casadas. Taylor dice que una mujer puede tener el himen intacto y no por eso ser virgo-intacta. Cuando la membrana exista, debemos observar el aspecto que presenta. Si ella es resistente y se encuentra bien tendida, no hay lugar á admitir la intromisión; pero si al contrario, la membrana se ve floja, poco tensa ó como un velo flotante en la vagina, es evidente que la introducción del miembro es posible, sin que ella se rompa. Por último, Foderé nos dice: “La existencia del velo vir- ginal es un signo que la naturaleza nos ofrece, para guiarnos y decirnos que la mujer que lo conserva no ha sido desflorada.” II.—Declarar si la desfloración es reciente ó antigua. Esta cuestión se consulta con frecuencia por ser uiuy común que una mujer, desflorada hace mucho tiempo, acusa á un hombre de reciente estuprador; si el examen pericial demues- tra que esta mujer fué desflorada en una época muy anterior, Uncu sación pierde su fuerza. 338 Devergie dice : “La desfloración es antigua al cabo de nueve ó diez días.” De aquí la necesidad de reconocer á la víctima de un atentado inmediatamente ó poco después del acto. Más tarde todos los signos, ya mencionados en otra parte, desaparecen y no dejan vestigios de ningún género. El perito se encontrará en dificultades grandes para contestar la cuestión que se le consulta. Esto ocurre con las gentes de los campos ó con las perso- nas pobres, quienes no tienen manera de acudir pronto á las autoridades, y cuando lo hacen es tarde para que el examen pueda establecer la relación entre el estado de los órganos sexuales y la época á que se refiere la madre de la niña. Deci- mos la madre de la niña, poique en general es ella la que des- cubre lo ocurrido, desgraciadamente muchos días después. La niña engañada por el estuprador ó por miedo de los padres, oculta el hecho por algunos días, hasta que una circunstancia cualquiera viene á revelarlo. III.—Declarar si la desfloración es el resultado de la in- troducción del pene, de otro cuerpo, de un accidente ó de una enfermedad. Ya hemos visto que los signos de estupro y violación, para que nosotros les demos significación, han de ser físicos, mate- riales, tangibles y producidos por agentes mecáuicos: el pene es, en estos casos, el agente que produce tales desórdenes. Pero estas lesiones, ¿ son siempre el resultado de la acción del pene ? ¿Coexisten otros medios á los cuales pueden haber obedecido ? Somos de opinión que en cien casos de desfloración noven- ta y cinco se efectúan con el pene; los cinco restantes se dis- tribuyen entre las otras causas. El onanismo y la introducción de cuerpos extraños rara vez llegan á romper el liimen; primero, porque esta desgarra- dura es dolorosa y no es admisible que la misma persona se cause ese dolor, y segundo, porque en la mujer existe un senti- miento natural por la conservación de ese velo virginal, de cuya presencia depende á veces su porvenir. Muchas doncellas se masturbau, es cierto, con diversos cuerpos, y éstos pueden ocasionar lesiones más ó menos inten- sas en la vulva; si los excesos son recientes, pueden verse irri- 339 tación, rubicundez, erosiones y equimosis de la mucosa; por excepción llegan á romper el himen. Accidentalmente es también posible que pueda ocasionar- se la desgarradura del lumen. Una separación brusca de los muslos, un golpe, un ejercicio forzado á caballo, cuando la mujer monta á manera de hombre, pueden producirla. Establecidas estas distintas circunstancias, es preciso que co- nozcamos los medios de que puede servirse el perito para resol- ver la cuestión cuando le sea planteada por la autoridad. En absoluto ella no puede ser resuelta de un modo gene- ral ; es necesario tener en cuenta todos los datos, todos los antecedentes, todas las circunstancias de cada caso particular, para poder formar un juicio completo y fallar con probabilidades de acierto. Es del conjunto de estos elementos de donde sacare- mos las consecuencias debidas; cada uno de los caracteres pue- de depender de causas diversas; pero todo el conjunto, toda la suma de elementos que ofrece una cuestión de esta especie, no es fácil que se reúnan cuando el hecho es fingido. Por otra parte, en muchos casos basta examinar al acusado para convencerse de que el hecho que se le imputa no ha podido cometerle ; si es un niño, y la mujer es robusta, el sentido común resuelve la cuestión. IV.—Cuál es la edad de la víctima. Cuando la desfloración recae en una mujer menor de doce años, aunque no se emplee la fuerza ni haya privación de ra- zón ni de sentidos, aunque sea con el beneplácito de la niña, el hecho se califica de violación, por considerar á aquélla inca- paz de consentir, y se castiga al culpable de conformidad con el artículo 083 del Código Penal. En la generalidad de los casos la partida de bautismo es el único perito que resuelve la cuestión ; pero puede ocurrir que no exista. El hecho puede haber recaído en una de esas mucha- chas errantes, que vagan por las calles, acerca de las cuales no se pueden adquirir noticias ni antecedentes de ningún género; si no alcanza, ó si pasa por mucho de doce años, fácil es reco- nocerlo : así, aun las personas más extrañas á la ciencia, saben diferenciar los ocho de una niña y los diez y seis de la mujer, de los doce que marca la ley; pero puede darse el caso de una 340 joven que se acerque tanto á la edad, ó que pase de ella tan poco, que no sea dable apreciarlo fácilmente. Si es una mucha- cha de once años, once meses y quince días, el acto de la des- floración se califica de violación ; si tiene un día más de los doce años, ya no hay violación, y la penalidad es muy diferente para el culpable. Pero, ¿ quién podrá, según las leyes fisiológi- cas, hacer esa distinción, y afirmar la diferencia que existe en- tre la muchacha á quien faltan quince días para la edad que la ley marca, y la que tiene un día ó una semana más de los doce años 1 El estado de las mamas, la menstruación, el crecimiento del pelo en el pubis y en las axilas, todo puede ser lo mismo cuando tiene la muchacha quince días más que quince días menos de los doce años. En casos de esta naturaleza debemos declinar la misión antes que autorizar con nuestro dictamen, basado en simples conjeturas, un castigo injusto, mayor ó menor del que merece el acusado. V.—Declarar si el atentado lia comunicado alguna enfer- medad á la víctima. Las tres enfermedades venéreas, blenorragia, chancro blan- do y sífilis, pueden encontrarse en la víctima de un atentado, y es necesario establecer su origen. Averiguar si la mujer sufría antes, ó si es reciente su contagio. Basta tener algunos conoci- mientos sobre esta delicada cuestión de las enfermedades vené- reas, para comprender todas las dificultades que encierra la solución de ella en la forma que lo exige la justicia. Bespecto á la blenorragia debemos saber que no siempre reconoce por causa el contagio, ni que presenta ningún signo que permita establecer su verdadera causa. Existen, en efecto, niñas y mujeres de una constitución empobrecida, que padecen un vicio escrofuloso, que se masturban, y suelen tener leuco- rreas ó afecciones catarrales de la mucosa, y arrojan por la vulva un flujo de mucosidades purulentos, blancas, espesas, más ó menos acres, flujo que puede producir pequeñas ulcera- ciones en la mucosa, susceptibles de confundirse con las sifilí- ticas. El traumatismo por sí solo puede producir la supuración de la mucosa, y no son escasas las ocasiones en que esto ocurre 341 en los recién casados, por repetición del acto carnal. El trau- matismo (pie produce una sonda ó una bujía, puede producir una blenorragia idéntica en su intensidad y en su marcha á la blenorragia producida por contagio. Bicord, Langlebert, Fournier, Profeta, Berkeley, Hilh y otros tantos sifilógrafos establecen : “ que una causa irritante cualquiera puede dar nacimiento á una secreción tan aguda, tan persistente, tan contagiosa, tan blenorrágica, en una pala- bra como si tuviera su origen en el contagio más evidente.” Esto nos hace comprender toda la circunspección con que debemos proceder al tener que dar un dictamen en casos de atentado contra el pudor y contagio imputado, pues nada más difícil que afirmar ó negar rotundamente un hecho tan rodeado de dificultades. En cuanto á la existencia de ulceraciones en los órgauos genitales de la víctima, el perito debe recordar las diferencias que existen entre un chancro blando, enfermedad local, y un chancro duro ó infectante, y no debe dar su concepto sino des- pués de un maduro examen. El chancro blando es una ulceración que tiene sus caracte- res distintivos; es contagioso, puesto que es trasmisible; especí- fico, puesto que Chaveau y Rollet han demostrado en el pro- ducto de secreción del chancro un elemento figurado, cuya na- turaleza íntima no está aún resuelta; y es completamente independiente del chancro sifilítico. Aparece, en lo general, ocho días después del contagio; su forma, su marcha, la supuración abundante y la adenitis que lo acompaña, y que casi siempre supura, son caracteres que sirven para alejar la idea de un chancro duro. A veces el diagnóstico no es fácil. Según muchos autores, no hay sino un signo que pueda considerarse como seguro y demostrativo; este signo lo da la inoculación. “Toda ulceración que inoculada al mismo enfermo reproduzca una ulceración se- mejante á aquélla de que se deriva, es un chancro simple.'1'1 La sífilis es una enfermedad general, específica. Sus sínto- mas se suceden en un orden determinado y presentan un conjunto de caracteres fácil de reconocer. Su único origen es el contagio y la herencia. El contagio se verifica por las exsuda- 342 ciones de las mucosas enfermas ó por la sangre. Después de una larga incubación, se presenta un chancro con base dura, acom- pañado de una adenitis poliganglionar, que jamás supura (pe- ríodo primitivo). Después de seis semanas próximamente, el tegumento se cubre de qoa erupción de color cobrizo, cuyos elementos varían desde la mancha hasta el tubérculo. La sífilis se posesiona del organismo entero. Diversos signos comprueban el sufrimiento del esqueleto, de los músculos, de las visceras. Esto constituye el período de los dolores óseos, de las cefalalgias, de las contrac- turas; un poco más tarde aparece la iritis y la epididimitis (período secundario). La enfermedad avanza y viene el período de espanto, período terciario. No queda un solo órgano, un solo tejido que no sea invadido. Vastas ulceraciones de la piel y de las muco- sas, caries, exostosis, tumores gomosos en el seno de los paren- quimas, y como consecuencia, cicatrices cutáneas, extensas, perforaciones y destrucción del velo del paladar, destrucción de las fosas nasales, graves perturbaciones del encéfalo, de los ór- ganos de los sentidos, afasia, epilepsia, parálisis, ceguera, des- organización del hígado, de los riñones, de los testículos etc., etc. ¡ Tal es el cuadro sintomático de la sífilis! La duración de esta enfermedad es indeterminada ; en al- gunos casos su marcha se precipita, y en pocos meses recorre todos sus períodos, desde el chancro hasta los accidentes más graves; otras veces no se ven lesiones profundas, sino después de un largo período de salud perfecta. La sífilis puede perma- necer latente por 20, 30 y 40 años. Hechas estas pocas indicaciones, que recomendamos al perito en las diversas cuestiones que puedan presentársele con motivo de los atentados contra el pudor, debemos agregar que en los conceptos que formule, debe ser claro en su descripción; debe indicar el carácter de la afección sifilítica observada, el género de la lesión y la época de su evolución: chancro simple ó infectante, placas mucosas, sifílides etc.; de manera que pueda comparar no solamente los síntomas que existen en la víctima y en el inculpado, sino que también pueda precisar en cuanto sea posible, la época en que tuvo lugar el hecho que le dió origen. 343 VI.—Examen de las manchas que se encuentran en la ca- misa, sábanas etc. Uno de los datos más interesantes que nos sirven para dilucidar las cuestioues relativas á los atentados contra el pu- dor, son las manchas que se encuentran en las camas, sábanas, camisas y otras ropas y muebles. Pero estas manchas pueden ser de sustancias en extremo diversas, y como lo que nosotros buscamos generalmente es saber si son ó nó de esperma, nece- sitamos estudiar sus caracteres y los de las sustancias con las cuales puede confundirse, á fin de poderlas distinguir perfecta y oportunamente. El semen ó esperma, cuando está recientemente eyacula- do, es un líquido espeso, viscoso, pegajoso, incoloro ó blanque- cino, de un olor sui generis, parecido al del hueso fresco ó al marfil cuando se raspa, de sabor ligeramente salado, es insolu- ble en el agua, en la cual deja un sedimento viscoso; pasado algún tiempo se vuelve un líquido claro como agua. El semen se compone de una parte líquida que proviene en su mayoría de las glándulas de Cooper, de las vesículas se- minales y de la próstata, granulos seminales, blancos, de con- tornos dentados, células epiteliales pavimentosas, corpúsculos mucosos y sales, que son fosfatos de cal y magnesia, cloruro de sodio y fosfatos alcalinos, que dan lugar á cristalitos prismá- ticos. El carácter que distingue al semen de todos los demás hu- mores es la presencia de los animalillos espermáticos, soosper- mos, espermatozoides, ó células espermáticas. Consiste este elemento en una célula alargada y ensanchada en una de sus extremidades, que se llama la cabeza del espermatozoide; la otra extremidad forma la cola; cerca á la cabeza se ve una parte estrecha, á manera de cuello; su longitud total es de 5 centésimas de milímetro por término medio, y varía muy poco. Los zoorpermos están dotados de movimientos muy percepti- bles con el microscopio, cuando el licor seminal es reciente; estos movimientos son más vigorosos cuanto más joven sea el sujeto de quien procede el semen ; pasadas algunas horas pier- den los movimientos. Algunos autores los han visto moverse treinta y cuarenta horas después de la muerte, en el semen to- 344 ruado del epididiino de un guillotinado, y otros, cincuenta horas después de haber estado en la vagina en casos de violación ó de cópula ordinaria. Las manchas de esperma, que es lo que tendremos que examinar en los casos de atentado contra el pudor, son de una coloración gris amarillenta; los bordes son sinuosos y su color más subido ; el tejido que cubren, está rígido, como almidonado; los caracteres de estas manchas no se observan más que por la cara sobre que cayeron, á causa de que la densidad del semen le impide penetrar bien el tejido y aparecer en el lado opuesto; cuando se mojan con agua caliente, se nota el olor especial, que no se percibe cuando están secas. Si se somete á un ligero calor el lienzo manchado, por uno ó dos minutos, toma la man- cha un color amarillo, carácter que no presentan los demás humo- res. Mas estos caracteres físicos no resuelven el problema, tanto porque son insuficientes por sí, como porque pueden estar oscu- recidos por otras materias que contenga la mancha; es preciso proceder al examen microscópico. Cuando lleguemos á la parte de este Tratado que se ocupa de las investigaciones microscópicas y químicas que se relacio- nan con la medicina legal, volveremos á tratar esta cuestión en todos sus detalles. Ahora, tan sólo haremos conocer un proce- dimiento muy sencillo para encontrar los zoospermos en una mancha: se corta el pedacito del lienzo que tiene la mancha, y se deja en una capsulita de porcelana con un poco de agua fría destilada; se le comprime un poco con una varilla de cristal, para que se acabe de embeber; pasado un cuarto de hora, se echa una gota de esa agua en el porta-objeto, y se somete al examen. Este procedimiento es fácil, y conseguido el objeto, se pue- de resolver el problema, de saber si existen ó nó zoospermos. Mas no hay que andar ligero y tomar por tales otros objetos que puedan presentarse en el campo del microscopio, como son los filamentos de cáñamo, hilo, algodón, lana, seda ú otra sus- tancia, según sea aquélla en que ¿se hallaba la mancha al ras- parla. Además del examen por el microscopio, es preciso verificar el análisis químico de la mancha, pues puede suceder que no se 345 encuentren zoospennos, y sin embargo la mancha sea espermá- tica. Algunas veces el semen carece de su elemento caracterís- tico. Este análisis químico lo indicaremos más adelante. Til.—Examen del inculpado.— En las cuestiones de aten- tadocontrael pudor, es conveniente hacer un examen detenidodel inculpado, tanto bajo el punto de vista de su organización físi- ca como de su estado moral. Este examen-resuelve el problema en muchos casos. En efecto, cuando el inculpado de violación es un hombre fuerte y vigoroso y la niña violada tiene pocos años y apenas encontrámos una desgarradura incompleta del lumen con integridad de la horquilla, es bien posible que aquél no sea el autor responsable. La desproporción entre los órganos no permite asegurar el hecho. Es posible encontrar en la persona acusada algunos signos relativos al acto en cuestión y relacionarlos con los de la vícti- ma. Manchas, flujos, excoriaciones en el balano, rotura del fre- nillo, contusiones en diversas regiones del cuerpo, á consecuen- cia de la lucha, desgarros en las ropas etc., son los datos que puede ofrecer, los cuales pondremos en relación con los notados en ella para formar un juicio que, siempre debe ser prudente. En cuanto al estado moral del acusado, ya hemos dicho que puede existir una perturbación cerebral más ó menos mar- cada que destruya toda responsabilidad de parte del actor. So- bre esta delicada cuestión volveremos á ocuparnos al estudiar las diversas formas de locura. PEDERASTIA, SODOMÍA, ONANISMO, BESTIALIDAD. Con estos nombres se designan ciertos actos deshonestos que no están expresamente determinados en nuestra legislación, por respeto á las costumbres y quizá al lenguaje. Son un con- junto de ultrajes á la moral, que repugnan á la naturaleza y al sentido común y consisten en actos de lujuria que se apartan completamente de la dirección natural que el organismo da á las funciones genitales. “ ¡Que no podamos evitar, como decía Foderé, el manchar nuestra pluma con tan infames torpezas ! ” Mas nos es preciso ocuparnos de ellas, una vez que hemos sido y seremos consul- tados sobre estos vicios sociales. 346 Llámase pederastía la cópula por el recto de varón á varón ó de varón á hembra. Los pederastas son de dos especies, activos y pasivos, según que dan ó que reciben ; esto es, según que buscan los placeres en los muchachos y hombres ó en las mujeres por el ano, 6 según que, de uno ú otro sexo, se prestan á ser víctimas de se- mejantes ataques. Algunos autores quieren reservar el nombre de pederasta ó anófilo, sólo al activo, y el de andrógino al pa- sivo. También se les llama incubos y sucubos. Es preciso hacer una distinción en los caracteres que ofrece la pederastia, según que el atentado es reciente, no habitual en el individuo, y según que éste tiene hábitos contraídos hace algún tiempo. En el primer caso encontraremos rubicundez, excoriaciones, ardor más ó menos doloroso en el ano, dificultad en la marcha, á veces desgarraduras profundas con equimosis extensas, inflamación de la mucosa del recto y tejido celular siib}7acente. También pueden observarse en diversas regiones del cuerpo señales de violencia cuando ha habido cierta resis- tencia. Si el agresor padece blenorragia, chancros ó cualquiera otra manifestación sifilítica, puede la víctima presentar en el ano los resultados del contagio. Cuando los hábitos son antiguos, se observan signos más característicos: 19, una deformación del ano, producida por la constante introducción del miembro entre tejidos que oponen cierta resistencia ; 29, la relajación del esfinter y desaparición de los pliegues ; 39, la dilatación del ano que llega á ser tal que el orificio queda abierto y pierde el esfinter toda su contractili- dad, dando esto lugar á la incontinencia de las materias fecales. Agréguese á esto, las hemorroides voluminosas, ulceraciones, grietas, fístulas, blenorragias, chancros, coliflores etc., etc., y se tendrá una idea del triste y asqueroso cuadro que ofrecen esos seres inmundos. Los pederastas activos pueden presentar el pene muy del- gado y puntiagudo semejante al del perro, pero estos caracteres no tienen ningún valor real. Aparte de estos signos locales existen en los pederastas ciertos hábitos que pueden ayudar mucho en la investigación. En algunos, la sola manera de andar y de vestirse, los descubre 347 á un ojo observador. Los cabellos rizados y perfumados, el ves- tido ajustado, los dedos llenos de anillos, el cuello abierto y ro- deado de corbatas vistosas, el pañuelo bordado y perfumado ; tal es la fisonomía sospechosa de tales tipos. La masturbación ú onanismo es un placer solitario que se procura el hombre con su mano para eyacular por medio de frotaciones ij otras maniobras; y la mujer, introduciéndose uno ó varios dedos en la vagina, y cuerpos cilindricos diversos, 6 frotándose la vulva y el clítoris ; á veces un individuo se hace masturbar por otro de igual 6 de distinto sexo. Se llama felaria la masturbación, que consiste en provocar la eyaeulación en un individuo por medio de ósculos lascivos en el pene. Si es una mujer la masturbada con la lengua de otro individuo, la mas- turbación se llama cunilingüc. Triba (lia ó amor lésbico ó sáfico, se denomina cuando una mujer cohabita con otra, frotándose mutuamente con los órganos genitales. Este vicio ofrece pocos caracteres locales en el hombre ; cuando es muy continuado parece que la extremidad anterior del pene, constituida por el balano, se presenta con cierto volumen mayor que la base; en ¡o general, en elcuerpo se presentan cier- tas señales, languidez, demacración, empobrecimiento físico, oje- ras, que pueden hacer sospechar esa costumbre solitaria; mas, estas señales no tienen nada de características, pudiendo de- pender de un número infinito de causas. Las niñas que se masturban, sí nos pueden presentar algu- nos datos. Su vulva presenta cierta lividez en la mucosa, y al- gún flujo seroso muy pálido; la abertura del lumen está bas- tante ensanchada, y si en vez délos dedos emplea para mastur- barse cuerpos extraños, puede haber producido la rotura de la membrana en algún momento de furor; el clítoris suele estar desarrollado y turgescente; los pequeños labios están pálidos, lívidos, flácidos, prolongados y sobresalen por entre los mayo- res; en general, el desarrollo de los órganos genitales es mayor, que el que corresponde á su edad, y están ajados. La constitu- ción de la niña sufre notablemente. Sodomía, bestialidad.—Estas dos palabras que significan el inmundo vicio'de cohabitar con los animales, producen es- panto y hacen desesperar de la naturaleza humana! ¡ Hacen dudar de la integridad mental de quien ejecuta tales actos! 348 En nuestra práctica de varios años, no liemos tenido, por fortuna, ni un solo caso de tan degradante pasión, y esto nos evita el entrar en consideraciones de ningún género. Por otra parte, creemos que por encima del interés científico está la mo- ral, y ésta nos manda permanecer mudos y no aventurar con- ceptos en materia que no tiene importancia práctica alguna. Muchos autores designan también la pederastía pasiva con el nombre de sodomía, y nos dicen que es muy común la sodo- mía conyugal. Si tuviéramos que intervenir en estos asuntos, ya hemos dicho cuáles son los signos que dejan estos actos. CAPITULO SEXTO. CUESTIONES RELATIVAS AL MATRIMONIO, AL EMBARAZO Y AL PARTO. I MATRIMONIO. Legislación.—Parte sustantiva.—Código Civil, artículo 113.— El matrimonio es un contrato solemne, por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente. Alt. 115. El contrato de matrimonio se constituye y perfecciona por el libre y mutuo consentimiento de los contrayentes, expresado ante el funcionario competente, en la forma y con las solemnidades estable- cidas en este Código, y no producirá efectos civiles y políticos, si en su celebración se contraviniere á tales formas, solemnidades y requisitos. Art. 11G. El varón mayor de veintiún años y la mujer de diez y ocho, pueden contraer matrimonio libremente. Art. 117. Los menores de la edad expresada no pueden contraer matrimonio sin el permiso expreso, por escrito, de sus padres legítimos ó naturales. Si alguno de ellos hubiere muerto, ó se bailare impedido para conceder este permiso, bastará el consentimiento del otro : y es- tando discordes, prevalecerá en todo caso la voluntad del padre. Art. 121. De las personas á quienes según este Código debe pe- dirse permiso para contraer matrimonio, sólo el curador que niega su consentimiento está obligado á expresar la causa. Art. 135. El matrimonio se celebrará presentándose los contra- yentes eu el despacho del Juez, ante éste, su Secretario y dos testigos. 349 El Juez explorará de los esposos si de su libre y espontánea voluntad se unen en matrimonio; les hará conocer la naturaleza del contrato y los deberes recíprocos que van á contraer, instruyéndolos al efecto en las disposiciones de los artículos 152, 153, 176 y siguientes de este Código. En seguida se extenderá una acta de todo lo ocurrido, que fir- marán los contrayentes, los testigos, el Juez y su Secretario; con lo cual se declarará perfeccionado el matrimonio. Art. 136. Cuando alguno de los contrayentes ó ambos estuvieren en inminente peligro de muerte, y no hubiere por esto tiempo de prac- ticar las diligencias de que habla el artículo 130, podrá procederse á la celebración del matrimonio sin tales formalidades, siempre que los con- trayentes justifiquen que no se hallan en ninguno de los casos del ar- tículo 140. Pero si pasados cuarenta días, no hubiere acontecido la muerte que se temía, el matrimonio no surtirá efectos, si no se rivalida observándose las formalidades legales. Art. 138. El consentimiento de los esposos debe pronunciarse en voz perceptible, sin equivocación, y por las mismas partes, ó manifes- tarse por señales que no dejen duda. Art. 140. El matrimonio es nulo y sin efecto en los casos si- guientes : 1? Cuando ha habido error acerca de la persona de los contrayen- tes ó de la de uno de ellos; 2? Cuaudo se ha contraído entre un varón menor de catorce años y una mujer menor de doce, ó cuando cualquiera de los dos sea respec- tivamente menor de aquella edad ; 3o Cuando para celebrarlo haya faltado el consentimiento de algu- no de los contrayentes ó de ambos. La ley presume falta de consenti- miento en los furiosos locos, mientras permanezcan en la locura, y en los mentecatos á quienes se haya impuesto interdicción judicial para el manejo de sus bienes. Pero los sordo-mudos, si pueden expresar con claridad su consentimiento por signos manifiestos, contraerán válida- mente matrimonio. 4o (Derogado). Cuando no se ha celebrado ante el Juez y los tes- tigos competentes. Art. 154. Son causas de divorcio: Ia El adulterio de la mujer ; 2a El amancebamiento del marido ; 3“ La embriaguez habitual de uno de los cónyuges ; 4a El absoluto abandono en la mujer de los deberes de esposa y de madre, y el absoluto abandono del marido en el cumplimiento de los deberes de esposo y de padre ; 5a Los ultrajes, el trato cruel y los maltratamientos de obra, si con 350 aquéllos peligra la vida de los cónyuges, ó se hacen imposibles la paz y el sosiego doméstico. Art. 155. La demencia, la enfermedad contagiosa y cualquiera otra desgracia semejante en alguno de los cónyuges, no autoriza el di- vorcio, pero podrá el Juez, con conocimiento de causa, y á instancia del otro cónyuge, suspender breve y sumariamente en cualquiera de dichos casos, la obligación de cohabitar, quedando, sin embargo, sub- sistentes las demás obligaciones conyugales para con el esposo des- graciado. Art. 108. Los efectos del divorcio en cuanto á los hijos legítimos de los divorciados, se reglarán por las respectivas disposiciones conte- nidas en el Libro L°, Título 12, De los derechos y obligaciones entre los padres y los h ijos legítimos. Art. 173. Cuando un matrimonio haya sido disuelto ó declarado nulo, la mujer que está embarazada no podrá pasar á otras nupcias an- tes del parto, ó (no habiendo señales de preñez) antes de cumplirse los doscientos setenta días subsiguientes á la disolución ó declaración de nulidad. Art. 213. El hijo concebido durante el matrimonio de sus padres es hijo legítimo. Art. 214. El hijo que nace después de espirados los ciento ochen- ta días subsiguientes al matrimonio, se reputa concebido en él y tiene por padre al marido. El marido, con todo, podrá no reconocer al hijo como suyo, si prueba que durante todo el tiempo en que, según el artículo 92, pu- diera presumirse la concepción, estuvo en absoluta imposibilidad física de tener acceso á la mujer. Art. 215. El adulterio de la mujer, aun cometido durante la época en que pudo efectuarse la concepción, no autoriza por sí solo al marido para no reconocer al hijo como suyo. Pero probado el adulterio en esa época, se le admitirá la prueba de cualesquiera otros hechos conducen- tes á justificar que éi no es el padre. Art. 21G. Mientras viva el marido, nadie podrá reclamar contra la legitimidad del hijo concebido durante el matrimonio, sino el marido mismo. Art. 220. A petición de cualquiera persona que tenga interés ac- tual en ello, declarará el Juez la ilegitimidad del hijo nacido después de espirados los trescientos días subsiguientes á la disolución del matri- monio. Si el marido estuvo en absoluta imposibilidad física de tener ac- ceso á la mujer desde antes de la disolución del matrimonio, se contarán los trescientos días desde la fecha en que empezó esta imposibilidad. 351 Lo dicho acerca de la disolución se aplica al caso de la separación de los cónyuges por declaración de nulidad del matrimonio. Art. 225. La mujer recién divorciada, ó que, pendiente el juicio de divorcio, estuviere actualmente separada de su marido, y que se creyese en cinta, lo denunciará al marido dentro de los primeros treinta días de la separación actual. Igual denunciación hará la mujer que durante el juicio sobre nu- lidad del matrimonio, ó recién declarada la nulidad, se creyese en cinta. Si la mujer hiciere estas denunciaciones después de dichos treinta días, valdrán siempre que el Juez, coa conocimiento de causa, declare que ha sido justificable ó disculpable el retardo. Art. 226. El marido podrá, á consecuencia de esta denunciación, 0 aun sin ella, enviar á la mujer una compañera de buena razón que le sirva de guarda, y además una matrona que inspeccione el parto; y la mujer que se crea preñada, estará obligada á recibirlas, salvo que el Juez, encontrando fundadas las objeciones de la mujer contraías per- sonas que el marido haya enviado, elija otras para dicha guarda é ins- pección. La guarda y la inspección serán á costa del marido ; pero si se probare que la mujer ha procedido de mala fe, pretendiéndose embara- zada sin estarlo, ó que el hijo es adulterino, será indemnizado el marido. Una y otra podrán durar el tiempo necesario para que no haya duda sobre el hecho y circunstancias del parto, ó sobre la identidad del recién nacido. Art. 227. Tendrá también derecho el marido para que la mujer sea colocada en el seno de una familia honesta ó de su confianza; y la mujer que se crea preñada deberá trasladarse á ella; salvo que el Juez, oídas las razones de la mujer y del marido, tenga á bien designar otra. Art. 228. Si no se realizaren la guarda é inspección porque la mujer no ha hecho saber la preñez al marido, ó porque sin justa causa ha rehusado mudar de habitación, pidiéndolo el marido, ó porque se ha sustraído al cuidado de la familia ó personas elegidas para la guarda é inspección, ó porque de cualquier modo ha eludido su vigilancia, no será obligado el marido á reconocer el hecho y circunstancias del parto, sino en cuanto se probaren inequívocamente, por parte de la mujer ó del hijo, en juicio contradictorio. Art. 230. Aunque el marido tome todas las precauciones que le permiten los artículos precedentes, ó sin ellas, se prueben satisfacto- riamente el hecho y circunstancias del parto, le queda á salvo su dere- 352 cho para no reconocer al hijo como suyo, con arreglo á los artículos 213 y 214, provocando el juicio de ilegitimidad en tiempo hábil. Art. 234. Cuando por haber pasado la madre á otras nupcias se dudare á cuál de los dos matrimonios pertenece un hijo, y se invocare una decisión judicial, el Juez decidirá tomando en consideración las circunstancias, y oyendo, además, el dictamen de facultativos, si lo creyere conveniente. Ley 57 de 1887, artículo 11. Puede contraerse el matrimonio no sólo estando presentes ambos contrayentes, sino también por apode- rado especial constituido ante Gotario público por el varón, hallándose éste ausente, debiendo mencionarse en el poder la mujer con quien ha de verificarse el matrimonio. El poder es revocable, pero la revocación no surtirá efecto si no es notificada la mujer contrayente antes de cele- brarse el matrimonio. Art. 12. Son válidos, para todos ¡os efectos civiles y políticos, los matrimonios que se celebren conforme al rito católico. Art. 13. El matrimonio civil es nulo: 1? Cuando no se ha celebrado ante el Juez y los testigos com- petentes. 2? Cuando se ha contraído por personas que están entre sí en el primer grado de la línea recta de afinidad legítima. Art. 14. Mientras que una mujer no hubiere cumplido diez y ocho años, no será lícito al tutor ó curador que haya administrado ó administre sus bienes, casarse con ella, sin que la cuenta de la admi- nistración haya sido aprobada por el Juez con las formalidades legales. Igual prohibición habrá para el matrimonio entre los descendien- tes del tutor ó curador y el pupilo ó pupila. En consecuencia, los Jueces no autorizarán los matrimouios en que se contravenga á lo dirpuesto en este artículo. El hombre que se case católicamente, mediando el impedimento expresado en este artículo, quedará privado de la administración de los bienes de la mujer. Art. 15. Las nulidades á que se contraen los números 7?, 8?, 9?, 11 y 12 del artículo 140 del Código y el número 2? del artículo 13 de esta Ley, no son subsauables, y el Juez deberá declarar, aun de oficio, nulos los matrimonios que se hayan celebrado en contravención á aque- llas disposiciones prohibitivas. Art. 16. Fuera do las causas de nulidad de matrimonios civiles enumeradas en el artículo 140 del Código y en el 13 de esta ley, no hay otras que invaliden el contrato matrimonial. Las demás faltas que en su celebración se cometan, someterán á los culpables á las penas que el Código Penal establezca. 353 Art. 17. La nulidad de los matrimonios católicos se rige por las leyes de la Iglesia, y de las demandas de esta especie corresponde co- nocer á la autoridad eclesiástica. Dictada sentencia firme de nulidad por el Tribunal eclesiástico, surtirá todos los efectos civiles y políticos, previa inscripción en el correspondiente libro de registro de instrumen- tos públicos. Art. 18. Lo dispuesto en el artículo anterior, sobre causas de nu- lidad, se aplica igualmente á los juicios de divorcio. Art. 19. La disposición contenida en el artículo 12 tendrá efecto retroactivo. Los matrimonios católicos celebrados en cualquier tiempo, surtirán todos los efectos civiles y políticos desde la promulgación de la presente Ley. La mujer que al tiempo de la expedición de esta Ley se halle ca- sada católica, más no civilmente, podrá conservar la administración de sus bienes, y celebrar con el marido, dentro del término de un año, capitulaciones matrimoniales. Ley 153 de 1887, artículo 50. Los matrimonios celebrados en la República en cualquier tiempo conforme al rito católico, se reputan legítimos, y surten, desdo que se administró el Sacramento, los efectos civiles y políticos que la ley señala al matrimonio, en cuauto este beneficio no afecte derechos adquiridos por actos ó contratos realizados por ambos cónyuges, ó por uno de ellos, con terceros, con arreglo á las leyes civiles que rigieron en el respectivo Estado ó territorio antes del .15 de Abril de 1887. Queda así explicado el artículo 19 de la Ley 57 de 1887, con arreglo al 21 de la presente. Art. 51. De los juicios de nulidad y de divorcio de matrimonios católicos celebrados en cualquier tiempo conocerán, exclusivamente, los Tribunales eclesiásticos, con arreglo á las leyes canónicas, y la sen- tencia finrie que recaiga producirá todos los efectos civiles, con arreglo á lo dispuesto en la Ley 57, .artículos 17 y 18. Nota.—No hemos copiado á la letra los artículos del Código Penal referentes al matrimonio, desde luégo que ellos dicen relación á las penas en que se incurre por los fraudes cometidos en su celebra- ción. Sin embargo enumeraremos tales artículos: 404, 439 á 450; 452, 453, 092, 717 ó 724. PARTE MÉDICA. Las cuestiones médico-legales á que puede dar lugar el matrimonio, son relativas á motivos que se oponen á su cele- 354 bración, á motivos que causen su nulidad, y á motivos que cau- sen la separación de los cónyuges, ó sea el divorcio. Muy limitado es el campo.del médico legista, pues confor- me á nuestra legislación esos motivos se reducen á determinar ia edad de los cónyuges, á resolver si lia habido libre y mutuo consentimiento de las partes, y á determinar si ha habido error acerca de la persona de los contrayentes ó de la de uno de ellos. dSTi una palabra dicen nuestros Códigos respecto á la impo- tencia, ó incapacidad física para cohabitar y procrear, como causa de nulidad, no obstante la definición que del matrimonio da el artículo 113 del Código Civil. Si una de las condiciones del contrato matrimonial es la de procrear, es claro que para que se cumpla esta condición se requiere la existencia de órganos capaces para ese fin ; si ellos faltan en el uno ó en el otro de los contrayentes, falta de hecho una de las condiciones del contrato. Este silencio de la legisla- ción nos hace entrar en unas pocas consideraciones que pueden tener más tarde alguna aplicación. Es evidente que el matrimonio tiene varios fines, como son ayudarse los cónyuges mutuamente, constituirse en la so- ciedad de un modo nuevo, mejorar su condición y estado, y, en fin, otra multitud de ventajas, aparte de la reproducción. Pero no es menos cierto que la imposibilidad de esta última circuns- tancia debe ser motivo de estudio y meditación. En efecto, uno de los cónyuges encuentra después de cele- brado el matrimonio, que tiene que renunciar á la idea de ser padre, y también á los placeres de un amor casto y legítimo ; que no puede continuar la familia; que ha de extinguirse en aquel enlace el nombre que lleva; que se pierden las ilusiones más caras, y, en fin, encuentra que ese enlace, lejos de ser mo- tivo de felicidad puede serlo de desunión y más tarde de infide- lidad y desprecio. Estas consideraciones son bastante graves, y nosotros cree- mos firmemente que debe existir alguna disposición que remedie tan angustiosa situación, sin que dejemos de comprender que el problema es muy difícil de resolver en muchas ocasiones, y que lo primero que se debe hacer, es definir lo que debe enten- derse por impotencia, y qué alteraciones ha de presentar un 355 individuo de cualquier sexo, para que se le pueda llamar im- potente. Entendernos por impotencia la incapacidad íísica para cohabitar y procrear, esto es, un estado de los órganos genera- dores en el cual no puede verificarse la cópula, en que no pue- den los esposos deponer ni recibir esperma en vaso idóneo para la procreación. Ella puede ser absoluta y relativa. Es absoluta cuando la persona que la padece no puede de ninguna manera ni con persona alguna efectuar la cópula con deposición ó recepción de esperma. Un hombre sin testículos ó una mujer que carezca de vagina ó de útero están en este caso. Es relativa cuando no puede efectuarse la cópula con personas y en posiciones determinadas, pero sí con otras, ó modificando la posición. Un hombre que padece hipospadias, ó sea una abertura anormal de la uretra por debajo y antes de llegar al glande, podrá, modificando la posición, efectuar la cópula fecundante, liespecto á la mujer, si la vagina se abre en el recto, por ejem- plo, no podrá efectuar el coito fecundante si no cambia la posi- ción ordinaria. Ambas impotencias, absoluta y relativa, pueden ser perpe- tuas y temporales. Es perpetua cuando no puede ser curada jamás y de ninguna manera. Es temporal cuando por cualquier causa una operación, curación de la enfermedad que la origina etc., puede desaparecer. El hombre que padece hipospadias puede volver á la potencia por medio de una operación. La mujer que presenta una enfermedad del útero ó adherencias de los labios de la vulva puede ser librada de su impotencia curándose de la enfermedad del útero ó seccionando en la vagina las adherencias. Creemos que en los casos de impotenciaabsoluta y perpe- tua, la ley debe intervenir de una manera justa y prudente, pues no es posible que deje sin amparo alguno á aquel de los cónyu- ges que viene á ser la víctima de una situación tan anormal. Se dirá que las legislaciones de muchos países tampoco admiten la impotencia como causa de nulidad de matrimonio, pero aparte de que tal motivo tiene poca fuerza, ocurre que dichas legislaciones sí declaran la nulidad en muchos casos. Como prueba de ello quiero transcribir aquí el siguiente caso tomado de la obra de Briand: 356 Un individuo, X., después de nueve meses de matrimonio pidió al Tribunal de Cousel la nulidad de su matrimonio, fundándose en que su mujer tenía un vicio de conformación que la imposibilitaba para el coito, y que este vicio bacía repugnante el acto. El Tribunal rechazó la demanda, fundándose en varios artículos del Código Civil. La deman- da fue en apelación á la Corte de Treves, y ésta resolvió de la manera siguiente: “ Teniendo en cuenta: 1?, que las causas físicas y la falta de conformación que se oponen el íin natural y legal del matrimonio? son impedimentos que lo anulan ; 2o, que las nulidades de que se hace mención en el Código, no tienen relación sino á los casos previstos por el mismo Código, ordena el examen de la mujer con el fin de estable- cer si su estado físico y su conformación se oponen al fin natural y físi- co del matrimonio, y si este obstáculo existía antes de su celebración, ó si ha sobrevenido después.” La visita fué practicada por tres médicos y dió el siguiente resul- tado: Io, las partes exteriores y visibles del aparato genital de la mujer se encuentran en estado natural; 2?, al introducir el dedo índice de la mano derecha por la vagina y el mismo dedo de la mano izquierda por el ano, se observa que las paredes de estos conductos no existen, los dos dedos se encuentran en una cavidad llena de excrementos; 3?, que es imposible encontrar el orificio de la matriz, en medio de esa masa de excrementos; 4o, que no existe huella alguna de violencia á que pueda atribuirse este estado de los órganos, que parece es debido á un vicio de la naturaleza. En vista de esta exposición, la Corte falló de la manera siguiente: En atención á que el estado físico de la mujer X. y su conformación se oponen al fin natural y legal del matrimonio; que este impedimento ha existido desde antes de su celebración y que es irre- mediable, declara nulo el matrimonio contraído entre las partes. 'Esta resolución nos parece conforme á la justicia, y seguros estamos de que los Tribunales colombianos, en igualdad de cir- cunstancias, acaso procederían del mismo modo. Este caso y otros muchos posteriores nos hacen ver que los Tribunales franceses sí aceptan en determinados casos la impotencia como causa de nulidad del matrimonio. Cuando se piensa en la triste situación de un hombre lleno de juventud y de fuerza, unido á una mujer que no es mujer sino en la apariencia, no se puede menos que pensar en que la ley debe favorecerlo de algún modo. Edad de los cónyuges.—El artículo 117 del Código Civil establece que los menores de edad no pueden contraer matri- monio sin permiso de sus padres legítimos ó naturales etc. Esta disposición puede dar lugar á nuestra intervención con el fin de determinar si los contrayentes lian cumplido ó no la edad que requiere la ley. Cuando esto sucede, fácil será dar nuestro concepto de una manera aproximada sin aventurar ase- veración alguna, pues yá liemos dicho en otro lugar que la determinación exacta de la edad de una persona no siempre es fácil; al querer precisar meses más ó menos podremos incurrir en error. Según el artículo 140, el matrimonio es nulo, cuando se ha contraído entre un varón menor de catorce años y una mujer menor de doce, ó cuando cualquiera de los dos sea respectiva- mente menor de aquella edad. Muy sabia es esta disposición, y la ley, al establecerla, ha tomado en consideración las grandes necesidades que el con- trato matrimonial impone á los contrayentes. En efecto, las obligaciones que una mujer casada tiene que cumplir forzosa- mente, como son el embarazo, el parto, el aborto, la lactancia y los múltiples cuidados de madre y esposa, hácense imposible que puedan ser llenadas debidamente por una niña menor de doce años. Para tan grandes y numerosos deberes se necesita cierta robustez y desarrollo físico y moral, que no se encuen- tran en tales condiciones. Respecto al varón las consideraciones son mayores. Pocos ó ningunos son los que á menor edad de catorce años presentan las condiciones necesarias para ser padres, considerados bajo el punto de vista de las obligaciones que impone el matrimonio. Estado mental.—El artículo 115 del Código Civil establece que el contrato matrimonial se constituye y perfecciona por el libre y mutuo consentimiento de los contrayentes, expresado ante el funcionario competente, en la forma y con las solemni- dades establecidas en el mismo Código etc. Para que haya consentimiento es indispensable que las personas gocen de capacidad mental suficiente para juzgar del contrato que van á verificar, y que por cierto es bien solemne. Los dementes, los individuos que se encuentren en estado de 357 358 embriaguez y todos aquéllos que por una enfermedad larga se encuentran en un estado de debilidad tal que no puedan ha- cerse cargo del acto que ejecutan, se consideran por la ley como incapaces de dar el libre consentimiento que exige el mencio- nado artículo. En todas estas circuustaucias será consultado el médico legista, para que haga un examen cuidadoso de las personas y de sus actos y conceptúe sobre el valor de los últimos. Besolver si un individuo está ó ha estado en aptitud de dar su consentimiento para la celebración de un contrato tan trascendental como el del matrimonio, es sobre manera difícil en algunas ocasiones. En efecto, no se trata siempre de esas formas de demencia ó de imbecilidad que se reconocen fácil; mente, aun por las personas ajenas á la patología mental; pue- de tratarse de ciertos estados cerebrales que no se revelan sino mediante un estudio largo del paciente, de sus antecedentes, de sus hábitos, de su herencia etc. Volveremos á tratar esta cuestión en 'a parte de la obra que se ocupa de las enfermedades mentales. Error en la persona.—Por error en la persona, la ley debe entender no solamente el caso en que un individuo se casa, y en- cuentra luégo que ha contraído matrimonio con otra distinta de la que deseaba, sino también cuando uno de los contrayen- tes encuentra que la persona con quien se ha unido pertenece á su mismo sexo. En el primer caso nada tiene que hacer el médico legista; en el segundo, al contrario, su intervención es necesaria y deci- siva. La justicia le pide su dictamen sobre un hombre ó una mujer que presentan ciertos vicios de conformación de sus ór- ganos genitales capaces de hacer que un hombre sea más bien una mujer y viceversa; y apoyada en ese concepto admite la nulidad del matrimonio, conforme al artículo 140 del Código Civil. Para resolver ese error en cuanto al sexo, debemos cono- cer los que la ciencia designa con el nombre de hermafrodismo, de una manera breve y sin detenernos en las numerosas discu- siones científicas á que tal vicio orgánico ha dado lugar. Es muy general la creencia de que existe el hermafrodismo, 359 y antes de ir más adelante, debemos decir con toda claridad que tal fenómeno no existe. Es decir, que ni en la especie humana ni en las especies superiores del reino animal, se ha encontrado un solo caso en que un individuo pueda llenar indistintamente para la reproducción las funciones de macho y de hembra. Sue- len encontrarse casos de seres humanos que presentan la*apa- riencia del uno y del otro sexo, hasta el punto de ser difícil establecer á cuál de los dos pertenece ; pero las investigaciones anatómicas han demostrado que los órganos de los dos sexos se desarrollan de una manera incompleta en el mismo individuo. Los pretendidos casos de hermafrodismo no son otra cosa que vicios de conformación, monstruosidades que reconocen por causa una detención del desarrollo en la evolución natural de los órganos, durante la vida intrauterina, una aberración cual- quiera de la nutrición en ese período de la vida. En los primeros tiempos de la formación del embrión uo existe sexo; se observa que tanto el testículo como el ovario nacen del epitelio germinativo de Waldeyer, es decir, de la capa epitelial que tapiza la cara interna del cuerpo de Wolíf. Al principio no se observa ninguna diferencia; pero poco á poco, el ovario se reconoce por el engrosamiento que toma la capa epi- telial y por su disposición en forma de cuerpos esféricos sepa- rados por depresiones entre formando así lo que se conoce con el nombre de cordones glandulares de PJlüger; cuando el epitelio toma la forma de un tubo ramificado simple, sin depre- siones, constituye el testículo. En el centro de los cordones de Pflüger se forman los óvulos, y en la superficie, el tejido con- juntivo sigue separando los puntos deprimidos del cordón para acabar por separar sus partes y dejarlas libres unas de otras; de este modo se forman las vesículas de Graaf primitivas; al mismo tiempo el conducto de Müller, dependencia del mismo epitelio germinativo, se desarrolla para formar la trompa, el útero y parte de la vagina. Cuando predomina en el embrión el sexo masculino, el conducto de Müller se atrofia y el conducto de Wolff persiste para formar el canal deferente. Se comprende con facilidad que la más ligera perturbación en el trabajo evolutivo de estos elementos dé por resultado esas monstruosidades que se designan con el nombre de hermafro- ditas. Como ejemplo tle hermafrodismo señalarnos el siguiente caso tomado de la obra de Briand: H. tiene el cuerpo de una mujer, pero el examen de los órganos genitales hace dudar sobre el sexo verdadero de este ser. Se encuentra allí un cuerpo redondo, de cuatro pulgadas de largo y que tiene la for- ma dé un pene ó de un largo clítoris; este cuerpo cubre una hendidura formada por dos repliegues de la piel que tienen mucha semejanza con los grandes labios; al separar éstos se encuentran dos pequeñas crestas parecidas á las ninfas. Entre estas ninfas se abre una uretra como en las mujeres, y debajo de ese meato urinario existe una abertura cerra- da en casi toda su extensión por una membrana, semejante al himen. Una especie de carúncula mirtiforme contribuye á dar á estas partes la apariencia de una vagina. Cuando este individuo murió, se pudo hacer una disección de las partes genitales: el cuerpo largo de cuatro pulga- das era un pene no perforado, pero de la constitución y estructura del pene ordinario ; la vagina apenas, tenía una pulgada de profundidad. En el labio izquierdo estaba contenido un verdadero testículo con el cordón de vasos espermáticos, el canal deferente y una vesícula seminal llena de esperma. El labio derecho encerraba una bolsa membranosa á la cual descendía, por compresión del abdomen, un cuerpo ovoideo que se examinó y se encontró ser una matriz sin ninguna comunicación con las partes exteriores, pero estaba acompañada de una trompa y de un ovario. H. tenía, pues, los órganos esenciales de los dos sexos, y sin embargo no era en realidad apto para llenar las funciones ni del uno ni del otro sexo: en vano el testículo elaboraba esperma, puesto que la falta do perforación del pene se oponía á su emisión ; en vano la trom- pa abrazaba el ovario bien conformado, puesto que la matriz estaba en- cerrada en una bolsa sin canal ni abertura alguna. Oasos como el señalado no pueden dejar duda sobre la nulidad del contrato matrimonial, según nuestra manera de pensar. Algunas veces los vicios de conformación son tales que hay ausencia de todo sexo, ó bien existen simultáneamente órganos del uno y del otro, sin que el individuo así conformado perte- nezca en realidad ni á los machos ni á las hembras. Estos son los hermnafroditas de que tánto se habla; pero como hemos di- cho, todo es aparente; siempre predomina un sexo determinado, y esto permite hacer la división de hermafrodismo aparente en el sexo masculino, hermafrodismo aparente en el sexo femenino, h ermafrodismo neutro. 360 361 iSTo siempre será fácil determinar el sexo á que pertenece el hermafrodita, pero puede llegarse al resultado que desea co- nocer la justicia, observando algunas reglas consignadas por el Profesor Maro en el Diccionario de Ciencias Médicas, y que sou las siguientes: lc?, hacer observar por largo tiempo las incli- naciones y los hábitos del individuo, teniendo cuidado de no confundir los hábitos que pueden resultar de la posición so- cial, con las inclinaciones que resultan de la constitución orgá- nica; 2?, inspeccionar todo el cuerpo y observar cuidadosa- mente cuáles son los caracteres que predominan respecto al sexo ; 3?, examinar con atención las partes externas de la ge- neración y sondear, en cuanto sea posible, todos los orificios que se presenten para conocer la extensión y la dirección de ellos y descubrir los vicios de conformación que ocultan el ver- dadero sexo; 4‘?, asegurarse si por alguno de esos orificios se establece alguna excreción sanguínea periódica; este hecho es casi suficiente para probar que hay predominio del sexo feme- nino ; o?, en los casos en que exista alguna anomalía de los ór- ganos genitales de un ser que acaba de nacer, el médico no debe establecer el sexo; es más prudente advertir la situación á los interesados y á la autoridad, y observar por mucho tiempo, por años enteros, su desarrollo físico y moral; C‘?, dar poca atención á las declaraciones del hermafrodita y á las demás de las perso- nas allegadas, cuando se sospeche que hay algún interés perso- nal en el asunto. Cuestiones sobre el divorcio.—El artículo 154 establece como causas de divorcio: 3?, la embriaguez habitual de uno de los cónyuges; 5?, los ultrajes, el trato cruel, y losmal- tramientos de obra, si con aquéllos peligra la vida de los cón- yuges, ó se hacen imposibles la paz y el sosiego doméstico. En la demanda de divorcio por cualquiera de las circuns- tancias anotadas, el médico es consultado por el Juez. Si se trata de averiguar el estado de embriaguez habitual, la cues- tión se resuelve fácilmente con sólo recordar las diversas alte- raciones que produce el abuso del alcohol, ya sea en las facul- tades mentales, ya en los diversos órganos del paciente. Pero no sucede lo mismo respecto á los ultrajes y trato cruel, pues no está bien definido lo que‘debe entenderse por tales expre- 362 siones. Los maltratamientos de obra significan actos de violen- cia, como golpes ó heridas que pueden comprometer la vida; fácil es también para el perito apreciar estos hechos. Generalmente sucede que se reúnen varios de estos moti- vos en una misma causa de divorcio. Últimamente hemos sido consultados por uno de los Jueces. Se trataba de un marido alcoholizado que llegó á herir á su mujer dándole un golpe en la cabeza. Practicámos ambos exámenes y en una exposición concreta dejámos establecidos los hechos. El artículo 155 establece que la demencia, la enfermedad contagiosa y cualquiera otra desgracia semejante puede ser mo- tivo para suspender algunas de las obligaciones del matrimonio, quedando subsistentes las demás para con el esposo desgraciado. Corresponde al módico conceptuar sobre estos diversos es- tados y no siempre es fácil hacerlo. Itespecto á la demencia, hemos dicho que existen formas de locura de difícil diagnóstico y que el perito debe proceder con la mayor prudencia, siguien- do algunos de los preceptos que aconseja Legrand du Saulle y que anotaremos en otro lugar. En cuanto á las enfermedades contagiosas, es casi siempre la sífilis la que motiva la consulta del perito. . A primera vista parece sencilla la solución del punto que puede solicitar el Juez, pero con sólo trascribir aquí la res- puesta que dió el Profesor Kicord á una consulta de Legrand du Saulle, nos daremos cuenta de las dificultades que pueden presentársenos en las cuestiones de sífilis conyugal: í£ Cuaudo un magistrado me interrogue en un asunto civil sobre la enfer- medad de que está atacado uno de los cónyuges, me será casi siempre imposible establecer á cuál de los dos corresponde la prioridad de la infección.” En algunos casos será fácil al perito apreciar la existencia de una enfermedad sifilítica contraída fuera de todo contacto venéreo y muchas veces sin que tenga conocimiento de ese con- tagio la misma persona que lo ha sufrido. Cuando se trata de una blenorragia ó de un chancro blaudo, es claro que siendo estas afecciones relativamente benignas, la apreciación que haga el médico debe ser prudente y discreta, y no creemos que sean causas suficientes para intentar una separación de cuerpo. 363 EMBARAZO. Legislación.—Parte sustantiva.—Código Civil.—Art. 22o. La mujer recién divorciada, ó que, pendiente el juicio de divorcio, estu- viere actualmente separada de su marido, y se creyese en cinta, lo denunciará al marido dentro de los primeros treinta días de la separa- ción actual. Igual denunciación hará la mujer que durante el juicio sobre nu- lidad del matrimonio, ó recién declarada la nulidad, se creyere en cinta. Véanse los artículos 22G á 235. Código Penal.—Art. 2S. Los cómplices ó auxiliadores de reos ineursos en la pena de muerte, asistirán precisamente á la ejecución do la sentencia, si están presos. Sólo se exceptúan los que se hallen gra- vemente enfermos y las mujeres en cinta. Art. 53. Si una mujer condenada á muerte se declara y se com - prueba que está en cinta, no sufrirá la pena, ni aun se le notificará la sentencia, hasta cuarenta días después del parto. Véanse los artículos G38 á G43 de este mismo Código. • PARTE MÉDICA. Las cuestiones médico-legales relativas al embarazo pue- den concretarse á las siguientes : 1? Declarar si una mujer está embarazada ; 2? Dada una mujer en cinta, declarar desde cuándo lo está; , 3? ¿ Puede darse algún estado morboso capaz de confun- dirse con el embarazo'? 4:.1 ¿ Puede una mujer concebir sin saberlo é ignorar su embarazo ? 5? ¿ Es el embarazo capaz de alterar las facultades inte- lectuales, hasta el punto de hacer cometer á la mujer actos penados por las leyes ? Gi1 ¿ Una mujer yá embarazada puede concebir una segun- da vez en la misma época, ó, mejor dicho, es admisible la su- perfetación.? Es seguro que pueden presentarse otra multitud de cir- cunstancias en que sea necesaria la opinión del médico, pero nos hemos limitado á plantear aquí las más comunes y prác- ticas : 1? ¿ Una mujer está en cinta f Esta cuestión, en aparien- cia fácil de resolver, y de ningunas consecuencias en la práctica común, puede ser de suma trascendencia en medicina legal tan- to para la mujer reconocida como para el facultativo. Es nece- sario, por lo tanto, conocer bien los signos del embarazo en cualquiera de sus épocas. Los autores dividen los signos del embarazo en signos sen- sibles y signos racionales. Los primeros dependen del desarrollo del útero y de los fenómenos que determina la presencia del feto en este órgano; los segundos resultan de la influencia que el útero ejerce sobre toda la economía y de las modificaciones que experimentan bajo esta influencia las facultades físicas y morales. También se dividen en signos esenciales y signos acce- sorios; signos ciertos y signos probables. Siguiendo la última de estas divisiones, tenemos como signos ciertos del embarazo: 1?, los movimientos del feto; 2?, los ruidos del corazón del mismo; 3?, el ruido placentario, y 4?, el peloteo. Como signos probables : el edema de los grandes labios; las mudanzas de situación y el adelgazamiento del cuello del útero; la abertura del hocico de tenca; la supresión de la mens- truación ; el infarto de los senos y el color de los pezones; la secreción de la glándula mamaria; la presencia de la láesteina en la orina, los cambios de situación del útero. Signos ciertos.—1? Los movimientos del feto tienen una significación característica. Consisten al principio en una sen- sación de hormigueo ; luégo son ligeras percusiones de dentro á fuera, que se pueden percibir aplicando la mano; más tarde se perciben con la vista estos movimientos. Bien apreciado este fenómeno, es un signo de mucha significación. Sólo pueden con- fundirse con él los movimientos espasmódicos del útero y los peristálticos del intestino. Su ausencia no prueba, sin embargo, la falta de embarazo. Estos movimientos generalmente los siente la madre á los cuatro meses después de la concepción. 2? Los imidos del corazón del feto son de mucho valor; constituyen uno de los signos más seguros, pues no sólo indican la existencia cierta de un embarazo, sino que prueban que el feto tiene vida. Estos ruidos, sin embargo, pueden no percibirse, ya sea 364 por la posición del cuerpo del feto, por el espesor de las paredes abdominales, por la gran cantidad de líquido amniótieo ó por ciertos estados patológicos. Su ausencia no revelará la falta de embarazo ni la muerte del feto. Ellos se encuentran ordinariamente en el espacio compren- dido entre el ombligo y la espina ilíaca anterior y superior iz- quierda. Aplicando el oído, solo ó armado del estetoscopio, se pueden contar las pulsaciones, que se distinguen de las pulsa- ciones arteriales de la madre por su número. Su frecuencia está en razón inversa de la época de la gestación; en el quinto mes son 160 por minuto, y en el noveno, 120 solamente. 3? Ruido placentario.—Al misino tiempo que se oyen los ruidos del corazón del feto, se nota un ruido de fuelle isócrono con el pulso de la madre, que depende, según unos autores, del paso de la sangre por entre los senos uterinos y placentarios; según Bouilland, de la presión ejercida por el útero sobre las arterias ilíacas, y según Depaul, de la mayor actividad circula- toria en las arterias hipertrofiadas de la matriz. 4? El peloteo (Ballotement) es un signo cierto de embarazo, pues no puede tener lugar, en efecto, sino cuando existe den- tro del útero un cuerpo sólido suspendido en un líquido. Para buscar este signo se coloca la mujer de pie, apoyada contra la pared ó un mueble cualquiera; luégo se introduce el dedo pol- la vagina hasta llegar al cuello del útero; en este estado, si se coloca una mano sobre el vientre, y al mismo tiempo se impri- me con el dedo un movimiento al útero, se siente que el feto viene á tocar las paredes abdominales; luégo, al descender, viene á dar contra el dedo colocado en el «cuello. Este signo no es apreciable antes del cuarto mes del embarazo. Entre los signos probables debemos considerar: 1? La suspensión de los períodos menstruales.—Este, signo pasa generalmente por ser característico del principio de un embarazo, y es, en efecto, uno de los primeros fenómenos de la preñez; pero un embarazo falso y una multitud de causas dife- rentes pueden igualmente determinar una suspensión. Por otra parte, hay mujeres (pie continúan menstruando todos los meses durante el embarazo, y otras que conciben sin haber meustrua- do nunca. 365 366 Estos hechos, unidos á numerosos estados patológicos que determinan la supresión de las reglas, nos dicen que el valor de este signo es relativo cuando se quiere comprobar un embarazo. 2? El estado de los senos.—El mayor desarrollo, la secre- ción de linfa láctea, la mudanza de la aréola y color de los pe- zones, son las alteraciones que el embarazo suele producir en estos órganos. Sin embargo, la secreción de la linfa se presenta en algunas preñeces falsas y en varias afecciones del útero, mientras hay embarazadas que no la tienen. El color de los pe- zones y de la aréola es un hecho accidental, pues aunque suele presentarse ;’en las primíparas, si la mujer es morena no tiene ningún valor. 3? Cambios en la situación del útero y cambios del cuello. El útero, colocado en la cavidad pelviana, tiene la dirección del eje del estrecho superior. Su cuello se encuentra en el fondo de la vagina. Su orificio externo, llamado comúnmente hocico dé tenca, presenta dos bordes lisos y redondos, tan cercano el uno del otro en las mujeres que no han parido, que apenas se ve una línea transversal, y al tacto apenas se percibe una depresión. Después de la concepción se aprieta más el orificio uterino, y se forma en su centro un moco espeso, blancnsco, de un olor par- ticular y tanto más consistente cuanto que la preñez está más avanzada. Durante los dos primeros meses, el cuerpo del útero se desarrolla poco á poco, pero permanece en la cavidad pel- viana; á fines del tercer mes sobresale al borde del estrecho superior; al cuarto, se levanta cinco ó seis centímetros encima del pubis; durante el quinto y el sexto, su fondo se aproxima al ombligo; en el séptimo, se levanta cuatro centímetros enci- ma del ombligo y se inclina más de un lado que de otro, gene- ralmente á la derecha; al octavo, se levanta hasta la región epigástrica; al noveno, se baja ó se cae. El cuello conserva su longitud durante los primeros meses, pero parece más grueso, más blando; su abertura uo es yá una línea transversal, sino que las extremidades de la línea se redondean para formar un orificio circular. Pero este cambio de forma señalado como signo esencial del emba- razo puede resultar de una menstruación irregular, en especial, si existe alguna lesión morbosa del útero. Además, el cambio 367 no se produce siempre en la primera concepción, pero una vez producido es constante, y sirve para indicar tanto una preñez pasada como una presente. A los cuatro meses del embarazo, el cuello principia á dis- minuir de longitud; se levanta y se dirige hacia atrás, formando así una especie de embudo con su base dirigida al cuerpo del órgano. En los meses siguientes, á medida que su base se di- lata, sus paredes se adelgazan y la vagina parece tirada hacia arriba; en fin, al noveno mes, el cuerpo del útero, descendiendo en la cavidad pelviana, aproxima el cuello á la vulva, y yá, á esta época, casi desaparece por completo. Al aproximarse el parto la porción de cuello que queda se hace tan delgada, que se pue- de sentir alguna de las partes del feto, al tacto, al través de dicha porción. Determinación del embarazo.—El perito que tenga que dar su concepto á la justicia cuando se le pregunta si una mujer está ó no embarazada, debe proceder con atención y hacer un examen de los antecedentes, y luégo del estado actual de ia mujer. Como antecedentes se investigará en qué tiempo desapa- reció la menstruación, qué fenómenos lia observado en sí misma la mujer, y en qué orden se han presentado; cuál ha sido su estado moral, cómo se ha conducido la digestión y demás fun- ciones del aparato intestinal, qué cambios han tenido los senos, el vientre, los órganos genitales etc. Estado actual.—Se examinará á la mujer por todos los medios que da la vista, el tacto, la palpación y la auscultación, procediendo del modo siguiente: 1?, se coloca la mujer acostada de espaldas con toda comodidad sobre una cama ó una mesa, con las piernas en semiflexión; 2?, se ve si existen en las paredes abdominales huellas de preñeces anteriores; 3?, se apli- ca la mano izquierda abierta sobre el vientre para sentir los movimientos del feto, y se comprime la región hipogástrica para apreciar el desarrollo y la posición del útero; 4?, al mismo tiempo que se aplica al hipogastrio la mano izquierda, se intro- duce en la vagina hasta llegar al cuello del útero, uno ó dos dedos para tactar la matriz y observar su volumen y estado; f>?, se practicarán presiones alternativas de arriba abajo, y vice- versa; G?, se aplicará el oído ó el estetoscopio en el espacio que media entre el ombligo y la espina ilíaca anterior y superior izquierda ó derecha; 7?, se hará levantará la mujer y se proce- derá al tacto en esta posición para examinar de nuevo el útero y sobre todo, para practicar el peloteo. Con este examen es posible establecer un diagnóstico claro y preciso como lo pide la justicia. Cuando el embarazo es re- ciente y no encuentra el médico signos suficientemente nume- rosos, debe dejar su concepto para un poco más tarde antes que incurrir en error. Al cuarto mes principian yá á presentarse los únicos signos evidentes de embarazo que son. los l uidos fetales y placentarios y los movimientos activos y pasivos del feto. Dada una mujer embarazada, declarar desde cuándo lo está.—Esta cuestión es difícil por la incertidumbre que tenemos respecto á la época precisa en que aparecen los signos ciertos del embarazo. En las circunstancias ordinarias se juzga de la época de la concepción por la de la suspensión de los menstruos, pero este cálculo no tiene valor para el médico legista. Será preciso para conceptuar aproximadamente recordar los signos propios de cada mes, lo que es fácil al perito. ¿ Puede darse algún estado morboso capaz de confundirse con el embarazo !—Evidentemente existen ciertos estados mor- bosos, que tienen tal analogía con la preñez, que se han llama- do preñeces afetales ó pseudo preñeces. Además, hay enferme- dades que presentan mayor ó menor número de signos probables de embarazo; pero en estos casos es muy difícil la confusión. Pueden confundirse con la preñez verdadera: la nerviosa; la supresión délas reglas; los pólipos uterinos intersticiales; la hidropesía enquistada del ovario y de las trompas; el infarto escirroso de los ovarios; la peritonitis crónica; la hipertrofia de alguna de las visceras abdominales; los tumores del epiplón y del mesen ferio. Estos estados patológicos pueden engañar á los facultati- vos más competentes y los casos que se encuentran citados por Tardieu, Franek y Baudeloque son numerosos. 4? ¿ Puede una mujer concebir sin saberlo f—Para que haya fecundación, una de las condiciones indispensables es que 368 se deposite la esperma en los órganos genitales de la mujer» aunque de ello no tenga ésta conocimiento. Como una mujer puede ser violada sin saberlo, ya por un estado de coma, de síncope, bajo la influencia de la embriaguez, del cloroformo, en un ataque de epilepsia ó en otros estados, que produciendo la pérdida de la inteligencia, hacen fácil el coito sin conocimiento, es evidente que puede concebir sin tener la menor idea de ello. Pero nos parece difícil aceptar que una mujer pueda igno- rar su embarazo hasta el momento del parto y que se pueda admitir esta excusa en los casos de infanticidio. Siempre la mujer encuentra quien la ilustre sobre su estado. 5? ¿ Puede el embarazo alterar las facultades intelectuales de la mujer f—No hay duda de que la moral y la inteligencia de la mujer pueden sufrir duran-te el embarazo, y ser éste la causa de una enajenación mental. Cuando la mujer está embarazada se observan en ella cier- tas aberraciones de la sensibilidad del estómago, que le hacen admitir como buenas para la digestión sustancias perjudiciales; verdaderos trastornos de su moral, que se manifiestan de dis- tinta manera, por cólera, odio, venganza y hasta agresión á seres queridos como el marido y los hijos. Pero no por esto se crea que la Medicina legal excusa aquellos crímenes cometidos por la mujer, cuando su ejecución revela intención de hacer el mal, y se encuentra cierto plan preconcebido y arreglado de antemauo. En todo caso el perito debe estudiar cuidadosamente los antecedentes de la mujer, su herencia, sus hábitos y demás circunstancias antes de dar su concepto. Curando del examen de todos esos datos no podamos concluir que la mujer ha obra- do por una fuerza irresistible que la hace irresponsable, contes- taremos que, en abstracto, podemos responder afirmativamente, pero en el caso concreto no podemos dar nuestro fallo de un modo absoluto, por carecer de elementos qne nos induzcan á ello. 6? ¿ Una mujer puede durante la gestación concebir una segunda vez f—Autores de la autoridad de Baudelocque y Sme- llie niegan esta posibilidad. Velpeau dice u que todas las histo- rias de superfetaeión parecen depender de las siguientes cau- sas : 1?, de embarazos dobles, en los cuales uno de los fetos 369 370 muere mucho tiempo antes del parto, pero permanece entre las membranas hasta el momento de la expulsión del otro; 2?, de embarazos dobles, en los cuales los fetos se desarrollan des- igualmente y nacen en diferentes épocas; 3C?, de embarazos ex- trauterinos que no han impedido la gestación natural; 4?, de la división del útero en dos cavidades. .N'o trataremos en sus detalles estas difíciles cuestiones, por estar aún muy oscuras en la práctica, y por no tener apli- caciones positivas en medicina legal. Nos limitamos á seña- larlas. PARTO. Legislación.—Código Civil.—A rt. 90. La existencia legal de toda persona principia al nacer, esto es, al separarse completamente de su madre. La criatura que muere en el vientre materno, ó que perece antes de estar completamente separada de su madre, ó que no Laya sobrevi- vido á la separación un momento siquiera, se reputará no haber existi- do jamás. Art. 91. La ley protege la vida del que está por nacer. El Juez, en consecuencia, tomará, á petición de cualquier persona, ó de oíicio, las providencias que le parezcan convenientes para proteger la existen- cia del no nacido, siempre que crea que de algún modo peligra. Art. 92. l)e la época del nacimiento se colige la de la concepción segúu la regla siguiente: Se presume de derecho que la concepción ha precedido al naci- miento no menos que ciento ochenta días cabales, y no más que tres- cientos, contados hacia atrás, desde la media noche en que principia el día del nacimiento. Art. 93. Los derechos que se diferirían á la criatura que está en el vientre materno, si hubiere nacido y viviere, estarán suspensos hasta que el nacimiento se efectúe. Y si el nacimiento constituye un princi- pio de existencia, entrará el recién nacido en el goce de esos derechos, como si hubiese existido al tiempo en que se difirieron. En el caso del inciso del artículo 90 pasarán esos derechos á otras personas, como si la criatura no hubiese existido jamás. Art. 233. La madre tendrá derecho para que de los bienes que han de corresponder al postumo, si nace vivo y en el tiempo debido, se le asigne lo necesario para su subsistencia y para el parto; y aunque el hijo no nazca vivo, ó resulte no haber habido preñez, no será obligada á restituir lo que se le hubiere asignado ; á menos de probarse que lia procedido de mala fe, pretendiéndose embarazada, ó que el hijo es ile- gítimo. Art. 335. La maternidad, esto es, el hecho de ser una mujer la verdadera madre del hijo que pasa por suyo, podrá ser impugnada, pro- bándose falso parto, ó suplantación del pretendido hijo al verdadero... Art. 338. A ninguno de los que hayan tenido parte en el fraude de falso parto, ó de suplantación, aprovechará en manera alguna el des- cubrimiento del fraude, ni aun para ejercer sobre, el hijo los derechos de patria potestad, ó para exigirle alimentos, ó para suceder en sus bienes por causa de muerte. Código Penal.—Art. 737. Los que cambiaren á un niño, ó que habiendo fallecido lo subroguen con otro, sufrirán la pena de cuatro á ocho años de presidio. Art. 738. Las mujeres que supongan haber dado á luz un hijo que no es suyo, y los que, á sabiendas, las auxilien para ello, sufrirán la pena de reclusión por dos á cinco años, y una multa de veinte á sesen- ta pesos, sin perjuicio de la pena que merezcan por la ficción que hayan ejecutado con aquel niño, suponiéndole sucesor ó heredero de quien no lo es, y por la sustracción ejecutada á la familia verdadera. 371 En los pocos artículos de nuestros Códigos que dejamos citados, apenas existen algunas disposiciones que se refieran directamente al hecho del parto; si de él nos ocupamos, es por- que para resolver ciertas cuestiones que se relacionan con el feto hay que examinar si el parto ha existido ó no, cuándo y en qué condiciones. Sólo los artículos 338 del Código Civil, y 737 y 738 del Penal hablan del falso parto, de parto supuesto ó fingido, dando lugar así á que se nos presente la cuestión de declarar que tal mujer ha dado á luz; los demás se ocupan de las condiciones de la vida del recién nacido. Por el artículo 9.1 vemos que la ley tiene un solícito cuida- do con la criatura desde el momento que la vislumbra en el seno materno, reconociéndole ya ciertos derechos, á condición de que luégo nazca viva y viable, pues de otro modo no se le considera nacida. La ley no se ocupa con la detención que debiera sobre la viabilidad del feto ; se ocupa de su capacidad para heredar y para adquirir otros derechos, y sólo exige que haya nacido vivo, pero sin haber determinado las condiciones de su existencia. Según el artículo 93, el nacimiento constituye el principio déla 372 existencia, y el recién nacido entrará en el goce de sus derechos desde ese momento. Parece que la ley entendiera por equiva- lentes las palabras nacido y viable, y esto hace que nos deten- gamos sobre lo que debe entenderse por viabilidad, y como se la debe considerar. La palabra viabilidad se deriva de las latinas vites habilis, hábil ó apto para la vida, y es en efecto la aptitud para la vida extrauterina, caracterizada por el desarrollo completo, buena conformación y estado sano de los órganos esenciales de la eco- nomía, en el acto del nacimiento de la criatura. Se preseuta ahora una dificultad, y es saber á qué edad intrauterina los órganos del feto presentan el suficiente des- arrollo para poder funcionar debidamente, de modo que aquél pueda vivir independientemente de la madre. Oreemos, con la mayoría de los tocólogos y autores de medicina legal, que un feto no puede vivir á los seis meses. Es cierto que se citan algunos casos raros de criaturas na- cidas que han vivido á pesar de no contar más que cinco meses; pero los hechos no tienen autenticidad suficiente para desmen- tir las leyes de la naturaleza ni la observación constante en todos tiempos y lugares. Los observadores que refieren esos nacimientos son todos antiguos, de épocas en que no se cono- cían los caracteres diferenciales de las edades del feto; pues los trabajos anatómicos en cuyo conocimiento se funda esta distin- ción, son muy recientes, y la mayor parte de lo que se sabe de embriogenia, se ha adquirido en estos últimos tiempos. En la época á que se refieren los hechos citados por los autores, no había otro fundamento para asignar edad á Un feto que el dicho de las madres respecto á la data de su embarazo, y bien se sabe que este conocimiento es de muy poco valor ; es muy fácil que una mujer esté un mes ó dos embarazada sin saberlo, por no haberse suprimido la menstruación, fenómeno que sirve en lo general para contar el principio del embarazo; así no es extraño que, mientras Hunoltz da á Fortunato Liceti (uno de los casos citados) cinco meses, Capuron sólo le da cuatro y me- dio, y Mahon le da seis, lo cual prueba, cuán poco conocían las edades del feto en esos tiempos. Hoy todos los autores admiten que el feto no es viable 373 hasta los siete meses completos; que antes de este tiempo no puede establecerse la viabilidad fisiológica, y que la legal debe ser lo mismo que la natural, conforme con los conocimientos que nos suministra la ciencia. PARTE MÉDICA. En medicina legal se entiende por parto la expulsión del producto de la concepción por las vías naturales, cuando ha llegado al término regular de la gestación, ó al menos á una época suficientemente avanzada para que la criatura sea viable* Cuando esta función se verifica al fin del noveno mes del embarazo se llama parto á término, y conserva la misma deno- minación aunque se demore basta los 280 días; cuando pasa de esta época se llama parto tardío ó retardado. De igual manera, cuando la gestación se perturba por diversas causas y la expul- sión del producto se hace entre los 180 y 270 días, se designa con el nombre de prematuro, y puede ser artificial ó espontáneo. También distinguen los autores el parto natural del artifi- cial ó provocado, según que se verifique por los solos esfuerzos del organismo ó por la intervención del arte. Las circunstancias en que puede intervenir el médico le- gista con motivo de esta importante función, son muy numero- sas, pero prácticamente pueden concretarse á las siguientes: 1?- Declarar si una mujer ha dado á luz recientemente. 2? Si una mujer ha sido madre alguna vez ó más, durante su vida. 3? Desde cuando data el parto. 4? Si ha podido hallarse la mujer en un estado morboso capaz de ser confundido con el parto. 5? Si la mujer ha podido dar á luz sin saberlo. 6? Si ha podido hallarse en el acto del parto imposibilitada para socorrer á su hijo. 7? 48i las manchas de la sábana, jergón, colchón, camisa etc., son de flujo seroso-sanguinolento, loquios ó meconio. 8?- Si el recién nacido es viable. 9?- Si el feto es de la madre que dice haberle dado á luz. 10? Qué debe hacer el médico respecto al feto cuando muere una embarazada. 374 1? Declarar si una mujer ha dado á luz. — Esta cuestión es sometida al perito en los casos en qne una mujer con fines determinados se fiuge embarazada, y cuando llega el tiempo del parto toma engañosamente el hijo de otra mujer y lo presenta como propio; cuando se encuentra en algún sitio un feto aban- donado y se sospecha que tal ó cual mujer es la madre; cuando una mujer niega el haber dado ú luz etc. En todas estas circunstancias es preciso practicar un exa- men detenido de todas las huellas que el parto deja en la mu- jer, de los fenómenos que en ésta se verifican, y, por último, de los productos expulsados. La comprobación del parto es, en lo general, fácil cuando es reciente, pero á medida que pasan los días el diagnóstico se hace incierto por la desaparición de un conjunto de signos de poca duración. Si el perito procede al axamen poco después del suceso es posible que encuentre aún en el útero las dependencias del feto, la placenta ó parte de ella ó de las membranas. La reten- ción de la placenta puede ser la consecuencia de las contraccio- nes de la matriz ó de adherencias anormales; este órgano puede salir por fragmentos y el perito tendrá en el examen de esas porciones la prueba más concluyente de que se ha verificado el parto. Pero este caso no es frecuente; el perito llega en lo gene- ral más tarde, y es por el examen de la mujer y de sus órganos que puede conceptuar. El estado general de la madre da signos de mucho valor; se encuentra fatigada y cansada por los esfuerzos, por la pérdi- da de sangre y por el dolor que es muy intenso en las primípa- ras. Su cara se ve pálida. Los senos voluminosos, el pezón toma una coloración oscura, y al comprimirlo suele aparecer un líquido amarillento, seroso y de sabor desagradable llamado calostros ; un poco más tarde aparece la leche, que es, sin duda, uno de los siguos más carac- terísticos, no obstante que esta secreción puede presentarse en otras ocasiones distintas. Una simple afección del útero ó la supresión de los menstruos puede producirla; en mujeres que no hayan dado á luz, en niñas y en mujeres sexagenarias des- pués de succiones repetidas ha solido presentarse. 375 El vientre se encuentra disminuido de volumen, su piel blanda y como plegada, uotándose en su superficie una multitud de estrías ó grietas que se asemejan á cicatrices y que recono- cen por causa la distensión considerable de la piel á medida que la matriz ha ido aumentando de volumen. Estas estrías son azulosas ó blancas según su edad; las más recientes son azules; y ellas persisten casi siempre por el resto de la vida. Las pare- des del abdomen se encuentran relajadas y se mueven fácil- mente con las manos; una línea oscura se eleva desde el pubis basta el ombligo; la línea blauca aponeurótica se ve ensancha- da y adelgazada y los músculos abdominales separados en la línea blanca y flojos; el anillo umbilical muy dilatado y en forma de embudo; aplicando la mano en la región hipogástrica, se siente la matriz en forma de tumor móvil y redondo, con al- ternativas de dureza y de flexibilidad, resultando de estos mo- vimientos contracciones y relajaciones sucesivas de este órga- no; contracciones á veces tan violentas que se Ies da el nombre de dolores ó cólicos uterinos. Las partes c/enitales presentan: flujo de sangre más ó me- nos abundante ; los grandes labios están aumentados de volu- men, así como las otras partes de la vulva que pueden encon- trarse coutusionadas; la horquilla y á veces el perineo desga- rrados ; la vagina dilatada. El cuello del útero presenta signos característicos. Se le encuentra anchamente abierto, hendido ó desgarrado; forma un anillo espeso con su labio anterior más voluminoso, y admite fácilmente la extremidad del dedo. Las desgarraduras laterales tienen una grandísima importancia porque revelan la salida de un cuerpo voluminoso; persisten siempre con la forma particu- lar del cuello, y aun en los úteros de mujeres viejas, este estado indica el haberse verificado el parto. El cuerpo de la matriz ofrece un aumento de volumen. Durante los dos ó tres primeros días que siguen al parto forma un tumor globuloso que se levanta por encima del pubis; al 7? día desciende al pequeño basinete. La retracción se hace más ó menos rápidamente según la constitución de la mujer y diver- sos estados morbosos que pueden presentarse; en la fiebre puerperal la falta de retracción es un signo funesto. General- mente se verifica á los 21 días. 376 La hemorragia que acompaña siempre al parto es un signo importante. La pérdida es más ó menos abundante, pero siem- pre suficiente para que la mujer no pueda ocultarla. Durante las primeras horas, y hasta el 2? día la sangre sale pura, de ordinario mezclada con coágulos; esta sangre puede tener el olor de las aguas del amnios, y contiene despojos de placenta ó de caduca, algunas veces. Más tarde el líquido se hace menos consistente y más pálido; es una serosidad sanguinolenta á la cual se agregan en proporción creciente elementos epiteliales, mucosos y purulentos. Se distingue esta sangre de aquella que se presenta en la época menstrual por estar mezclada con coá- gulos ; la sangre menstrual rara vez se coagula por su falta de fibrina, según lo ha demostrado M. Robín. Los loquios constituyen uno de los signos más seguros del parto, no obstante que pueden faltar de una manera excepcio- nal. Los loquios son sanguinolentos, serosos, purulentos ó mu- cosos; estas diversas apariencias corresponden á las distintas épocas en que se examinen, á partir de la hemorragia por la cual principian hasta las flores blancas, por las cuales acaban. Tienen un olor particular característico y duran ordinariamente catorce días en los partos de mujeres sanas. El estudio micros- cópico de este líquido hace ver en él glóbulos de sangre, epite- lio cilindrico abundante, glóbulos de pus y gotas de grasa. Los signos accesorios revelados por el examen de las ropas, en donde pueden encontrarse manchas de sangre, de líquido amoniático, de loquios, de meconio y hasta porciones de placen- ta, servirán para completar el diagnóstico. El conjunto de signos que hemos indicado nos permitirá asegurar que la mujer ha dado á luz, pero quedará aún por re- solver la parte difícil del problema que es determinar la época del parto. Esta cuestión es á veces insoluble; no es posible llegar á establecer el número de días, de semanas ó de meses que han trascurrido después del nacimiento, y tan sólo podrá el perito hacer una indicación aproximada. Para ello debe recordar los signos que corresponden á los cuatro períodos que pueden esta- blecerse en un parto reciente. El primero, período puerperal, contado desde el momento 377 del parto hasta las 48 horas después, está caracterizado por la dilatación délos órganos, por el volumen del útero, por la des- garradura reciente del cuello y de la horquilla, por la hemorra- gia, por el color rosado de las estrías abdominales, por el infar- to de los senos, por la presencia de calostros. El segundo, periodo febril, que falta algunas veces, se prolonga por 24 ó 36 horas más; presenta los mismos signos que el anterior, pero menos marcados; la matriz se retrae, el cuello se reforma, la pérdida de sangre es menor, el líquido es más seroso; el calor de la piel y la frecuencia del pulso, acom- pañan casi siempre al infarto de los senos. El tercer período, que puede llamarse período loquial, es más evidente hasta el duodécimo día: la matriz, que ha conti- nuado bajando, se encuentra al nivel del pubis; el cuello menos abierto, la vagina menos dilatada, la desgarradura de la hor- quilla supura ó se cicatriza; las estrías de la piel se ven más pálidas; la secreción de la leche es más abundante; loquios co- piosos, amarillosos, de un olor que no deja de reconocerse. Un cuarto período, más indeciso, párte de la época en que los loquios disminuyen, para terminar en el tiempo en que el útero vuelve á tomar sus dimensiones ordinarias; se prolonga por seis semanas ó dos meses después del parto, y termina pol- la vuelta de la menstruación. La reaparición de ésta, anuncia que el sistema generador de la mujer ha entrado en sus condiciones normales. En este período van desapareciendo todos los sig- nos del parto, y las fuentes del diagnóstico disminuyen rápida- mente, hasta que no queda ninguna. Se comprende que en es- tos momentos no es posible asegurar la época del parto, y que el perito debe tener la mayor circunspección al dar su concepto. Si tuviéramos que averiguar si una mujer encontrada muerta estaba recién parida, la autopsia vendría á resolver la cuestión: si el parto se había efectuado pocos días antes, el útero estaría voluminoso, rojo, carnoso, su superficie interna sanguinolenta y con anchos orificios venosos; si era un poco más antiguo, esta superficie aparecería inamelonada y con una capa albuminosa irregular en el sitio que ocupaba la placenta, que puede notarse todavía al fin del segundo mes. Declarar si una mujer ha dado á luz alguna ves, ó más, 378 durante su vida.—Para resolver esta cuestión se encuentran grandes dificultades. Cuando pasan algunos años después de un parto, casi todos los signos desaparecen por completo, y si permanecen algunos, son insignificantes, y pueden corresponder á otras causas distintas del parto. Mas como esta cuestión suele presentarse meses ó años después de la muerte de un feto, cuando se levanta una acusación de infanticidio, y la au- toridad quiere saber si la mujer acusada lia parido alguna vez, debemos señalar los signos más seguros. También tendremos que resolver el mismo interrogatorio en otras ocasiones: cuando una mujer dice ser madre de tal hijo, ó un individuo, por mucho tiempo ausente de su familia, se dice hijo de tal mujer. En ambos casos se debe examinar si ella ha sido alguna vez madre, porque si resulta virgen, no hay lugar á discusión. Cuando sólo tengamos que resolver si una mujer ha dado á luz ó no, sin determinar la época, no es difícil resolver el pro- blema, porque siempre se encuentran vestigios, tanto del em- barazo como del parto. Las cicatrices en las ingles y parte superior é interna de los muslos, la flacidez de la piel y las arrugas del abdomen, la separación de la línea blanca y la línea morena ó azulada, que se extiende desde el ombligo al pubis, nos indican que la mujer en cuestión ha estado embarazada; las rupturas de la horqui- lla y del perineo; la deformidad del cuello uterino, cuyo labio anterior es más grueso y largo que el posterior, y con señales de su desgarradura, el aumento de volumen del útero, lasecreción de leche y el aspeto rugoso de los labios de la vulva, son signos de que la mujer ha parido en una época más ó menos remota. Cuando se nos pregunte cuántas veces ha dado á luz una mujer, el problema es más difícil y hasta cierto punto imposi- ble de resolver. Declarar si una mujer ha podido dar á luz sin saberlo.— En tesis general, podemos admitir que una mujer puede parir, sin saberlo, en los siguientes casos: 1?, cuando es idiota; 2?, cuando al momento del parto se presenta un síncope ó un estado de coma profundo; 3?, cuando sufre un ataque de eclampsia; 4?, cuando está bajo la influencia de un agente 379 anestésico. Fuera de estas circunstancias, es difícil admitir que una mujer no conozca los dolores del parto, y que se deje coger por éste sin saberlo. Declarar si un recién nacido es viable.—La palabra viabi- lidad significa aptitud para vivir. Niño viable será todo el que nazca con jas condiciones que hagan la vida posible. La viabi- lidad, dice Ollivier, es la aptitud á la vida extrauterina. Ser viable, dice Tardieu, es nacer con vida y vivir fuera de la vida fetal; es tener un desarrollo y una conformación que no sean incompatibles con la continuación de la vida. El niño viable, dice Duranton, es el que nace con las condiciones necesarias para vivir. Por lo tanto, y de acuerdo con los autores señalados, diremos'que la viabilidad, no sólo es haber vivido, sino tener los órganos y los centros de vida sanos, suficientemente desarrolla- dos y bien conformados. Un niño puede nacer con vida y no ser viable. El desarrollo de un feto, más que su edad, es la primera condición de la viabilidad. Si la respiración se efectúa comple- tamente y con regularidad por todo el pecho, si recibe aire todo el parenquima pulmonar, y grita y llora el niño con fuerza; si el pulso es fuerte, 140 pulsaciones por minuto y la piel es ru- bicunda ; si las funciones digestivas se efectúan normalmente ; si el niño coge el pecho y elabora la leche; si la defecación se hace bien; si efectúa movimientos ágiles, que prueben la inte- gridad de su sistema nervioso, el feto ofrece, en los centros de vida, el desarrollo necesario para que se le pueda declarar viable. ¿ En qué época del embarazo es viable el niño 1 ó en otros términos: ¿ en qué época del embarazo se encuentra el feto en un grado tal de desarrollo, que pueda vivir fuera del seno materno ? Dejando aparte las importantes discusiones á que esto ha dado lugar, nos limitaremos á indicar los caracteres de la via- bilidad según los conocimientos anatómicos y fisiológicos. Para el perito, el niño no es viable antes de los siete meses de vida intrauterina; antes de ese tiempo su desarrollo no es su- ficiente para vivir fuera del vientre. En general, para que se repute viable el niño, es preciso que tenga de 32 á 33 centíme- 380 tros de longitud y un peso de 2 kilogramos á 2 kilogramos y medio; que su piel no esté muy roja y tenga cierta densidad; que los huesos del cráneo tengan solidez; que los cabellos ten- gan alguna longitud; que los párpados estén entreabiertos; que la membrana pupilar haya desaparecido, al menos en parte; que las uñas tengan yá una longitud tal, que lleguen hasta la punta de los dedos; es preciso, sobre todo, que la mitad de la longitud total del cuerpo corresponda, á poca distancia encima del ombligo. La viabilidad será tanto más dudosa cuanto que estos sig- nos falten en mayor número. Las enfermedades y algunos vicios de conformación que trae el niño al nacer pueden comprometer su existencia, pero no por eso comprometen su viabilidad bajo el punto de vista civil. Declarar si el feto es hijo de tal ó cual persona. Suele suceder que una mujer, con el fin de obtener el cum- plimiento de una promesa de matrimonio, finge hallarse en cinta, para presentar después, como propio, un niño que se ha procu- rado eu secreto; es un caso de suposición. Otras veces la mujer, para privar á los colaterales del de- recho de sucesión y aprovecharlo en beneficio propio, ha intro- ducido en la familia un heredero directo, poniendo un niño vivo en lugar de otro nacido muerto; uno de un sexo en vez del otro; es un caso de sustitución. En ocasiones se oculta un niño con el objeto de hacerle perder su estado civil. Puede también suceder que un padre rechace á un .hijo por creerle adulterino; que una mujer reclame á un niño como hijo suyo; que un niño se presente como hijo de tal mujer ó de tal hombre. En todos estos casos hay cuestiones de jmater- nidad y filiación. Para resolver estas cuestiones examinaremos si la mujer ha dado á luz, en qué época, si coincide la fecha del parto con el tiempo que tiene el niño etc. Si la mujer ha dado á luz re- cientemente, y por el examen del niño, y especialmente del cordón umbilical, se reconoce que el nacimiento no es tan recien- te, el perito puede formar su concepto, y al contrario, si el niño 381 presenta caractéres de recién nacido, y la mujer no presenta esos caracteres, la suposición ó sustitución puede probarse fá- cilmente. VIII.—Qué debe hacerse respecto al feto cuando muere una mujer embarazada. Esta cuestión es puramente científica, y probablemente por esta razón Ja ley no dice nada á este respecto; la ley ro- mana prescribía la extracción de la criatura, y los escritores más acreditados de embriología sagrada aconsejan la operación cesárea en todas ocasiones. Siempre que el feto pueda ser viable por su edad, el mé- dico debe proceder á practicar la operación, si le es posible, inmediatamente que se asegure de la muerte de la madre. Es claro que cuanto más pronto la baga, habrá más pro- babilidades de salvar la vida del niño; mas no porque hayan trascurrido varias horas debe abandonarse la empresa, creyendo imposible aquel resultado, pues se citan casos de haberse obte- nido éxito, haciendo la operación cesárea muchas horas después de la muerte de la madre. Cuando el feto no haya de poder vivir por su poca edad, la ciencia aconseja no intervenir, salvo otras consideraciones de orden teológico, las cuales no nos corresponde estudiar. El médico, en todo caso, debe proceder con el mayor cui- dado y resolver la cuestión como le parezca más conveniente. ¿El parto puede determinar actos de locura?—Muchos autores de medicina legal admiten la posibilidad de una perver- sión mental momentánea, que destruye la libertad moral y has- ta la conciencia de los actos durante el parto y después de él. El profesor Marc, entre ellos, y después de haber hecho un es- tudio especial sobre la locura puerperal, se expresa de la si- guiente manera: ¿Puede admitir la ciencia que en los últimos momentos del tra- bajo del parto una mujer sea irresponsable de las violencias que ejerza sobre su hijo ? Los hechos nos permiten sostener y asegurar que la ciencia sí acepta esa irresponsabilidad, siempre que concurra un grupo de circuns- tancias suficientemente probadas. ¿ Quién no conoce el caso de que habla Esquirol ? Una mujer joven prepara en los pocos días que preceden á su parto todas las ropas para cubrir su niño ; no oculta su embarazo, anda por todas partes y se leve alegre y satisfecha. El parto se verifica estando ella sola, y el cuerpo del niño aparece en un excusado, hecho pedazos con una tijeras. Esta mujer confiesa, y no manifiesta ningún pesar por el crimen cometido: “Yo no he hecho mal; nada pueden hacerme, ¿ no es verdad ? ” Asi se expresaba. Algunos días después se le vuelve á interrogar, y vuelve á repetir las mismas palabras. ¿ Se puede admitir aquí un acceso de delirio ’í M. Boileau de Castelnau ha discutido, con talento y sagacidad, la siguiente observación: Julia X dió á luz sola. Cogió un cuchillo, despedazó á su hijo y ocultó los pedazos debajo de su cama. Su padre y una vecina entraron al cuarto y encontraron el suelo ensangrentado. Ambos la interrogan y ella niega todo. Al descubrir el cadáver, le dicen : tú eres criminal. Julia nada niega.—¡ Merezco un castigo, exclama! y personalmente entrega el cuchillo á la autoridad, y le dice al Magistrado: u Haced de raí lo que queráis, soy acreedora á un castigo.” M. Boileau de Castelnau, teniendo en cuenta los antecedentes he- reditarios de Julia, apoyándose en la mutilación de su criatura y en la confesión del crimen, con todas sus circunstancias, llegó á la siguiente conclusión: Julia, al sacrificar á su hijo, lo hizo en un momento de extravío que le destruyó el libre ejercicio de sus facultades afectivas ó intelectuales. El Jurado admitió las circunstancias atenuantes. Existen otros casos en que la locura no es transitoria: existe an- tes y después del parto, y está caracterizada por los síntomas habituales de la locura histérica, de la tnelaucolía lipemaniaca, ó del furor ma- níaco. Margarita, mujer nerviosa, experimentó cinco días después del parto una impulsión irresistible á matar á su hijo. Un día coge un cu- chillo y principia á gritar socorro. Alguna persona la detiene, y ella, llorando, confiesa la impulsión que la domina. Tratada conveniente- mente, se curó. 382 El doctor Maro señala numerosos casos semejantes, y agrega: Cuando el médico legista tenga que dar su opinión en casos de esta naturaleza, debe examinar el estado mental del sujeto, sin teuer en cuenta el parto reciente; buscará en los antecedentes del acusado, en las circunstancias que han mediado en el delito, algo que explique el hecho, algo que pueda hacer pensar en una impulsión irresistible ó idea delirante que haya podido modificar su libertad moral. 383 Al ocuparnos de las afecciones mentales, nos detendremos á estudiar estas formas de locura puerperal, que nos parece se han formado muy artificialmente y pueden dar lugar ti grandes- errores judiciales. Legrand du Saulle niega esos delirios instantáneos, que* apenas duran el tiempo necesario para efectuar el crimen. Tardieu admite que el parto puede pervertir los senti- mientos y los afectos de la mujer, pero que jamás la poneu en estado de locura impulsiva. “ Sostener lo contrario, dice, sería confundir la excitación nerviosa con el delirio y la locura. En trescientos casos de infanticidio no liemos visto ni una sola vea que la mujer haya sido atacada por un furor homicida y haya matado á su hijo.” Stolz, en su larga práctica obstetricial no ha observado un, solo caso de locura en el momento del parto. La manía puerperal no principia sino después de algunos* días del parto. Se anuncia por algunos pródromos; tiene una duración que rara vez es menor de dos días ; ella no se limita al momento del crimen ni consiste en una simple impulsión homi- cida, en un delirio instantáneo; es una enfermedad que tiene su duración y su marcha; es, según los casos, una manía, una mouomauía, una lipemanía con los signos característicos de esas formas de enajenación. En resumen, los solos dolores del parto no son suficientes para admitir la irresponsabilidad de los actos de una mujer. Es preciso estudiar los antecedentes, la inteligencia, el carácter y otra multitud de circunstancias antes de emitir un concepto. FIN DEL TOMO I INDICE DEL PRIMER TOMO. Págp. introducción, 1 Definición 4 Importancia é historia 7 Clasificación 10 PRIMERA PARTE. Medicina legal. CAPÍTULO PRIMERO. De la manera de establecer las relaciones entre el médico-legista y la administración de Justicia . 13 Legislación ' 14 Certificados. 18 Exposiciones... 19 Exposiciones administrativas. 22 Exposiciones de avalúo ó apreciación 23 Consultas médico-legales 2o Ordenanza número 45 de la Asamblea del Departamento de Cun- dí namarca 20 Decreto número 94 del señor Gobernador del mismo Departa- mento 29 Decreto número 188 de 1897 33 Instituto Médico-legal - 43 Manera de practicar las diligencias 44 Autopsia médico-legal 47 Modelo de algunas diligencias 51 Manera de redactar has exposiciones 90 SEGUNDA PARTE. CAPÍTULO PRIMERO. Atentados contra la vida. Legislación .■ 102 La muerte 104 Muerte violenta 100 Muerte por enfermedad 107 Muerte aparente 109 Signos de la muerte real 112 Circunstancias en que se verifica la putrefacción 121 Putrefacción en el agua 132 Muerte repentina t 138 Defunciones . 140 Supervivencia 144 INDICE. P iígs. Exhumaciones 147 Manera de proceder á las exhumaciones 140 CAPÍTULO SEGUNDO. Cuestiones relativas al homicidio. Legislación 150 Clasificación de las heridas 153 Lesiones traumáticas 150 Manera de reconocer á un herido 158 Naturaleza de las heridas 159 Heridas por instrumentos cortantes 161 Heridas por instrumentos punzantes 166 Heridas por instrumentos contundentes 168 Heridas contusas 171 Heridas por desgarramiento 173 Heridas por mordeduras. 174 Heridas envenenadas 176 Heridas por ponzoñas 177 Heridas virulentas 178 Heridas producidas por armas de fuego 178 Manera de distinguir las lesiones de causa externa de las de causa interna y espontánea 185 Manera de distinguir en un cadáver las lesiones producidas des- pués de la muerte 185 Causas de ¡as heridas • 189 Consecuencias y clasificación de las lesiones 193 Primera clase (heridas leves) 194 Segunda clase (heridas graves) 195 Tercera clase (heridas mortales) 197 Complicaciones de las heridas 199 Lesiones traumáticas del encéfalo y de las meníngeas 210 Conmoción cerebral 219 Contusión cerebral 222 Compresión del cerebro -. 223 Cuerpos extraños del encéfalo 223 Hemorragia cerebral 224 Accidentes consecutivos á las lesiones traumáticas del cráneo. .. 225 Heridas de la cara 226 Heridas del cuello : 228 Heridas del pecho. 229 Heridas del corazón 233 Lesiones del abdomen 234 Heridas de los órganos genitales 238 Heridas de la columna vertebral 239 Heridas de los miembros 240 Complicaciones de las heridas por causa del estado general del paciente 240 Complicaciones por la embriaguez 244 Causas agravantes posteriores á las heridas 248 ÍNDICE i'ágs, Circunstancias especiales en que se producen las heridas 250 Cicatrices 251 Manera de establecer la situación en que estaban el ofendido y el agresor en el momento de la agresión 251 Orden en que se lian hecho las heridas 250 i Lia víctima ha podido ejecutar algunos movimientos después de ser herida ? 257 Existen huellas de resistencia ó de lucha 258 Heridas por descuido, por imprudencia y homicidio involuntario. 260 Suicidio, homicidio ó muerte por accidente 203 Muerte por asfixia . 2G5 Fenómenos propios de la asfixia 207 Manera de socorrer á los asfixiados „ 209 Asfixia por submersión 272 Asfixia por estrangulación 283 Asfixia por sofocación ... 288 Asfixia por gases mefíticos 290 Las quemaduras 292 CAPÍTULO TERCERO. Infanticidio. Legislación 291 Parte médica del infanticidio 295 Declarar si el niño es recién nacido 297 Declarar si el niño nació vivo 299 Diferentes géneros de muerte en el infanticidio 301 Infanticidio por sofocación 305 Infanticidio por estrangulación 306 Infanticidio por inmersión en los excusados 307 Infanticidio por submersión 308 Infanticidio por fracturas del cráneo 308 Infanticidio por omisión 310 Examen de la mujer acusada 311 CAPÍTULO CUARTO. Cuestiones relativas al aborto. Legislación 312 Parte médica 311 Medios que se emplean en el aborto 315 Examen de la mujer que ha abortado 317 Examen del producto expulsado 318 Dificultades que pueden presentarse en los casos de aborto 321 CAPÍTULO QUINTO. Cuestiones relativas á los atentados contra el pudor y las costumbres. Legislación 322 ÍNDICE. v Pá (Yü ± WpO. Parto médica 1 327 Manera de proceder al examen en los casos de atentado contra el pudor 332 ¿ Existen huellas de un atentadoj * 333 ¿Hay vestigios que prueben la desfloración’? ¿>36 Declarar si la desfloráeión es reciente 337 Declarar si la desfloración es el resultado de la introducción del pene, de otro cuerpo, de un accidente ó de una enfermedad. 338 Cuál es la edad de la víctima 339 Declarar si el atentado ha comunicado alguna enfermedad á la víctima 340 Examen de las manchas que se encuentran en las sábanas, cami- sas y ropas 343 Examen del inculpado 345 Pederastía, sodomía, onanismo, bestialidad v 345 CAPÍTULO SEXTO. Cuestiones relativas al matrimonio, al embarazo y al parto. Matrimonio.—Legislación 348 Matrimonio.—Parte médica. 3534 Impotencia . 354 Edad de los cónyuges , f....... 357 Estado mental : ' ... i * r..... 357 Error en la persona 358 Cuestiones de divorcio 361 Embarazo.—Legislación 363 Embarazo.—Parte médica 363 Declarar si una mujer está embarazada 364 Signos ciertos del embarazo 364 Signos probables 7 ... 365 Estado de los senos 366 Cambios en la situación del útero y del cuello 366 Determinación del embarazo 307 Dada una mujer embarazada declarar desde cuándo lo está 368 ¿ Puede darse un estado morboso capaz de confundirse con el em- barazo? 368 ¿Puede una mujer concebir sin saberlo J? 368 ¿Puede el embarazo alterar las facultades intelectuales de la mujer? 369 Parto—Legislación 370 Parto.—Parte médica , 373 Declarar si tina mujer ha dado á luz . 374 Declarar si una mujer ha dado á luz una ó más veces .. 378 Declarar si la mujer puede dar á luz sin saberlo 378 Declarar si un recién nacido es viable 379 Declarar si el feto es hijo de tal ó cual persona 380 ¿Qué debe hacerse respecto al feto cuando muere una mujer em- barazada? 381 ¿ El parto puede determinar actos de locura? 381